M18 U2 S3 DACC - TRABAJO DE CURSO PDF

Title M18 U2 S3 DACC - TRABAJO DE CURSO
Course Sistema penal acusatorio y oral
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
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LICENCIATURA EN DERECHO.MÒDULO 18:SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL.DOCENTE EN LINEA: LIC. JOSE HORUS CANACASCO CORONEL.UNIDAD 2:FASE INTERMEDIAS Y SOLUCIONES ALRTERNAS.ACTIVIDAD 1:ETAPA ESCRITA.ACTIVIDAD 2:AUDIENCIA INTERMEDIA.ACTIVIDAD INTEGRADORA:ACUSACIÒN FORMAL.ALUMNA: DANIELA DEL CARMEN CARMONA ...


Description

LICENCIATURA EN DERECHO. MÒDULO 18: SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL.

DOCENTE EN LINEA: LIC. JOSE HORUS CANACASCO CORONEL.

UNIDAD 2: FASE INTERMEDIAS Y SOLUCIONES ALRTERNAS.

ACTIVIDAD 1: ETAPA ESCRITA.

ACTIVIDAD 2: AUDIENCIA INTERMEDIA.

ACTIVIDAD INTEGRADORA: ACUSACIÒN FORMAL.

ALUMNA: DANIELA DEL CARMEN CARMONA CEDILLO.

MATRICULA: ES1911000292.

CORREO INSTITUCIONAL: [email protected]

FECHA: 29 DE OCTUBRE DE 2021

Introducción. Como en todo proceso jurídico, llámese civil, familiar, mercantil, tiene sus etapas, y el penal no se excluye, pues en el nuevo sistema penal, posee sus etapas y fases que al término de ellas, se logra lo que todo fiscal y defensa quiere, la sentencia condenatoria del imputado o la libertad del cliente. En la etapa escrita, se llevan a cabo una serie de diligencias para llegar a la etapa de la audiencia intermedia, las cuales tienen sus propias características que las hacen obtener el rol de importancia que cada una debe tener dentro del proceso. Dichas diligencias se encuentran establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, señalando el debido procedimiento que deben llevar para no caer en errores que puedan atrasar el proceso. La intervención de las partes del proceso, son parte fundamental para la realización de la audiencia oral, debido que al faltar alguna de ellas, se altera el proceso ya sea a favor de una de las partes y en contra de otra. La etapa escrita es la base para llevar a cabo un buen proceso penal, con todos y cada uno de los hechos que el imputado cometió. Actividad 1. Etapa escrita 1. Lee el apartado “Etapa escrita” del texto de apoyo. 2. Consulta el Código Nacional de Procedimientos Penales referente a esta etapa del proceso. 3. En un documento de texto señala las diligencias llevadas a cabo durante la etapa escrita. 1. Formulación del escrito de acusación por parte del Ministerio Público. 2. Notificación de la Acusación. 3. Descubrimiento probatorio. 4. Coadyuvancia en la acusación. 5. Actuación del imputado en la fase escrita de la etapa intermedia. 6. Citación a la audiencia 4. Señala las características de cada una de estas diligencias.

1. Formulación del escrito de acusación por parte del Ministerio Público: Una vez concluida la fase de investigación complementaria, si el Ministerio Público estima que la investigación aporta elementos para ejercer la acción penal contra el imputado, presentará la acusación. 2. Notificación de la Acusación: Una vez presentada la acusación, el Juez de control ordenará su notificación a las partes al día siguiente. Con dicha notificación se les entregará copia de la acusación. 3. Descubrimiento probatorio: El descubrimiento probatorio consiste en la obligación de las partes de darse a conocer entre ellas en el proceso, los medios de prueba que pretendan ofrecer en la audiencia de juicio. 4. Coadyuvancia en la acusación: Dentro de los tres días siguientes de la notificación de la acusación formulada por el Ministerio Público, la víctima u ofendido podrán mediante escrito: I. Constituirse como coadyuvantes en el proceso; II. Señalar los vicios formales de la acusación y requerir su corrección; III. Ofrecer los medios de prueba que estime necesarios para complementar la acusación del Ministerio Público, de lo cual se deberá notificar al acusado; IV. Solicitar el pago de la reparación del daño y cuantificar su monto. Fracción reformada DOF 17-06-2016 5. Actuación del imputado en la fase escrita de la etapa intermedia: Dentro de los diez días siguientes a que fenezca el plazo para la solicitud de coadyuvancia de la víctima u ofendido, el acusado o su Defensor, mediante escrito dirigido al Juez de control, podrán: Párrafo reformado DOF 17-06-2016 I. Señalar vicios formales del escrito de acusación y pronunciarse sobre las observaciones del coadyuvante y si lo consideran pertinente, requerir su corrección. No obstante, el acusado o su Defensor podrán señalarlo en la audiencia intermedia; Fracción reformada DOF 17-06-2016 I. Señalar vicios formales del escrito de acusación y pronunciarse sobre las observaciones del coadyuvante y si lo consideran pertinente, requerir su corrección. No obstante, el acusado o su Defensor podrán señalarlo en la audiencia intermedia; Fracción reformada DOF 17-06-2016

