Producto Integrador de Aprendizaje de Cultura de la paz UANL PDF

Title Producto Integrador de Aprendizaje de Cultura de la paz UANL
Author Kibsaim Franco
Course Cultura De Paz
Institution Universidad Autónoma de Nuevo León
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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEONFACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIAPRODUCTO INTEGRADOR DE APRENDIZAJECULTURA DE LA PAZPROYECTO DE INTERVENCION SOCIALINTRODUCCIÓNLa violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginal...


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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA PRODUCTO INTEGRADOR DE APRENDIZAJE CULTURA DE LA PAZ PROYECTO DE INTERVENCION SOCIAL

INTRODUCCIÓN La violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en el cual éstas se encuentran respecto de los hombres. La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas. El feminicidio es una de las formas extremas de violencia hacia las mujeres, es el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad. El concepto define un acto de máxima gravedad, en un contexto cultural e institucional de discriminación y violencia de género que suele ser acompañado por un conjunto de acciones de extrema violencia y contenido deshumanizante, como torturas, mutilaciones, quemaduras, ensañamiento y violencia sexual, contra las mujeres y niñas.

DESCRIPCION DE LA PROBLEMATICA La violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones de los derechos humanos más graves, extendida, arraigada y tolerada en el mundo. Esta violencia es tanto causa como consecuencia de la desigualdad y de la discriminación de género. El 18% de los municipios en México concentraron la mayoría de los feminicidios ocurridos en nuestro país en 2020, informó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim). Al presentar los resultados del Grupo Interinstitucional de Estrategia contra Violencias (GIEV), la Conavim detalló que en todo 2020 se registraron en el país 940 feminicidios, dos menos que en 2019 (942). A nivel nacional, el municipio con más feminicidios en 2020 fue Juárez, Chihuahua, con un total de 19 casos, seguido de Tijuana, Baja California (18 feminicidios) y Monterrey, Nuevo León (17).

JUSTIFICACION DE LA INTERVENCION Investigar, denunciar las violaciones de los derechos humanos, educar a la población en esta materia y hacer campaña por la justicia puede ser peligroso. Los defensores de los derechos humanos son personas que individualmente, o con otras personas, los promueven y protegen a través de medios pacíficos y de la no violencia. Debido a su trabajo, estos pueden ser objeto de diferentes tipos de violencia, incluidas las palizas, las detenciones arbitrarias, las torturas, las amenazas de muerte, el hostigamiento y la difamación, o las restricciones a la libertad de expresión y de asociación.

En el año 2000, la Organización de las Naciones Unidas instauró la figura de un enviado especial cuya principal misión es apoyar la aplicación de la Declaración de 1998 sobre los defensores de los derechos humanos. La “protección” de los derechos humanos incluye proteger a los propios defensores y el derecho a la defensa de los derechos humanos. El enviado especial pide, recibe, analiza y responde a la información sobre la situación de los defensores, promueve la aplicación efectiva de la Declaración y recomienda estrategias para proteger a los defensores.

La paz es una forma de vida, de tal manera que todos los miembros de la sociedad puedan realizar sus derechos humanos. ... La paz es un producto de los derechos humanos: cuanto más una sociedad los promueva, proteja y cumpla, mayor es la posibilidad de detener la violencia y resolver los conflictos de forma pacífica.

La cultura de paz consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos, buscando identificar las causas y solucionar los problemas mediante el diálogo entre las personas, los grupos y las naciones.

MARCO TEORICO CONCEPTOS TEÓRICOS ฀ Violencia. Según la OMS la violencia es el uso intencional de la fuerza física, amenazas contra uno mismo, otra persona, un grupo o una comunidad que tiene como consecuencia o es muy probable que tenga como consecuencia un traumatismo, daños psicológicos, problemas de desarrollo o la muerte. ฀ Violencia contra la mujer “La violencia contra la mujer -especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexualconstituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres.” (OMS, 2021) ฀ Feminicidios “La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer.” (GOBIERNO DE MÉXICO, 2021) ฀ Discriminación Según Diskriminerings 2018 dijo que la discriminación consiste en otorgar un trato peor a una persona en comparación con otras. Suecia cuenta con una ley contra la discriminación en la cual se prohíbe la discriminación. Sin embargo, desde un punto de vista legal, no todo trato injusto es considerado discriminatorio. ฀ Género Según la OMS el género se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres. Las diferentes funciones y comportamientos pueden generar

desigualdades de género, es decir, diferencias entre los hombres y las mujeres que favorecen sistemáticamente a uno de los dos grupos. A su vez, esas desigualdades pueden crear inequidades entre los hombres y las mujeres con respecto tanto a su estado de salud como a su acceso a la atención sanitaria. ฀ Derechos humanos Según el Consejo Nacional de los Derechos Humanos dice que los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes.

