Derecho Administrativo I, conceptos juridicos indeterminados PDF

Title Derecho Administrativo I, conceptos juridicos indeterminados
Course Teoría del Derecho
Institution Universidad del País Vasco
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4. LOS CONCEPTOS JURÍDICOS INDETERMINADOS. Son conceptos que utilizan las leyes y los reglamentos y cuyo contenido semántico (a la hora de tener que interpretarlos, para luego aplicarlos por parte de la Administración y, luego, por parte de los jueces) no es preciso y unívoco, sino que se presta a diversas posibilidades interpretativas (diferentes atribuciones de contenido). Aquí nos interesa a efectos de controlar la actuación de las Administraciones cuando ejercen facultades otorgadas por medio de conceptos jurídicos indeterminados. No implica discrecionalidad (son cosas distintas); pero sí que hay que reconocer a la Administración tiene que hacer una primera interpretación del concepto en el que puede haber algunos márgenes interpretativos (el “halo de penumbra”). Con la expresión de conceptos jurídicos indeterminados se hace referencia a los casos en que la ley describe el supuesto de hecho que permite una decisión de la Administración (atribuir competencias a la administración) a través de conceptos tractos, que solo pueden ser concretados en su aplicación práctica. Se trata de un problema propio del lenguaje jurídico que es de carácter vago y ambiguo cuyo contenido semántico no esta determinado. Por ejemplo, la ley del Patrimonio Histórico Español considera como bienes integrantes de los mismos, entre otros, los parques y jardines “que tengan valor artístico, histórico o antropológico” (art. 1). Son conceptos que utilizan la ley y los reglamentos y cuyo contenido semántico no es preciso y unívoco, sino que se presta a diversas posibilidades interpretativos. Aquí nos interesa a efectos de controlar la actuación de la Administración cuando ejerce facultades otorgadas por medio de conceptos jurídicos indeterminados. Esto no implica discrecionalidad puede que son cosas distintas, pero sí que hay que reconocer a la Administración que tienen que hacer una primera interpretación del concepto en el que pueda haber algunos márgenes interpretativos. Estos conceptos implican una indeterminación semántica a la hora de interpretarlos y posteriormente aplicarlos ya que muchos de sus términos son valorativos. Ej. Para lo que para unos puede ser una velocidad temeraria para otros no tiene porque serlo. En cuanto a la conducción temeraria, la administración no tiene discrecionalidad para actuar ya que son conceptos que presentan un Halo de penumbra que hace que el control de los conceptos jurídicos indeterminados se complica. En estos casos lo que se da es un problema de interpretación, NO de discrecionalidad, si los jueces interpretan que 135k/h es temerario podrán sancionar la conducta, en caso de lo contrario NO. Como dicen los teóricos, estos conceptos jurídicos presentan un halo de penumbra. El concepto jurídico indeterminado no es ámbito de discrecionalidad, pero tienen dificultades que crean margen de interpretación, pero esto es derivado de la propia redacción del ordenamiento....


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