Práctica 3. Derechos reales limitados de goce cast PDF

Title Práctica 3. Derechos reales limitados de goce cast
Author SILVER FC
Course Propiedad y Derechos Reales
Institution Universitat Pompeu Fabra
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Seminario 3...


Description

PROPIEDAD Y DERECHOS REALES Grupo 1 CURSO 2018-2019 PRÁCTICA 3: DERECHOS REALES LIMITADOS DE GOCE INSTRUCCIONES Los estudiantes deben resolver la siguiente práctica con antelación a la sesión de seminario. Las respuestas no deberán entregarse por escrito con carácter previo a la sesión ni durante su desarrollo. En la sesión de seminario se formularán las preguntas de la práctica a varios estudiantes, elegidos de forma aleatoria. Puede ser útil, para preparar la práctica, leer los capítulos de un manual correspondientes los temas estudiados: DEL POZO, Pedro / VAQUER, Antoni / BOSCH, Esteve, Derecho Civil de Cataluña. Derechos Reales. Barcelona. Marcial Pons. 2018 (6a ed.) o bé PUIG FERRIOL, Lluís / ROCA TRIAS, Encarna, Institucions del Dret civil de Catalunya. Volum IV. Drets reals. València: Tirant lo blanch, 2007. CASO PRÁCTICO I En enero de 2009, Roberto, titular de un gran patrimonio inmobiliario, decide favorecer a Bruno, su hermano menor que está pasando por momentos económicos delicados. Por este motivo, le cede gratuitamente el usufructo de su piso de Sabadell sin fijar un plazo de duración. Bruno acepta y toma posesión del piso. Un tiempo más tarde, Bruno concede a Beatriz el derecho a utilizar el balcón de este piso en la fiesta mayor y firman un contrato. Actualmente (en febrero de 2019) todavía utiliza el piso de Sabadell, aunque Roberto le ha pedido que le devuelva la posesión ya que él lo necesita y la situación económica de hermano menor ha mejorado considerablemente. Además, resulta que ya hace más de un año aparecieron unas manchas de humedad y desde entonces Bruno reclama a Roberto su reparación. 1) ¿Debe marcharse Bruno del piso de Sabadell, ahora que su situación económica ha mejorado, tal y como reclama su hermano? 2) ¿A quién corresponde asumir el coste de la reparación de las humedades? ¿Por qué? 3) Bruno se plantea vender su derecho de usufructo a un tercero. ¿Lo podía hacer? ¿Con qué consecuencias? ¿Tendría algún derecho Roberto en caso de venta? 4) Podría, por su parte, Roberto vender el inmueble a un tercero. ¿Cómo afectaría esta venta a Bruno? 5) ¿Cómo calificarías el derecho real que se otorgó a favor de Beatriz? ¿Se constituyó correctamente? Por otro lado, después de la muerte de su madre, Roberto fue declarado heredero por designación testamentaria de todos sus bienes. Además, su padre y viudo de la madre recibió por idéntica vía el usufructo de todos sus bienes. 6) En relación con el dinero depositado en dos cuentas bancarias. ¿Qué derechos tiene el padre de Roberto respecto ese dinero? ¿Podría el padre disponer del mismo?

7) También había, entre estos bienes, una nave industrial. Roberto, actuando como propietario celebró hace un año un contrato de arrendamiento por una duración de 10 años con la sociedad limitada Big Space SL. Desde entonces, ha venido percibiendo el importe de las rentas (7.000 euros al mes). ¿Lo puede hacer? CASO PRÁCTICO II Elisa es propietaria de un solar edificable y quiere aprovecharlo. Como no tiene recursos financieros para construir, se pone en contacto con Carlos, un constructor y promotor inmobiliario. Carlos le prepara un proyecto del que resulta, de acuerdo con el planeamiento urbanístico, la posibilidad de construir dos locales de negocio y seis pisos en tres plantas. Carlos le cuenta que también sería posible construir en el subsuelo un espacio para aparcamiento de vehículos con una docena de plazas, pero la subedificación encarecería excesivamente el proyecto, haciéndolo menos rentable, y él no está interesado. Elisa propone a Carlos otorgarle el derecho de construir en su solar, permitiéndole hacer suyo lo que edifique por un período de 50 años a cambio del pago de un canon anual de 12.000 €. Al finalizar este periodo, la propiedad de los pisos revertiría a Elisa, pero no la de los locales, que quedarían en propiedad de quien fuera titular en ese momento. En el contrato se pactaría que la constructora tiene un plazo máximo de 4 años para construir el edificio. 1) ¿Qué derecho real podría constituir Elisa para articular esta operación jurídica y qué requisitos debería cumplir para constituir el derecho? 2) Si Carlos enajenase los pisos a terceros compradores, ¿quedarían estos (o los ulteriores causahabientes) afectados por el pacto de reversión? ¿Deberían ser indemnizados? 3) Si, una vez constituido el derecho, la promotora no pudiera terminar el edificio en el plazo de 4 años, ¿tendría Elisa la facultad de resolver el derecho del promotor por incumplimiento de la obligación de construir? En caso de no tener la facultad legal de resolver, ¿la podría pactar en el contrato? ¿Qué pasaría con lo que hubiera construido hasta entonces? Imagina que, en lugar de ser propietaria de un solar, Elisa fuera la propietaria de un edificio de una planta con dos locales comerciales. 4) ¿Podría Elisa ceder a Carlos el derecho a edificar dos plantas más, adquiriendo éste la propiedad indefinida sobre su construcción? ¿Cuál sería el derecho real que más se ajustaría a esta pretensión y cuáles son sus requisitos de constitución? 5) Una vez ejercido este derecho, ¿quién sería el propietario del suelo en el que está construido el edificio? 6) ¿Qué derecho real se podría reservar Elisa si más adelante quiere construir un espacio en el subsuelo destinado a aparcamientos, sin requerir el consentimiento de Carlos y adquiriendo la plena propiedad de la construcción?...


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