Repaso Derecho Romano 1 PDF

Title Repaso Derecho Romano 1
Author Michelle Marie Velázquez Mejía
Course Derecho Romano
Institution Universidad Iberoamericana (República Dominicana)
Pages 28
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Apuntes Historia del Derecho Romano I...


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REPASO DERECHO ROMANO Concepto de Derecho Romano: El derecho romano es el conjunto de los preceptos legales que han regido en roma desde su fundación, hasta la muerte del emperador Justiniano. División del Derecho Romano: Se divide en: -Publico: (jus publicum) que comprende el gobierno del estado, la organización de las magistraturas, la del culto, y sacerdocio; también regulaba las relaciones de los ciudadanos con los poderes del Estado. -Privado: (jus privatum) cuyo objetivo son las relaciones entre particulares; se divide en : *derecho natural (jus naturale): la naturaleza se le impone al hombre. *derecho de gente (jus gentium): tanto para los ciudadanos como para los nociudadanos *derecho civil (jus civile): dependía de las clases sociales, era exclusivo de los ciudadanos hasta la ley de las XII tablas. Senado: Consejo al que el rey debía consultar sobre todos los astuntos que afectaban al Estado. Estaba compuesto al principio por los patres o seniores (por los de más edad entre los jefes de familia) Preceptos Fundamentales según Ulpiano: Ulpiano establece 3 preceptos que fueron establecidos en el año 705AC y que hoy día aun se mantienen y estos son: 1ero- Darle a cada quien lo suyo. 2do- No dañar al otro. 3ero- Vivir honestamente. Los dos primeros son preceptos puramente de derecho, en cambio el último es moral y va a estar relacionado con la costumbre de cada país. El Jus y el Fas: El derecho romano estaba muy ligado a la religión por lo que querian diferenciar lo humano de lo divino. · Jus-obra de la humanidad-lex humana-establece normas y reglas que todo el mundo debe cumplir. 1

· Fas-derecho sagrado-lex divina-no creada por el hombre pero si temida por él. *Los romanos tenían como costumbre la religión, mantenian un Dios para cada ocasión, su Dios mayor era el Dios Júpiter. Primeros Reyes Romanos. 1. Rómulo Gobernante bélico. En honor a él se le da el nombre a Roma. Asesinado por el Senado. Proporcionó las primeras instituciones políticas. 2. Numa Pompilio Estableció los cimientos de la religión Creó colegios sacerdotales Dividió el calendario en 12 meses Sembró ideas de paz 3. Tulio Hostilio Fallece por la caída de un rayo Traicionó a los reyes de Alba Encabezó el enfrentamiento con los albaneses 4. Anco Marcio Se preocupó por las instituciones políticas Construyó el primer puente Construyó la primera prisión 5. Tarquinio Prisco Origen etrusco Se ganó el respeto del pueblo Llevó a cabo reformas políticas y urbanísticas Construyó la Cloaca Máxima Construyó el Circo Máximo Aumentó el número de senadores Murió a manos de los hijos de anco Marcio 6. Servio Tulio Se casó con la hija de Prisco 2

Censó la ciudad por primera vez Asesinado por su hija y el amante de su hija 7. Tarquinio el Soberio Reinado tiránico y cruel Tuvo conflictos con el Senado El senado ordenó su exilio -Origen de Roma: Roma se origina en tres pueblos agrupados en tres tribus y establecidos sobre las colinas que bordean la orilla izquierda del río Tiber que bajo la autoridad de un rey, constituían la ciudad Romana. -Primeras Tribus que habitaron en Roma: La primera de raza latina, los ramnenses, que tenían por jefe a Rómulo; otra de raza Sabina, los titienses, .gobernados por Tacio y por último la raza etrusca, los luceres, cuyo jefe lleva el título de Lúcumo. -La Monarquía: Fue el primer régimen político existente en roma, bajo el mando de un rey, que en principio no tiene poder absoluto, es el sumo sacerdote, el jefe del ejercito, era elegido vitalicio, a la hora de su muerte su cargo era ocupado por un senador por espacio de 5 días y se le llamaba Inter Rex, se comenzaba con el senador de mayor edad, hasta culminar con el de menor edad. Etapas del Derecho Romano: Se divide en: 1desde la fundación de Roma hasta la ley de las XII tablas 2desde la ley de las XII tablas hasta el fin de la republica 3desde que el surgimiento del imperio hasta Alejandro Severo 4desde la muerte de Alejandro Severo hasta la muerte de Justiniano. Fuentes del Derecho Romano: Surge de dos grandes fuentes el: °Derecho escrito (códigos, leyes y jurisprudencia) °No-escrito (costumbre).

