Tema 4-delito de lesiones PDF

Title Tema 4-delito de lesiones
Author Nacho Diaz Fernadez
Course Derecho Penal Especial
Institution Universidad Autónoma de Madrid
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DELITO DE LESIONES (147-156 CP)Tipo básico:   

Lesiones -147.1 CP Lesiones leves- 147.2 CP Maltrato de obra- 147.3 CP

Tipos agravados:    

Tipo básico agravado- 148 CP Lesiones muy graves- 149 CP Lesiones graves- 150 CP Violencia domestica- 153 CP

Tipos atenuados: Lesione imprudentes – 152 CP    

Imprudencia grave- 152.1 CP Imprudencia menos grave- 152.2 CP Participación en riña tumultuaria 154 CP. Consentimiento del lesionado- 155 CP

Bien jurídico protegido: El bien jurídico protegido es la integridad física, la salud e integridad mental.

TIPO BASICO; LESIONES (147 CP) 

Producir un daño o menoscabo en la integridad corporal o/y en la salud mental o física. Que requieran tratamiento médico o quirúrgico, además de una primera asistencia facultativa.

Al tipo básico le corresponde una pena de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 meses a 12 meses. LESIONES LEVES (147.2 CP)Se da cuando las lesiones no requieran tratamiento médico o quirúrgico para su curación, Le corresponde pena de multa de uno a tres meses. No son punibles si se cometen por imprudencia (requiere dolo) MALTRATO DE OBRA (147.3 CP)Se da cuando se golpease o maltratase a otro sin causarle lesión, le corresponde pena de multa de 1 a 2 meses. No son punibles si se cometen por imprudencia (requiere dolo)

TIPOS AGRAVADOS: 1-Lesiones básicas agravadas (148 CP)- Se aplica únicamente al tipo básico de lesiones correspondiente una pena de 2 a 5 años cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:     

Utilización de armas, medios o métodos especialmente peligrosos. Ensañamiento o alevosía. Victima menor de 12 años. Que la victima hubiera sido esposa o mujer ligada por análoga relación de afectividad. Que la victima conviviese con el autor y fuese persona especialmente vulnerable.

2-Lesiones graves invalidantes (149 CP)Se aplica cuando se producen lesiones que suponen la perdida o inutilidad de un órgano principal, miembro, sentido o deformidad grave o cuando producen impotencia o esterilidad. Pena- Prisión de 6 a 12 años. También se aplica este tipo a lesiones de mutilación genital- En este caso cuando se realice a menores o incapaces supone adicionalmente la perdida de la patria potestad de 4 a 10 años.

3-Lesiones graves no invalidantes (150 CP)Se aplica a aquellas que produzcan la inutilidad de un órgano o miembro no principal o deformidad no grave. Pena- prisión de 3 a 6 años.

4- Agravante de lesiones leves por violencia doméstica (153 CP)- Se aplica únicamente respecto de las lesiones leves o maltrato de obra; en caso de lesiones del tipo básico corresponderá en todo caso el tipo agravado del 148 CP. Pena-prisión de 6 meses a 1 año y privación de porte de armas de 1 año a 3 años. Agravante- la pena se impondrá en su mitad superior en grado cuando se realice delante de menores, usando armas o en el domicilio familiar.

TIPOS ATENUADOS; LESIONES IMPRUDENTES (152 CP)1-Imprudencia grave (152.1) La conducta típica se refiere a las lesiones del 147, 149 y 150 ya que en las lesiones leves o maltrato de hecho la imprudencia supone la atipicidad. Pena- prisión de 3 a 6 meses

 

Cuando se produce en vehículo-privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Utilización de armas- prohibición del derecho a portar armas de 1 a 4 años.



Por imprudencia profesional- inhabilitación de 6 meses a 4 años.

2-Imprudencia menos grave (152.2) La conducta típica se aplica a las lesiones del 149 o 150 ocasionadas por imprudencia leve, no se aplica a las lesiones leves o maltrato de obra. Pena- multa de 3 a 12 meses.

 

Cuando se produce en vehículo-privación del derecho a conducir de 3 meses a 1 año. Utilización de armas- prohibición del derecho a portar armas de3 meses a 1 año.

la concurrencia de las lesiones dolosa con las lesiones imprudentes, cuando la intención o ánimo del sujeto pasivo, atendiendo al medio empleado, es causar efectivamente un resultado lesivo, y se ocasiona un resultado mayor, resolviéndose como concurso medial

3-Riña tumultuaria (154 CP)Se aplica cuando:  

Se producen agresiones por parte de una pluralidad de personas entre si. Concurre una imposibilidad de delimitar la autoría de las lesiones ocasionadas (si se puede individualizar corresponderá el delito de homicidio o lesiones.)

Pena – prisión de 3 mes a 1 año o multa de 6 a 24 meses.

4- Consentimiento del lesionado (155 CP) Cuando medie consentimiento expreso y claro del lesionado se aplicará la pena inferior en uno o 2 grados....


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