B 8-Reglamento seguridad Industrial 042F PDF

Title B 8-Reglamento seguridad Industrial 042F
Author Anonymous User
Course Ingeniería Civil
Institution Universidad Nacional Federico Villarreal
Pages 161
File Size 1.3 MB
File Type PDF
Total Downloads 34
Total Views 159

Summary

Download B 8-Reglamento seguridad Industrial 042F PDF


Description

SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Decreto Supremo Nº 42-F 22 de Mayo de 1964 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado cuidar que las actividades industriales se desenvuelvan dentro de un adecuado régimen de seguridad, salvaguardando la vida, salud e integridad física de los trabajadores y terceros, mediante la previsión y eliminación de las causas de accidentes, protegiendo las instalaciones y propiedades industriales, con el objeto de garantizar las fuentes de trabajo y mejorar la productividad; Que por tales consideraciones y en armonía con el Artículo 157º de la Ley de Promoción Industrial Nº 13270, se creó una Comisión Especial, integrada por representantes de la Dirección de Industrias y Electricidad, un representante del Instituto de Salud Ocupacional, un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Indígenas, un representante de la Sociedad Nacional de Industrias, un representante de la Compañía de Seguros del Perú y un representante de la Confederación de Trabajadores del Perú, Comisión que ha cumplido con presentar a consideración del Poder Ejecutivo, el Proyecto de Reglamento de Seguridad Industrial, que contiene el conjunto de normas y disposiciones que permitirán ejercer la acción pertinente, con miras a lograr los fines señalados en el acápite anterior; De acuerdo a lo prescrito por el Artículo 157º de la Ley de Promoción Industrial Nº 13270 y el Artículo 333º y el siguiente de su Reglamento; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: 1. Apruébase el adjunto REGLAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL elaborado por la Comisión especialmente creada para el efecto, el mismo que debidamente rubricado al margen de cada una de sus 187 páginas por el Ministro de Fomento y Obras Públicas y el Director de Industrias y Electricidad, consta de 1,327 Artículos agrupados en los siguientes Títulos: TITULO PRELIMINAR TITULO PRIMERO (Disposiciones Generales) TITULO SEGUNDO (Locales de los Establecimientos Industriales) TITULO TERCERO (Prevención y Protección contra Incendios) TITULO CUARTO (Resguardos de Maquinarias) TITULO QUINTO (Equipo Eléctrico) TITULO SEXTO (Herramientas Manuales y Herramientas Portátiles accionadas por fuerza motriz) TITULO SÉPTIMO (Calderos de Vapor y Recipientes a Presión) TITULO OCTAVO (Hornos y Secadores)

TITULO NOVENO (Manipulación y Transporte de Materiales) TITULO DECIMO (Sustancias Peligrosas y Ofensivas) TITULO DECIMO PRIMERO (Radiaciones Peligrosas) TITULO DECIMO SEGUNDO (Mantenimiento y Reparación) TITULO DECIMO TERCERO (Equipo de Protección Personal) 2. Autorizase al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para que organice los sistemas de control para el mejor cumplimiento del Reglamento que se aprueba y habilite por el presente año las partidas para el efecto, debiéndose consignar para el año 1965, en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las sumas necesarias. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los veintidós días del mes de mayo de Mil Novecientos Sesenticuatro. FERNANDO BELAUNDE TERRY CARLOS MORALES MACCHIAVELLO

INDICE TITULO PRELIMINAR TITULO PRIMERO Disposiciones Generales CAPITULO I: Forma de Aplicación del Reglamento Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta

: : : :

Organismos Competentes Comisión Nacional de Seguridad Industrial Dirección de Industrias y Electricidad Otros Organismos en Materia de Seguridad Industrial.

