Glosario Derecho Internacional PDF

Title Glosario Derecho Internacional
Course Derecho internacional privado
Institution Universidad de Panamá
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palabras frecuentes en el ámbito del derecho internacional...


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GLOSARIO DERECHO INTERNACIONAL A Abanderamiento del buque Acto nacional de carácter administrativo que autoriza al buque a enarbolar el pabellón nacional. Acervo comunitario Expresión que hace referencia a los principios, normas y objetivos que fundamentan la Unión y que deben ser asumidos por los Estados que se adhieran a la UE. Actividades operacionales Actividades de una organización internacional (asistencia técnica, intervención de contingentes militares, etc), con ocasión de las cuales pueden atribuirse a la organización hechos dañosos cometidos por sus órganos y agentes, susceptibles de generar responsabilidad internacional. Acto de agresión Primer uso de la fuerza armada por un Estado en contravención de la Carta de las Naciones Unidas, salvo que las circunstancias impidan calificar dicho uso como agresión, entre otras razones por la insuficiente gravedad de los hechos o sus consecuencias. Una definición comprensiva del acto de agresión se encuentra en la Resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de Naciones Unidas, adoptada en 1974. Acto unilateral Manifestación de voluntad realizada por uno o más sujetos de Derecho Internacional, con el objetivo de producir efectos jurídicos, y ello con independencia de la conducta de cualquier otro sujeto de Derecho Internacional. Entre los actos unilaterales, destacan: la promesa, protesta, reconocimiento, renuncia o notificación.

Acuerdo de sede o Convenio sobre “modus vivendi” Acuerdo en el que el Estado de acogida (de sede) reconoce la personalidad y capacidad territorial necesaria y los privilegios e inmunidades necesarios para que la Organización Internacional lleve a cabo sus funciones con independencia en su territorio. Agotamiento de los recursos internos

Es otro requisito esencial para el ejercicio de la protección diplomática, consistente en que el individuo lesionado haya utilizado todos los recursos judiciales y administrativos puestos a sus disposición por el Estado autor del acto que da origen a la reclamación. Regla según la cual se exige al individuo particular haber agotado los recursos que ofrece el Estado que se entiende ha vulnerado uno de sus derechos antes de acudir a la instancia internacional, en este caso, el TEDH.

Aguas adyacentes o territoriales Superficie de mar adyacente al territorio terrestre del Estado ribereño. Aguas históricas Áreas marítimas situadas fuera de los límites normales en los que el Estado ribereño ejerce su jurisdicción. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos Funcionario de la ONU máximo responsable de los derechos humanos (integrado en la Secretaría General), desempeña sus funciones bajo la autoridad del Secretario General. Aplicación forzosa En Derecho internacional designa un conjunto de medidas de presión previstas por el ordenamiento internacional para procurar el cumplimiento de sus normas. Aquiescencia Ausencia de oposición o protesta respecto de una situación que requería evidenciar la reacción frente a cierto estado de cosas contrario a Derecho. Archipiélago Grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal (artículo 46.b de la Convención). Autodeterminación de los Pueblos Principio de Derecho Internacional en virtud del que los Pueblos determinan, de modo libre, su estatus político y persiguen, también libremente, su desarrollo económico, social y cultural. Principio recogido en los Principios de las Naciones Unidas, en el art.1.2 de la Carta de la Organización.

B

Buque de guerra El que pertenece a las fuerzas armadas de un Estado y lleva sus signos exteriores distintos, se encuentra bajo el mando de un oficial y cuya dotación está sometida a la disciplina militar. C Carta internacional de Derechos Humanos Conjunto de instrumentos que contemplan los derechos humanos en su globalidad. Ciudadanía de la Unión Europea Estatuto especial conferido al ciudadano europeo (nacionales de la UE), que le reconoce una serie de derechos ante las Instituciones de la Unión y de sus Estados miembros y una protección complementaria de la del Estado nacional sin reemplazar dicha nacionalidad. Cláusula compromisoria Estatuto especial conferido al ciudadano europeo (nacionales de la UE), que le reconoce una serie de derechos ante las Instituciones de la Unión y de sus Estados miembros y una protección complementaria de la del Estado nacional sin reemplazar dicha nacionalidad. Cláusula de la nación más favorable Estatuto especial conferido al ciudadano europeo (nacionales de la UE), que le reconoce una serie de derechos ante las Instituciones de la Unión y de sus Estados miembros y una protección complementaria de la del Estado nacional sin reemplazar dicha nacionalidad. Cláusula de reciprocidad Hace depender un hecho de su reconocimiento y aplicación. Cláusula o sistema de trato nacional Equipara el trato de los extranjeros al de los nacionales. Competencia consultiva Hace referencia a la competencia del Tribunal Internacional de Justicia a través de la cual tiene capacidad para decidir sobre una cuestión jurídica que le someta un órgano u organización internacional. Las decisiones de la Corte en este marco, que adopta la forma de Opiniones Consultivas, no son vinculantes pero tienen gran importancia para el desarrollo del Derecho Internacional. Facultad del TIJ para emitir dictámenes sobre cualquier cuestión jurídica que le sea sometida.