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Poderes que se tienen sobre los ciudadanos romanos: -imperium: utilizado por los altos magistrados y gobernadores para aplicar las normas y reglas. -potestad: es el poder o comando que se tiene sobre una persona. -autorita: autoridad que debe otorgarle un tutor a un pupilo para que este pueda ejercer un acto de derecho. Los Jurisconsultos: Fueron llamados jueces privados, podían dar su opinión oral o escrita pero esta opinión no ligaba al juez que llevaba el caso. -Modestino, Ulpiano, Paulo, Gayo, Papiniano (príncipe de los jurisconsultos romanos, ya que un 90 % de sus opiniones fueron tomadas en cuentas y tenían fuerza de ley). Justicia, jurisprudencia y equidad: Justitia: Es la justicia, cualidad del hombre justo, definida por Ulpiano como la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo. Jurisprudentia: Es la jurisprudencia o ciencia del derecho, definida por Ulpiano como el conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de los justo y de lo injusto. Equidad: etimológicamente significa Igualdad para que pueda existir justicia es necesario aplicar la equidad, definida por los romanos como el primer punto para alcanzar la justicia. Teorías de las escuelas sabiniana y proculeyana: Los Proculeyanos: El derecho y la política deben de estar distantes. Creían en la evolución. Todo en la vida debía evolucionar y buscaban el sentido etimológico de las palabras. Los Sabinianos: Nada debía cambiar. Mantenían las costumbres de sus ancestros. El derecho y la política debían de estar unidos como la sombra y el cuerpo. Comitia Curiata: Comprenden los miembros de las 30 curias, patricios y clientes. Esta asamblea constituye entre los romanos la forma más antigua del poder legislativo. Sus decisiones se convierten en leyes, leges curiata.

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Plesbicito: Desiciones de la plebe. Los tribunos iniciaron la práctica de convocar a la plebe en asambleas, donde deliberan y votan resoluciones que no tenían fuerza obligatoria más que para ella misma. Ley de las XII Tablas: Causas: -La desigualdad de derecho existente entre los patricios y los plebeyos. -El deseo de una ley igualitaria para todos. Consecuencias: -Reglamenta el derecho público y el derecho privado. -Se implementó una ley pública, aplicable a todos. -Señala la fundación de Roma. La causa del surgimiento de la ley de las XII tablas, nace de la desigualdad de derecho de las clases sociales, entre los plebeyos y los patricios. Los plebeyos exigen a los patricios que se redacte una ley con igualdad , de lo contrario se van a retirar de la ciudad romana, el pedimento de los plebeyos no fue aceptado y estos se retiran al monte Albentino en donde forman una nueva ciudad por Espacio de 10 años, los patricios se ven en la necesidad del retorno de los plebeyos y comienzan a ofrecerles algunos cargos públicos, pero estos son rechazados, en una segunda oportunidad le ofrecen la creación de una ley, algunos cargos de senadores, magistrados, gobernadores y esta propuesta fue aceptada. La primera conquista de los plebeyos fue la ley Canuleya esta ley le da la potestad a los plebeyos de ejercer la justae nuptiae (matrimonio), esta ley es promulgada antes de la creación de la ley de las doce tablas. La ley de las XII tablas en su primera fase fue rechazada por los plebeyos, dicha redacción se hizo en Grecia, al regreso de los magistrados a Roma, traen consigo X tablas y los plebeyos amenazan con retirarse de nuevo al monte Albentino si no se cumple lo pactado. Los Patricios envían a otros magistrados a Grecia y al regreso de estos se forman lo que fue la ley de las XII tablas o ley decenviral. Las personas encargadas de la redacción de esta ley se le llaman decenviro, esta ley fue publicada en tablas pintadas de blanco, con letras de bronce y expuestas al foro público. 5

