Title | TEMA 3 Decrt 22nov Historia Clínica |
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Author | Alicia López |
Course | Gestión De Los Servicios De Enfermería. Ética Y Legislación Sanitaria |
Institution | Universidad de Valladolid |
Pages | 4 |
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TEMA 3: DECRETO 101/2005, DE 22 DE NOVIEMBRE POR EL QUE SE REGULA LA HISTORIA CLÍNICA 1. INTRODUCCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA HC
Recoge toda la información relativa a su proceso asistencial. Conjunto de circunstancias que contiene datos sobre la situación y evolución clínica del paciente. Ayuda a garantizar que la asistencia sanitaria sea adecuada. Preferiblemente unificada. Usos en investigación, docencia, planificación, etc. Datos especialmente sensibles. Conservación y destrucción de material no necesario.
2. FUNDAMENTOS LEGALES Ley 41/2002, básico de la autonomía del paciente. Establecimiento del marco normativo común. Regulación básica de contenido, uso, conservación, acceso y custodia. Ley 8/2003, sobre derechos y deberes de las personas en relación con su salud: Derecho a la constancia documental de todo el personal sanitario. Soporte documental adecuado y legible. LO 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: Se redirige al reglamento 2016/679 del Parlamento Europea y del Consejo.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN (*)
Extensión a todos los centros, servicios y establecimientos ubicados en el territorio de Castilla y León en los que se realicen actuaciones sanitarias ya sean de titularidad pública y privada.
3.1. DEFINICIONES BÁSICAS DE HC (POR EL MANUAL)
Conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial. La historia clínica es el instrumento designado fundamentalmente a garantizar una asistencia sanitaria adecuada al paciente. Constancia de toda la información sobre su proceso asistencial de modo que permita el conocimiento veraz y actualizado de su estado de salud. En CYL: HC única por paciente y preferiblemente unificada.
4. CUMPLIMIENTACIÓN DE LA HC
Información fechada y firmada para que se identifique a quién lo realiza. Anotaciones subjetivas: bien definidas para facilitar la disociación. Si la información proviene de un tercero: indicar dicha circunstancia. Nº de HC y datos identificativos de paciente y centro en cada documento de la HC. Deben ser legibles, evitar en lo posible los símbolos y abreviaturas (si se usan indicar que significan las abreviaturas). Terminología normalizada y universal.
5. CONTENIDO DE LA HC 5.1. EN ATENCIÓN PRIMARIA Documento básico:
Datos administrativos: zona básica de salud y localidad y fecha de apertura de la HC; identificaciones de profesionales sanitarios y del usuario. Antecedentes sociales, laborales y ambientales. Antecedentes familiares. Antecedentes personales: alergias, vacunaciones, IQ, etc. Hábitos y estilo de vida. Anamnesis y exploración física. Resumen de problemas que condicionen la salud actual y futura. Otros documentos: Hojas de evolución, consentimientos informados, etc.
5.2. EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA Existe un contenido mínimo:
Hoja clínico-estadística; Solicitud y autorización de ingreso; informe de urgencias; Anamnesis y exploración física; Hoja de Evolución; Resumen de problemas que condicionen la salud actual y futura, … Hojas de interconsultas; Hojas de órdenes médicas. Documentos de consentimiento informado. Informe de anestesia; Informes de quirófano. Informe de registro de parto: cumplimentado por médico, matrona o ambos.
6. LA HOJA DE EVOLUCIÓN Y PLANIFICACIÓN DE CUIDADOS DE ENFERMERÍA (*) Recoge la evolución, la programación y la ejecución de los cuidados de enfermería realizados al paciente durante su hospitalización. Debe incluir: La valoración de enfermería, datos de salud enfermedad obtenidos mediante observación y comunicación con el paciente y la familia. Se recogerán los problemas actuales y potenciales para la elaboración del PCE. El plan de cuidados de enfermería. Las observaciones de enfermería: incidencias que se produzcan durante la asistencia al paciente, así como los resultados y modificaciones del plan de cuidados. El informa de cuidados de enfermería al alta, donde se recogen los cuidados posteriores al alta para su seguimiento. La hoja de aplicación terapéutica de enfermería: o Registro del seguimiento de la medicación administrada. o Registro de las pruebas sofisticadas y realizadas al paciente. o Pauta de medicación y alergias. Gráfico de constantes: o Signos vitales diarios y las ocasionales. o Cumplimentado por el personal de enfermería. Informe clínico de alta hospitalaria: o Documento emitido al finalizar cada episodio de hospitalización. o Según lo estipulado en la Ley 41/2002. Informe de necropsia clínica.
7. PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA HC Condiciones de acceso en los supuestos autorizados: Según la Ley 41/2002. El original bajo custodia del centro donde se generó. Acceso por el personal sanitario y no sanitario: Pleno acceso: personal implicado en dx y tto. Datos imprescindibles: personal no sanitario. Copias entre distintos centros con autorización del paciente. Acceso por el paciente o usuario: Petición por escrito sin observaciones subjetivas: sin perjuicio de terceros. Acceso a la historia clínica del menor: Si es mayor de 16 años, NO SE FACILITA, salvo autorización expresa (o completar la capacidad del menor). Si es menor maduro: constancia en la HC de la prohibición (excepto completar la capacidad del menor). Acceso a la HC de una persona fallecida: Facilitar el acceso a los familiares y personas vinculadas. EXCEPCIÓN que el paciente lo hubiera prohibido expresamente. Si es información relacionada con un riesgo para la salud de un tercero, solo se facilitarán los datos pertinentes. Acceso con fines no asistenciales: Investigación por la autoridad judicial. Fines epidemiológicos, de salud pública, investigación o docencia. ANONIMATO MÁXIMO Y SOLO PARA ESOS FINES. Inspección, evaluación, acreditación y planificación. Reclamaciones ante la Administración Sanitaria.
8. GESTIÓN, CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LA HC (*) Competencia: Prioridad del paciente. Responsabilidad Dirección del centro. Gestión: servicio o unidad de admisión y documentación clínica. Gestión: Garantía de acceso al personal autorizado. Fichero único, permanente, centralizado e independiente de pacientes. Datos básicos de identificación: nº de identificación, afiliación o Seguridad Laboral, nombre y apellidos, teléfono, … Conservación:
Mínimo durante 5 años: o Desde la fecha de alta de cada proceso asistencial. o Desde el fallecimiento del paciente. Pueden destruirse: o Hoja clínico-estadística, solicitud de ingreso, informe de urgencia, órdenes médicas, hojas de interconsulta, HOJA DE EVOLUCIÓN Y PLANIFICACIÓN DE CUIDADOS DE ENFERMERÍA, hoja de aplicación terapéutica de enfermería, gráfico de constantes, iconografía y más. Deben conservarse: o Informes de exploraciones complementarias. o Consentimiento informado. o Informes de anestesia, quirófano, registro de parto. o Informe clínico de alta. o Informes de anatomía patología y necropsia.
9. CONSIDERACIONES FINALES Informatización de la HC: Llamamiento a los poderes públicos para informatizar la HC. Sin perjuicio de la Coordinación de las HC a nivel nacional. Demandada por la Ley 41/2002. Instrucciones previas: Si existen, DEBE DEJARSE CONSTANCIA DE ELLAS EN LA HC, sin perjuicio de la existencia del Registro de Instrucciones previas....