TEMA 1 Introducción AL Fenómeno Jurídico PDF

Title TEMA 1 Introducción AL Fenómeno Jurídico
Author MARINA SOLER I
Course Introducció Dret Empresarial
Institution Universitat Pompeu Fabra
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TEMA 1: INTRODUCCIÓN AL FENÓMENO JURÍDICO 1. El derecho y la cooperación social Del estado de naturaleza al estado civil Problemas del estado de naturaleza: En el estado de naturaleza hay igualdad, no hay instituciones ni autoridad. 

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Recursos escasos – núcleo central – dada la escasez de recursos surgirán los líderes, los cuales querrán distribuir estos recursos y llevará a la desconfianza e inseguridad Liderazgo Falta de confianza Falta de seguridad

Escasez de recursos -

Materiales: recursos naturales, humanos, bienes capital y medios de producción Otros: libertad, autonomía personal

Solución - Criterios de distribución: Claves para el reparto de recursos (limitados) Fines de la economía: »

»

Distribución de recursos: Por la falta de recursos, si no tenemos una institución, esta distribución no puede ser equitativa. ¿Cómo repartimos estos recursos? El derecho se encarga de dirigir y de intervenir para hacer frente al egoísmo. Identificar los incentivos que motivan las decisiones que adoptan personas racionales para maximizar su bienestar

El Derecho, en cambio, se concentra en conseguir que esos mismos sujetos racionales adopten decisiones en contra de sus incentivos inmediatos, cuando tal desviación del propio interés es considerada socialmente útil. Prescribir comportamientos, en principio remitiéndose a criterios de justicia y también de coordinación y aseguramiento de expectativas: -

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Razones morales: surgen porque nuestra moral interna nos dice como debemos actuar (lo correcto o lo incorrecto) – son las razones más importantes Razones jurídicas: Seguir reglas o evitar sanciones, multas, etc. Razones prudenciales: hacer algo porque no te gustaría que lo hagan a ti (por beneficio propio)

Normas como incentivos para la cooperación:

El derecho tiene en cuenta sobre todo las razones jurídicas a través de unas normas → Normatividad del derecho  Normas: “enunciados que prohíben, obligan o autorizan a hacer alguna cosa e imponen un coste llamado sanción a quienes incumplen la prescripción” Supuesto de hecho (acción que está prohibida, obligación) → Consecuencia jurídica Tipos: Jurídicas y no jurídicas (se diferencian por el tipo de sanción)    

Sociales: reproche social (recibir un regalo y no dar las gracias) Morales: reproche interno (ver a alguien caerse y no ayudar) Religiosas: castigo divino (matar: ir al infierno) Jurídicas: sanción regulada y aplicada institucionalmente por el derecho (asesinato: código penal)

Normatividad – Efectividad: Costes de incumplimiento presentes o futuros tienen que ser mayores al beneficio de incumplir la norma. Sólo así se podrán modificar las preferencias y se obtendrá el cambio de comportamiento deseado.  Normas disuasorias: El coste futuro por haber incumplido la prescripción es superior al beneficio de incumplirla. (normas que pueden convencer a hacer que una persona cambie de opinión) Ejemplo: Un billete de tren vale 10 euros y una multa 100 euros (puede haber contextos en el que la norma sea disuasoria o no lo sea) Fin del derecho: Alcanzar la cooperación social “El sistema normativo institucionalizado o sistema jurídico es un instrumento para conseguir ciertos objetivos socialmente útiles que no se alcanzarían si no interviniera una modificación de los incentivos que determinan el comportamiento de las personas” El Derecho ha sido un instrumento significativo en la larga lucha de la humanidad por la emancipación → por la igualdad, por la libertad, por la dignidad y por la seguridad. -

Si no hubiera leyes, las personas podrían hacer lo que quisieran sin repercusión, es decir, ha de haber una serie de normas Saber los incentivos para desarrollar normas para cumplir con los objetivos del derecho El derecho permite cambiar la conducta de las personas para conseguir la cooperación social Regula la distribución de recursos, ya que estamos en una sociedad donde los recursos son escasos

La mano invisible: Guía al agente económico para que sus elecciones aun cuando persiga exclusivamente la ganancia individual, redunden en una finalidad que no

formaba parte de sus intenciones: el interés de la sociedad. Es una economía creada por Adam Smith en la que se autorregula el mercado por los precios (demanda y oferta) y el Estado no interviene. -