Competencia contenciosa

Hace referencia a la competencia del Tribunal Internacional de Justicia a través de la cual tiene capacidad para conocer y decidir sobre una controversia entre dos o más Estados que hayan decidido someter dicha cuestión a la Corte. La decisión de la Corte, que adopta forma de sentencia, es vinculante para los Estados. También hace referencia a la competencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a través de la cual tiene capacidad para conocer y decidir sobre una controversia entre un particular y un Estrado o entre dos o más Estados respecto de la violación de un derecho humano. La competencia contenciosa del TEDH es automática y sus sentencias son vinculantes y obligatorias para los Estados.

Competencia contenciosa específica Permite al TIJ resolver una controversia determinada entre Estados sobre la base del consentimiento específico que éstos le han otorgado a través de uno de los posibles modos de aceptación de la competencia (compromiso, cláusula compromisaria o cláusula facultativa). Competencia contenciosa general Competencia que los Estados reconocen al TIJ para resolver controversias jurídicas entre ellos de acuerdo con el Derecho internacional. Competencia exclusiva Ámbito que corresponde únicamente a la jurisdicción estatal basada en un territorio base física o español en el que un determinado Estado ejerce su autoridad (poderes y competencias). Compromiso arbitral Acuerdo internacional entre las partes en una diferencia, mediante el cual se acuerda someter la misma a la sentencia de un órgano arbitral, creado tras el litigio con la función de resolverlo. Comunicación estatal Reclamación o denuncia de un Estado a otro por la violación del texto de un Tratado ante una instancia de control internacional. Conciliación En el ámbito de las organizaciones internacionales a menudo se concreta en la constitución de paneles o grupos de trabajo encargados por la organización de hallar una solución practicable. Consejo de Derechos Humanos Órgano sucesor a la Comisión de Derechos Humanos y de carácter intergubernamental, que opera como órgano subsidiario de la Asamblea General.

Consentimiento Expresión de la voluntad de un Estado para contraer obligaciones conforme al Derecho Internacional. Consultas Medio diplomático utilizado en la solución de diferencias internacionales que va más allá de la negociación diplomática al incluir elementos no transaccionales, como las peticiones de información, los contactos informales o la expresión de puntos de vista. Es frecuente en el ámbito de las organizaciones internacionales. Contenido de la responsabilidad internacional Integra las obligaciones del Estado o sujeto responsable de hacer cesar el hecho ilícito y de reparar el daño causado Contramedidas Conjunto de medidas que el Estado perjudicado por un hecho ilícito internacional puede adoptar contra el Estado que lo ha cometido. Destaca su carácter descentralizado. Corpus Iuris spatialis Código de derecho espacial. Costumbre internacional o norma consuetudinaria Práctica reiterada, constante y uniforme que realizan los Estados, con el convencimiento de que dicha actuación es obligatoria jurídicamente. Cuestión jurídica A efectos de la competencia consultiva del TIJ, es toda cuestión planteada en términos jurídicos, que suscite problemas de Derecho internacional, y a la que se pueda dar una respuesta fundada en Derecho. El concepto excluye las cuestiones políticas y las de hecho. D Derecho de persecución Derecho que ejerce el Estado ribereño sobre el buque extranjero que infrinja sus leyes y reglamentos en las condiciones convencionales establecidas. Derecho de veto Derecho del que gozan los miembros permanentes del Consejo de Seguridad y que consiste en la posibilidad de impedir la adopción de una decisión, respecto de cuestiones que no sean de procedimiento, a través de un voto negativo. Derecho derivado Conjunto de normas y actos comunitarios emanados de las instituciones o agencias de la UE en virtud de las habilitaciones genéricas o específicas contenidas en el Derecho originario

Derecho Internacional Convencional o Derecho Convencional Hace referencia a los tratados internacionales. Las fuentes de Derecho Internacional son esencialmente, aunque no de forma exclusiva, la costumbre internacional y los tratados internacionales. Hablamos del Derecho consuetudinario, para referirnos a las primeras, y de Derecho convencional, para referirnos a las segundas. Derecho internacional de los Derechos Humanos Conjunto de normas del Derecho Internacional cuyo objetivo es la protección internacional del individuo. Derecho Internacional Público El Derecho Internacional es el sistema jurídico normativo que rige las relaciones que se producen en el seno de la Sociedad Internacional. Se trata de un sistema de principios y normas que regula las relaciones de coexistencia y cooperación, frecuentemente institucionalizadas, además de ciertas relaciones comunitarias, entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y poder.

