La vertiente educativa y social de los Derechos Humanos. PDF

Title La vertiente educativa y social de los Derechos Humanos.
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Course Derechos Humanos y Educación
Institution UNED
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Educacion y cultura como derechos fundamentales en el mundo plural. Educacion y cultura como derecho fundamental, caracteristicas y objetivios, el contexto intercultural,...


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Carolina G.R.

Curso 2014/2015 TEMA 3: LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA COMO DERECHOS FUNDAMENTALES EN UN MUNDO PLURAL

3.0.- INTRODUCCIÓN 3.1.-LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA UN DERECHO FUNDAMENTAL.  DERECHO A LA EDUCACIÓN: → Tres referencias de la DUDH (art.26.) → Derecho a la educación. → Importancia a nivel individual/social. Debe ser global/plural.  DERECHO A LA CULTURA: → Derecho a la cultura propia → Derecho al conocimiento cultural

3.2.- CARACTERISTICAS (4) Y OBJETIVOS (13) DEL DCHO A LA EDUCACIÓN Y A LA CULTURA → Derecho a la educación y cultura como derecho social → Educación obligatoria → Responsables de la educación → Valores, competencias, conocimientos y actitudes que integran la educación → Características (4) → Objetivos de Coomans (13)

3.3.- EL INTERCULTURALISMO Y LOS DH → MULTICULTURALISMO → INTERCULTURALISMO

3.4.- LOS DCHOS HNOS EN UN CONTEXTO INTERCULTURAL. 3.5.- GLOBALIZACIÓN, INTERCULTURALISMO Y DH → RAZONAMIENTOS: POLÍTICO, ECONÓMICO, CULTURAL Y TECNOLÓGICO. 3.6.- DOCUMENTOS NACIONALES E INTERNACIONALES SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN:      

DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS (1948) CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (1978) PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (1966) CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO (1989) DECLARACIÓN MUNDIAL EDUCACIÓN PARA TODOS. SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE (1990) MARCO DE ACCIÓN DE DAKAR EDUCACIÓN PARA TODOS: CUMPLIR NUESTROS COMPROMISOS COMUNES (2000)

CAPITULO 3: LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA COMO DERECHOS FUNDAMENTALES EN UN MUNDO PLURAL [Rojo: examen] 3.0.- INTRODUCCIÓN El derecho a la educación tiene una importancia trascendental, ya que sin formación, al individuo le resultaría imposible tomar decisiones racionales para su realización integral como persona. Sin educación, no hay autonomía. Está en la base de la libertad de opción. La cultura representa un conjunto de saberes, creencias, formas de ser y de vivir que definen la identidad de un determinado pueblo o civilización. La expresión “órbita cultural” trata de la paralela existencia de unas determinadas afinidades que permiten que ciertos pueblos o países puedan ser agrupados en torno a un grupo común. Educación y cultura son conceptos estrechamente vinculados y compenetrados, porque la educación constituye el instrumento a través del cual se accede a la cultura, y por tanto a los conocimientos elementales que definen la personalidad de los diferentes pueblos. El derecho a la educación constituye el derecho a la cultura. La educación es necesaria para el pleno desarrollo de la persona y su garantía resulta indispensable para salvaguardar la dignidad humana. Las sociedades actuales son multiculturales, lo que exige formar a las personas en valores, actitudes y comportamientos democráticos. La educación desempeña un papel decisivo en el desarrollo del interculturalismo, porque la educación es el elemento fundamental para el éxito de la integración en el mundo, para promover y proteger la identidad cultural y para conseguir personas autónomas capaces de defender y promover los derechos en un mundo globalizado.

