M18 U2 S3 JEMM - SESIÓN 3 PDF

Title M18 U2 S3 JEMM - SESIÓN 3
Author JENNY MENDOZA MEDINA
Course derecho penal
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
Pages 31
File Size 840.6 KB
File Type PDF
Total Downloads 902
Total Views 955

Summary

Módulo 18 Sistema penal acusatorio y oralUnidad 2 Fase intermedia y soluciones alternasSesión 3 Fase intermediaActividades Actividad 1. Etapa escrita Actividad 2. Audiencia intermediaActividad integradora. Acusación formalDocente Jose Horus Canacasco CoronelAlumna Jenny G. Mendoza Medina ES  Formul...


Description

Módulo 18 Sistema penal acusatorio y oral Unidad 2 Fase intermedia y soluciones alternas Sesión 3 Fase intermedia Actividades Actividad 1. Etapa escrita Actividad 2. Audiencia intermedia Actividad integradora. Acusación formal Docente Jose Horus Canacasco Coronel Alumna Jenny G. Mendoza Medina

pág. 1

ES1821013322

pág. 2

Actividad 1. Etapa escrita En la etapa escrita de la fase intermedia, se tramita lo necesario para cumplimentar la entrega correcta de la acusación, contestación y descubrimiento probatorio, con base en la entrega de documentos, como registros, proposición de acuerdos probatorios, entre otros.[ CITATION UNA211 \l 2058 ] Señala las diligencias llevadas a cabo durante la etapa escrita. La etapa escrita iniciará con el escrito de acusación que formule el Ministerio Público y comprenderá todos los actos previos a la celebración de la audiencia intermedia. Durante esta etapa, toda la comunicación entre las partes y el juzgador se llevará a cabo por escrito, sin embargo, las partes podrán solicitar en cualquier momento la citación a audiencias para dar solución a posibles controversias, toda vez que el juzgador no puede tomar determinaciones de fondo si no es escuchando a las partes antes de tomar una resolución.[ CITATION UNA21 \l 2058 ] Las diligencias llevadas a cabo durante esta etapa son las siguientes:[ CITATION Cám21 \l 2058 ]

pág. 3



Formulación del escrito de acusación por parte del ministerio público.



Notificación de la acusación.



Descubrimiento probatorio.



Coadyuvancia en la acusación.



Actuación del imputado en la fase escrita de la intermedia.



Citación de la audiencia.

Señala las características de cada una de estas diligencias.



Formulación del escrito de acusación por parte del ministerio público. Una vez concluida la fase de investigación complementaria, si el Ministerio Público estima que la investigación aporta elementos para ejercer la acción penal contra el imputado, presentará la acusación.[CITATION Cám211 \l 2058 ]



Notificación de la acusación. Una vez presentada la acusación, el Juez de control ordenará su notificación a las partes al día siguiente. Con dicha notificación se les entregará copia de la acusación.[CITATION Cám212 \l 2058 ]



Descubrimiento probatorio. pág. 4

El descubrimiento probatorio consiste en la obligación de las partes de darse a conocer entre ellas en el proceso, los medios de prueba que pretendan ofrecer en la audiencia de juicio. En el caso del Ministerio Público, el descubrimiento comprende el acceso y copia a todos los registros de la investigación, así como a los lugares y objetos relacionados con ella, incluso de aquellos elementos que no pretenda ofrecer como medio de prueba en el juicio. [ CITATION Cám214 \l 2058 ]



Coadyuvancia en la acusación. Dentro de los tres días siguientes de la notificación de la acusación formulada por el Ministerio Público, la víctima u ofendido podrán mediante escrito: I.

Constituirse como coadyuvantes en el proceso;

II.

Señalar los vicios formales de la acusación y requerir su corrección;

III.

Ofrecer los medios de prueba que estime necesarios para complementar la acusación del Ministerio Público, de lo cual se deberá notificar al acusado;

IV.

