Ensayo sobre Art. 123 de la constitución politica de México relaionados con la seguridad social PDF

Title Ensayo sobre Art. 123 de la constitución politica de México relaionados con la seguridad social
Author Miguel Bello
Course Derecho Constitucional Contributivo
Institution Universidad Autónoma de Chiapas
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RESUMEN DEL ARTC 123...


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Alumno: Bello Domínguez Miguel Angel

Ensayo del Art. 123 constitucional, apartado A y B (en relación con la seguridad social) La constitución política de los estados unidos mexicanos es una carta magna, el cual fue hecho para regir de manera jurídica todo el país, y cada uno de los títulos, artículos y fracciones están relacionados con los tres poderes de la federación, es decir, con el poder ejecutivo, legislativo y judicial. Cuando se habla de la seguridad social también se puede expresar como la previsión social, el cual es un sistema que se encarga de garantizar el estado de bienestar a la sociedad, da aportaciones que hacen los contribuyentes de manera obligatoria en los pagos de sus trabajadores, engloba tanto lo monetario como las prestaciones, las pensiones por discapacidad, el seguro médico el cual debe de ser universal y gratuito, los servicios de educación, la seguridad de que cuentan con una vivienda, alimento, y otras necesidad necesarios para cada persona, donde en el Art.123 de la constitución trata de dar énfasis a los derechos de cada persona en relación con la previsión social, y todos se relacionan de algún modo con la seguridad social, pero hay algunos en particulares que trata de contextos específicos expresados en la previsión social. En el Art. 123 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, es el título sexo que lleva por nombre “del trabajo y de la previsión social”, el cual menciona que cualquier persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, que significa que cada persona por derecho puede adquirir un trabajo que para la sociedad sea necesario de alguna forma, además se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo de acuerdo a lo expresado en la ley. En el apartado A refiere lo que el contrato de trabajo de los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general deben de incluir. En primera instancia a la fracción V donde las mujeres durante el embarazo no deben de hacer trabajos con mucho esfuerzo, donde haya peligro para su salud por su embarazo el cual considero que es importante ya que así no correrá riesgo de perder a su hijo y tendrán descanso de 6 semanas antes del parto y después del parto, con goce de su sueldo y conservando su trabajo, cuando estén en lactancia tendrán dos descansos por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, el cual considero que el hecho de ser madre ya no se trata de ver solo por uno mismo, sino que dicho trabajo debe de ser consciente de la situación, para cuidar la seguridad tanto de la madre como de su hijo. La fracción VI también se relaciona con la seguridad social ya que trata de los salarios mínimos de los trabajadores donde serán generales, los cuales deben de ser suficientes para las necesidades de un titular de familia, en las área material, social y cultural. La fracción VII también se destaca, ya que menciona que el trabajo debe adecuarse al salario sin tomar en consideración el sexo o la nacionalidad del trabajador. En la fracción XII menciona que “Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 367). El me parece esencial, ya que la empresa por decir

así debe de proporcionar un lugar adecuado para el trabajador y así no pone en riesgo su salud. En la fracción XIV trata de que serán los empresarios quienes se responsabilicen de los accidentes del trabajo pasados por causa o ejercicio de su profesión que hagan, y los jefes deben de pagar un indemnización que pudiese ocasionar la muerte o incapacidad temporal del trabajador, el cual me parece adecuado, ya que forma parte de su obligación como dueño de su establecimiento; además lo encuentro muy unido a la fracción XV donde el patrón debe ser consciente sobre la higiene y seguridad de sus instalaciones, el ende debe de colocar las medidas apropiadas para prevenir dichos accidentes al usar algún equipo para poder garantizar la salud y la vida de cada uno de sus trabajadores. En la fracción XXI indica que “si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a cumplir con la resolución, se dará por terminado el contrato de trabajo y quedará obligado a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 374). El cual dicha fracción hace referencia a la importancia del contenido del contrato, donde sino se respeta habrá una indemnización por parte del patrón, el cual considero de importancia ya que estará proporcionando algo monetario, que garantiza de alguna forma la seguridad económica de sus trabajadores. En la fracción XXII dice que “el patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizar con el importe de tres meses de salario” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 375). El cual en particular le proporciona la seguridad de su empleo del trabajador, donde el patrón no puede despedir sin justificación adecuada a sus trabajadores, ya se pos abuso de su autoridad u otro motivo, y el hecho de indemnizar esta acción le proporciona al trabajador una garantía. La fracción XXIII también lo encuentro relacionado, ya que hace referencia acerca de que los créditos por salario o sueldo tendrán preferencia cuando la empresa esté en quiebra por decirlo así, proporcionándole seguridad monetaria al trabajador. Una fracción que encuentro muy interesante es la XXIV ya que trata de las deudas que hagan los trabajadores, donde solo lo responsabiliza a él y no a terceros en caso de que algo le pase. Así mismo está la fracción XXIX donde es utilidad pública la ley del seguro social, que se harán cargo de seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria, enfermedades para cuidar el bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y sus respectivas familias, el cual en mi opinión es una fracción de mayor interés, y que aquí el gobierno tiene un papel fundamental para que se realice. Otra fracción que se relaciona con la seguridad social es la XXX ya que indica que “asimismo serán consideradas de utilidad social, las sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas, destinadas a ser adquiridas en propiedad, por los trabajadores en plazos determinados” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 380). En esta fracción integra lo que es la accesibilidad de que los trabajadores pueda tener acceso a una vivienda higiénica para ellos, es cual es algo beneficioso tanto para él como para su familia, proporcionando un techo en donde vivir. En el apartado B contiene fracciones respecto a los poderes de unión y sus respectivos trabajadores que lo integren, es decir, ya no habla de la sociedad en general sino de

