Memorial de arraigo derecho civil III PDF

Title Memorial de arraigo derecho civil III
Author Leonel Diaz
Course Derecho Procesal Civil II
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
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Summary

Un ejemplo de memorial de arraigo, en derecho civil III...


Description

SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA--------------------------------------------------------

Margarita Pamela Peña Luna, de cincuenta y tres años de edad, casada, guatemalteca, Técnico en Administración de Empresas, de este domicilio, respetuosamente ante ud, EXPONGO

I. DEL AUXILIO PROFESIONAL: actúo bajo la dirección y procuración del abogado Leonel Armando Díaz Simón,

II. LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACION y señalo como lugar para recibir notificación su oficina profesional identificada con el numero dos guion catorce, situado en el inmueble ubicado en la cuarta avenida catorce guion cuarenta y uno de la zona uno de esta ciudad de Guatemala. III. RAZON

DE MI GESTION

Y OBJETO DE MI COMPARECENCIA,

respetuosamente comparezco ante usted con el objeto de promover la presente MEDIDA CAUTELAR DE ARRAIGO en contra del Señor: Carlos Armando Ramírez García, quien puede ser notificado en su residencia en dieciséis calle veinticinco guion veintitrés de la zona dieciocho Villa de San Rafael de esta ciudad capital, por tal motivo: HECHOS

I. El caso señor Juez que con fecha treinta de Junio del año dos mil diecisiete, le di arrendado un bien inmueble al señor Carlos Armando Ramírez García, por la cantidad de dos mil quinientos quetzales exactos mensuales y tiempo indefinido, lo acredito con el contrato de arrendamiento firmado y sellado por notario activo.

II. El señor Carlos Armando Ramírez García, tiene una deuda conmigo desde el mes de febrero del presente año, siendo ya cinco meses que no me ha hecho el pago del inmueble arrendado, siendo la cantidad de quince mil quetzales exactos. III. Resulta señor Juez que me he enterado a través de terceras personas que el Señor Carlos Armando Ramírez García, pretende abandonar el inmueble y tiene la intención de salir del país y residir en el extranjero, por lo que tengo el temor de que el señor Carlos Armando Ramírez García no podrá hacer el pago efectivo de la deuda que tiene conmigo. IV. Por lo tanto y previo a entablar la demanda, solicito ante el señor Juez se decrete la medida de ARRAIGO tal como lo establece el decreto ley 107 del Congreso

de

establecido en

la

República

de

Guatemala,

en

cuanto

al

arraigo

el artículo 523, en contra del señor Carlos Armando Ramírez

García a fin que no pueda ausentarse del país, solicitando se libre el oficio correspondiente a las Oficinas de Dirección General de Migración. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se estipula en el Código Procesal Civil y Mercantil en su artículo 523: “Cuando hubiere temor que se ausente u oculte la persona, contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda, podrá el interesado pedir que se le arraigue en el lugar en que deba seguirse el proceso…” Así mismo el artículo 524 del mismo cuerpo legal establece; al declararse el arraigo el juez prevendrá al demandado que no se ausente del lugar en que se sigue o haya de seguirse el proceso, sin dejar apoderado que haya aceptado expresamente el mandado y con facultades suficientes…” Así mismo en el artículo 2 de la ley 390 del Congreso de la República registrarse

por

de

Guatemala,

las autoridades

de

establece: A fin Migración

en

de

forma

que

puedan

adecuada,

los

arraigos que decreten los Tribunales, en la comunicación, que se dirija a ellas deberá expresar: que se dirija a ellas deberá expresar: los nombres y apellidos completos del arraigo salvo el caso de que solamente tuviere un apellido en el cual

se deberá hacer constar esa circunstancia; la edad, estado civil, profesión u oficio nacionalidad, domicilio, el número de cedula de vecindad o de pasaporte cuando se trate de extranjeros no domiciliado, y cualesquiera otros datos personales que identifiquen a la persona arraigada. PRUEBAS DOCUMENTOS

Contrato de arrendamiento con el Señor Carlos Armando Ramírez García con fecha treinta de junio del año dos mil diecisiete, vigente hasta la fecha. PETICIONES

TRAMITE

I. Que

se

agregue

a

sus

antecedentes

el

presente

memorial

y

documento adjunto. II. Que se

admita para

su trámite el

presente memorial

CAUTELAR DE ARRAIGO en contra del señor

de

MEDIDA

Carlos Armando Ramírez

García III. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba DE FONDO

I. Que se declare con lugar el ARRAIGO contra el señor Carlos Armando Ramírez García, de

cuarenta años de

edad, casado, contador, guatemalteco, de

este domicilio, se identifica con Documento Personal de identificación mil novecientos sesenta y uno sesenta y siete mil cientos noventa y uno, cero uno cero uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas, del Municipio de Guatemala. II. Se libre el oficio respectivo a la Dirección General de Migración

CITA DE LEYES: Me fundo en los artículos precitados y en los siguientes: 1,2,3, 5, 12, 28, 203, 204, de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 44, 50, 51, 64, 65, 66, 67, 71, 79, 106, 107, 111, 112, 113, 114, 115, 128, 177, 178, 525 del Decreto Ley 107 Código Procesal Civil y Mercantil, 3, 4, del Decreto-ley 309 del Congreso de la República de Guatemala; 141, 142, 143 de la Ley del Organismo Judicial

GUATEMALA 20 DE JUNIO DEL 2,021...


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