Solicitar el pago de la reparación del daño y cuantificar su monto. [ CITATION Cám215 \l 2058 ]

pág. 5



Actuación del imputado en la fase escrita de la intermedia. Dentro de los diez días siguientes a que fenezca el plazo para la solicitud de coadyuvancia de la víctima u ofendido, el acusado o su Defensor, mediante escrito dirigido al Juez de control, podrán: I.

Señalar vicios formales del escrito de acusación y pronunciarse sobre las observaciones del coadyuvante y si lo consideran pertinente, requerir su corrección. No obstante, el acusado o su Defensor podrán señalarlo en la audiencia intermedia;

II.

Ofrecer los medios de prueba que pretenda se desahoguen en el juicio;

III.

Solicitar la acumulación o separación de acusaciones, y

IV.

Manifestarse sobre los acuerdos probatorios.

El escrito del acusado o su Defensor se notificará al Ministerio Público y al coadyuvante dentro de las veinticuatro horas siguientes a su presentación. [CITATION Cám216 \l 2058 ]



Citación de la audiencia. El Juez de control, en el mismo auto en que tenga por presentada la acusación del Ministerio Público, señalará fecha para que se lleve a cabo la pág. 6

audiencia intermedia, la cual deberá tener lugar en un plazo que no podrá ser menor a treinta ni exceder de cuarenta días naturales a partir de presentada la acusación. Previa celebración de la audiencia intermedia, el Juez de control podrá, por una sola ocasión y a solicitud de la defensa, diferir, hasta por diez días, la celebración de la audiencia intermedia. Para tal efecto, la defensa deberá exponer las razones por las cuales ha requerido dicho diferimiento. [ CITATION Cám217 \l 2058 ]

Completa el siguiente cuadro:

Sujetos procesales Ministerio público

Intervenciones en la etapa escrita (con su fundamento jurídico) Presenta la acusación por escrito fundamentado en el artículo 335 del CNPP. Durante la audiencia de descubrimiento probatorio

pág. 7

permite el acceso y las copias de todos los registros de la investigación fundamentado en el artículo 337 del Juez de control

CNPP. Ordena la notificación de la acusación a las partes fundamentado en el artículo 336 del CNPP. Señalará la fecha en la cual se llevará a cabo la audiencia intermedia fundamentado en el artículo 341

Victima u ofendido

del CNPP. Se le permite coadyuvar en el proceso lo cual está

Imputado o defensa

fundamentado en el artículo 338 del CNPP. Puede ejercer por escrito diferentes puntos, el escrito deberá ser dirigido al juez de control conforme al artículo 340 del CNPP. Deberá entregar copias de los registros al ministerio público a su costa y facilitará acceso a las evidencias materiales que se ofrecerá en la audiencia intermedia conforme al artículo 337 del CNPP.

pág. 8

Actividad 2. Audiencia intermedia Posterior a la etapa escrita, la fase intermedia se desarrolla a través de su etapa oral, a la cual se le conoce como audiencia intermedia, en donde se toman las decisiones pertinentes sobre la admisión o no de los medios de prueba ofertados, la aprobación o no de los acuerdos probatorios, entre otras cuestiones. [ CITATION UNA211 \l 2058 ]

Busca una audiencia intermedia (real) en internet: https://youtu.be/I7pQcwxqSBo En el mismo documento de la actividad anterior, elabora un reporte que cubra al menos los siguientes puntos:



