TEMA 19: EL GOBIERNO II 1.-Las funciones del Gobierno: la dirección política DOCX

Title TEMA 19: EL GOBIERNO II 1.-Las funciones del Gobierno: la dirección política
Author Marco Garcia
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TEMA 19: EL GOBIERNO II 1.- Las funciones del Gobierno: la dirección política Lo decisivo para la organización del Gobierno como órgano son las competencias que le asignan la CE y las leyes. 1.1. La dirección política Hay que hacer dos consideraciones preliminares so re las competencias que la CE at...


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TEMA 19: EL GOBIERNO II 1.- Las funciones del Gobierno: la dirección polítca Lo decisivo para la organización del Gobierno como órgano son las competencias que le asignan la CE y las leyes. 1.1. La dirección polítca Hay que hacer dos consideraciones preliminares so re las competencias que la CE atribuye al Gobierno en el art. 97: - La CE atribuye al Gobierno una genérica potestad de dirección polítcaa la principal seña de identdad del Gobierno consttucional. - El artculo 97 no es el único a tener en cuentaa la CE también le atribuye otras funciones en más artculos (88a 112a 115…)a así como las leyes en desarrollo de estas. Para entender a qué nos referimos con dirección polítca tenemos que mencionar lo siguiente: a) Dirigir es llevar algo rectamente a un lugar o meta señalado. También es orientar e impulsara liderar. b) Lo polítco presupone un espacio de decisión vinculado con la ideología y la oportunidad no condicionado por mandatos de otros. c) La dirección polítca no implica ausencia de límitesa pues el Gobierno está sometdo al principio de legalidad y al ulterior control judicial. Hay que tener presente también que el Gobierno no monopoliza la dirección polítca del paísa la comparte con otros poderes y órganos del Estado como el Parlamento. No la monopolizaa pero sí la impulsaa nadie la puede ejercer con más feeibilidad y determinación que él. 1.2. La dirección de la polítca interior y exterior - La dirección de la polítca interior implica unas actuaciones en las que se concretan las atribuciones consttucionales. Con respecto a las CG: facultades del Presidente de disolver las Cámaras y plantear cuestón de confanzaa Gobierno tene la iniciatva legislatva (eeclusiva en materia presupuestaria). En relación con el PJ (sin comprometer la independencia judicial)a el Gobierno tene manifestaciones de orden presupuestarioa iniciatva legislatva y algunos nombramientos. En torno al Estado de las autonomíasa el Gobierno tene potestades normatvas para hacerse presente en ese ámbitoa puede actvar mecanismos y escenarios de cooperacióna utlizar instrumentos eecepcionales como el control de las competencias delegadas (art. 153.b) o intervenir una CA mediante el art. 155. 1...


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