OMS (Organización Mundial de la Salud). ฀ Violencia sexual La Organización Mundial de la Salud, define la violencia sexual como “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de la relación de ésta con la víctima, en cualquier ámbito, incluidos el hogar y lugar de trabajo”. ฀ Acto de máxima gravedad Actos contra la voluntad de terceras personas. ฀ Manifestaciones feministas “Una manifestación, protesta o marcha es la exhibición pública de la opinión de un grupo activista (económica, política o social), mediante una congregación en las calles, a menudo en un lugar o una fecha simbólicos y asociados con esa opinión.

ANTESEDENTES Dentro de los principales conceptos a desarrollar en el tema del feminicidio en México, se encuentran los siguientes:

Derecho a la Vida.

En el marco general de los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos, específicamente en cuanto a la protección de las mujeres, en contra de la violencia feminicida, podemos referir que en la Declaración Universal de Derechos Humanos , en su artículo tercero se indica el “derecho a la vida, de todo individuo”, correspondiente con lo anterior en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , en su artículo sexto párrafo primero, se señala que “el derecho a la vida es inherente a la persona humana” que este derecho estará protegido por la ley, y que nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.

Violencia contra la Mujer.

En el texto de los instrumentos internacionales especializados en la protección de las mujeres y sus derechos, específicamente en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la Mujer se precisa que por "violencia contra la mujer" se entiende: “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”. Adicionalmente a lo anterior se indica que se entiende que la violencia contra la mujer abarca los siguientes actos, aunque sin limitarse a ellos: a) La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación; b) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada;

c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra. Cabe señalar que en este instrumento también se advierte que la mujer tiene derecho, en condiciones de igualdad, al goce y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil y de cualquier otra índole. Se señala que entre estos derechos figuran: el derecho a la vida; el derecho a la igualdad; el derecho a la libertad y la seguridad de la persona; el derecho a igual protección ante la ley; el derecho a verse libre de todas las formas de discriminación; el derecho al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar; el derecho a condiciones de trabajo justas y favorables; y el derecho a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Por otra parte, en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. “Convención de Belém do Pará” se refiere que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, definiendo que debe de entender por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Se precisa que se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y la que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra.

Diferencia entre Femicidio y Feminicidio

En relación de la diferencia entre femicidio y feminicidio Diana Erika Pérez Ruiz8 , nos indica que: “pese a los cuestionamientos que tiene la regulación del delito de feminicidio, cabe preguntarse cuál es la definición de este, si es igual o diferente del término femicidio, nos explica que en primer lugar hay que señalar que el término feminicidio, palabra castellanizada, proviene del neologismo femicide, el cual nació en el ámbito académico anglosajón. El término femicide (femicidio) ha

sido desarrollado, principalmente, desde aproximaciones sociológicas y antropológicas. La primera persona que utilizó la categoría femicide directamente relacionada a la violencia de género fue Diana Russell expuesta ante el Tribunal Internacional de Crímenes contra mujeres. A partir de ello su contenido y alcance ha variado. En 1990 en la revista Ms, a través de un artículo intitulado Speaking the Unspeakable, que publicaron Diana Russel y Jane Caputi dieron a conocer el término femicide, que lo califican como “es el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de las mujeres”. En 1992 Diana Russell y Jill Radford sintetizaron el término femicide como el “asesinato de mujeres cometido por hombres”.

Los feminicidios activos o directos incluyen:

฀ Las muertes de mujeres y niñas como resultado de violencia doméstica, ejercida por la pareja en el marco de una relación de intimidad o de convivencia;

฀ El asesinato misógino de las mujeres; Las muertes de mujeres y niñas cometidas en nombre del “honor”;

฀ Las muertes de mujeres y niñas relacionadas con situaciones de conflicto armado (como estrategia de guerra, opresión o conflicto étnico);

฀ Las muertes de mujeres y niñas relacionadas con el pago de una dote;

฀ Las muertes de mujeres relacionadas con la identidad de género y con la orientación sexual (homicidios lesbofóbicos);

฀ El infanticidio femenino y la selección del sexo basada en el género (feticidio); y Las muertes de mujeres y niñas relacionadas con el origen étnico y la identidad indígena.

FASE OPERATIVA OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Promover la detección temprana de la violencia familiar y de género en las instituciones del Sistema Nacional de Salud, como un problema de salud que genera gran carga de enfermedad entre las mujeres de 15 años y más.

2. Garantizar a las mujeres el acceso oportuno a servicios de atención médica y psicológica especializada de las consecuencias de la violencia familiar o de género.

3. Contribuir a que las mujeres y sus hijos e hijas que viven en violencia extrema cuenten con espacios seguros que les brinden protección, atención médica, psicológica y orientación legal.

4. Contribuir desde el Sistema Nacional de Salud a la prevención de la violencia familiar y de género; así como a la promoción del derecho a una vida sin violencia como parte de los derechos humanos de las mujeres.

5. Contar con información científica, actualizada, íntegra y comparable sobre la frecuencia, distribución y factores de riesgo asociados a la violencia familiar y de género en México y sus consecuencias sobre la salud.