Derecho originario Hace referencia al conjunto de normas fundamentales o constitutivas de las organizaciones internacionales que conforman la realidad europea: CECA y CE (ya extintas), UE y EURATOM. Dentro de esta categoría se incluyen los tratados fundacionales o constitutivos de las Comunidades y de la Unión Europea, los Tratados de reforma de éstos y los tratados de adhesión de los nuevos Estados.

Diferencia entre una Organización y un Estado miembro Surge cuando el Estado miembro invoca el tratado constitutivo para oponerse a una decisión de la organización, o discrepa de los resultados alcanzados por un órgano de control, o cuestiona la legalidad de ciertas operaciones. Diferencia internacional Es un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una contradicción de tesis jurídicas o de intereses entre dos personas, según la definición del Tribunal Permanente de Justicia Internacional. En una diferencia internacional las personas han de ser sujetos internacionales, como Estados u Organizaciones Internacionales. Disolución de un Estado Desaparición de un Estado que deja de existir para pasar las partes de su territorio a dos o más Estados

Dualismo Esta teoría afirma que no existe un único sistema jurídico sino que existen dos completamente separados e independientes: el Derecho Internacional y el Derecho interno. Entre los dualistas más representativos encontramos a Anzilotti y a Trieppel.

E Efecto directo Hace referencia a la capacidad de algunas normas de Derecho de la Unión Europea para desplegar efecto directamente en los particulares (personas físicas o jurídicas) sin necesidad de que ningún órgano, nacional o comunitario, adopte un acto intermedio. Embajador Funcionario diplomático del más alto rango que goza, cuando se halla acreditado ante el gobierno de otro Estado o ante una Organización Internacional, de ciertos privilegios o inmunidades diplomáticas relacionadas con el ejercicio de sus funciones. Enmienda a un tratado Mecanismo de revisión de los tratados internacionales consistente en que todos los Estados parte en un tratado proceden a la revisión del mismo en sus relaciones mutuas. La norma general es que un tratado podrá ser enmendado por acuerdo entre las partes.

Error Causa de nulidad consistente en que se da una apreciación errónea sobre un hecho o situación cuya existencia da por supuesta un Estado a la hora de celebrar un tratado y manifestar su consentimiento en obligarse por el mismo. Espacio ultraterrestre Identifica la delimitación del espacio ultraterrestre y los principios convencionales sobre dicho espacio y la atribución a la Humanidad del derecho a la exploración y utilización. Estado Es el sujeto de Derecho Internacional por excelencia.

Una entidad puede constituirse en Estado mediante el cumplimiento de los requisitos previstos por el Derecho Internacional: población permanente, territorio determinado, gobierno y capacidad para actuar en las relaciones con los demás Estados.

Estado acreditante Estado que envía al agente diplomático para que lo represente. Estado archipelágico El constituido por uno o varios archipiélagos y que puede incluir otras islas, que están estrechamente relacionados entre si formando una entidad geográfica, económica y política o que históricamente hayan sido así considerados (art.46.a) Estado de lanzamiento Estado desde donde se lanza el objeto, que es responsable de los daños causados por aquel. Estado de reciente independencia Nuevo Estado sucesor cuyo territorio era dependiente y de cuyas relaciones internacionales era responsable el Estado predecesor. Estado de registro Estado que procede a la identificación del objeto. Estado receptor Estado territorial ante cuyo Gobierno se acredita el agente. Estado sin litoral Estado que no tiene costa marítima (art.124.1.a Convención). Estados Parte Se trata de aquellos Estados que han ratificado un tratado y, por tanto, que han asumido las obligaciones jurídicas que derivan de ellos. Estrecho Parte del medio marino donde se contrae el mar que comunica como paso único entre dos espacios marinos y que separa a la vez dos espacios terrestres próximos Estándar mínimo Régimen que obliga al Estado en el tratamiento de los extranjeros Exclusividad En Derecho Internacional Público, es la exclusión de la soberanía de cualquier otro Estado. Discrecionalidad a la hora de ejercerlas.

