Tema 18.- Formas de aparición del delito PDF

Title Tema 18.- Formas de aparición del delito
Author Luis García
Course Derecho Penal. Parte General
Institution Universidad Europea de Madrid
Pages 2
File Size 66 KB
File Type PDF
Total Downloads 59
Total Views 128

Summary

Tema 18.- Formas de aparición del delito...


Description

LECCION 18: FORMAS DE APARICION DEL DELITO I. El Iter criminis FASE INTERNA: ideación de la conducta 1. Actos internos: dentro de la inteligencia del suj, actos no punibles xq Dcho penal nec la realización de una conducta, tp reproche de pensamientos x dificultades de prueba; IMPTE: sólo a partir de la exteriorización cabe la intervención del Dcho penal 2. Actos preparatorios: planificar la perpetuación; problemática de la intervención del Dcho penal y si se castigan – dos posturas:  Escuela clásica: actos preparatorios no deben castigarse xq todavía no se ha violado norma jur; se añade la ratio de utilidad: idea de favorecer el desistimiento, potenciación del desistimiento ("a enemigo q huye puente de plata")  Escuela positiva: debían castigarse en base a la peligrosidad demostrada en el suj; legislación española – actos de preparación en ppio impunes, varias excepciones aka "resoluciones manifiestas" actos de prep q constituyen la conspiración, proposición o provocación p/delinquir (arts 17.1, 17.2 y 18.1 CP) Art 17.3 – regla gral: sólo se castigarán "en casos especialmte previstos en la Ley" Muchas ocasiones "excepcionales": art 141 delitos vs vida, art 151 integridad de las personas, art 168 delitos de privación de locomoción, art 269 delitos vs el patrimonio, art 306 en sede de receptación, art 477 supuesto de rebelión, art 488 delitos vs Corona, art 548 en relación con la rebelión Dets actos prep q constituyen x sí mismos verdaderos delitos autónomos, Libro II: art 400 "preparación o tenencia" en delitos de falsedad, art 386 "tenencia de moneda falsa" con fin de distribuirla, art 368 "actos de cultivo, elaboración o tráfico", art 371 "fabrique, transporte o tenga en poder equipos, mats o sustancias" FASE EXTERNA: suj decidido, acaecen actos preparatorios (plan p/consumación), posterior agotamiento del delito (= consumación subjetiva = cumplimiento del fin último q se perseguía) 3. Actos de ejecución: suj empieza a realizar el acto delictivo, puede alcanzarse la consumación; en ocasiones tb hay delito si no se consigue el resultado prohibido (delitos en grado de tentativa o delitos intentados); legislación española distingue e/tentativa completa (realización de todos los actos de ejecución aunq no se alcanzara el resultado prohibido, "delito frustrado") y tentativa incompleta (realización de parte de los actos de ejecución pero no se consigue el resultado prohibido, "tentativa") Art 15.1: "Son punibles el delito consumado y la tentativa del delito" Art 16.2: "Quedará exento de responsabilidad penal x el delito intentado quien evite voluntariamente la consumación del delito, bien desistiendo de la ejecución ya iniciada, bien impidiendo la producción del resultado" Art 15.2: "Las faltas sólo se castigarán cuando hayan sido consumadas, excepto las intentadas contra las personas o el patrimonio" (Tit I y II 617-628 del Libro III)  La tentativa completa e incompleta: tentativa = suj ha realizado todos o parte de los actos de ejecución y los resultados no se producen x una circunstancia ajena a la voluntad del suj; elementos: *resolución criminal, concurrir intención dolosa *se deben haber producido ya actos de ejecución *realizado pte o todos los actos de ejecución sin llegar a producirse el resultado con indepcia de la vol del suj => p/tentativa completa pena

inferior en un grado, p/tentativa incomplete pena inferior en dos grados 4. Consumación (mensaje): se ha realizado íntegramente la conducta tipificada, delitos consumados art 61 "cuando la ley establece una pena, se entiende q la impone a los autores de la infracción consumada" 5. Agotamiento (propósito logrado): Carrara: cat diferente a consumación, req completa realización de los propósitos q el suj activo se hizo en momento de ideación de conducta; delito consumado es una especie de consumación desde pto de vista del suj activo Opositores: consumación subjetiva no se contiene expresamente en los textos penales, aunq en algunos delitos legisladores distingue suj cometido delito consumado o agotado (art 171.2 chantaje, art 163.2 detención ilegal) II. El desistimiento voluntario de consumar el delito Desistimiento = renuncia voluntaria a consumar el hecho delictivo cuya ejecución se ha iniciado Suj activo neutraliza voluntariamente el riesgo creado y abandona la continuación del "iter criminis" o evita q la victima sufra el daño inicialmente previsto – generosa recompensa p/estimular desistimiento, conducta premiada x legislador incluso con la impunidad ("a enemigo q huye puente de plata", Binding en Alemania); ie art 16.2: "Quedará exento de responsabilidad penal x el delito intentado quien evite voluntariamente la consumación del delito" Voluntad x motivos éticos o morales (arrepentimiento) o egoístas (x pena + liviana) III. El delito imposible Delito imposible aka tentativa idónea = suj realiza todos actos ejecutorios pero delito no se consuma xq conducta del suj no es idónea, no suficiente y no produce efecto alguno; supuestos: A) Delito imposible por la idoneidad de los métodos utilizados Pedro quiere matar a Luis pero al disparar se percata de no tiene munición, conjuros mágicos; suj subjetivamente ha cometido un hecho delictivo y solamte inidóneo método utilizado ha hecho q no se hayan producido los resultados prohibidos B) Delitos imposibles por la inexistencia de sujeto pasivo u objeto material del delito Alex espera q se duerma José p/matarlo pero José había fallecido dos hs antes x ataq miocardio, acuchilla almohada creyendo q se está matando al q duerme bajo las sábanas, aborto de mujer q no está embarazada – no hay objeto o no hay sujeto pasivo Problemática: ¿deben castigarse?: amplio sector – no deben ser castigados otro sector – sí deben castigarse xq queda suficientemte demostrada la peligrosidad (subjetivamte los suj activos son delincuentes) Delito imposible apareció x 1ª vez en CP 1928, desaparece CP republicano 1932, vuelve a aparecen en CP franquista equiparándolo a la tentativa, CP 1995 no menciona: - redactores se olvidaron del delito imposible - no mencionaron en delito imposible en inteligencia de q no se debe castigar (art 16.1 "objetivamente deberán producir el resultado" - no inclusión del delito imposible o tentativa inidónea se debe a q se considera tentativa Delito putativo = suj cree q está cometiendo un hecho delictivo cuando su comportamiento resulta irrelevante p/Dcho penal (ie adulterio, consumo de drogas, blasfemia) **En delito imposible falla la idoneidad de instrumentos u objeto del delito **En delitos putativos falla tipicidad de la conducta...


Similar Free PDFs