La Republica: Surge luego de la abolición de la monarquía en Roma. Con esto el senado paso a ser la institución de gobierno que designaría a dos cónsules quienes estarían a cargo del Estado durante un año y respondían ante el senado sus actividades. Tenían un sistema de gobierno democrático regido por la aristocracia. Constantino: Emperador de los Romanos. Legislador de la religión cristiana por el Edicto de Milan en 313. Refundo la ciudad de Bizancio llamándola Nueva Roma o Constantinopla. Convoco el primer concilio de Nicea en 325. Primer emperador cristiano y la iglesia ortodoxa lo venera como santo. Construye monumentos religiosos. Constituciones Imperiales: Decisiones emanadas del emperador. (En principio el emperador no tiene poder absoluto, lo tiene después de las constituciones imperiales). División: - Edictas: Contenían las reglas de derecho aplicables a todo el imperio. -Decreta: Desiciones judiciales dadas por el emperador en primera instancia o en apelación. -Rescriptas: Consultas dadas bajo forma de carta a un magistrado (epístola) o de nota escrita debajo de la demanda de un partículas. (subscriptio). -Mandatas: Instrucciones dirigidas por el príncipe a funcionarios, a lo gobernadores de provincias, sobre cuestiones de administración que contenían alguna vez reglas de derecho privado. Clases Sociales: Eran 3: -Patricios: Eran las personas de la alta aristocracia, tienen todos los derechos: civiles, políticos y religiosos. Tenían derecho a elegir y ser elegidos, derecho a comerciar y a tener cargos públicos. -Los clientes: Es la clase intermedia entre los patricios y los plebeyos. Su origen es incierto. Desaparecen con la República. -Plebeyos: Eran las personas de la clase baja, sus derechos eran limitados; no podían ejercer la justa nutia, su unión marital se llamó concubinato, pueden

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elegir, pero no ser elegidos; no pueden comercial; no podían ejercer cargos públicos. Imperio: Etapa de la civilización romana con gobierno autocrático, durante el cual se expandieron las fronteras. Magistratura: Eran cargos públicos ejercidos temporal y gratuitamente en nombre y representante romano y por delegación del mismo. Características: -Electivas: Todos los magistrados eran elegidos por los comicios, o en el caso de los tribunos y los ediles de la plebe, por los consiliaplebis. -Temporales: La mayoría de las magistraturas eran anuales a excepción de: la dictadura (cuyo máximo dura 6 meses), los sensores (que se nombran cada 5 años y duraban en sus funciones 18 meses) y los decenviros (que duraban hasta tanto hubieran cometido su cometido). -Colegiadas: Existen dos o más titulares en cada magistratura, en caso de descenso, cualquier colega interpone su veto y paraliza la iniciativa. La magistratura podía ser: · Censores; destinada a la elaboración del Censo, además controlaban el senado y cuidaban las costumbres, eran elegidas por cinco años y trabajaban 18 meses. · Cuestores; administración de la justicia penal. · Ediles Curul; eran los encargados de la administración de los mercados, tenían su función como policías y vigilantes y eran nombrados por un año. · Ediles Plebeyos; cargo reservado a los plebeyos. Posteriormente asumieron las funciones de los ediles curules pero no formaban parte en el cursus honorum. Atendian el manteniemiento de los templos de la plebe. · Pretores; Era el pontifice de la razon natural y la conciencia social. Es aquel que conduce en la guerra al ejercito y en la paz al derecho. Encargados de presidir los tribulanes. · Pretores Urbanos; conocían de los conflictos que se daban dentro de los ciudadanos romanos.