Distribución de recursos eficiente Se consigue un bienestar general

Ejemplo: ¿Cómo se regula el uso de las carreteras? Surge el Problema de coordinación: Necesitamos el derecho para establecer unas normas (para saber cómo actuar) y distribuir los recursos escasos Dilema del prisionero: modelo de la teoría de juegos que intenta explicar que hay ciertas circunstancias donde el derecho es necesario para encontrar una opción beneficiosa para nosotros (en este caso ineficiente) Prisionero A y Prisionero B Reglas: -

2 partes Simultaneidad de respuestas 1 jugada Información completa y simétrica Sin posibilidad de comunicación entre ellos

Opciones: -

Si A confiesa y B no: A libre, B 20 años Si A no confiesa y B si: A 20 años, B libre Si ambos confiesan: 5 años cada uno Si ambos guardan silencio: 1 año cada uno

La opción más beneficiosa para cada prisionero es confesar, aunque sea ineficiente ya que, aun así, estaríamos 5 años en la cárcel – El equilibrio de Naash   

Posición que se adecúa al equilibrio de Naash (inefectiva): Ambos confiesan Decisión de cada jugador es la mejor respuesta a la posible respuesta del otro Posición colaborativa (efectiva): Ambos guardan silencio Posición del Free Rider: Uno confiesa y el otro no Aquellos que se aprovechan de la cooperación de los otros sin cooperar también

Para evitar los Free Riders y el equilibrio de Nash debemos utilizar el Derecho El dilema del prisionero muestra la necesidad de la cooperación y a la vez, que, en ciertas condiciones, la persecución racional del propio interés por cada uno de los jugadores conduce fatalmente a un equilibrio ineficiente (problema moral y político) ×

Con este modelo de teoría de juegos también se explica el problema de los bienes comunes (tragedia de los bienes comunes), la posición más beneficiosa para uno mismo no es la más eficiente para todos. FUNCIONES DEL DERECHO

2. El derecho y el control social 1ª función el derecho: “Todo sistema jurídico eficaz cumple con la función de control social” Esta es una proposición descriptiva, ya que solo nos está hablando de los sistemas jurídicos que sean eficaces. Es decir, solo los eficaces cumplen con la función de control social (no se habla de los sistemas jurídicos en general) Doble significado: 1. Sentido regulador: El derecho ejecuta y actúa como dirección y guía de conductas Para ello hay unas técnicas de control social – buscan incentivar/desincentivar a priori/a posteriori A priori A posteriori o -

Incentivar Promoción Premios

Desincentivar Prevención Represión

Promoción: Incentivar una conducta deseable antes de que ésta se produzca Ejemplo: Ayudas o subvenciones Guía la conducta de que particulares reformen una vivienda antigua antes que una nueva Premio: Incentivar una conducta deseable después de que ésta se produzca Ejemplo: Premio a la ciudad sostenible (ministerio de medio ambiente – desgravación fiscal)

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Prevención: Desincentivar una conducta indeseable antes de que se produzca Ejemplo: Campañas de prevención Educadores sociales dan charlas a colegios para prevenir acciones inadecuadas, como la violencia de género

o -

o

Represión: desincentivar una conducta indeseable después de que se produzca Ejemplo: Sanciones de cárcel

2. Sentido integrador: “El derecho supervisa el funcionamiento de las demás instituciones sociales resolviendo los conflictos que se pueden producir dentro de un sistema social” »

Derecho y mercado: Intervención del Estado en la economía del mercado

Ejemplo: -

La economía interviene en el derecho: Comida en un hospital, que mayormente son alimentos procesados y altamente azucarados El derecho interviene en la economía: No permite la libre circulación de alimentos procesados y azucarados incluyendo un pequeño coste adicional

Estado: Organización jurídico- política que detenta la soberanía sobre una población y un territorio y que, como institución, genera y sanciona de manera excluyente el conjunto de normas que integran un determinado sistema jurídico. Economía de mercado “La economía de mercado se basa en la creencia de que los mercados de competencia perfecta son el mejor mecanismo para: -

Asignar los recursos Organizar la actividad económica- porque el mecanismo de los precios expresa o El valor de un bien para la sociedad o Coste total de producirlo”

Artículo 38: Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación –

Se protegen los dos modelos económicos: el centralizado y el de economía de mercado

¿Con esta definición de economía de mercado se puede prescindir del derecho? » No se puede prescindir del derecho porque necesitamos cierta estabilidad 

¿Independencia del derecho? Premisas que aseguran que la definición de economía de mercado requiere del derecho (intervención del derecho a priori) 1. Certeza de títulos de propiedad (función registro propiedad - identificación de un recurso, confieren a su dueño autoridad legal excluyente sobre el mismo y lo convierten en un activo dotado de transferibilidad) 2. Garantía de cumplimiento de los acuerdos (juzgados) - asegura expectativas sin las cuales las operaciones comerciales no se producirían porque, una vez que el otro hubiera cumplido su parto, lo que a mí me convendría más sería no cumplir la mía 3. Fiabilidad del valor de la moneda (ejemplo: Brexit - grandes inversiones estaban paralizadas porque podrían suponer grandes pérdidas si cambiaba el valor de la libra esterlina) 4. Regulación de los precios (máx. y min) para que se ajuste al valor social que le concedemos a las cosas.