3.1.-LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA UN DCHO FUNDAMENTAL.  DERECHO A LA EDUCACIÓN La DUDH incluye 3 referencias fundamentales sobre el dcho a la educación en su art. 26: 

La más conocida es el reconocimiento del derecho a la educación:

1.“Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos , en función de los méritos respectivos” 

En la propia declaración se señalan los fines que ha de perseguir la educación:

2.“La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.”. Bellver Capela señala que para las Naciones Unidas EL FIN DE LA EDUCACIÓN NO debe ser la formación de GENERADORES DE RENTA. En la actualidad, nuestras escuelas forman personas así, en vez de ciudadanos reflexivos. Por eso es necesario incluir en la DUDH el recordatorio a los fines que debe perseguir la educación. A lo largo de los años, se ha identificado a la escuela como mera instrucción, con la adquisición de aptitudes y capacidades elementales para el enriquecimiento personal o al incremento del poder del Estado. Esta concepción impide el desarrollo del pensamiento crítico, la capacidad creativa y la responsabilidad cívica entre los estudiantes.



Y la tercera referencia, acerca del tipo de educación escogida por los padres:

3.“Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación a darse a sus hijos”. A través de la EDUCACIÓN y de la formación, el individuo va adquiriendo:  CONOCIMIENTO de causa  AUTONOMÍA  LIBERTAD que le va a permitir tomar decisiones racionales, decisiones que van a influir e incidir directamente sobre asuntos que afectan a su REALIZACIÓN INTEGRAL. Responde a la propia naturaleza humana, ya que no llegará a la plenitud si no se desarrolla cada una de sus facultades. EDUCACIÓN PERMANENTE: Tiene que estar presente a lo largo de toda la vida, cada etapa exige un nivel de madurez propia, de acuerdo a las necesidades de cada uno (Ruíz Corbella). La educación es la base de la libertad de opción, se constituye en un elemento imprescindible a indispensable para el ejercicio de la autonomía individual. Mediante la educación y la formación el hombre va adquiriendo unos conocimientos que le van a permitir valorar el sentido de los intereses propios y cómo hacerlos realizables. El profesor JOVER explica como el derecho a la educación es una conquista histórica, vinculada a la evolución de los ideales de la modernidad. EL DERECHO A LA EDUCACIÓN NO FIGURA EN LAS PRIMERAS DECLARACIONES MODERNAS DE DH, es partir de la segunda mitad del S.XIX, con el avance de los derechos sociales, cuando se consolidó la idea de educación como derecho. A lo largo del S.XX, ya es recogido por numerosos textos constitucionales, así como las principales declaraciones y convenciones internacionales de derechos humanos: - Declaración Universal de derechos humanos, de 1948 (art.26); - Pacto Internacional de Derechos económicos Sociales y Culturales de 1966 (art.13) - Convención de Derechos del Niño, de 1989 (art.29). Este reconocimiento supone un compromiso mundial, una IMPORTANCIA, tanto a nivel: INDIVIDUAL: Se pretende el desarrollo integral de cada persona, para integrarse en la sociedad como ciudadano responsable y activo, tanto físicamente como mentalmente.  SOCIAL: Unido con el individual, se trata de un sujeto con capacidad de iniciativa y autonomía situada en un contexto cultural determinado, siendo consciente de sí mismo y capaz de autodeterminar su propio proyecto de vida en acciones libres y responsables. La educación trata de garantizar la consolidación de sociedades más justas y solidarias. Facilita la convivencia en el grupo social proporcionando criterios para la resolución de conflictos y modelos de convivencia cívica. (Bokelman, 1980). 

EL ENFOQUE SOCIAL de la educación es de vital importancia si queremos sociedades democráticas, con la participación real de todos los individuos y en el respeto de las formas de vida diferentes a la nuestra (De Castro Cid, 2004) Además la educación debe ser :  GLOBAL: Debe atender a las distintas facetas en que el hombre desarrolla su personalidad (desarrollo intelectual e interno)  PLURAL: No debe existir dirigismo educativo.