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· Pretores Peregrinos; conocían de los conflictos que se daban entre los cuidadanos y no-cuidadanos. *Existía una magistratura especial llamada dictadura, que era exclusiva para los tiempos de guerra, cuando la patria estaba en peligro y duraba 6 meses. Codificaciones Pre-Justinianas: -Código Gregoriano: Este código fue publicado ajo el reinado de Dioclesiano. Contiene una serie de constituciones desde Séptimo Severo hasta Dioclesiano. Esta dividida en libros y títulos. -Código Hermogeniano: este es el complemento del anterior y sólo esta dividido en títulos. Reuniendo constituciones desde Dioclesiano hasta Valentiniano I. -Código Teodosiano: Teodosio II, concibió el proyecto de trabajo legislativo oficial. Una comisión de 8 miembros fue encargada de reunir y clasificar todas las constituciones imperiales, desde Constantino. Trataba a la vez del Jus y de las Leyes. Ley de Cita: Constitución que confirma la autoridad de los escritos de Papiniano, Paulo, Ulpiano, Modestino y Gayo. Reconoce el valor de los escritos de los jurisconsultos. Jus Flavium: Publicado después de la promulgación de la ley de las XII tablas; contiene la publicación de los días fastos y nefastos; y las formulas de la ley. Edicto de Teodorico: Esta compilación esta dividida en 155 capítulos, conteniendo reglas tomadas de los códigos gregoriano, hermogeniano y teodosiano; de algunas constituciones posteriores a Teodosio, y la sentencias de Paulo. Limitado al derecho criminal y al derecho publico general, estaba destinado a regir, no solamente a la población romana, sino también a los ostrogados. Tal edicto tuvo una duración efímera. Ley romana de los Visigothorum: Es la más importante de todas las leyes publicadas por los reyes bárbaros. Fue compuesta para el reinado de los vigodos, por orden de Alcario II. Esta

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tomada de dos fuentes: las leges y el jus. Ley romana de los Burgundas: De poca extensión comprende 47 títulos, está compuesto de textos sacados del brebario de alarico y quizás de otras obras romanas; cayo en desuso en 534 luego del fracaso del reinado de los Burgundas. Codigos: Recopilación de las constituciones de carácter privado y con fuerza de ley. Codigos de Justiniano: -Primer Código: el código Justiniano se apega, en primer lugar, a las leges. En este se reúnen los códigos gregorianos, hermogenianos, teodosiano, añadiendo las constituciones posteriores. -Digesto o panceta: colección compuesta de extractos de los escritos de jurisconsultos a quienes se hubiese concebido el jus respondi. Esta compilación solo contenía ciento cincuenta mil líneas tomadas de treinta y nueve jurisconsultos. -Institutas: están compuestas de fragmentos tomados de los jurisconsultos clásicos, pero sin indicación de fuentes: también de extractos o resúmenes de constituciones imperiales, destinados a señalar los cambios del derecho en la época de Justiniano. -Segundo Código (el nuevo código): fue publicado en diciembre de 534. Los libros se subdividen en títulos, cada titulo lleva un rubro conteniendo cierto número de constituciones o leyes, numeradas y clasificadas por orden cronológico. Se divide en 12 libros consagrados. -Código de las novellas o novelas: al publicar el nuevo código, Justiniano declaró que en adelante no habría ninguna otra edición, y que las constituciones que publicara después, formarían una obra especial llamada las novelas, novellas constituciones. Las personas: Etimológicamente la palabra persona significa (personare) y los romanos hacen una distinción en 3 sentidos: · En sentido propio: era la mascara que utilizaban los actores en escenas para la amplitud de su voz.

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· En sentido figurado: es el papel que desempeña todo ciudadano romano, para cumplir las normas. · En sentido Jurídico: son los derechos y las obligaciones en que se someten a los ciudadanos romanos. Estados Fundamentales: la familia, la ciudadanía y la libertad (esta ultima es inalienable a la persona misma). La perdida de estos 3 se le llamo Capiti Diminutio. Teorías sobre el nacimiento de las escuelas Sabiniana y Proculeyana: Para darle la condición de persona a una criatura surge una teoría de la escuela de los sabinianos que establece que la criatura debe tener las siguentes. Características: 1ero; Tener Forma Humana. 2do; Desprendimiento de cordón umbilical de la madre. 3ero; Debe Gritar. La escuela de los proculeyanos mantiene la teoría: (fue la tomada en cuenta) 1ero; Tener Forma Humana. 2do; Desprendimiento del cordón umbilical de la madre. 3ero; Basta que respire. Esclavitud: La esclavitud es la condición en que se encuentra una persona bajo la potestad de otra persona llamada amo o dueño. Para el derecho natural, no existe división de la persona en cambio, para el derecho civil si. Se nace esclavo o se llega a serlo por alguna causa posterior a su nacimiento. Existen tres causas: 1Nacimiento (depende de si es concebido siendo la madre libre o esclava) 2Por el jus gentium : la persona cae en la esclavitud cuando roma le declara la guerra, a otro pueblo, se apodera de la persona y de su patrimonio. 3Jus civile: establece cuales son las causas por el cual una persona cae en la esclavitud, como son : Por no inscribirse en el censo, Por evasión de impuesto, Por tener relaciones sexuales con un esclavo o esclava. Por hacerse vender como esclavo y luego dividir el dinero. 10