III. Solicitar la acumulación o separación de acusaciones, y Fracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016 IV. Manifestarse sobre los acuerdos probatorios. Fracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016 El escrito del acusado o su Defensor se notificará al Ministerio Público y al coadyuvante dentro de las veinticuatro horas siguientes a su presentación. 6. Citación a la audiencia: El Juez de control, en el mismo auto en que tenga por presentada la acusación del Ministerio Público, señalará fecha para que se lleve a cabo la audiencia intermedia, la cual deberá tener lugar en un plazo que no podrá ser menor a treinta ni exceder de cuarenta días naturales a partir de presentada la acusación. Párrafo reformado DOF 17-06-2016 Previa celebración de la audiencia intermedia, el Juez de control podrá, por una sola ocasión y a solicitud de la defensa, diferir, hasta por diez días, la celebración de la audiencia intermedia. Para tal efecto, la defensa deberá exponer las razones por las cuales ha requerido dicho diferimiento. 5. Completa el siguiente cuadro. Sujetos Procesales.

El Ministerio Público.

Juez de Control. Victima u ofendido.

Imputado o su defensa.

Intervenciones en la etapa escrita (con su fundamentación jurídica)  Presenta la acusación por escrito. Articulo 335 CNPP  Durante la diligencia del descubrimiento probatorio da el acceso y las copias de todos los registros de la investigación. Artículo 337 del CNPP  Ordena la notificación de la acusación de las partes. Articulo 336 CNPP.  Señalará fecha para que se lleve a cabo la audiencia intermedia. Artículo 341 del CNPP.  Señalará fecha para que se lleve a cabo la audiencia intermedia. Artículo 341 del CNPP.  Puede actuar por escrito por diferentes aspectos, dirigido al juez de control. Articulo 340 CNPP.  Entregará materialmente copia de los registros al Ministerio Público a su costa y dará acceso a las evidencias materiales que ofrecerá en la audiencia intermedia. Articulo 337 CNPP.

Actividad 2. Audiencia intermedia 1. Concluye la lectura del texto de apoyo. Busca una audiencia intermedia real en internet. https://youtu.be/OCQGU4iK9X0

2. En el mismo documento de la actividad anterior, elabora un reporte que cubra al menos los siguientes puntos: o Nombre y datos de identificación del juzgado. Juzgado de Control y Tribunal de Enjuiciamiento. Región 1 Sala “A” Juez de Control: Bruno Ignacio Bermúdez Hernández o Datos de identificación del juicio. Audiencia: Etapa Intermedia Numero de Causa Penal: 490/2016 o Fecha y hora de la audiencia. 18 de septiembre de 2017 12:35 pm o Nombre del o los acusados. Alexander Felipe Bravo o Delito del que se le o les acusa. Daños culposos en hechos de transito o Desarrollo de la audiencia, indicando y fundamentando las acciones de las partes intervinientes. Una vez al entrar a la sala de audiencias, El ciudadano juez de control, licenciado Bruno Ignacio Bermúdez Hernández, solicitó a las partes su previa identificación, siendo en primer término la Fiscalía la cual se compone en este acto de 3 fiscales, los cuales identifican proporcionando sus generales. Una vez hecho lo anterior, su señoría concede el uso de la voz a la defensa, la cual manifiesta quiénes son los comparecientes siendo en primer lugar auxiliar jurídico y el segundo el imputado. Enseguida, su señoría da inicio a la audiencia, cuestiona a las partes si existe alguna protesta de acuerdo reparatorio suspensión condicional del proceso, procedimiento abreviado, así como la aplicación de algún criterio de