Desde un PUNTO DE VISTA SOCIAL La educación es UNA FUENTE DE RIQUEZA tanto para el individuo como para la sociedad. Es la primera responsabilidad y de las sociedades que aspiran a formar hombres y mujeres capaces de CONSTRUIR UNA SOCIEDAD DIGNA. Desde un PUNTO DE VISTA LABORAL difícilmente puede desarrollarse un trabajo eficiente sin una preparación profesional y educación suficiente:  La instrucción  La educación  La formación técnica laboral Son supuestos básicos de un trabajo productivo de bienes y servicios, que permite a su vez expresar la vocación humana a través del despliegue de las facultades de una persona.  DERECHO A LA CULTURA Está representa el CONJUNTO DE SABERES, CREENCIAS, FORMAS DE SER Y VIVIR QUE DEFINEN LA IDENTIDAD DE UN DETERMINADO PUEBLO O CIVILIZACIÓN. Tiene dos vertientes: El derecho a la CULTURA PROPIA hace alusión a la necesidad de preservar los elementos culturales distintivos de la identidad del pueblo o civilización a la que se pertenece. Supone una exaltación de la personalidad del individuo, forjada en un contexto cultural concreto que le define. Supone el derecho a la coherencia de las actitudes del individuo con la cultura a la que pertenece.  El derecho al CONOCIMIENTO CULTURAL basado por un lado en el derecho del hombre a conocer sus raíces, y el fondo cultural al que pertenece y en el que se forja, y por otro el derecho al conocimiento de las demás culturas o derecho al conocimiento cultural en sentido amplio. 

Educación y cultura son conceptos estrechamente vinculados ya que la educación constituye el instrumento a partir del cual se accede a la cultura.

3.2.- CARACTERISTICAS (4) Y OBJETIVOS (13) DEL DCHO A LA EDUCACIÓN Y A LA CULTURA Derecho a la educación y cultura como derecho social: El derecho a la educación es un derecho social. Para garantizarlo, el Estado tiene que arbitrar los medios para que el objetivo de la educación alcance a todos los ciudadanos en unos umbrales mínimos de calidad. De todos los derechos, es el que tiene un RECONOCIMIENTO MÁS UNIVERSAL. La Constitución (1978) en su art. 27 recoge el derecho a la educación. El derecho a la educación y a la cultura es un derecho posibilitado de otros derechos. Así queda reflejado en el art. 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966. La educación es el principal medio que permite a adultos y menores marginados económica y socialmente salir de la pobreza y participar plenamente de sus comunidades. Desempeña un papel decisivo en la emancipación de la mujer, la protección infantil contra la explotación laboral, explotación sexual, la democracia, la protección del medio ambiente y el control del crecimiento demográfico (Comité de derechos económicos, sociales y culturales, 1999) Educación obligatoria: El derecho a la educación obligatoria varia, entre los 6 a 14/16 años, en función del país. Algunos defienden que cuanto más amplia sea, mejor es porque podrán formarse mejor y se garantiza

mejor el derecho a la educación. Responsables de la educación: La DUDH reconoce a los padres como principales responsables en la educación de sus hijos y atribuyen al estado un papel subsidiario. Existe una importante corriente de pensamiento que defiende la escuela pública como único medio para garantizar una educación igual para todos (no en función de preferencias de los padres u condiciones económicas). La diversidad es buena, pues no tiene que tener menos legitimidad educativa que uno elaborado por el Estado. La diversidad de opciones contribuye más a la libertad educativa. Valores, competencias, conocimientos y actitudes que integran la educación: Se trata de un reparto de responsabilidades entre los padres y el Estado, en la definición de los objetivos de la educación y en los modos de llevarla a cabo, siendo el abanico amplio y diverso: CARACTERÍSTICAS (4):DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA  Es CONTENEDOR DE OTROS DERECHOS, ya que sin él no sería posible hablar de libertad, paz, justicia.  A través de él , SE PUEDE PROMOVER EL RESPETO AL RESTO DE LOS DH. Condición esencial para el desarrollo de la justicia social, la paz y el desarrollo. → La Declaración de Montreal y Plan de Acción Mundial de Educación en Derechos Humanos y en Democracia de 1993: Reafirma la responsabilidad de todos a promover DH a través de la educación. → Declaración y Programa de Acción de Viena: Insiste en la interdependencia entre el respeto a los y la consolidación de la democracia, gracias a la educación.