Exoneración de la responsabilidad internacional Circunstancia derivada de que en ciertos supuestos excepcionales la conducta del sujeto de Derecho internacional no incurre en ilicitud, lo cual excluye a su vez la responsabilidad internacional. F Forum prorrogatum Expresión que hace referencia a la extensión de la competencia contenciosa del Tribunal Internacional de Justicia a través de actos realizados por los Estados de los que puede inferirse dicha voluntad. Fuerza Mayor Conjunto de causas ajenas a la voluntad de un sujeto de Derecho Internacional, que impiden a dicho sujeto cumplir con las obligaciones internacionales, sin que por ello su conducta sea ilícita. H Hecho complejo Hecho que conlleva un proceso o sucesión de comportamientos de uno o varios órganos estatales relativos a un mismo caso. Hecho compuesto Hecho integrado por una serie de acciones u omisiones relativas a casos distintos. Hecho continuo Hecho que se prolonga en el tiempo con carácter de permanencia. Hecho internacionalmente ilícito Hecho atribuible a un sujeto jurídico-internacional que constituye una violación de una norma internacional y que da lugar, entre otras consecuencias, a la responsabilidad del sujeto internacional autor del hecho. I Imperium Poder supremo, soberanía. In loco Investigación en el lugar de los hechos. Inmunidad Imposibilidad de que un Estado ejerza forma alguna de potestad sobre otro, imponiéndole sus propias leyes o el poder de sus autoridades públicas. La Inmunidad del Estado es el resultado de la aplicación del principio de igualdad soberana.

Inmunidad de Ejecución Imposibilidad para los tribunales de un Estado de dictar decisiones judiciales que impliquen el ejercicio de cualquier forma de coerción sobre los bienes de un Estado extranjero. Inmunidad de Jurisdicción Imposibilidad para los tribunales de un Estado de enjuiciar o emitir cualquier decisión judicial referida a actos de un Estado extranjero. De esta manera, en el caso de que un Estado extranjero realice, en el territorio de otro Estado, actos que impliquen el ejercicio de su soberanía, los tribunales nacionales del Estado territorial no podrán ejercer su jurisdicción sobre dichos actos.

Inmunidad de jurisdicción del buque No sometimiento a la competencia judicial de cualquier Estado que no sea el de su bandera. Ius cogens Normas jerárquicamente superiores y de obligado cumplimiento por todos los miembros de la Comunidad Internacional. Ius standi Derecho de personarse o acceso a un tribunal. J Jerarquía Sistema de estratificación. Todos los sistemas internacionales poseen una determinada estratificación. En el ámbito de las fuentes del Derecho Internacional Público implicaría la supremacía de una determinada fuente sobre otra, y en el marco de las relaciones entre el Derecho Internacional y el Derecho interno implicaría la supremacía de una determinada norma, bien de Derecho Internacional o bien de Derecho interno, sobre otra del mismo o de diferente ámbito.

L Legitimación activa Hace referencia a los sujetos que tienen capacidad para “litigar” y, por tanto, a interponer una demanda ante el TEDH. Legítima defensa

Recurso a la fuerza por parte de un Estado o Estados, o por una organización internacional, como reacción frente a un ataque armado Legítima defensa anticipada Primer uso de la fuerza armada contra otro Estado, que resulta lícito por ser la respuesta a un ataque armado inminente. Legítima defensa preventiva Primer uso de la fuerza armada contra otro estado como respuesta ante amenazas no inminentes. Resulta ilícita al no tener cabida en la Carta de las Naciones Unidas. Libertad de navegación Derecho de los buques a navegar en alta mar. Línea de base Línea de bajamar a lo largo de la costa que se toma como punto de partida para medir la anchura del Mar Territorial. Líneas de bases archipelágicas Trazado que sigue el contorno más externo del archipiélago dentro del perímetro establecido, cumpliendo la proporción entre agua y tierra convencional del art. 47.1. M Mare liberum El mar libre. Medios diplomáticos de solución de diferencias En ellos intervienen los órganos normales de las relaciones internacionales, como los agentes diplomáticos, o los Ministros de Asuntos Exteriores. Su función es facilitar la solución mediante el acuerdo entre las partes, no resolver directamente la diferencia. Medios jurídicos de solución de diferencias En ellos las partes se someten voluntariamente a la decisión de un órgano judicial o arbitral, que soluciona la diferencia sobre la base del Derecho internacional (o según la equidad) mediante una sentencia vinculante para las partes.

Misiones especiales Misiones enviadas a un Estado con un fin concreto, normalmente para tratar con otro Estado asuntos determinados o realizar ante el mismo un cometido determinado. Misión diplomática Sede de la representación diplomática.

Misión permanente Misión de carácter permanente que represente a un Estado, enviada por el mismo ante una Organización Internacional a la que pertenece. Modificación de un tratado Mecanismo de revisión de los tratados internacionales multilaterales, que se diferencia de la enmienda en que ...


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