Nombre y datos de identificación del juzgado al que se asististe.  Sala de audiencia de Juzgado de control de tribunales de enjuiciamiento. Desahogo de la audiencia de la etapa intermedia.  Ejido de Lázaro Cárdenas municipio de Cintalapa de Figueroa Chiapas

pág. 9

 Datos de identificación del juicio.  Causa Penal 624/2017.  Juez de control: Roberto Ramos Cuellar.  Fecha y hora de la audiencia.  Fecha: 16 de octubre de 2018.  Nombre del o los acusados.  Ernesto Cruz Deara.  Delito del que se le o les acusa.  Delito: Feminicidio. Artículo 164 bis fracción I del CPCH.  La naturaleza de la conducta: Es de acción. Artículo 10 del CPCH.  Forma de consumación: Instantánea. Artículo 14 párrafo 1º y 2º fracción 1ª del CPCH.  Forma de la realización: Es a dolo y Directo. Artículo 15 párrafo 2º del CPCH.

pág. 10

 Forma de autoría: Autor material. Artículo 19 párrafo 1º y 2º fracción 2ª del CPCH.  Desarrollo de la audiencia, indicando y fundamentando las acciones de las partes intervinientes. La presente audiencia comienza con el auxiliar de la sala quien es la persona encargada de dar los datos de la audiencia, después de esto el juez de control procede a iniciar la audiencia con la presentación de cada una de las partes involucradas.  El juez pregunta quienes son los que están presentes tanto del lado del ministerio público como del lado de la defensa. Artículo 342 del CNPP.  Se le pregunta al imputado si les leyeron sus derechos y si él entendió. Artículo 342 del CNPP.  El juez les pregunta a ambas partes si hay una salida alterna para evitar la causa penal. Artículo 337 del CNPP.  El ministerio público realiza una exposición sintética del escrito de acusación presentado el 14 de mayo de 2018. Artículo 344 del CNPP.

pág. 11

 Se abre el debate para ver si hay incidencias o correcciones de vicios formales en el escrito de acusación. Artículo 340 del CNPP.  El juez les pregunta a las partes si hay algún acuerdo probatorio entre ellos. Artículo 345 del CNPP.  El juez le pregunta al ministerio público si le ha entregado a la defensa la solicitud, copia de registro de investigación y el acceso respecto a las evidencias materiales recabadas durante la investigación. Artículo 337 del CNPP.

Defensa  De a acuerdo a la carpeta de investigación la defensa manifiesta que hay algunas violaciones en cuanto a los medios de pruebas. Artículo 338 del CNPP.  Excluir el testimonio de expertos, cómo las periciales. Artículo 346 del CNPP.  Excluir el testimonio de los policías. Artículo 346 del CNPP. pág. 12

Ministerio público  Las pruebas testimoniales son relevantes ya que hubo anteriormente antecedentes hacia la occisa en relación de género. Artículo 164 bis fracción V del CPCH.  Resultados a los se llegó en el desarrollo de la audiencia.



El juez considera que los medios de pruebas que presenta el ministerio público son idóneos y pertinentes y que los medios de pruebas deben de ser admitidos. Artículo 346 del CNPP.



El juez le pregunta al imputado acerca de poder hacer uso de la voz. Artículo 66 del CNPP.



Se dicta el auto de apertura a juicio. Artículo 347 del CNPP.

pág. 13

Actividad integradora. Acusación formal Hola Jenny Con su actividad no ha conseguido desarrollar la mayoría de las competencias, deberá leer nuevamente el código procesal para poder redactar correctamente todos los rubros del escrito de acusación. 1.- Revise con todo detalle la clasificación jurídica, ya que no expone el fundamento de todo lo que debe incluir, deberá señalar: Delito (robo) Modalidad (violencia) (grado de participación en la comisión del delito (autor material) Delito por su duración (instantáneo) hipótesis de acción y doloso. Con sus debidos fundamentos (artículos) 2.- En el ofrecimiento de pruebas no observó los requisitos del último párrafo del art. 335 CNPP Noticia: Cae pareja por homicidio en negocio del Edomex.

