Derecho romano Parcial 1 PDF

Title Derecho romano Parcial 1
Author Cammi Garcia Novillo
Course Derecho Romano
Institution Universidad Nacional de La Matanza
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Summary

1. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO:   Conjunto de normas y principios que rigieron la conducta del pueblo Romano  desde la fundación de Roma en el año 753 a hasta la compilación realizada por el emperador Justiniano en el siglo VI d, año 565. Þ       En sentid...


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1. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO: Conjunto de normas y principios que rigieron la conducta del pueblo Romano desde la fundación de Roma en el año 753 a.C hasta la compilación realizada por el emperador Justiniano en el siglo VI d.C, año 565. Þ En sentido propio: abarca el estudio de las instituciones jurídicas romanas que hacen al Derecho Privado 2. ETAPAS EN LA HISTORIA DEL DERECHO ROMANO: 1.

DERECHO ANTIGUO O QUIRITARIO: (Quirites es la vieja denominación que se daban a sí mismos los romanos) desde la fundación de Roma, el 753 a.C hasta el año 130 a.C. 2. Este derecho era aplicable a las relaciones y situaciones jurídicas de los ciudadanos (cives) de ahí su denominación “ius civile” (derecho civil) 3. Se caracteriza en primer lugar por el paralelismo entre lo que hoy llamamos instituciones del derecho público y del derecho privado. Este derecho se aplicó únicamente en los ciudadanos romanos. Dos fuentes que fortalecieron al derecho quiritario! 1. La costumbre, el derecho de la costumbre es aquel transmitido oralmente de generación en generación. 2. Otra fuente fue la ley de las 12 tablas DERECHO ROMANO CLÁSICO: que abarca entre el 130 a.C hasta el 230 d.C. Dentro de la cual podemos distinguir:

1º. Etapa Preclásica: durante la República, años 130 – 30 a.C 2º. Etapa del derecho Clásico Central: años 30 a.C – 130 d.C 3º. Etapa del derecho Clásico Tardío: 130 d.C – 230 d.C

1.

DERECHO ROMANO POST-CLÁSICO: que va desde el 230 d.C al 530 d.C, fecha en la cual podemos ubicar la compilación justinianea, que se continuará hasta la muerte de Justiniano (565 d.C).

Concepto de obligaciones: Alguien tiene una obli obligación gación moral moral,, social o religiosa. Lo propio de la obligación es genera generarr una actuó en virtud de la cual el aacreedor creedor pueda exigir jurídicam jurídicamente ente el cumplimiento de ella. Definición de obligaciones : En las institutas de justiniano (obli (obligatio), gatio), vínculo jurídico que nos co constriñe nstriñe en la necesidad de tener que pagar alguna cosa según el IUS de nuestr nuestra a civitas

Elementos de la obli obligación: gación: 1. Las partes → un acreedor y un

deudor

2. El vínculo de co constreñimiento nstreñimiento en que se halla el deudor 3. La prestación ((lo lo debido) esta debe consistir en dar y en un prestar o un hacer hacer.. Clases de obligaciones; 1. Obligatio y actio 2. Obligaciones civiles y obligaciones honor honorarias arias 3. Obligaciones natur naturales ales

Clases de obligaciones por lla a prestación 1. Obligaciones es específicas pecíficas y genéricas 2. Obligaciones divis divisibles ibles 3. Obligaciones alternativ alternativas as y facultativ facultativas as

Clases de obligaciones por perso personas nas intervinientes 1. Obligaciones manco mancomunadas munadas 2. Obligaciones solidar solidarias ias 3. Obligaciones am ambulatorias bulatorias

Fuentes de obligaciones Se entiende por ffuentes uentes de obligaciones a aquellos actos n negocios egocios o situaciones de los cuales nacen las o obligaciones. bligaciones.

