Comentario TEMA 4 - HISTORIA DEL DERECHO PDF

Title Comentario TEMA 4 - HISTORIA DEL DERECHO
Author Abraham Rivero
Course HISTORIA DEL DERECHO
Institution Universidad Pablo de Olavide
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HISTORIA DEL DERECHO...


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Liber Iudiciorum,2,1,11: Antiqua “Que no sea oída por los jueces ninguna causa que no esté regulada en las leyes. Ningún juez pretenda entender en una causa no contenida en las leyes, sino que el conde de la ciudad o el juez, ya por sí mismo o por un ejecutor suyo, hagan presentar a ambas partes ante el rey, a fin de que el asunto sea concluido mas fácilmente y por la potestad real se vea de que manera la cuestión planteada deba insertarse en las leyes”

INFORMACIÓN El Liber lidiciorum también conocido por Código de Recesvinto, fue un cuerpo de leyes visigodo promulgado por el rey Recesvinto y publicado en el siglo Vl aproximadamente en el año 654. Ha pasado a la historia como la gran obra legal del reino visigodo. Sus normas se extendieron a la población goda y romana, tal vez a imitación del Código de Justiniano; El Liber Iudiciorum deroga las leyes anteriores (el Breviario de Alarico para los romanos y el Código de Leovigildo para los visigodos). Se creó en la Hispania Post-Romana tomada por los Visigodos los cuales tomaron el Imperio Romano en el año 410.

INTERPRETACIÓN Este código recoge leyes aplicadas al territorio Español de la época visigoda. Se inspira principalmente del derecho romano posclásico, con una mayor influencia del Código de Teodosio, también parte del derecho romano vulgar y el derecho canónico. Por otro lado se basa en fuentes de derecho visigodo anteriores, que se introducen en el Liber Iudiciorum de forma intacta. Tuvo vigencia hasta el fin del reino hispano-visigodo. Tiene una estructura interna, éste código se compone de 12 libros en los cuales se reflejan las leyes vigentes. Cada libro trata un tema o aspecto social, político, penal, de salud. Es un auténtico y completo código que se adaptaba al régimen de la época en el territorio. Libro 1: El legislador y la ley. Libro 2. Administración de justicia, escrituras y testamentos. Libro 3: Los matrimonios y los divorcios. Libro 4: Sucesiones, herencias y tutelas. Libro 5: Donaciones. ventas y otros contratos. Libro 6: Derecho penal: crímenes y torturas. Libro 7: Derecho penal: robo y fraude. Libro 8: Derecho penal: actos de violencia y lesiones. Libro 9: El ejército y el derecho de asilo eclesiástico. Libro 10: Derecho de propiedad y prescripción. Libro 11: Médicos y enfermos; mercaderes extranjeros. Libro 12: Herejes y judíos

Éste código recoge todo tipos de leyes que parten del Derecho, abordando temas mercantiles, de derecho penal o inclusive en lo que respecta a la estructura de los litigios que se dieron. Debemos señalar como en abarcaban temas sociales como el divorcio (Libro 3). En lo político el rey era la máxima representación. La veracidad de éste código se plasma en los años de vigencia, las fuentes que lo inspiraron y la cantidad de leyes que prosperaron. Señalando, la existencia de un código físico. La finalidad del texto es como todos los códigos dejar plasmada la ley que se reflejará en la población visigoda. Dando así un orden a los habitantes del territorio.

COMENTARIO La importancia de éste código legal visigodo, fue tal que tras el fin del reino hispano-visigodo demuestra como continua siendo un ejemplo de compilación de leyes que fue adaptado a las nuevas circunstancias venideras junto los nuevos regímenes que gobernarán España. El Liber Iudiciorum sobrevivirá durante la España musulmana como derecho común de los mozárabes hasta el siglo XIII en algunas regiones. En 1241 fue traducido, con algunas modificaciones, del latín al castellano por orden del rey de Castilla Fernando III para ser concedido como fuero a ciertas localidades de la zona meridional de la península ibérica, siendo denominado Fuero Juzgo. Como podemos apreciar en el fragmento toda causa oida por un juez debe estar regulada en el código, es decir ésta obra tiene como fin el poder regular cualquier tipo de problema, y si alguna causa no está regulada será llevada a las partes más nobles y con más poder del territorio, y de ser un tema general e importante; al mismo rey. Este código en pos de la generalidad es una obra con un espíritu moderno que tras inspirarse de grandes fuentes como es el digno Derecho romano participe y cimiento hoy en día de muchas de las leyes en vigor, intenta regular todo aspecto jurídico en cualquier aspecto de la sociedad....


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