CAPITULO II: Obligaciones de las Empresas Industriales y de los Trabajadores. Sección Primera

: Empresas Industriales Organización Interna de Seguridad Industrial : Trabajadores

Sección Segunda

TITULO SEGUNDO Locales de los Establecimientos Industriales CAPITULO l: Edificios, estructuras, locales de trabajo y patios Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta Sección Quinta Sección Sexta Sección Sétima Sección Octava

: : : : : : : :

Condiciones de Seguridad Terrenos, construcciones, modificaciones y reparaciones. Requisitos de Espacio Ocupación del Piso y lugares de Transito. Abertura en pisos y paredes Escaleras, Escalas Fijas y Plataformas Elevadas Ascensores y Montacargas Patios

CAPITULO ll: Iluminación Sección Única

: Condiciones de Iluminación

CAPITULO III: Ventilación General Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta Sección Quinta

: : : : :

Condiciones de Ventilación Suministro de Aire Limpieza y Purificación del Aire Temperatura y Humedad. Protección para los Trabajadores al Aire Libre

TITULO TERCERO Prevención y Protección contra Incendios CAPITULO I: Definiciones y Condiciones de los Edificios Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta

: : : :

Definiciones Condiciones de los Edificios Pasillos, Pasajes, Pasadizos y Corredores Escaleras, Puertas y Salidas

CAPITULO II: Equipos para Combatir Incendios Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Condiciones Generales : Agua: Abastecimiento, Uso y Equipo : Extinguidores Portátiles

CAPITULO III: Sistemas de Alarmas y Simulacros de Incendios Sección Primera Sección Segunda

: Sistema de Alarma : Simulacros de Incendio

CAPITULO IV: Almacenaje de Explosivos y Sustancias Inflamables Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Explosivos y Líquidos Inflamables : Gases Comprimidos : Materiales Sólidos Inflamables

CAPITULO V: Disposición de Desperdicios Sección Única

: Acumulación, destrucción, cremación y cenizas TITULO CUARTO Resguardos de Maquinarias

CAPITULO I: Definiciones y Condiciones Generales Sección Primera Sección Segunda

: Definiciones : Condiciones Generales

CAPITULO II: Motores Primarios y Equipo de Transmisión de Fuerza Sección Primera Sección Segunda

: Motores Primarios : Equipos de Transmisión de Fuerza Sistema de Árboles Poleas Transmisiones Chumaceras y equipos de Lubricación Control de Fuerza

CAPITULO III: Resguardo de Normas para Maquinarias Sección Única

: Condiciones de los resguardos

CAPITULO IV: Resguardos de Máquinas en el Punto de Operación Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta Sección Quinta Sección Sexta Sección Sétima Sección Octava Sección Novena Sección Décima

: Explosivos y Líquidos Inflamables : Equipos para esmerilar, Pulir y Bruñir : Agitadores, Máquinas mezcladoras y tambores mezcladores. : Equipos para fundir, Forjar y Soldar : Quebrantadores, Molinos y Pulverizadoras : Máquinas de Taladras, barrenar y tornear. : Fresadoras, Cepilladoras y Perfiladoras : Máquinas Empaquetadoras, envolvedoras y embotelladoras : Máquinas abridoras, batanes, cardas y peinadoras. : Prensas (Para metales u otras sustancias)

Sección Décima Primera Sección Décima Segunda Sección Décimo Tercera

Sección Décima Cuarta Sección Décima Quinta Sección Décima Sexta

: Rodillos : Sierras para madera y metal : Máquinas cribadoras y separadoras Limpieza a mano Tambores limpiadores Sopletes abrasivos Máquinas centrífugas Extractores Filtros -Prensas : Máquinas de coser e hilvanar Máquina de hilvanar con alambre : Cizallas, rebanadores y cortadores : Máquinas de Hilar, Tejer y Hacer Puntos