3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ROMANO: IUS Y DERECHO: IUS → DERECHO/ NORMA IUS GENTIUM → REL RELACIÓN ACIÓN ENTRE PLEBEY PLEBEYO O S Y CON ROMANOS O PLEB PLEBEYOS EYOS ENTRE SI. IUS CIVILE → NORMAS P PARA ARA LOS CIUDADANOS ROMANOS ➡ SE CREA LLA A FIGURA DEL PRETOR ATENDIA LLAS AS SITUACIONES DEL IU IUS S GENTIUM Y DESPUES P PASA ASA A A ATENDER TENDER EL DE LLOS OS DOS. GENTIUM Y CIV CIVILE. ILE. IUS NATURALE: LO QUE LA NATURALEZA HA INCULCADO A TODOS LOS SERES ANIMADOS Ius PUBLICUM: EL DERECHO CREADO POR EO ESTADO

Ius privatum: intereses entre los particulares Iustitia: Ulpiano la define como “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo jurídico”. La función de los Prudentes de discernir lo equitativo de lo inocuo, debía actuar con equidad.

Iurisprudencia: Iuris quiere decir derecho y prudenciaquiere decir sabiduría o experiencia previsora. Definida como el conocimiento de las cosas divinas y humanas con la ciencia de los justo y lo injusto.

Jurisconsulto: Era una persona dotada de conocimientos generales de todas las cosas, las divinas y las humanas. Para poder discernir que era lo justo y que era lo injusto. A partir del conocimiento de la realidad.

6. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ROMANO: dado por ULPIANO. 1.

Vivir honestamente: este principio luce como moral. Pero dada la interpretación entre las costumbres (mores) y el ius, el no vivir en forma honesta puede arrastrar consecuencias jurídicas. 2. No dañar a otro: La conducta de todo hombre no debe ocasionar daños a otro. “Daños”. daño a una persona libre, ya de palabra o de hecho, configura el delito de injurias. 3. Dar a cada uno lo suyo jurídico: en relación directa con la definición de Iustitia dada por Ulpiano. 7. DIVISIÓN POLÍTICA ROMANA: 1.

LA MONARQUÍA: que va desde el año 753 a.C hasta el año 509 a.C cuando ocurre la caída del último de los reyes, Tarquino el Soberbio. 2. LA REPÚBLICA: desde el 509 a.C hasta el año 27 a.C, cuando se instaura el Principado por parte de Octavio Augusto. 3. EL IMPERIO: que en su última fase (Alto imperio) asume el régimen del Principado, hasta la llegada al poder de Dioclesiano, año 284 d.C. 4. DOMINADO: se consolida autoritariamente en la figura del Emperador como Dominus; será el Bajo Imperio o Dominado, que en Occidente abarca hasta la caída de Roma a manos de los bárbaros (año 476 d.C) y que en Oriente, abarca hasta la muerte de Justiniano (año 565 d.C) quien será el gran consolidador del Ius, con su famosa compilación conocida como Corpus Iuris Civilis. 1. LA CIUDAD ANTIGUA: LAS ANTIGUAS CREENCIAS RELIGIOSAS SOBRE EL ALMA Y LA MUERTE:

Las antiguas creencias sobre el alma y la muerte y la religión influyo decisivamente sobre el derecho, dado que la mayoría de los actos y negocios jurídicos, estaban íntimamente relacionados con las creencias religiosas. 2. EL CULTO A LOS MUERTOS Y EL CULTO DOMÉSTICO Los muertos eran considerados seres sagrados y se le daba el nombre de dioses manes, la tumba era su templo y en ellas se levantaba un altar para los sacrificios. En todas las casas siempre había un altar con fuego encendido, era obligación del jefe de familia o pater familia conservar el fuego día y noche. Ese fuego tenía algo divino, era adorado, se le rendía un culto verdadero. Se solicitaba su protección y se le dirigían oraciones. El culto del fuego estaba estrictamente vinculado al culto de los muertos y pertenecía a cada familia, era la providencia de una familia, y no tenia nada que ver o en común con el fuego sagrado de la familia vecina. El culto no era público, sino debía ser secreto, toda ceremonia se realizaba entre los miembros de una familia únicamente. Su único sacerdote era el pater y este no admite ninguna otra jerarquía. El padre lo transmitía a sus hijos y les enseñaba las oraciones que debiera inculcarles. La religión domestica tenia la particularidad que se transmitían de varón a varón. COMPOSICIÓN DE LA FAMILIAS, LA GENS Roma estaba compuesta en familias, las cuales estaban integradas en grupos amplios. Las gentes (gens) Esta Familia amplia estaba integrada por distintos familias pertenecientes al mismo linaje. Se caracterizaban por llevar el mismo nombre en común “nomen gentilicium'' este nombre derivaba por la reconocida descendencia respecto a un personaje comun, que fue el iniciador de la gens. La gens eran asociaciones sociopolíticas que tenían un común difunto llamado el dios fundador. El vínculo parentesco que los une no es el natural (cogantio sanguíneo) si no el parentesco agnatio basado en el sometimiento de cada familia a la autoridad de un pater familias (masculino) Los gens están incorporados al culto familiar (sacra privata) se hace referencia a los antepasados comunes divinizados como “dioses manes” . Los dioses manes eran los dioses familiares eran los espíritus de antepasados que oficiaban de pretores en el hogar. El pater era el sacerdote que oficiaba la ceremonias religiosas y ofrendas en el hogar.

