Tema 9 - Solución pacífica de controversias PDF

Title Tema 9 - Solución pacífica de controversias
Author Alba Sánchez Téllez
Course Derecho Internacional Público
Institution Universidad Rey Juan Carlos
Pages 2
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TEMA 9: ARREGLO PACÍFICO DECONTROVERSIASINTRODUCCIÓNSe puede definir controversia como un desacuerdo sobre cuestiones de hecho o de derecho, de derecho con base en una norma convencional (ej. Tratado internacional) o consuetudinaria (ej. No uso de la fuerza). Aquí caben todos los sujetos del derecho...


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TEMA 9: ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS INTRODUCCIÓN Se puede definir controversia como un desacuerdo sobre cuestiones de hecho o de derecho, de derecho con base en una norma convencional (ej. Tratado internacional) o consuetudinaria (ej. No uso de la fuerza). Aquí caben todos los sujetos del derecho internacional. Las cuestiones de hecho, pueden ser las limitaciones territoriales, geográficos…

MEDIOS Los medios reconocidos en la escena internacional para la solución de controversias son medios pacíficos. Rige un principio fundamental que es el de libre elección de los medios. Las partes pueden elegir el medio que quieran. Pueden ser: MEDIOS DIPLOMÁTICOS O POLÍTICOS Las decisiones que emitan los medios diplomáticos o políticos no son vinculantes, pueden hacer recomendaciones que los estados no están obligados a cumplir.

- Negociación. Mecanismo tradicional. Se caracteriza por la inmediatez, la discreción y la rapidez. - Mediación y buenos oficios. Interviene un tercero. En los buenos oficios el tercero no formula una solución, y en la mediación propone una solución no vinculante para las partes. En la práctica normalmente interviene la ONU mediante el secretario general, jefes de Estado, jefes de Gobierno, etc.

- Comisiones. Comisiones de investigación y de conciliación. En estas comisiones, están integradas por expertos, pero no interviene un tercero como tal. Suelen intervenir en el ámbito de los DDHH, también para fijar una plataforma continental. En las comisiones de investigación se esclarecen los hechos sin atender a las cuestiones de derecho. En las comisiones de conciliación, se investigan los hechos y además propone soluciones mediante la aplicación de normal del derecho internacional ya sean consuetudinarias o convencionales. En segundo lugar, emiten un informe con carácter no vinculante, son recomendaciones para las partes. Estas comisiones están reglamentadas con anterioridad a la controversia. MEDIOS JURÍDICOS. Emiten decisiones vinculantes.

- Tribunales. La decisión que emiten se denomina sentencia. Normalmente tienen un carácter permanente y existen con anterioridad a la controversia, ej. Tribunal Internacional de Justicia. - Arbitraje

La decisión que emiten se denomina laudo arbitral. En la mayoría de los supuestos, son órganos temporales que se crean para el caso concreto. Pero hay una excepción, hay uno permanente: Corte Permanente de arbitraje....


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