M12 U1 S3 JEMM - mi tarea PDF

Title M12 U1 S3 JEMM - mi tarea
Author JENNY MENDOZA MEDINA
Course Internacionalización del derecho en su ámbito público
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
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Módulo 12Responsabilidad penal y punibilidadUnidad 1Delitos en particular y delitos especialesSesión 3Los elementos del injusto penalActividadesActividad 1. Los delitos en la doctrinaActividad 2. Los delitos en los distintos órdenes normativosActividad integradora. Análisis de los delitos en particu...


Description

Módulo 12 Responsabilidad penal y punibilidad Unidad 1 Delitos en particular y delitos especiales Sesión 3 Los elementos del injusto penal Actividades Actividad 1. Los delitos en la doctrina Actividad 2. Los delitos en los distintos órdenes normativos Actividad integradora. Análisis de los delitos en particular Docente David Alberto Gamboa Tello Alumna Jenny G. Mendoza Medina

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ES1821013322 Fecha 18 de abril de 2020 Índice Portada…………………………………………………………………………………..1 Indice…………………………………………………………….……………………….2 Introducción…………………………………………………….………………………..3 Actividad 1……………………….…………………………….………………...……4-5 Actividad 2………………………………………….………….………………...……6-8 Actividad integradora………………………….……………………………………9-13 Conclusión…………………………………….……………………………………….14 Biografía……………………………………………..…………………………………15

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Introducción El presente trabajo se refiere al análisis de los delitos en particular, para poder llegar a este punto debemos de conocer que son los delitos particulares o delitos especiales y la relación a su competencia las cuales pueden ser del orden federal o del orden común, por lo que a continuación presentará algunas definiciones y al final el análisis de un caso en cuanto a un delito particular.

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Actividad 1. Características del delito Delitos particulares Delitos especiales “Este tipo de delitos se encuentran establecidos “Los llamados delitos especiales consisten en en los códigos penales, clasificándose en familias disposiciones normativas penales que no forman de acuerdo a los bienes jurídicamente tutelados a parte del Código Penal, para tipificar sus delitos, proteger, con base en esta lógica son aquéllos cuando, no obstante –al igual que los delitos que protegen el bien jurídico tutelado por la ley particulares–, protegen bienes jurídicos insertos penal.

en leyes de naturaleza distinta a la penal.

Un ejemplo de este tipo es el delito de lesiones, Algunos autores sostienen que estos delitos se cuyo señalamiento en el Código Penal Federal y establecen en tanto el sujeto activo tiene una los códigos penales de los estados procura la cualidad específica para cometer el delito. Su salvaguarda de la vida, la integridad corporal, la fundamentación se encuentra en el artículo 6 del dignidad y el acceso a una vida libre de Código Penal Federal”. [ CITATION UNA20 \l violencia”.[ CITATION UNA20 \l 2058 ]

2058 ] Cuando se cometa un delito no previsto en el Código, pero sí en una Ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicaran. Tomando en cuenta las dispocisiones del libro primero del presente código y en su caso, las conduncentes del libro

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segundo. Algunos de los códigos y leyes donde se pueden encontrar esos delitos son: Código Fiscal de la Federación, Ley de Propiedad Indistrial, Ley Federal del Trabajo, entre otros.[ CITATION UNA20 \l 2058 ]

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Actividad 2. Elementos del delito

Características de los delitos Delitos de Orden Común

Delitos del Orden Federal

Los delitos que forman parte del Código Penal Cuando en los delitos se excluyen de los Federal -tipificados o no en algunos de los supuestos señalados en la Ley Orgánica, serán códigos

de

consideran

las del

entidades fuero

federativas-

federal,

y,

se competencia del fuero común de la entidad en federativa que los ha tipificado en su código

consecuencia, son competencia de los jueces respectivo. de distrito. Estos delitos se denuncian ante el Ministerio La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Público del fuero común y corresponde a Federación establece en el Artículo 50 cuáles aquellos

que

afectan

directamente

delitos son considerados del Orden Federal.

personas.

Tenemos entre ellos los siguientes delitos:

Algunos delitos de orden común son:



Traición a la patria.



a

Delitos contra la libertad y otras garantías.

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las



Violación de Inmunidad y de neutralidad.



Delitos contra la inviolabilidad del domicilio.



Espionaje.



Delitos contra la intimidad personal o familiar.



Piratería.



Delitos contra



Delitos contra la salud.



Trata de personas.



Delitos contra el patrimonio.



Falsificación de moneda.



Delitos contra la familia.



Falsificación de documentos.



Delitos contra el desarrollo y la dignidad de la



Delitos contra el medio ambiente.



Delitos contra la propiedad intelectual.



Delitos contra la fe pública.