LAS CIVITAS

Varias curias se habían unido en una tribu, varias tribus pudieron asociarse entre si, a condición de respetarse el culto de cada cual. El día en que se celebró esta alianza, existió la ciudad. Cuando un jefe salía de una ciudad ya constituida para fundar otra, ordinariamente sólo llevaba un pequeño número de conciudadanos, a los que se incorporaban muchos otros que procedían de diversos lugares y aun podían pertenecer a ciertas razas. Pero este jefe siempre constituía el nuevo Estado a imagen y semejanza del que acababa de dejar. En consecuencia, dividía su pueblo en tribus y fratrías.

La fundación de ciudades. según la leyenda de Remo que es matado por su hermano Rómulo por haber traspasado el surco hecho por el arado. Un claro ejemplo del culto fundador es la fundación de Roma. Rómulo fue su fundador, se instalo en el Monte palatino y fundo Roma, después de haber consultado el vuelo de los pájaros. La delimitación de la ciudad cuadrata se trazo por una yunta de bueyes blancos, donde debían estar las puertas se levantaban el arado. Las diagonales de la ciudad son: cardus de norte a sur y ecumanus de este a oeste. Donde se cruzaban Cardus y ecumanus se hacia un pozo denominado mundus, en donde se arrojaban partículas de tierra llevadas de su patria o de sus antepasados.

3. LA MONARQUÍA: Los romanos son en su origen un pueblo de agricultores, al mismo tiempo que soldados. Roma esta compuesta en familias, la cuales están integradas en grupos más amplios: las gentes (sing.: gens) familia amplia (= clan), integrada por las distintas familias pertenecientes al mismo linaje. Se caracterizan por llevar todos sus integrantes el mismo nombre común (nomen gentilicium). Éste se deriva por la descendencia reconocida respecto de un personaje común, que fue iniciador de las gens. Así, los de la gens Iulia aceptan como su fundador a Iulius, los de la gens Cornelia a Cornelius; etc. Este vínculo que los une no es natural consanguíneo (cognatio), sino el parentesco artificial de la agnatio, basado en el sometimiento de todos los integrantes de cada familia a la autoridad de un paterfamilias, de acuerdo con las distintas generaciones. Este vínculo se transmite por vía masculina.

Al mismo tiempo los integrantes de cada familia, y en su medida de cada gens, están incorporados al culto familiar (sacra privata), en el cual se reverencia a los antepasados comunes, divinizados como “dioses Manes”. Composición Política: Roma era una civitas quiritaria, es decir, una entidad política autónoma. Civitas es una comunidad políticamente organizada. 4. En el vértice de la Civitas está el REX (dirigir).

5.

2.

1.

Puede ser propuesto por su antecesor o por el Senado, que ostentaba el interregnum. Pero su designación debe ser reconocida por una lex regia de imperio y aprobada por los dioses. Esto se lograba por la inauguratio, o sea, la consulta de la voluntad divina por medio de los auguria. Su cargo era vitalicio.

2.

Sus insignias en las cuales se nota la influencia etrusca, eran la toga púrpura, la corona de oro, el cetro y la silla curul, ornada de marfil. Igualmente contaba en los actos con una guardia de 12 lictores

3.

Hubo 7 reyes: 4 de origen latino (Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio y Anco Marcio) y los 3 últimos de origen etrusco (Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio).