DH

 Es un IDEAL SOCIOMORAL SUSTANTIVO ENRAIZADO EN LA HISTORIA y en las aspiraciones de los sujetos a mejorar sus condiciones de vida.  Es una REALIDAD DINÁMICA QUE SE VA ADAPTANDO A LAS NUEVAS SITUACIONES PRESERVANDO LO COMÚN Y LO BÁSICO . OBJETIVOS (13): Para Coomans (2004) son:  Completar el desarrollo de la personalidad individual, de sus talentos y habilidades.  Fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales.  Preparar a las personas para que pueden participar de forma efectiva y responsable en una sociedad libre.  Promover la compresión, tolerancia y amistad entre todas las naciones y grupos raciales, étnicos o religiosos y el fomento de las actividades para el mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas.  Transmitir intergeneracionalmente la herencia cultural.  Desarrollar la conciencia socioidentitaria.  Contribuir al desarrollo de deber moral y de responsabilidad social.  Desarrollar la capacidad crítica y de juicio individual.  Desarrollar el respeto por el entorno natural.  Desarrollar el sentido de la dignidad humana.  Mejorar el nivel de vida de los educandos.  Desarrollar la habilidad para comunicarse con los demás.

3.3.- EL INTERCULTURALISMO Y LOS DH La educación es importante para todos de forma igualitaria en un mundo global, en el que conviven distintas culturas y sociedades. El desarrollo de los DH es un elemento fundamental para el éxito de la integración en el mundo, para promover y proteger la identidad cultural y

conseguir personas autónomas capaces de defender y promover los derechos en un mundo globalizado, en el que una de las características más importantes desde el punto de vista social, son los movimientos migratorios de unos países a otros. Esta nueva forma de vida debe fundamentarse en una relación bilateral basada en el respeto, la igualdad, la libertad y la tolerancia. En todo este proceso de convivencia con otras personas han surgido distintos términos como:  MULTICULTURALISMO: Una sociedad mutlicultural es aquella formada por varias culturas diversas. Lo entendemos como “Los números conjuntos y formas de vida, costumbres, conocimientos y grados de desarrollo artístico, científicos e industriales en cada grupo social asentado en un mismo espacio geográfico” También “las distintas formas en que cada uno de los pueblos manifiestan sus costumbres, tradiciones y fundamentos” (Quicios, 2007). Una de las características más importantes es que considera la diferencia cultural como algo positivo para las sociedades y nunca como un problema a resolver, tiende a proteger y a defender las señas de identidad de cada una de las culturas., para evitar el dominio de la cultura mayoritaria. Desde los DH, en una sociedad multicultural es muy importante el derecho a la cultura propia, de tal forma que preserve sus rasgos distintivos a pesar de estar en una civilización donde predomina otros principios. Se trata de un derecho de identidad de cada cultura y pueblo, sin tener que someterse al otro, reconociendo la diversidad cultural y el respeto a la cultura de los diferentes individuos que integran una comunidad social. Se trata de la coexistencia de diferentes culturas en un mismo espacio, sin interacción entre ellas. Deberán interaccionar unas con otras manteniendo en lo posible su identidad cultura, lo que lleva al interculturalismo.  INTERCULTURALISMO: Es el compartir y aprender a través de las culturas con el fin de promover el entendimiento, la igualdad, la armonía y la justicia en una sociedad diversificada. Es el respeto a la diferencia, expresión de la libertad y abriga la posibilidad de distintas opciones como manifestación de la participación, y de la tolerancia, acarreando la negación de una cultura superior. Se trata de una interacción entre culturas. No es un proceso carente de conflictos, se resuelven con el respeto, el diálogo, la escucha mutua, la concentración y la sinergia. Se trata de una actitud de enriquecimiento social y cultural basada en el respeto y aprendizaje mutuo en permanente diálogo. DIÁLOGO INTERCULTURAL debe de estar basado al menos en dos supuestos: No se trata del derecho a una cultura universal, sino del derecho a combinar. → RESPETAR LAS CULTURAS porque los individuos se identifican y estiman desde ellas → NO RENUNCIAR “A PRIORI” A LA RIQUEZA que una cultura puede aportar Las culturas evolucionan, son dinámicas, aprenden unas de otras, por lo que la convivencia con personas distintas culturas propiciará el dialogo y aprendizaje mutuo. LA INTERCULTURALIDAD es la interconexión en un espacio geográfico/temporal determinado de culturas diferentes en permanentes diálogo y con una actitud aperturista y constructiva. Supone derecho a los DH y por tanto, nos centramos en ella por los siguientes MOTIVOS: (13)      