Fallos de mercado  Fallos de mercado: Ocurren cuando se pone en práctica la definición de economía de mercado. Son situaciones en las que no se asignan los recursos eficientemente o el precio no refleja fielmente el valor atribuido o el coste del bien

 El mecanismo de precios no es perfecto y no siempre representa el coste de producción del producto o el coste social 1. Externalidades: Costes o beneficios derivados de una actividad económica que no se agrega a los costes o beneficios de quien la desarrolla 

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Externalidad negativa: Corrección - Impuestos o prohibiciones Ejemplos: Prohibición de la venta de drogas El impuesto de las bebidas azucaradas Prohibición de circulación de ciertos coches dado su alto grado de contaminación Externalidad positiva: Corrección - Subvenciones o patentes Con el derecho se pueden corregir las externalidades, ya que internaliza los costes o beneficios que no se tienen en cuenta

2. Poder de mercado: Capacidad de influir en el mecanismo de precios  Monopolios y oligopolios – normas de protección de competencia El monopolio tiene mucho poder de mercado, por lo que puede influir en el precio »

El derecho establece las normas de protección de competencia para asegurar la existencia de la competencia perfecta



Monopolio natural: Sectores económicos que requieren una inversión muy grande, lo cual es ineficiente para la economía (Compañías de gas o ferroviarias)

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El Estado interviene con la regulación de condiciones de prestación de servicio

Compromiso moral 

Más allá de la eficiencia, el Estado tiene que intervenir en la economía para asegurar ciertos compromisos morales básicos

Criterio de distribución: Capacidad VS equidad -

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o

Criterio basado en la capacidad: Cada persona ha de tener ciertas capacidades para entrar en el mercado y ofrecer servicios, obtenga dinero y asignarlo a determinados recursos (si no se dispone de capacidades no se entrará en esta distribución de recursos) o Se persigue el valor de la eficiencia Criterio basado en la equidad: Igualdad, no se tienen en cuenta las capacidades; todos los individuos, por ser individuos, tienen el derecho de entrar en esta distribución de recursos (ejemplo: sanidad pública) Se persigue el valor de igualdad y justicia

 Políticas económicas y de redistribución

1. Impuestos: Objetivo de garantizar cierta distribución de los beneficios del desarrollo económico. Ejemplos: Impuesto de sociedades, IRPF, IVA, Impuesto de sucesiones… 2. Servicios públicos: Objetivo de garantizar recursos que el mercado por sí solo no puede garantizar  Relaciones laborales  En el mercado de trabajo no estamos en una situación de igualdad  Es muy difícil que empleado y empleador estén en situación de igualdad, dado que han de seguir una serie de normas, por ejemplo. »

Las condiciones básicas del contrato de trabajo están reguladas por el Estado a través del derecho para: 1. Reequilibrar la posición de poder contractual: Dar a los trabajadores ciertos derechos en caso de encontrarse en situaciones contraproducentes para ellos y puedan apelar a estos derechos 2. Salario mínimo interprofesional: mínimo que necesita una persona para tener acceso a las necesidades primarias

 Protección de los consumidores: Relación de dos agentes económicos (poder de información y poder de negociación) que no está en situación de igualdad »

Actuación del derecho: Leyes de protección de consumidores: 1. Equilibra el déficit informativo y de negociación 2. Calidad, garantías de productos

¿Qué tipo de sociedad queremos? Relación de equilibrio: eficiencia económica – equidad social - Un sistema económico sin ninguna intervención del Derecho no solo no provee equidad, sino que acaba siendo a muy corto plazo ineficiente a causa de la caída de las expectativas del cumplimiento de los pactos y de los fallos del mercado. - Un sistema económico totalmente intervenido, centralizado y planificado, prácticamente deja de ser economía (de mercado ya que no transmite información sobre la demanda, la oferta o el precio) para ser fundamentalmente Derecho

3. El derecho y seguridad  Dos sentidos en los que se desarrolla la función de seguridad: 

Relaciones personales (privadas): El derecho aporta seguridad en estas relaciones jurídicas