4.

Contaba con colaboradores, tales como el que cuidaba la ciudad cuando se ausentaba; los encargados de los procesos de alta traición; losque actuaba en caso de homicidios y en las tareas militares con el magister populi (jefe del ejército), el praetor (el que marcha al frente); (tribunos de los soldados) y los (tribunos de la caballería).

El SENADO que estaba compuesto por los jefes de las gentes, designados por el rex. Sus funciones eran: 1.

Aconsejar al rex (consilium)

2.

Salvaguardar las costumbres tradicionales (mores maiorum)

3.

Ejercer el control de las decisiones comiciales ratificando sus actos por la auctoritas patrum; la auctorictascompleta y da valor total a los actos

4.

Proponer al nuevo rex, si el anterior no lo había hecho ejerciendo el interregnum. Un Senador mandaba como interrex durante 5 días, pasando luego a otro. Su misión era el proponer al nuevo rex, que debía tomar los auguria.

Los COMICIOS CURIADOS Constituyen la asamblea del populus. Estaba integrada por los Patricios, componiendo 30 curias, 10 por

cada una de las tribus étnicas (romanos, sabinos y etruscos). La unidad de voto era la curia.

2.

4.

Conceden al rey propuesto imperium (lex regia de imperio)

5.

Aceptan las leyes

6.

Deciden sobre la guerra y la paz.

7.

Pueden intervenir en juicios cuando un ciudadano recurre a ellos por la provocatio ad populum.

8.

, se reúnen 2 veces al año (24 de marzo y 24 de mayo), presididos por el Pontífice Máximo, ocupándose de los actos que hacen al ius civile y están relacionados con la religión y la familia; así, en caso se testamento, adrogatio, etc.

Los COLEGIOS SACERDOTALES vinculados con temas jurídicos: 1.

Colegio Sacerdotal de los Pontífices:se ocupaban del culto público. Tienen el control del calendario, señalando la sucesión de días (hábiles) feriados.

2.

Colegio de los Augures: son los encargados de anunciar los augurios, haciendo saber si la voluntad de los dioses es favorable para la realización de todo acto importante: la inauguratio del Rex, la inauguratio del templo, la iniciación de una batalla, etc. Los auspicios se realizaban mediante la lectura de un espacio de cielo, o la consideración de las actitudes de las aves (su vuelo a la izquierda o a la derecha, el apetito de los pollos de que disponían).

3.

Colegio de los Feciales: se ocupaban de los ritos vinculados con el derecho internacional; así, de los ritos de declaración de guerra y de la conclusión de tratados.

Composición Social: de la MONARQUIA

Þ Patricios: son aquellos que pertenecen a las gentes originarias de Roma, y son en principio los que tienen los derechos políticos y privados reconocidos por el ius civile.

Þ Clientes: sin ser patricios son como vasallos, admitidos por familias gentilicias participando del culto familias

Þ Plebeyos: no son patricios ni tampoco clientes. Provenian de los extranjeros. No tienen organización gentilicia ni culto doméstico. Tampoco acceso a los comicios. Eran aceptados por los patricios permitiéndoles que trabajaran en Roma y pudieran cultivar tierras. Desde el punto de vista político eran simples espectadores.

Þ Esclavos: estaban en la familia pero sujetos al dominium del paterfamilias. Como su origen era, ya por nacimiento, o por cautiverio en guerra, el número era en esta época bastante pequeño. Cuando se los sacaba de la esclavitud, es decir, se los manumitía, se convertían en libertos, estando de algún modo ligados a su antiguo dueño, convertido ahora en patronus. 4. LA REFORMA DE SERVIO TULIO: Debida al rey de origen etrusco Servio Tulio estableció un nuevo ordenamiento de la población basado en las unidades militares de las centurias, teniendo además en cuenta la fortuna que cada familia poseía. 6. Para poder determinar las diferencias ordena la realización de un censo que se debía actualizar cada 5 años. Se debían inscribir todos los mayores de 18 años, denunciando a que familia pertenecían, y el paterfamilias el valor de su patrimonio. Inscribirse en el censo era obligatorio para los hombres libres, bajo pena de ser azotados, privados de sus bienes y reducidos a la esclavitud. 7.