pág. 14

La víctima fue baleada en un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el libramiento Francisco Villa, en el Barrio Pueblo Nuevo, en el municipio de Coyotepec. Agentes de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México aprehendieron a dos personas identificadas como Elder “N” de 39 años, y Saraí “N” de 35 años, quienes son investigados por el asesinato de un hombre el pasado mes de diciembre. Los probables partícipes fueron asegurados mediante acciones simultáneas realizadas en el municipio de Coyotepec; posteriormente Elder “N” fue ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Cuautitlán, en tanto que Saraí “N” al Penal de Tlalnepantla, y será un juez quien habrá de determinar su situación legal. Los hechos que se les imputan ocurrieron el día 7 de diciembre del año pasado, cuando la víctima y uno de sus familiares arribaron a un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el libramiento Francisco Villa, en el Barrio Pueblo Nuevo, en el municipio de Coyotepec, en ese sitio se encontraban los ahora detenidos, con quienes habría iniciado una discusión.

pág. 15

Saraí “N” habría incitado a su acompañante para que asesinara a la víctima, por lo que Elder “N” sacó un arma de fuego que llevaba consigo y habría disparado en contra de esta persona, ocasionándole la muerte. Ante ello, se inició la carpeta de investigación respectiva por estos hechos y con los datos de prueba recabados por Policías de Investigación, el Ministerio Público solicitó a un Juez librar una orden de aprehensión en contra de los probables partícipes. https://www.excelsior.com.mx/comunidad/cae-pareja-por-homicidio-ennegocio-del-edomex/1437334

En un documento de texto, identifica los puntos que se indican:



Nombre de víctimas e imputados. Victima: Enrique Hernández Mendoza. Imputado: Elder Jiménez García y Saraí González Ochoa.



Conductas que cada uno de ellos desplegó.

pág. 16

La conducta que se despliega del imputado Elder Jiménez García es la realización del acto, que como se menciona en la noticia el imputado disparó el arma de fuego ocasionándole la muerte del señor Enrique Hernández Mendoza. En cuanto a la imputada la conducta que despliega ella es la de incitar a su acompañante hoy imputado a dispararle a la víctima hasta ocasionarle la muerte.



Delitos que se configuran de acuerdo al Código Penal que corresponda. De acuerdo a lo que la ley señala se consuma el delito Homicidio en primer grado, previsto en el artículo 241 párrafo inicial con la hipótesis del que comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro, artículo 7 párrafo inicial en su hipótesis en que el delito realizado es de acción, artículo 8 fracción tercera en la hipótesis que el delito se cometió instantáneamente, artículo 8 fracción primera en la hipótesis del que delito es de acción dolosa, el delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo penal o previendo como posible el resultado típico queriendo o aceptando la realización del hecho descrito por la ley; artículo 11 párrafo primero en la hipótesis de responsabilidad en la forma de autoría inciso a y b Son autores: pág. 17

a) Los que conciben el hecho delictuoso; b) Los que ordenan su realización y sancionado en el artículo 242 párrafo inicial fracción segunda, al responsable de homicidio calificado, se le impondrán de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa; todos del código penal para el Estado de México.



Grados de participación de cada uno de los sujetos. Se trata de un homicidio de primer grado por lo que las personas imputadas actúan con plena conciencia e intención de asesinar a la víctima, cabe mencionar que el imputado Elder Jiménez García es actor en el delito ya que fue quien disparó, y se menciona que también fue incitado por la también imputada Saraí González Ochoa. Artículo 11.- La responsabilidad penal en el hecho delictuoso se produce bajo las formas de autoría y participación: Son autores: a) Los que conciben el hecho delictuoso; b) Los que ordenan su realización;

pág. 18

En cuanto a la imputada Saraí González Ochoa, ella es también es autora ya que de cierta manera por medio de la incitación ordena la realización del acto, la cual la hace partícipe del mismo. Son partícipes: a) Los que instiguen a otros, mediante convencimiento, a intervenir en el hecho delictuoso;[CITATION Gob99 \l 2058 ]



Circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión. De acuerdo a los hechos narrados de los imputados se dice que esto ocurrieron el día lunes. Modo: Los hechos que se les imputan ocurrieron cuando la víctima y uno de sus familiares arribaron a un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el libramiento Francisco Villa, en el Barrio Pueblo Nuevo, en el municipio de Coyotepec, en ese sitio se encontraban los ahora detenidos, con quienes habría iniciado una discusión. Saraí González Ochoa habría incitado a su acompañante para que asesinara a la víctima, por lo que Elder Jiménez García sacó un arma de fuego que llevaba consigo y habría disparado en contra de esta persona, ocasionándole la muerte.

pág. 19

Tiempo: Ocurrió el día lunes 7 de diciembre de 2020. Lugar: Lo hechos ocurrieron en un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el libramiento Francisco Villa, en el barrio pueblo nuevo, en el municipio de Coyotepec. Redacta un escrito en el que realices la acusación formal considerando cada uno de los puntos del artículo 335 del CNPP. Para el escrito deberás ofrecer al menos dos medios de prueba de cada uno de los contemplados por CNPP.

pág. 20

CARPETA DE INVESTIGACIÓN: FCME/58/T2/250/20-00 DELITO: HOMICIDIO IMPUTADO: ELDER JIMENEZ GARCÍA VICTIMA: ENRIQUE HERNÁNDEZ MENDOZA ASUNTO: FORMULACIÓN DE ACUSACIÓN

C. JUEZ DE CONTTROL PRIMERO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO Licenciado CARLOS TAVARES BRITO, agente del ministerio público adscrito a la fiscalía especializada en litigios oral, vengo en términos del presente escrito a formular la acusación en contra de Saraí González Ochoa y de Elder Jiménez García quienes obran en el delito de HOMICIDIO en términos de lo dispuesto en el artículo 335 del Código Nacional de Procedimientos Penales en los siguientes términos. I. La individualización del o los acusados y de su Defensor; Acusado Elder Jiménez García de 39 años de edad. Acusada: Saraí González Ochoa 35 años de edad.

pág. 21

Defensor: Jenny Guadalupe Mendoza Medina, con número de cédula 258745, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ya citado en la audiencia inicial debidamente registrado en la administración de este centro de justicia. II. La identificación de la víctima u ofendido y su Asesor jurídico; Occiso Enrique Hernández Mendoza de 36 años de edad, con domicilio citado en audiencia inicial y debidamente registrado en la administración de este recinto. Representante jurídico: Caleb Tavares Mendoza con número de cédula 321456, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ya citado en la audiencia inicial debidamente registrado en la administración de este centro de justicia. III. La relación clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos atribuidos en modo, tiempo y lugar, así como su clasificación jurídica; Los hechos se suscitaron el día 7 de diciembre del año 2020 cuando la víctima Enrique Hernández Mendoza y uno de sus familiares arribaron a un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el libramiento Francisco Villa, en el barrio pueblo nuevo en el municipio de Coyotepec, en ese sitio se encontraban una pareja quienes habría iniciado una discusión.

pág. 22

El familiar de la víctima se percata que la mujer quien es acompañante del también imputado le comenta que asesine a Enrique Hernández Mendoza con un arma de fuego que trae consigo, él le dispara y le ocasiona la muerte. El vendedor del negocio indica que esta pareja al parecer venía con un alto grado de alcohol en el cuerpo de acuerdo a como se manifestaban en su forma de hablar y en su aspecto, el mismo pudo observar y escuchar la forma en que empezaron la discusión y cómo saco el arma y le disparó a la víctima. IV. La relación de las modalidades del delito que concurrieren; Artículo 241 del Código Penal del Estado de México, que a la letra dice: “Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro.” V. La autoría o participación concreta que se atribuye al acusado; Los acusados intervienen de manera directa. VI. La expresión de los preceptos legales aplicables; Artículo 241.- Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro.

pág. 23

Artículo 242.- El delito de homicidio, se sancionará en los siguientes términos: II. Al ...


Similar Free PDFs