Práctica 4 sucesiones. USAL PDF

Title Práctica 4 sucesiones. USAL
Author Hector García Morán
Course Derecho de Sucesiones
Institution Universidad de Salamanca
Pages 3
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Summary

Héctor García Morán.Dni: 71533245WPRÁCTICA 4Caso 1Alberto, curtido capitán que forma parte del contingente militar que el país ha enviado a Sildavia para poner paz entre los insurgentes, se enfrenta una noche al asalto de su cuartel por parte de los milicianos rebeldes. Temiendo por su vida, manifie...


Description

Héctor García Morán. Dni: 71533245W

PRÁCTICA 4 Caso 1 Alberto, curtido capitán que forma parte del contingente militar que el país ha enviado a Sildavia para poner paz entre los insurgentes, se enfrenta una noche al asalto de su cuartel por parte de los milicianos rebeldes. Temiendo por su vida, manifiesta su última voluntad ante sus hermanos de armas Luis, Antonio y Lucas. Finalmente, sucede lo peor, y Alberto muere al explotar a su lado una granada. Alberto tenía, en el momento de morir, tres hijos, a los que apenas había visto y con los que se llevaba mal. Es por ello que dejó dicho que, con independencia de lo que les correspondiera a ellos, quería que sus bienes fueran para su buena amiga Esmeralda, ya mayor, con el encargo a ésta de que se los pasara Gemma y Blanca (hijas de su otra gran amiga Julia, a las que Alberto quería como hijas propias) al alcanzar ambas la mayoría de edad. En relación con este supuesto así expuesto… 1.- ¿Es válido el testamento hecho por Alberto? Señale, en función del tipo de testamento de que se trate, cuáles habrían de ser los requisitos de validez o eficacia del mismo. 2.- Suponiendo que el testamento fuera válido, en relación con las disposiciones hechas por Alberto… a) En relación con sus hijos y Esmeralda, ¿puede Alberto realizar dicha disposición testamentaria? Si así fuera, ¿qué parte correspondería a cada uno de los designados? b) ¿Ante qué tipo de disposición nos encontramos en el caso de Esmeralda, Gemma y Blanca? ¿Qué son las tres? c) ¿A qué queda obligada Esmeralda? ¿Qué derechos tienen Gemma y Blanca, si es que tienen alguno? d) ¿Podría Alberto autorizar a Esmeralda a disponer de los bienes para el caso de que se quedara sin trabajo y que, si se acontece esta circunstancia y sobra algo a su fallecimiento, lo que reste pase a Gemma y Blanca? ¿Debe sobrar algo necesariamente? e) Si Esmeralda dispusiera de los bienes, pero no porque haya perdido el trabajo, sino por decisión propia,¿sería válida esa disposición? ¿deberían aceptarlo Gemma y Blanca? Caso 2 Antonia fallece sin descendencia, y habiendo dispuesto en testamento que quiere que sus bienes pasen a su sobrino Benito, y después de él, sucesivamente y si llegaran a tenerlos, a sus respectivos descendientes primogénitos/as hasta el primogénito/a de su bisnieto/a. 1.- ¿Es válida esta disposición?

2.- ¿Y si suponemos que, al tiempo de fallecer Antonia, la nieta de Benito está embarazada de su primer hijo? Identifique en ese caso al último llamado.

CASO 1: 1- Estamos ante un testamento extraordinario, concretamente un testamento militar, que viene regulado en los arts 716- 721 del CC. Requisitos: - 2 testigos en el momento en el que el testador otorga testamento. - Remisión lo más rápida posible al Cuartel General y de este al Ministerio de Defensa. Este último al Colegio Notarial correspondiente al último domicilio del testador. - El notario deberá comunicar en 10 días desde la recepción del testamento la existencia de este a los herederos e interesados para su comparencia y pertinente protocolarización. En conclusión, los requisitos se cumplen correctamente por lo que en un primer momento no se cuestiona su validez. Mas en lo concerniente a su contenido se observan elementos que invalidan el testamento, concretamente la ausencia del tercio de la legítima a los herederos forzosos. Por lo que sus descendientes podrían invalidarlo. 2a. Sí, la disposición es ajustada a derecho, estamos ante la figura de la sustitución de fideicomiso (781 CC). En cuanto a lo que correspondería a cada hijo sería el tercio de la legítima, a sus nietos si tuviera el tercio de mejora y el último tercio, de libre disposición, le correspondería a Esmeralda. b. Estamos ante la figura del sustituto fideicomiso a condición. Las hijas de Julia recibirán los bienes cuando la condición expresada se cumpla, en este caso la condición no puede someterse a juicio alguno ya que es un hecho cierto y determinado que ocurrirá o es muy probable que ocurra. Las posiciones que ostentan cada una son las siguientes: Esmeralda: fiduciaria. Gemma: Fideicomisaria. Blanca: Fideicomisaria. c. Esmeralda queda obligada a la conservación y protección de los bienes hasta el momento en el cuál el acontecimiento que fundamenta la condición se haga efectivo. No ostenta poder alguno de disposición sobre ellos. Mas puede reclamar los gastos de entrega y conservación de los bienes y otros derivados de su posición de fiduciaria. También tiene derecho a percibir los frutos que generen los bienes hasta el momento de la entrega y responderá por los posibles vicios que por su dolo o culpa hayan sufrido los bienes. En el caso de que ambas fallezcan antes de haber alcanzado la mayoría de edad, podrá no transmitir los bienes. Gemma y Blanca podrán solicitar la elaboración de un inventario y deberán responder de las deudas hereditarias.

d. Estamos ante una figura poco común, el fideicomiso de residuo. La respuesta es SÍ, Alberto puede expedir esa autorización. No tiene por qué sobrar algo necesaria ni legalmente. Hablando del fideicomiso de residuo es importante destacar que el testador puede prever que algo debe quedar (de lo que quede) u otorgar una libre disposición de los bienes al fiduciario y si queda algo, entregarlo. e. No es válida. En este caso el enunciado me genera una duda ¿Por decisión propia dispone de los bienes o por decisión propia pierde el trabajo? En cualquier caso no es válida. En primer lugar porqué no se cumple la condición establecida y no obtiene la autorización para disponer de los bienes. En el segundo caso, la condición se debe interpretar de manera restrictiva como así ha entendido reiteradamente la jurisprudencia. El contenido de los testamentos no están abiertos a la libre interpretación y decidir dejar el trabajo no es perderlo, es renunciar a él. En cualquiera de los casos Gemma Y Blanca pueden tomar acciones contra Esmeralda y despojarla de la libre disposición que ostenta sobre los bienes.

CASO 2: 1- No, vulnera los límites legalmente establecidos en arreglo a los grados de parentesco para el llamamiento a la sustitución fideicomisaria. Los límites se sitúan en dos transmisiones posteriores de personas no vivas, en este caso nos iríamos hasta 3 transmisiones. Por lo tanto, no sería válida. 2- En ese caso sí que sería válida. Al nasciturus se le dota con capacidad para suceder y por lo tanto las transmisiones entre personas no vivas entrarían dentro de los límites al ser dos....


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