oportunidad, o de alguno de los mecanismos de aplicación de controversias, dando contestación al fiscal en forma negativa, por otra parte, la defensa hace saber que ha tratado de llegar a un acuerdo sin lograrlo, procediendo el juez a preguntarle si se puede continuar o tienen alguna otra defensa, contestándole esta última que no que pueden continuar. Continuando con la audiencia, su señoría concede el uso de la voz al fiscal a efectos de que exponga su acusación en forma resumida, procediendo del mismo a ratificar en todas y cada una de sus partes, la acusación en contra del imputado, y en términos del artículo 344 del código nacional de procedimientos penales, hace la exposición de la acusación de forma resumida como lo solicitó el ciudadano juez de control. el fiscal da inicio a la narración de los hechos, ofreciendo con fundamento en el artículo 261 del código nacional de procedimientos penales, los medios de prueba, Así mismo el señor juez le hace saber que en su momento se hará el debate. Procediendo el fiscal a solicitar la reparación del daño, de acuerdo al peritaje de avalúo de daños, emitido por la Fiscalía del Estado, la cual fundamenta en el artículo 37 fracción I, 40, 41 y 43 del Código Penal vigente, artículo 20 apartado C, fracción IV y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. Así mismo, en cuanto la punibilidad, manifiesta que no existe un medio de prueba que constaté que el imputado haya sido reincidente del delito que le imputan, solicitando sea condenado por el delito de daños culposos. En uso de la voz de su señoría con fundamento en el artículo 99 del código nacional de procedimientos penales, corrobora la Fiscalía la pena de 3 años de prisión y una multa de $6,391.00 pesos, así como la cantidad de $37,000.00 pesos como reparación del daño, de acuerdo al peritaje de avalúo de daños el cual es un medio de prueba, así como la testimonial del perito en mención. Su señoría, otorga el uso de la voz a la defensa, el cual manifiesta que no existe alguna responsabilidad en los hechos que la Fiscalía pretende imputar a su defendido, y al hacer el uso de la voz la Fiscalía manifiesta que no puede acreditar el modo, tiempo y circunstancia del hecho que se le imputa al acusado. Nuevamente, la defensa manifiesta que al acusado le asiste la causa de exclusión como lo es la atipicidad. el juez, pregunta la

defensa así señalará algún vicio formal del cuál pida su corrección, manifestando que no. En uso de la voz, el juez pregunta a las partes si existe alguna propuesta como acuerdo probatorio, dando las partes una respuesta en sentido negativo. Acto seguido se realiza un debate en relación de un documento que la Fiscalía indica no se le hizo de su conocimiento, dando al juez su resolución respecto a dicho debate en el que manifiesta no proceder, en consecuencia y no habiendo nada más que manifestar, su señoría procede a resolver sobre el ofrecimiento de pruebas tanto de la Fiscalía como de la defensa, resolviendo de la siguiente manera: Por parte de la Fiscalía, admite las pruebas: A) Pruebas periciales de RUBEN ALFREDO CABRERA DAMAS B) Con fundamento en el artículo 380 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se admiten las documentales consistentes en la factura número: 85314318 y Pedimento de Importación de fecha 26 de diciembre de 2007. C) Las testimoniales de los CC. ISIDORO PEREZ HERNADEZ, HUGO TRUJULLO FARRERA, ARNOLDO GONZALES MEJIA y ASUNCIÒN PEREZ CASTRO. Por parte de la defensa: A) Las periciales B) Las testimoniales de JOSE ALFREDO FLORES DIAZ, RUBEN ALFREDO CABRERA DAMAS, ISIDORO PEREZ HERNADEZ y JOSE ALFREDO FLOREZ DIAZ. o Resoluciones de la audiencia. Cómo resultado final, el juez de control emite su resolución, según lo establecido en el artículo 30043647 del código nacional de procedimientos penales, procede emitir auto de apertura a juicio, dentro de la causa penal en la que se actúa de conformidad con lo establecido en el artículo 20 fracción I y 347 del código nacional de procedimientos penales, 85 del código de organización del Poder Judicial del Estado de Chiapas, establece que el