Robo de hidrocarburos.



Delitos contra la seguridad y el normal



Delitos relacionados con armas de fuego.

funcionamiento de los medios de transporte y



Daños al patrimonio cultural.[ CITATION

las vías de comunicación.

Cám19 \l 2058 ]. [ CITATION Pro20 \l 2058 ]. [ 

Delitos contra la colectividad.

CITATION Sil01 \l 2058 ]



Fraude



Homicidio [ CITATION Cám20 \l 2058 ].

la libertad

y el normal

desarrollo psicosexual.

persona.

[ CITATION Sil01 \l 2058 ] . [ CITATION Ins08 \l

2058 ]

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Actividad integradora. Análisis de los delitos

Responsabilidad penal y punibilidad. Caso práctico: Unidad 1. Sesión 3. El Oficial Santos Ángel Ruiz Cortines de la unidad 73649 reporta que a las 17:50 horas acudió a la Calle Río Lerma 237, Cuauhtémoc, 06500 Ciudad de México, en donde se entrevistó con el C. Jorge Manuel Hernández Ovando de 28 años de edad quien informó que siendo aproximadamente las 16: 20 horas del día 16 de abril del año en curso, vendió su vehículo VW Bora sport color negro con placas DEF-0976A a un sujeto de nombre: Braulio Chávez Martínez (con domicilio en la calle 32 # 303 x 30 de la Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México) quien le entregó un cheque del banco "HSBC", por lo que ambos acudieron al banco "HSBC" ubicado en Capitán Carlos León S/N de la Ciudad de México, para depositar el cheque a su cuenta pero después de 2 horas vió que no tenía el dinero en su cuenta, motivo por el cual hablo a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México ya que piensa que no tiene fondos el cheque; se voceó a las unidades en general y se introdujeron los datos en el sistema de arcos lectores; así mismo a las 18:28 horas se activó la alarma del arco lector lpr5 de periférico sur, arroyo exterior por el vehículo Bora, voceándose a las unidades en general; así mismo la unidad 5962D5 detuvo el vehículo en el km. 48+500 de dicho periférico, estando a bordo

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los C. David Alberto Tapia Magadán y Mauricio Arquidi Buenrostro de 27 años de edad y Carlos Farjat Espínola de 23 años de edad, ambos originarios de Veracruz; posteriormente estos dijeron tener un cómplice que los debía estar esperando en carretera federal a bordo de un vehículo BMW color negro con placas ISU-098I, introduciéndose también los datos en el sistema de arcos lectores, por lo que a las 19:24 horas se activó el arco lpr01 de Periférico Sur, voceándose a las unidades en general y logrando su detención en la caseta fitosanitaria de la carretera México - Toluca. A las 11:24 horas el Oficial Samuel Delgado Amezcua abordo de la unidad 211AD2 reporta que a las 20:20 hora acudió a la fitosanitaria de la carretera México – Toluca ubicada en el km. 100 + 000 de dicha carretera federal, donde detuvo el vehículo BMW tipo z-4 de color negro con placas ISU-098I conducido por el C. Bryan Gómez lindo de 30 años de edad, r a petición del c. Jorge Manuel Hernández Ovando, por hechos posiblemente delictuosos, por lo que los detenidos fueron remitidos a la Agencia Ministerial número 65 de la Procuraduría General de Justicia de la

Ciudad de

México para los fines legales

correspondientes. En sesiones anteriores has tratado la estructura de los delitos conforme a la teoría pentatónica, por ello, ahora que en esta sesión has conocido los delitos especiales, es momento de realizar su debido análisis. Para ello desarrolla la siguiente actividad:

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Indicaciones 1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea. 2. En un documento de texto, identifica las características y elementos del delito que correspondan.

3. Fundaméntalos

con

base

en

la

ley

o

las

leyes

especiales

correspondientes.

Caso: Fraude

Sujeto activo: Braulio Chávez Martínez

Sujeto pasivo: Jorge Manuel Hernández Ovando

Conducta: La conducta de Braulio es por acción ya que se la voluntad de él era realizar este fraude ya lo tenía en mente.

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Bien jurídico tutelado: El vehículo VW Bora Sport color negro con placas DEF0976A

Resultado: Es material ya que podemos ver en el caso que es un fraude lo cual daña directamente al sujeto pasivo, puesto es de su propiedad tanto el auto como el dinero.

Intencionalidad: Es dolosa ya que el sujeto activo tuvo toda la intención de realizar el delito y culminarlo.

Estructura: En cuanto a la estructura es compleja puesto que podemos observar que puede haber dos delitos tanto el fraude como el robo, fraude al no pagarle y por ende el robo del vehículo

Duración: Considero que es instantáneo ya que la conducta se agotó en el momento a pesar que pudieron depositar el cheque en el banco, (sin considerar que cuando uno va al banco puede darse el punto de saber si tiene fondos el cheque).