CAPITULO V: Cubas y Tanques Sección Única

: Cubas y Tanques TITULO QUINTO Equipo Eléctrico

CAPITULO I: Definiciones y Condiciones Generales de Instalación Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Definiciones : Condiciones Generales de Instalación : Conexión a tierra y protección de los elementos a tensión. Cordones y lámparas portátiles Herramientas Manuales Aparatos Manuales de soldadura por arco Máquinas de soldar por resistencia Operaciones : Equipos para combatir incendios y Equipos de protección personal. : Electricidad Estática -Condiciones Generales Ejes, Poleas y Correas Líquidos inflamables y materiales pulverizados. : Equipos eléctricos en ambientes de carácter inflamable. : Equipos eléctricos en los locales que presentan riesgos de explosión de polvos inorgánicos y orgánicos : Herramientas eléctricas portátiles. : Mantenimiento y Reparaciones eléctricas

Sección Cuarta Sección Quinta Sección Sexta Sección Sétima Sección Octava Sección Novena

TITULO SEXTO Herramientas Manuales y Herramientas Portátiles accionadas por fuerza motriz CAPITULO UNICO: Condiciones Generales de las Herramientas TITULO SÉPTIMO Calderos de Vapor y Recipientes a Presión CAPITULO I: Calderas a Vapor Sección Primera Sección Segunda

: Definiciones : Condiciones generales de construcción, identificación, e inspección

registro

CAPITULO II: Calderos a Vapor de Mediana y Alta Presión Sección Primera

: Condiciones generales de ubicación, instalación y control.

CAPITULO III: Calderos a Vapor a Baja Presión y Calderos de Agua Caliente Sección Única

: Condiciones generales de Trabajo, Inspección y Control

CAPITULO IV: Operación y Conservación de Calderos Sección Única

: Condiciones generales Preparación para el Servicio Calentamiento Otros elementos de control Reducción de presión en calderos Ebullición violenta y arrastre de Agua Evacuación del Agua en Calderos Limpieza y reparación

CAPITULO V: Recipientes a Presión sin fuego Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

Sección Cuarta Sección Quinta

Sección Sexta

: Definiciones, construcción, registro, aparatos de seguridad e inspecciones. Inspección : Recipientes a Presión Calentados a Vapor : Recipientes cerrados a presión calentados a vapor. Autoclaves Digestores Aparatos Destiladores Vulcanizadores : Recipientes a presión abiertos, calentadores por vapor. : Tanques para agua o aire a presión Tanques de aire comprimido Tanques inyectores de ácidos, bases y otros compuestos químicos corrosivos. : Tanques para líquidos refrigerantes.

CAPITULO VI: Compresoras Sección Primera : Instalación, funcionamiento y conservación. Sección Segunda : Compresoras para gases explosivos, inflamables o dañinos. CAPITULO VII: Cilindros para gases Sección Primera Sección Segunda

: Cilindros para gases comprimidos, licuados o disueltos. : Manipulación y Almacenamiento Cilindros de Acetileno. TITULO OCTAVO Hornos y Secadores

CAPITULO I: Sección Primera Sección Segunda

: Definiciones y Condiciones generales. : Condiciones Generales.

CAPITULO II:

Condiciones específicas de seguridad para los diversos tipos de hornos.

Sección Primera

: Altos Hornos Colectores de Polvo Lavadores de Gas Sistemas de comunicación de señales Disminución de flujo de aire Apagado Hornos nuevos o revestidos Encendido Limpieza y reparación Sección Segunda : Cubilotes Reparaciones Sección Tercera : Hornos para fabricar acero Grúas para metal caliente Sección Cuarta : Hornos Siemens - Martin. Sección Quinta : Convertidores Bessemer Sección Sexta : Hornos de Crisol Sección Sétima : Hornos de Arco Eléctrico Sección Octava : Hornos de recocer Sección Novena : Hornos par ladrillo y cerámica Sección Décima : Hornos giratorios para cemento, cal, yeso, dolomita aglomerados. Sección Décima Primera : Hornos para secar o secadores Sección Décima Segunda : Hornos para cocer o secar esmalte, laca y pintura. Sección Décimo Tercera : Otros Tipos de Hornos TITULO NOVENO Manipulación y Transporte de Materiales

CAPITULO I: Equipos para izar, exceptuando ascensores Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

Sección Cuarta

: Definiciones y condiciones generales : Grúas : Aparejos para izar Cables Cuerdas de Fibra Eslingas : Otros Tipos de Equipos para Izar.

