Fuentes DE Producción DEL Derecho Romano PDF

Title Fuentes DE Producción DEL Derecho Romano
Course Teoría Del Derecho
Institution Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente
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DERECHO ROMANO l FUENTES DE PRODUCCIÓN DEL DERECHO ROMANO 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7)

Costumbre Ley Plebiscito Senadoconsulto Edicto de los Magistrados Constituciones Imperiales Jurisprudencia

COSTUMBRE:  



Costumbre o Boni Mores. Comportamientos de la época, tradiciones. CONSUETUDO: Esos comportamientos interiorizados en el pueblo de observancia general que se han practicado en froma reiterada a lo largo del tiempo y aunque no están escritos se consideran obligatorios. Requisitos del consuetudo: - Inveterata Consuetudo (repitelo muchas veces) - Opinio Iuris Seu Necesitae (Creencia en la generalidad de las personas que obliga)

Fue la fuente principal de la época Arcaica.

LEY: 



Alvaro D´ors: Es la declaración de potestad que vincula tanto al que le da como al que la recibe, que es esencialmente revocable y que puede ser pública o privada. Clasificación: - Ley Pública y Privada - Según la sanción de las leyes - Según quien las propone

Fuente principal en la República Revocable: Que se puede cambiar.

LEY PÚBLICA Y PRIVADA: PRIVADA: Acuerdo de voluntades entre dos particulares.

PÚBLICA:   

La ley es lo que el pueblo ordena y establece. La ley es un precepto general, es el ius comune. La ley es lo que el pueblo romano establecía a propuesta del magistrado senatorial como el cónsul. PROCESO LEGISLATIVO

ROGATIO: Propuesta de Ley ante la asamblea correspondiente a iniciativa de los magistrados superiores que contaban con el ius agendi cum populo (derecho de convocar asambleas) -

Arcaica: Rey Preclásico: Cónsules Clásica: Príncipe Postclásica: Nadie porque ahora hay Constituciones Imperiales.

PROMULGATIO.     

Dar a conocer al pueblo antes de la votación en los comicios, mediante la exposición de tablas de bronce o madera en un lugar público. Debía constar la fecha de la votación. Debía publicarse por lo menos 24 días antes. El proyecto no podía ser modificado pero si retirado en su totalidad antes de la votación. Se podía paralizar mediante la intercessio.

VOTACIÓN.   



Llegada la fecha y con auspicios favorables la asamblea se reunía. El presidente preguntaba a los presentes si aprobaban o no. Antiguamente las votaciones eran de viva voz. Posteriormente la votación se hacía de forma secreta mediante tablas de cera escritas. - Uti Rogas (como propones) - Antiquo (Según el derecho antiguo) Realizada la votación el magistrado comunicaba el resultado y si era favorable se convertía en ley inmediatamente.

AUCTÓRITAS PATRUM: -

Autorización de los padres (del Senado)

FORMA DE LA LEY: 

 

PRAESCRIPTIO: Preámbulo, encabezamiento de la misma con el nombre del magistrado proponente, asamblea a la que se presenta, fecha, lugar de votación y nombre de la primera curia o centuria que votó. ROGATIO: El texto, contenido de la ley, aspecto positivo. SANCTIO: Pena impuesta en la ley en caso de incumplimiento de la ley.

SEGÚN LA SANCIÓN DE LAS LEYES: LEYES PERFECTAES: En la sanctio, se declaran nulos los actos realizados en contravención a la norma. Contemplan la nulidad absoluta. LEYES MINUS QUAM PERFECTAE: Establecen una sanción por los actos hechos contra la ley pero no declara nulos los actos realizados en contravención. LEYES IMPERFECTAE: Aquellas que no contemplan ninguna sanción. Carecen de sanctio. LEYES PLUS QUAM PERFECTAE: Aquellas leyes más que perfectas, además de contemplar una sanción, también contemplan la ineficacia del acto violatorio.

SEGÚN QUIEN LAS PROPONE: LEYES REGIAS: Propuestas por los tres primeros reyes a los comicios curiados y que al ser aceptadas por ellos se convirtieron en leyes. LEYES ROGATAE (ROGADAS): Son leyes rogadas por el magistrado a la asamblea popular (leyes comerciales) LEYES DATAE: Dictadas por aquellos magistrados a quienes se encomendaba la organización administrativa de las provicnias y colonias y que nacían de una delegación especial hecha por el pueblo a la persona del magistrado en cuestión. LEYES DICTAE: Disposiciones o estatutos relativos a la administración de los bienes del estado o el municipio.

PLEBISCITO:...


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