Por condena a un cautiverio: al agua, al sol y al fuego. El esclavo no tiene ninguna condición, ya que pierde su nombre y es considerado como una cosa u objeto del amo o dueño. El amo o dueño en principio tiene un poder absoluto, puede matar, vender, abandonar y lanzar el esclavo a combatir con las fieras. Ese poder del amo, deja de ser absoluto cuando surge la ley petronia, que prohíbe al amo, abandonar matar, y lanzar el esclavo a una fiera. En caso de querer matarlo, tenia que pedir la anuencia a un magistrado. Manumision: Manumisión al acto por el cual el esclavo adquiere su libertad y se divide en dos partes: -Manumisiones Solemnes: se adquiere una libertad de derecho a través del: · Censo: El amo cuando quiere otorgarle la libertad al esclavo, lo inscribe en el censo otorgándole un nombre, al finalizar el censo el esclavo obtiene su libertad. · Vindicta: Esta se hace a través de una audiencia solemne, en donde el amo, el esclavo y una tercera persona llamada aceptor, se presentan ante un magistrado y el aceptor le solicita la libertad el esclavo al magistrado y el amo no se opone se le otorga la libertad y es tocado con una vara llamada Bendicta. · Testamento: El amo puede otorgarle la libertad al esclavo a través de su testamento, pero esta libertad la tendrá cuando el amo muera. -Manumisiones No Solemnes: se adquiere una libertad de hecho pero no de derecho, es decir cuando el amo lo requiera debe volver a el y se da por: · Per Mesan: Sobre la mesa, en este tipo de manumisión el amo invita al esclavo a un almuerzo o una cena con su familia, pasada esta obtiene su libertad. · Per Epistolam: Por carta, el amo mediante una carta ordena la libertad del esclavo. · Inter Amico: En una reunión de amigos, el amo llama al esclavo y frente a ellos le otorga la libertad. *Existe otro tipo de libertad llamada Jus Postriminium:

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En el caso de que un esclavo este condenado al fuego o al agua y se escapa de este cautiverio. Leyes que restringen las manumisiones: Fueron tantas las proliferaciones de libertades que se hizo necesario crear tres leyes para restringir las manumisiones que fueron: -Ley Fufiacaninia; esta ley restringe las manumisiones testamentarias, estableciendo que el amo no podía inscribir en su testamento mas de 100 esclavos. -Ley Aelia Sentia; esta ley limita al amo en su edad y al esclavo, el amo debía tener una edad de 20 años y el esclavo mas de 30, además sanciona la libertad cuando se hace mediante fraude. -Junia Norvana o Norvona; esta ley restringe las manumisiones de hecho y le da al manumitido una condición de latino juniano. Cuales son no solemme_ Los Ciudadanos: El ciudadano romano a quien no afecta incapacidad particular alguna, goza de todas las prerrogativas que constituyen el (jus civitatis): es decir, participa de todas las instituciones del derecho civil romano, público y privado. Entre las ventajas que de ello resultan: En el orden privado: -Connubium: La aptitud para contraer matrimonio de derecho civil, llamado justae nuptiae. -Commercium: El derecho para adquirir y transmitir la propiedad, por los medios establecidos por el derecho civil. Por vía de consecuencia el commercium permite al ciudadano tener la Testamenti Factio, es decir, el derecho de transmitir su sucesión por testamento y de ser constituido heredero. En el orden político: -Jus Suffragii: Derecho de votar en los comicios para hacer la ley y proceder ...


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