CAPITULO II: Transportadores Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta Sección Quinta Sección Sexta Sección Sétima

: Definiciones y condiciones generales Condiciones generales : Transportadores por gravedad : Transportadores de correas : Transportadores de Cadena : Transportadores portátiles : Transportadores de gusanos : Transportadores neumáticos

CAPITULO III: Carros Transportadores, elevadores, tractores, etc. Sección Única

: Condiciones generales de operación

CAPITULO IV: Transporte Ferroviario en Fábrica

y

Sección Única

: Condiciones generales de operación

CAPITULO V: Sistemas de Tuberías Sección Única

: Sistemas de Tuberías

CAPITULO VI: Alzado, conducción, apilamiento y almacenado de material Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Alzado y conducción de materiales : Apilamiento de Materiales : Almacenado Barriles y bidones para líquidos peligrosos Garrafones para ácidos Almacenados de materiales secos TITULO DECIMO Sustancias Peligrosas y Ofensivas

CAPITULO I: Condiciones Generales Sección Única : CAPITULO II: Sustancias Inflamables y Explosivas Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Prescripciones Generales : Fabricación de Explosivos Comerciales : Magnesio y aleaciones de magnesio Hornos de Fundición Fuegos descubiertos, fumar, etc. Fundición de limaduras Equipos de Aspiración Envasado Protección Personal Sección Cuarta : Seguridad en la fabricación y almacenado de celuloide y artículos que contengan celulosa Sección Quinta : Almacenado de carburo de calcio y fabricación de acetileno Sección Sexta : Pintura a soplete con líquidos volátiles e inflamables Sección Sétima : Prevención de explosiones de polvos de origen orgánico CAPITULO III: Sustancias corrosivas, calientes y frías Sección Única

: Condiciones Generales

CAPITULO IV: Sustancias de carácter infeccioso, irritante y tóxico Sección Primera Sección Segunda

: Condiciones Generales Monóxido de carbono : Sustancias secas de caracteres irritantes o tóxicos. Condiciones Generales Precauciones especiales en la fabricación de compuestos de plomo Precauciones especiales en la fabricación, manipulación y empleo de fósforos. Derivados Nítricos

Sección Tercera

Sección Cuarta

: Gases y líquidos de carácter irritante o tóxico Precauciones especiales para la fabricación, manipulación y empleo de los productos derivados del alquitrán. Precauciones especiales para la fabricación, manipulación y empleo de otros líquidos y gases de carácter tóxico, irritante o asfixiante. : Productos de origen animal y vegetal. TITULO DECIMO PRIMERO Radiaciones Peligrosas

CAPITULO I: Radiaciones infrarrojas y ultravioletas Sección Primera Sección Segunda

: Radiaciones infrarrojas : Radiaciones ultravioletas

CAPITULO II: Radiaciones ionizantes Sección Única

: Disposiciones generales y campo de aplicación Registro TITULO DÉCIMO SEGUNDO Mantenimiento y Reparación

CAPITULO I: Sección Única

: Condiciones Generales Escaleras y Plataformas

CAPITULO II: Otras medidas de Seguridad Sección Única

: Condiciones Generales Trabajo de reparaciones en maquinaria Transmisión Mantenimiento y reparaciones eléctricas Calderos, tanques y cubas Sistemas y tuberías Soldadura y cortes Reparaciones de Exteriores de Edificios. TITULO DECIMO TERCERO Equipo de Protección Personal

CAPITULO I:

Ropa de trabajo, vestidos protectores, mandiles, cinturones de seguridad

Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera Sección Cuarta

: : : :

Ropa de trabajo Vestidos Protectores Mandiles Cinturones de Seguridad

CAPITULO II: Otras protecciones específicas Sección Primera Sección Segunda Sección Tercera