Tribunal competente para conocer el debate de la causa sería el juez del Tribunal enjuiciamiento de la región 1, que la acusación será el que la Fiscalía expresó (daños culposos) bueno con respecto a la clasificación jurídica será el delito de daños culposos en hechos de tránsito en contra del acusado previsto y sancionado por el artículo 312 fracción III, en relación a los numerales 85 10 y 14 fracción I , 15 párrafos sexto y séptimo, y 19 párrafo I y II fracción II del Código Penal del Estado de Chiapas, así como la penalidad de 3 años de prisión y $6,391,00 pesos de multa, así como la cantidad de $37,000.00 pesos por reparación de daños. Así mismo, el juez le impone como medida cautelar la consistente en la presentación ante el juzgado, los días lunes cada 15 días a firmar el libro de vinculados a proceso. solicitando su señoría, sean remitidos dentro del término de 5 días, los autos de apertura a juicio. por último, el juez pregunta a las partes si es su deseo manifestar algo, tomando el uso de la voz del fiscal, el cual hace la solicitud copia del acuerdo, así como las de audio y video de la misma. El juez procede a preguntar al ofendido si desea manifestar algo, a lo que el ofendido manifiesta que no tiene nada en contra del imputado, que solo desea llegar a un arreglo. Asimismo, la defensa al ser cuestionada por el juez de control si es su deseo manifestar algo, solicita copia del acuerdo y del audio y video de la misma. dando autorización al juez para las copias certificadas solicitadas por las partes dando por notificadas las partes de la resolución de la audiencia en comentó. Dando por cerrada la audiencia. Actividad integradora. Acusación formal.

Hola Daniela Con su actividad no ha conseguido desarrollar todas las competencias, deberá leer nuevamente el código procesal para poder redactar correctamente todos los rubros del escrito de acusación. 1.- Revise con todo detalle la clasificación jurídica, no expone el fundamento por lo tanto no es una clasificación jurídica.

Ejemplo: Delito (robo) Modalidad (violencia), grado de participación en la comisión del delito (autor material) Delito por su duración (instantáneo) hipótesis de acción y doloso. Con sus debidos fundamentos (artículos) 2.- En el ofrecimiento de pruebas debe observar los requisitos del último párrafo del art. 335 CNPP ya que ahí contiene los requisitos para ofrecimiento de pericial y testimonial. 3.- Todas las pruebas materiales y documentales deben ofrecerse y señalar la forma en la que serán acreditadas e incorporadas, es decir, señalar a través de que testigo se incorporarán, según el artículo 383 CNPP. Testimonio y dictamen son dos medios distintos. Buenas noches

1. Busca cualquier noticia de algún delito y utilízalo como caso, adicionando o inventando los datos que hagan falta. No olvides incluirlo en tu actividad. Mujer detenida, acusada de homicidio en Edo de Mèx. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México acreditó la probable participación de Roxana "N" en el asesinato de un joven en el municipio de Nezahualcóyotl y fue vinculada a proceso. Con información de la Fiscalía, el pasado 8 de mayo tanto la víctima como Roxana "N" se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas dentro de un domicilio ubicado en la colonia Benito Juárez del ya referido municipio, donde en algún momento la mujer habría asfixiado al sujeto. La mujer sacó los restos de la víctima y pretendía deshacerse del cuerpo, el cual llevaba dentro de un costal, elementos policíacos sorprendieron a la mujer en la calle Organillero, lugar en el que fue detenida. Roxana "N" fue presentada ante el Ministerio Público, quien inició las carpetas de investigación respectivas por los delitos de contra el respeto a los muertos y violación a las leyes de inhumación y exhumación, así como homicidio. Fue ingresada al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de la zona. https://www.seguridadenamerica.com.mx/noticias/articulos/27999/mujer-detenidaacusada-de-homicidio-en-edo-mex-