Ejemplo: Casamiento Casarse por lo civil conlleva una relación contractual de matrimonio (manera de formalizar una relación. Se da seguridad a largo plazo (sin riesgos) ya que se comparten recursos con valor. Esta situación es contraria al Estado de Naturaleza Un ejemplo de factor que da seguridad mediante este contrato es la pensión de viudedad ×

Caso que explica la relación entre seguridad y justicia:

-Falta de seguridad: Derogación de la ley de divorcio de 1932 en 1939 (aunque ninguna de las partes fuera ante un juez para declarar divorcio nulo, no se podría volver a casar ni se considerarían como validos los siguientes casamientos) 

Relación entre Estado y ciudadanos: Garantía en las relaciones públicas

Autoridad: ¿Porque confiamos en la autoridad? o -

Confiamos en el Estado (o cualquier autoridad) porque su actividad está restringida por reglas, aprobadas por un Parlamento, el cual representa la Voluntad Popular Esto nos aporta seguridad, ya que podemos consultar estas normas y prever casos en un futuro.

Aun así, a la práctica, el seguimiento de las reglas por parte de la autoridad es más complicado de lo que parece. Para el cumplimiento de las normas existen límites Límites: para entenderlos hemos de distinguir entre arbitrariedad VS discrecionalidad  Arbitrariedad: Tomar decisiones sin ofrecer razones que las justifiquen Ejemplo: Al crear las normas del ajedrez, el alfil se mueve en diagonal de manera arbitraria (sin ninguna justificación)  Discrecionalidad (se usa en el derecho): tomar decisiones aportando razones (de interpretación) que las justifiquen × La clave de la discrecionalidad es la motivación (justificar la decisión con argumentos) de una sentencia Ejemplo: Estándar de prueba penal: más allá de toda duda razonable El juez tiene que estar seguro (demostrar) que, presentando esas pruebas, el acusado es culpable. Estos estándares ayudan a que las decisiones de los jueces no sean arbitrarias y sean discrecionales »

Conclusión: La función de seguridad en el derecho sirve como límite en el poder del Estado y para controlar su ejercicio

 La seguridad jurídica: Aquella función del derecho que nos permite llevar a cabo nuestros planes de vida: -

a. Poder planificar nuestra conducta Sabiendo cuales están prohibidas, son obligatorias o están permitidas b. Sabiendo de antemano que consecuencias se derivaran de ella c. Y así actuar con conocimiento de causa

Ejemplo: Decido crear una crema y comercializarla; para ello he de seguir estos factores o condiciones Condiciones que deben cumplir el Derecho para ofrecer seguridad jurídica  Claridad: las normas han de ser claras Ejemplos: Artículos en los que hay conceptos poco claros (lenguaje no natural) Artículo 467: El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa. *Usufructo: derecho de uso (ejemplo - usufructo de viudedad: cuando una parte del matrimonio fallece, la otra tiene un derecho de uso de la casa, no un derecho de propiedad) Artículo 1104: La culpa o negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar. Cuando la obligación no exprese la diligencia (tipo de cuidado que alguien debe ejecutar en una acción) que ha de prestarse en su cumplimiento, se exigirá la que correspondería a un buen padre de familia. *Buen padre de familia: estándar para definir cómo actuar de forma correcta Distinción entre: Lenguaje natural VS lenguaje formal  

Lenguaje natural: Un término puede tener varios significados (castellano, catalán) Lenguaje formal: Un término tienen un único significado (matemáticas, biología)

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Conclusión: En el derecho se utiliza un lenguaje natural tecnificado (para poder asegurar la claridad de las normas, ya que el lenguaje natural es el que todos manejamos)

Distinción entre: Ambigüedad VS vaguedad Ambigüedad: ‘Característica de algunos términos susceptibles de asumir diversos significados, generalmente distinguibles por el contexto Vaguedad: ‘Defecto congénito’ de los lenguajes naturales, afecta a los conceptos. Consiste en que el conjunto de propiedades que caracterizan a un concepto o su campo de aplicabilidad no está totalmente determinada

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Un concepto se puede atribuir a 3 zonas distintas según su vaguedad: Zona de claridad Zona de penumbra (el concepto es vago) Zona de sombra

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Ejemplo: diligencia del buen padre de familia -

Zona de claridad (se actúa conforme la norma): padre que se responsabiliza que el hijo tenga educación Zona de penumbra (el concepto es vago): un padre muy trabajador y el menor está solo ya que no tiene familia en la ciudad – se dudaría si se está actuando conforme la diligencia del buen padre de familia -En este caso, se ha de motivar adecuadamente la sentencia para demostrar que se está actuando conforme la norma o no. Zona de sombra (no se actúa conforme la norma): maltrato

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Relación de la distinción entre Ambigüedad VS va...


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