Las fuentes jurídicas romanas en la Península del derecho comicial a la Lex Provinciae PDF

Title Las fuentes jurídicas romanas en la Península del derecho comicial a la Lex Provinciae
Author Julia Martínez
Course Derecho Civil II
Institution Universidad Rey Juan Carlos
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Profesor: David Guinea...


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1. Las fuentes jurídicas romanas en la Península: del derecho comicial a la Lex Provinciae En el Derecho romano dictar las leyes corresponde al pueblo, reunido en los comicios a instancias de un magistrado (leyes comiciales). Dentro de las fuentes jurídicas romanas podemos diferenciar:       

Los edictos: definen el marco jurídico de la actuación del magistrado durante el tiempo de su gestión (avisos publicados por los magistrados republicanos) Los senado consultos: lo que el senado autoriza y establece no tiene valor de ley, pero goza de autoridad semejante Las leyes: norma escrita de obligado cumplimiento (ley comicial) Los plebiscitos: decisión tomada por la plebe para sus asuntos Constituciones imperiales: actos del príncipe Respuestas de los prudentes Costumbre

Este sistema quiebra la etapa del imperio, donde el emperador asume las facultades legislativas dictando leyes que tienen vigencia mientras esté viva (legislación imperial) En el mundo postclásico los juristas recogen aquel derecho antiguo, civil y el honorario y las leyes imperiales posteriores. Las provincias tuvieron un sistema de fuentes jurídicas propias, comenzando por la ley de las provincias, que regula el panorama jurídico global del territorio en España. Había una serie de leyes especiales para los núcleos urbanos, colonias y municipios organizados según el régimen de roma. Las disposiciones de gobierno expresan la actividad ordenada de los magistrados provinciales y son de naturaleza heterogénea. La provincia fue en un principio el conjunto de facultades del magistrado que había sido nombrado para regir y dominar, pasando luego a designar el propio ámbito geográfico donde esas funciones eran ejercidas. El territorio de la provincia fue considerado dominio público del pueblo romano y sus habitantes adoptaron la condición de peregrinos. Las lex provinciae eran ordenamientos jurídicos que Roma otorgaba a un territorio una vez que había sido conquistado y sometido. En este ordenamiento se contemplaban las atribuciones del magistrado, para ello el Senado solía enviar una comisión de diez senadores, quienes, de acuerdo con la autoridad militar, establecían el régimen jurídico de la circunscripción en el año 133 a. C. Como forma de proceder, puede señalarse que en 132 a. C., es cuando se considera toda Hispania pacificada, el Senado romano envió una comisión de diez senadores que establece la lex o formula provinciae en la que se fijaban la condición, privilegios, cargas y organización de todas y cada una de las comunidades de la provincia. Se pueden señalar como ejemplos de leyes provinciales:



lex Rupilia para Sicilia



lex Pompeia para Bitinia...


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