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Causas de justificación o elementos de la antijuridicidad: De Acuerdo a lo que manifiesta el Código Penal de la Ciudad de México y el Código penal no hay justificación ya que el acto cometido está dentro del marco de la ley.

Conducta: En este caso la conducta es positiva ya que el sujeto activo hizo una o realizó una conducta por acción, ya que su actividad es hacer, en cometer el delito.

Tipicidad: En este caso aún no se señala la conducta por el legislador, pero de antemano se sabe que el sujeto pasivo es culpable de acuerdo a lo que marca tanto el Código Penal del Distrito Federal como el Código Penal Federal.

Antijuridicidad: Ésta se realiza formalmente ya que implica la transgresión de una norma y de acuerdo el caso es el del fraude el cual está establecido en la ley.

Culpabilidad: Podemos observar que el señor Braulio Chávez Martínez es culpable de acuerdo a la conducta señalada y al reporte que tenemos en dicho caso.

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Punibilidad: De acuerdo al caso de dará la siguiente pena conforme al Código Penal del Distrito Federal el cual se contempla en el capítulo III artículo 230: “Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero, se le impondrán”:[CITATION Asa02 \l 2058 ] Artículo 232 del CPDF. “A quien por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle le cause perjuicio patrimonial, se le impondrán de cuatro meses a dos años seis meses de prisión y de setenta y cinco a doscientos días multa”. [ CITATION Asa02 \l 2058 ] Y en el Código Penal podemos observar el delito en el artículo 386 “Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido”. [ CITATION Cám20 \l 2058 ] Artículo 387.- Las mismas penas señaladas en el artículo anterior, se impondrán: III.- Al que obtenga de otro una cantidad de dinero o cualquiera otro lucro, otorgándole o endosándole a nombre propio o de otro, un documento nominativo, a la orden o al portador contra una persona supuesta o que el otorgante sabe que no ha de pagarle; pág. 13

VII.- Al que vende a dos personas una misma cosa, sea mueble o raíz y recibe el precio de la primera o de la segunda enajenación, de ambas o parte de él, o cualquier otro lucro con perjuicio del primero o del segundo comprador. XXI.- Al que libre un cheque contra una cuenta bancaria, que sea rechazado por la institución o sociedad nacional de crédito correspondiente, en los términos de la legislación aplicable, por no tener el librador cuenta en la institución o sociedad respectiva o por carecer éste de fondos suficientes para el pago. La certificación relativa a la inexistencia de la cuenta o a la falta de fondos suficientes para el pago, deberá realizarse exclusivamente por personal específicamente autorizado para tal efecto por la institución o sociedad nacional de crédito de que se trate.

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Conclusión: De acuerdo a lo observado en este trabajo podemos concluir que no es lo mismo un delito particular que un delito especial, de la misma forma, pudimos ver cuales son esos delitos de orden federal y delitos de orden común, considero que es un tema muy amplio que requiere de más investigación, pero lo que se puede aprender de este trabajo se podrá poner en algún momento en practica sin dejar que pudimos realizar un caso practico el cual es de mucha ayuda para poder entender estos temas de interés.

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BIBLIOGRAFÍA

Colmenero, S. P. (2001). Valores para la democracia. Obtenido de http://www.oas.org/udse/cd_educacion/cd/Materiales_conevyt/VPLD/delitos. PDF Federal, A. L. (16 de julio de 2002). Código Penal del Distrito Federal. Obtenido de https://docs.mexico.justia.com/estatales/distrito-federal/codigo-penal-parael-distrito-federal.pdf Geografía, I. N. (2008). Clasificación mexicana de delitos. Obtenido de https://unadmexmy.sharepoint.com/personal/david_gamboa_nube_unadmexico_mx/_layout s/15/onedrive.aspx?id=%2Fpersonal%2Fdavid%5Fgamboa%5Fnube %5Funadmexico%5Fmx%2FDocuments%2FResponsabilidad%20Penal %20y%20Punibilidad%2FBibliograf%C3%ADa%2FSesi%C3%B3n %203%2FC República, P. G. (3 de Mayo de 2020). Diez delitos federales que debo de conocer. Obtenido de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/119460/Cuadernillo_Delito s.pdf UNADM. (2020). Fundamentos del delito y de los delitos. Módulo 5. Unidad 3. Ciudad de México: UNADM.

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Unión, C. d. (1 de Mayo de 2019). Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/172_010519.pdf Unión, C. d. (24 de Enero de 2020). Código Penal. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_240120.pdf

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