casos particulares. En la fracción I trata de que la jornada máxima de trabajo de día o de noche será de 8 a 7 horas y le deben de pagar al cien por ciento más su remuneración de su servicio donde cuida el sueldo que deben de recibir y la jornada máxima que pueden realizar como trabajadores. En la fracción IV menciona que “A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el sexo” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 385). El considero que una mención bastante beneficiosa, el cual también se menciona en el apartado A, ya que en ningún lado debe manifestarse ningún tipo de discriminación por ningún motivo, y deben de ser respetados por igual cada persona en cuanto a sus derechos. A diferencia del apartado anterior aquí sí Pueden aplicar embargos aunque serán en casos necesarios y de acuerdo a la ley, lo menciona la fracción VI que dice que “VI. Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario, en los casos previstos en las leyes” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 385) En la fracción X indica que “los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes” ([Const.], 1917, Art.123, pág. 386). El cual a mi parecer si se relaciona con la seguridad social también porque le proporciona la libre decisión de integrarse a actividades como las huelgas para proteger sus derechos humanos y que estos sean respetados y no violentados conforme lo establecido en la ley. En cuanto a la fracción XI trata de que la seguridad social estarán integradas por ciertas bases como el hecho de que deben de cubrir accidentes y enfermedades, la maternidad, la jubilación, vejez o la muerte que los trabajadores puedan pasar, los cual son importantes que este cubiertas ya que uno nunca sabe cuándo puede estar en alguna de esas situaciones, también le aporta importancia a que las mujeres embarazadas no hagan esfuerzos considerables donde pueda poner en peligro la vida de hijo, donde aparte de es debe de seguir recibiendo su salario, aunque en este apartado el descanso establecido es de un mes de descanso antes del parte y 1 mes después, algo que es un poco injusto, ya que el otros trabajos como lo mencionaba el apartado A sólo se le permite 2 semanas, siguiendo con este apartado también incluye el derecho a la asistencia médica tanto para el trabajador como para sus familias, proporcionando también medicamentos. Como última fracción está la XIV que contiene que es la ley quien elegirá por decirlo así a las personas de confianza, de las cuales tendrán medidas de protección de salario y tendrán también beneficios de la seguridad social, el cual no estoy muy a favor de que haya personas con más beneficios que otros, ya que no menciona que serán personas que han destacado por su trabajo o algo en relación con sus servicios, donde por motivos éticos así debe de ser. Finalmente puedo decir que la constitución política es muy importante para todos los ciudadanos, ya que están referidos cada uno de los derechos que nos corresponden y al hablar específicamente de los puestos en el Art.123 aún más, porque toda la sociedad en algún momento de su vida se incorporará a un trabajo, en donde pasará parte de su tiempo día con día, por ende debe de conocer cuáles son sus derechos de seguridad social que le son otorgados desde el momento de entrar a prestar sus servicios, como los de asistencia médica, recibir un sueldo que le otorguen las necesidades básica del trabajador, la educación, e incluso que tenga una vivienda, y que es el estado quien debe de responder de forma positiva ante estos derechos de la sociedad.

Bibliografía [Const.], C. P. (1917, Art.123). Artículo123 [Titulo VI]. Cámara de Diptados del H. Congreso de la Union. (1917). CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. México: Const....


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