2. En un documento de texto, identifica los puntos que se indican: • Nombre de víctimas e imputados. Victima: Joel Pérez Rosas. Imputada: Roxana Jiménez Ochoa • Conductas que cada uno de ellos desplegó. La conducta que se despliega de la imputada Roxana Jiménez Ochoa es la realización del acto, como se menciona en la noticia, la imputada y la víctima se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas dentro de un domicilio ubicado en la colonia Benito Juárez del ya referido municipio, donde en algún momento la mujer habría asfixiado a la víctima y ocasionándole la muerte. La mujer sacó los restos de la víctima y pretendía deshacerse del cuerpo, el cual llevaba dentro de un costal, elementos policíacos sorprendieron a la mujer en la calle Organillero, lugar en el que fue detenida. • Delitos que se configuran de acuerdo al Código Penal que corresponda. De acuerdo a lo que la ley señala se consuma el delito de homicidio en primer grado, previsto en el artículo 241 párrafo inicial con la hipótesis de que comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro, artículo 7 párrafo inicial en su hipótesis en que el delito realizado es de acción, artículo 8 fracción tercera la hipótesis de que el delito se cometió instantáneamente, artículo 8 fracción primera en la hipótesis que el delito es de acción dolosa, el delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos de tipo penal o previendo como posible el resultado típico queriendo o aceptando la realización del hecho descrito por la ley, artículo 11 párrafo primero la hipótesis de responsabilidad en forma de autoría inciso a y b son autores: A) los que conciben el hecho delictuoso. B) los que ordena su realización y sancionado en el artículo 242 párrafo inicial fracción segunda al responsable de homicidio calificado, se le impondrán de 40 a 70 años de prisión hospital prisión vicia y de 700 a 5000 días de multa. Todos del Código Penal para el Estado de México • Grados de participación de cada uno de los sujetos.

Se trata de un homicidio de primer grado por lo que la imputada actúa con plena conciencia e intención de asesinar a la víctima. Artículo 11. la responsabilidad penal en el hecho delictuoso se produce bajo las formas de autoría y participación: son autores: A) Los que conciben el hecho delictuoso; B) Los que ordenan su realización; • Circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión. Modo: Los hechos que se le imputan a Roxana Jiménez Ochoa ocurrieron cuando la imputada y la víctima se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas dentro de un domicilio ubicado en la colonia Benito Juárez del ya referido municipio, donde en algún momento la mujer habría asfixiado a la víctima y ocasionándole la muerte. La mujer sacó los restos de la víctima y pretendía deshacerse del cuerpo, el cual llevaba dentro de un costal, elementos policíacos sorprendieron a la mujer en la calle Organillero, lugar en el que fue detenida. Tiempo: Ocurrió el día sábado 8 de mayo de 2021. Lugar: los hechos ocurrieron en un domicilio ubicado en la colonia Benito Juárez en el Estado de México. 3. Redacta un escrito en el que realices la acusación formal considerando cada uno de los puntos del artículo 335 del CNPP. Para el escrito deberás ofrecer al menos dos medios de prueba de cada uno de los contemplados por CNPP. CARPETA DE INVESTIGACIÒN: FCME/65/T4/540/10-02 DELITO: HOMICIDIO IMPUTADO: Roxana Jiménez Ochoa. VICTIMA: Joel Pérez Rosas. ASUNTO: FORMULACIÒN DE ACUSACIÒN C, JUEZ DE CONTROL PRIMERO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÈXICO

Licenciado. MANUEL MORALES GIRON, agente del Ministerio Público adscrito a la fiscalía especializada en litigios oral, vengo en términos del presente escrito a formular la acusación en contra de Roxana Jiménez Ochoa, quienes obra en el delito de HOMICIDIO en términos de lo dispuesto en el artículo 335 del Código Nacional de Procedimientos Civiles. I. La individualización del o de los acusados y de su Defensor; Imputado: Roxana Jiménez Ochoa. Defensor: Daniela del Carmen Carmona Cedillo, con número de cedula 040482, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ya citado en la audiencia inicial debidamente registrado en la administración de este centro de justicia II.La identificación de la víc...


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