6. Promover la atención integral, solidaria, con perspectiva de género, respetuosa, multidisciplinaria e interinstitucional, que evite la revictimización de las personas afectadas por la violencia familiar y de género.

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CONTRA DE LA PROBLEMATICA Caminos y estrategias para las mujeres En gran medida, fueron los movimientos sociales de mujeres y las organizaciones feministas quienes atrajeron la atención mundial sobre la violencia de género. Los colectivos de mujeres han creado redes nacionales, regionales y mundiales y han desempeñado una función primordial en la toma de conciencia y la reivindicación de un cambio positivo en las actitudes y prácticas comunitarias en relación con la violencia de género. Estas redes han inspirado diversas campañas que han transformado radicalmente las normas, leyes, políticas y prácticas. Encontramos también ejemplos destacados de liderazgo de mujeres en países en conflicto tan alejados unos de otros como Colombia y la República Democrática del Congo. Las mujeres han exigido a sus gobiernos que armonicen la legislación local con los dictados de las normas internacionales de derechos humanos. En consecuencia, muchos países del hemisferio sur han promulgado leyes contra la violencia y el acoso sexual a las mujeres, han adoptado medidas encaminadas a lograr la igualdad entre los géneros y han coordinado las iniciativas nacionales a fin de asegurar la aplicación plena y efectiva de la legislación. Sin embargo, las leyes aprobadas no se han aplicado estrictamente y, en muchos casos, no están al alcance de quienes las necesitan debido al elevado costo de las demandas judiciales. Además, muchas iniciativas nacionales no cuentan con fondos suficientes, son de escaso alcance y están concentradas de manera desproporcionada en las zonas urbanas y prósperas, en detrimento de las comunidades rurales y desfavorecidas. Uno de los factores principales que impiden la aplicación efectiva de las leyes y políticas es la falta de voluntad política y de compromiso con la igualdad entre los géneros.

฀ POBLACION A QUIEN VA DIRIGIDA

Este documento va dirigido a personas de todas las edades y géneros, es para hacer conciencia sobre los problemas de violencia a en los cuales la mujer ha estado comprometida, la violencia es una problema muy grave que tiene que ser solucionado de la manera más rápida posible, los asesinatos no son un juego.

LA DISPONIBILIDAD DE INFORMACIÓN COMPARABLE SOBRE FEMICIDIOS/FEMINICIDIOS EN LA REGIÓN RESULTA ESENCIAL PARA IMPLEMENTAR Y EVALUAR MEDIDAS ADECUADAS.

Mediante este trabajo convocamos a todo el país a realizar lo que sea necesario para erradicar la violencia que existe hacia las mujeres.

● "No quiero sentirme valiente cuando salga a la calle, quiero sentirme libre". La hemos visto en numerosos carteles de las últimas manifestaciones feministas.

● "No estás sola, denuncia, ¡somos libres!". Por cada mujer que se atreva a denunciar tiene que surgir a su alrededor un gran apoyo de la administración pública y de su entorno, porque en soledad es muy difícil salir de la violencia en el seno familiar.

● "Si te retienen, insultan, atacan, pegan o amenazan, no te confundas. Eso no es amor". No te confundas, ni siquiera es "amor del malo", ¡no es amor!

● "Nos queremos vivas". Es uno de los eslóganes contra la violencia de género con los que se grita pidiendo ayuda.

● "Ni una menos". Con esta máxima, el movimiento contra la violencia de género ha cogido fuerza en los últimos tiempos.

● "El amor no es la ostia". Este lema se ha visto mucho en las campañas contra la violencia de género. Anima a no pasar por alto el primer golpe porque al primero le sigue otro, y luego otro, y otro…

RESULTADOS OBTENIDOS Se han obtenido diversas leyes a favor de la seguridad de la mujer he aquí algunas de ellas:

Hace casi seis meses la Ley Olimpia fue aprobada en el Senado y ahora diputados la han aprobado: enviar fotografías y videos de índole sexual sin consentimiento de quien aparece en él será castigado con cárcel. La Ley Olimpia introduce a nivel federal la "violación a la intimidad sexual" en el Código Penal Federal.

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas 15 de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar 35 y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará).

Ley General de Acceso de las Mujeres 47 a una Vida Libre de Violencia.

Reglamento de la Ley General de Acceso 93 de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Reglamento para el funcionamiento del Sistema Nacional 127 para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

REFERENCIAS World Health Organization. (2015, 18 noviembre). Violencia. Organización Mundial de la Salud. https://www.who.int/topics/violence/es/

Violencia contra la mujer. (2021, 9 marzo). ho-inte. https://www.who.int/es/newsroom/fact-sheets/detail/violence-against-women

Feminicidio. (2021, 15 abril). Observatorio de Igualdad de Género. https://oig.cepal.org/es/indicadores/feminicidio

403 Forbidden. (s. f.). Forbidden. https://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84&id_opcion=142 &op=142

World Health Organization. (2016, 29 abril). Género. Organización Mundial de la Salud. https://www.who.int/topics/gender/es/...


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