Protección posesoria - derecho real PDF

Title Protección posesoria - derecho real
Author Diana Flores
Course Historia Del Derecho
Institution Universidad de Granada
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derecho real...


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Flores Ramos Diana 3°C T/M

PROTECCIÓN POSESORIA. Son mecanismos que el ordenamiento jurídico provee para conseguir o proteger una posesión a la cual tiene derecho. Defiende al poseedor que ya lo es, principalmente del despojo y la perturbación. Los mecanismos son interdictos. Interdicto: procedimiento judicial que quiere atribuir la posesión de una cosa a cierta persona natural o jurídica frente a otra, de manera provisional. Puede usarse como protección ante cualquier agresión/turbación que una persona sufra sobre su pacifica posesión. Esta existe para la defensa del orden público y la seguridad jurídica de los ciudadanos. Características de los Interdictos: 1. Son acciones reales. 2. Son acciones inmobiliarias, pero hay interdictos mobiliarios. 3. Son de protección interina. 4. Son actos de simple administración. 5. La defensa es autónoma. 6. Las acciones posesorias y petitorias no pueden acumularse en un mismo juicio. 7. Lo referente a contratos (interpretación o inejecución) no se ventilan por vía interdictal. 8. Las sentencias posesorias no amparan a perpetuidad. 9. Proceden contra los actos de la Administración Pública, cuando son ilegales o arbitrarios. 10. Proceden contra la ejecución de actos judiciales, siempre que el querellante no forme parte del juicio. Hay 3 formas de acción posesoria

• El derecho de Autodefensa de la Posesión • El Juicio Ordinario y la • Posesión Interdictal o la Protección interdictal. Existen cuatro clases de interdictos posesorios a saber: 1. Interdicto de Amparo 2. Interdicto de Despojo 3. Interdicto de Obra Nueva y 4. El interdicto de Daño Temido o de Obra Vieja....


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