Apuesta por la integración de distintos grupos con distintas culturas, han de ser iguales. Ningún grupo puede valerse de sus dchos para dominar a otro/a miembros de su mismo grupo. Es un ejercicio que fomenta el diálogo entre culturas. Fomenta la tolerancia respetando la diversidad de culturas e identidad de cada una. Busca la convergencia entre la diversidad y el pluralismo. Fomenta el fortalecimiento tanto personal como en grupo.

 Incorpora a la realidad multicultural basada en el dinamismo, respetando las identidades.  Facilita modos de comunicación, de intercambio, de conexión entre grupos culturales, situando en igualdad maneras distintas de pensar y códigos de expresión diferentes.  Impide el desplazamiento del las culturas minoritarias por las dominantes.  Permite compartir experiencias enriqueciendo cultural y socialmente a ambas partes.  Es promotor de innovación ya que no se limita tan solo a escenarios educativos-escolares, sino que debe incorporar su discurso a ámbitos no formales e informales.  Respeta y potencia el carácter inherente de los DH, porque son innatos a todos.  Respeta y potencia el carácter universal de los DH, según el cual, pertenecen a todas las personas sin distinción. El problema es que esta intención de universalidad puede ser entendida de diferente manera por distintas culturas, negados o violados. Hay que salvaguardar esas diferencias pero sin sacrificar la universalidad de los Derechos Humanos. EL RETO INTERCULTURAL ES PENSAR EN EL INDIVIDUO COMO CAPAZ DE COMBINAR LA CULTURA UNIVERSALIZADA Y LA CIRCUNDANTE.

3.4.- LOS DCHOS HNOS EN UN CONTEXTO INTERCULTURAL. 

CONTEXTO INTERCULTURAL

Uno de los objetivos para los años venideros, será aprender a convivir compartiendo PROYECTOS COMUNES con otras personas en un mundo diverso y plural. En el mundo actual, los DERECHOS no son monopolio de nadie. Son una construcción sociocultural, PATRIMONIO DE TODOS, que exige la reinvención de nuevos mapas culturales, plasmados en la dignidad de cada persona. Hace que todos tengamos algún tipo de responsabilidad en la promoción y el diálogo intercultural, en el marco de los DH. La propuesta intercultural afecta al individuo y la decisión del sujeto aparece, como una cuestión de derechos y como una cuestión axiológica y de compromiso ético fundado en la dignidad, la libertad, la igualdad, la identidad, el desarrollo de la autonomía, la responsabilidad, la justicia, la diversidad y la cooperación (Touriñan, 2008). La universalización de los DH tiene que atender a las diferencias y los encuentros, pero también a los desencuentros. Salvaguardar los DH en un contexto intercultural exige una percepción holística de la naturaleza de las relaciones de los SH, de las influencias recíprocas entre las personas y las diferentes culturas, entre el todo de su interdependencia y complementariedad (Santo 1997). Los DH en este contexto, exigen aprender a convivir encontrando unos principios que nos permitan a todos participar en proyectos comunes que den cabida a la diversidad. Esto produce CRISIS de pertenencias e identidades. Puesto que el individuo tiene multitud de pertenencias y se sentirá dividido entre su comunidad local y regional, su país, en...


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