: Protección de la cabeza : Protección de la vista : Protección de los oídos

Sección Cuarta Sección Quinta

Disposiciones Finales

: Protección de manos y brazos : Protección para los pies y las piernas - polainas de seguridad. Respiradores de filtros Aparatos de respiración Aparatos de respiración de oxígeno Inspección, conservación y uso

REGLAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL TITULO PRELIMINAR Art. I

Toda persona natural o jurídica que se encuentre comprendida dentro de las actividades señaladas en el Artículo 2º de la “LEY DE PROMOCION INDUSTRIAL” Nº 132701[1] y Artículo 4º de su Reglamento, está obligada a dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento de Seguridad Industrial.

Art. II.

Igualmente estarán obligadas a dar cumplimiento a estas disposiciones, aquellos establecimientos que se dediquen a las actividades incluidas en la División -8Servicios de la “Clasificación Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas” de las Naciones Unidas, que por la naturaleza de sus operaciones industriales la Dirección de Industrias y Electricidad los considere susceptibles de estar comprendidas dentro de este Reglamento, por implicar riesgos de accidentes.

Art. III

Los fabricantes de maquinarias y equipo industrial, cuidarán de que las máquinas y equipos que construyan, estén dotados de los correspondientes dispositivos de seguridad, que garanticen los fines del presente Reglamento.

Art. IV.

Este Reglamento tiene por objeto dictar las normas y demás disposiciones pertinentes para la debida aplicación del Artículo 157º de la Ley de Promoción Industrial Nº 13270, prevenir los accidentes derivados de las actividades señaladas en los Artículos I y II y sometiendo al régimen del Reglamento a tales actividades, con miras a: a) Garantizar condiciones de seguridad a los trabajadores (empleados y obreros) en todo lugar en que éstos desarrollan sus actividades. b) Salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y terceros, mediante la prevención y eliminación de las causas de accidentes. c) Proteger las instalaciones y propiedades industriales, con el objeto de garantizar las fuentes de trabajo y mejorar la productividad; y d) Obtener todas las ventajas derivadas de un adecuado régimen de seguridad industrial.

Art. V.

Se entiende por “Seguridad Industrial” el conjunto de actividades de orden técnico, legal, humano, económico, etc., que tiene por objeto ayudar a los trabajadores y empleadores a prevenir los accidentes industriales, controlando los riesgos inherentes a cualquier tipo de ocupación y conservar el local, materiales, maquinarias y equipos de la industria.

Art. VI.

Para los efectos de la aplicación del presente Reglamento, se tendrán como básicas las siguientes denominaciones: a) DIRECCIÓN : Se entenderá que se menciona a la Dirección de Industrias y Electricidad. b) INSPECCION : Las ordenadas y efectuadas por la Dirección en los establecimientos con el objeto de comprobar el cumplimiento del presente Reglamento; y las que deben realizar por su propia cuenta el Industrial en sus maquinarias y equipos.

1[1]

Ley de Promoción Industrial Ley Nº 13270: Esta ley fue derogada y sustituida por la Ley Nº 23407 del 28/05/1982 "Ley General de Industrias", que mantiene la obligación de los empleadores de resguardar la integridad de los trabajadores.

c) INSPECTOR : El funcionario o persona autorizada por la Dirección para llevar a cabo las inspecciones. d) ACCIDENTE : Todo acontecimiento eventual, previsible o imprevisible, que pueda causar daños materiales o lesiones personales y que ocurra dentro de las horas de trabajo, en el trabajo y como consecuencia del trabajo. e) LESION : El daño o daños personales que sufra un trabajador como consecuencia de, o durante su trabajo.

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FORMA DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO SECCIÓN PRIMERA ORGANISMOS COMPETENTES Art. 1:

De conformidad a lo dispuesto por el Art. 157º de la "Ley de Promoción Industrial No 13270”, el control de la aplicación del presente Reglamento y demás disposiciones de ...


Similar Free PDFs