8.

Una vez obtenidos los montos clasificó a la población en “clases”, de tal modo que se formaron 5 de ellas. 1.

A la primera pertenecían los que tenían 20 yugadas

2.

A la segunda, los que tenían 15 yugadas .

3.

A la tercera, los que tenían 10 yugadas

4.

A la cuarta, los que tenían 5 yugadas .

5.

A la quinta, los que tenían 2 yugadas

A su vez, asignó a cada una de las clases un determinado número de centurias, de tal modo que la primera tenía 80; la segunda, la tercera y la cuarta, 20 cada una de ellas, y la quinta 30.

Esta reforma de Servio Tulio servia: 3.

Organizar el ejército: (los iunioresllevaban armas contra el enemigo en primera línea; los senioresaguardaban en la retaguardia) el ejército era el mismo populus; no existen los mercenarios.

4.

Además, cada componente de la centuria debía aportar sus propias armas, contribuyendo a los gastos bélicos.

5.

, las centurias constituyeron una nueva asamblea popular: los “comicios centuriados” (centuriata comitia), que se reúnen convocados por un magistrado con imperium, aprobando o rechazando sus propuestas.

6.

Servio Tulio subdividió la ciudad de Roma en 4 tribus, éstas ya no tienen que ver con las tribus étnicas (romanas, sabinas y etruscas), sino que eran distritos políticos-administrativos, que configuraban 4 tribus urbanas. En la época republicana alcanzarán a 35 tribus

5. CONFLICTOS POLÍTICOS DEL REX CON LOS PATRICIOS, CONSECUENCIAS: Frente a los cambios que se producían frente a las reformas que se dieron, surgió un gran descontento en la clase patricia, la cual ya no gozaba de las antiguas atribuciones y en cambio debía comenzar a ser parte del ejército y tener que pagar impuestos.

6. FUENTES DEL DERECHO EN ESTA ÉTAPA: 3.

Mores Maiorum

Las Mores Maiorum (costumbres de los antepasados) resultan ser la fuente primera y única del arcaico Derecho Romano. Como criterios morales de virtud, que se respetaban estrictamente. Pero también para referirse a los “ritos jurídicos”. Estos ritos eran solemnes y se caracterizaban por el empleo del cobre y la balanza. Los conflictos de intereses que dan lugar a un pleito son resueltos por el procedimiento de las legis acciones, sumamente ritual con el empleo de fórmulas orales muy estrictas. 2.

Las leyes regias. Ius Papirianum

Estas leyes dictadas por el rex. Pomponio menciona que primero Rómulo y luego los demás reyes promulgaron unas leyes a las que denomina “curiadas”, que se hicieron votar por las curias. Éstas habían sido agrupadas por Sexto Papirio, el la época de Tarquino el Soberbio, recopilación que se conoció como ius civile Papirianum. BOLILLA III

1. COMIENZO:

LA REPÚBLICA

2. La republica surge a medidas de situaciones políticas extremas 3. Pasando de tener un monarca a tener un cónsul. Los patricios que habían visto menoscabada su posición preeminente, por parte de la familia de los Tarquinos, producen un cambio político, derrocando al último rey: Tarquino el soberbio e instituyendo un nuevo sistema político conocido con le nombre de respública. La causa patricia habría tenido su motivación para la rebelión en el famoso episodio de Lucrecia. Ésta era una noble matrona romana Se encontraban en una fiesta su hijo Sexto con otros entre los cuales estaba Tarquino Colatino. Se planteó una discusión sobre cual de sus mujeres era más virtuosa y habiendo triunfado como la mejor Lucrecia, esto provocó el enojo de Sexto quien abandonando el lugar partió a Roma, y penetrando en la casa de ella, luego de amenazarla, la violó. Lucrecia luego de denunciar el crimen a su padre y a su marido, se clavó un puñal. Tarquino Colatino acompañado por su primo Iunio Bruto, expusieron su cadáver ante el pueblo. La irritación determinó la destitución del rey y el destierro de su familia. Tarquino Colatino y Iunio Bruto asumieron el poder.

2. INTEGRACIÓN PATRICIO-PLE...


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