primer parcial de derecho penal 2 PDF

Title primer parcial de derecho penal 2
Course Derecho Penal II
Institution Universidad Siglo 21
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Warning: TT: undefined function: 2204/06/19 - 14:PregunCuervAS©Penal 2 – 1° Parcial1Click aqui para acceder al SIMULADOR1 El derecho penal sustantivo se divide en parte general y parte especial. ¿Desde una óptica material cuál es el contenido y la relación entre ambas partes?: La parte especial dete...


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04/06/19 - 14:04

PregunCuervAS© Penal 2

– 1° Parcial

Click aqui para acceder al SIMULADOR 1.1 El derecho penal sustantivo se divide en parte general y parte especial. ¿Desde una óptica material cuál es el contenido y la relación entre ambas partes?: La parte especial determina los tipos delictivos y establece las sanciones penales correspondiente mientras que la parte general contiene diversas disposiciones de carácter general cuya función primordial es siempre complementar aquellos tipos delictivos. 1.1.1. Contiene las reglas necesarias para aplicar la otra parte, son las regulaciones que puede ofrecer interés para la totalidad de los preceptos penales: Derecho Penal General 1.1.1. ¿A que hace referencia esta frase? ...Es la parte del Derecho Penal que contiene las reglas generales para aplicar la otra parte, son las regulaciones que puede ofrecer interés para la totalidad de los preceptos penales.: Derecho Penal Parte General 1.1.1. Contiene el catálogo de delitos, sus penas y sus principios especiales. ¿A qué hace referencia esta frase?: Derecho Penal Especial 1.1.3 ¿Cuál es la fuente constitucional del delito?: Los poderes delegados a la Nación 1.2.1. ¿Cuáles son los elementos estructurales que comprende el tipo?: 1) Conducta típica, 2) Sujeto3) Objeto4) Situación típica (modalidades de la acción) 1.2.1. Aquello de lo que se vale el sujeto activo para llevar a cabo la acción según el tipo respectivo. ¿A qué corresponde esta definición?: Medio 1.2.1. Es la unidad psico-corporal, cosa, valor social o económico sobre la que hace recaer físicamente la acción del sujeto activo. ¿A qué corresponde esta definición?: Objeto material 1.2.1. Es el agente quien realiza la conducta contenida en el tipo penal ¿A qué corresponde esta definición?: Sujeto Activo 1.2.1. Es el agente quien realiza el tipo ¿A qué corresponde esta definición?: Sujeto Activo 1.2.1. Las circunstancias que determina la punibilidad de la parte objetiva de ciertos tipos o condicionan su atenuación o agravamiento ¿A qué corresponde esta definición?: Modalidades de la acción (Denominada La situación típica) 1.2.1. ¿Qué podemos distinguir en el marco de la conducta típica?: Una parte subjetiva y una objetiva, y en algunos supuestos normativa 1.2.1 Los criterios de valor utilizados por el legislador en su plan político criminal, los cuales NO son perceptibles por medio de los sentidos. ¿A qué corresponde la definición?: Parte normativa. 1.2.1. ¿Cuáles son las grandes categorías de los delitos?: Contra bienes jurídicos individuales y colectivos. 1.3. ¿Qué elemento del delito encierra la esencia del principio de legalidad?: Tipo. 1.2. ¿Cuándo se consuma el delito de instigación?: Con la instigación misma 1.2. En la instigación, el instigador: Responde penalmente 1

2.1. Cuando la acción o el resultado típico constituyen el objetivo perseguido por el sujeto ¿A qué corresponde esta definición?: Dolo directo 2.1. Cuando abarca los resultados no queridos directamente por el autor, pero que aparecen unidos de modo necesario e ineludible al resultado comprendido en la intención del sujeto. ¿A qué corresponde esta definición?: Dolo indirecto 2.1. Cuando el sujeto que realiza la conducta conoce que probablemente se produzca el resultado típico y no deja de actuar por ello. ¿A qué corresponde esta definición?: Dolo eventual 2.1.1. Bajo el título "delitos contra las personas", el Código Penal protege: La vida y la integridad personal de la persona física. 2.1.1 El bien jurídico penalmente protegido por la norma que tipifica el delito de Homicidio es: La vida humana, desde el nacimiento con vida de una persona. 4.6.19 2.1.1. ¿Qué clase de vida protegen los delitos contra la vida?: Protección a la vida humana 2.1.1. El Derecho Penal protege la vida humana: Cuando su extinción es obra de terceros (28.5.19) 30.05 2.1.1. En los delitos contra la vida, no sólo es vida humana protegida penalmente la del ser orgánicamente desarrollado, sino también: La posibilidad natural o por medio del producto de la concepción de la mujer desde los primeros instantes, aunque no tenga por defecto, las condiciones necesarias para sobrevivir. 2.1.1. ¿Para la ley penal argentina desde qué momento la vida existe?: Desde el momento de la concepción en el seno materno. 2.1.2. En el capítulo de los delitos contra la vida ¿desde cuándo es protegida la vida?: Cuando la vida esté en el seno de la mujer, cualquiera sea el medio empleado para lograr la concepción. 2.1.1. La muerte para la ley es un concepto: Definido legalmente. 2.2.1 La figura del homicidio: Admite conducta de comisión, omisión u omisión impropia 2.1.1. El delito admite: Conducta de comisión, omisión u omisión impropia. 6.1.1. La posibilidad de que las personas jurídicas sean agentes activos de un delito ha sido denegada porque: Carece de voluntad propia, su personalidad solo existe y ha sido otorgada dentro del ámbito de las finalidades lícitas y además sería desconocer el principio de personalidad de la persona 2.2.1. Sujeto activo de un homicidio: Solo puede ser otro ser humano 1.1. El sujeto activo del delito de homicidio simple puede ser: Una persona de cualquier sexo que mate a otra persona de uno u otro sexo, sin ninguna vinculación con la víctima. 2.1.3. ¿Cuál es la influencia de la Ilustración en el derecho penal?: Influye en la elaboración del derecho penal de garantía 6.2.1. En la explicación de la relación de causalidad, la teoría de la causalidad adecuada propone que: No es causa toda condición. 2.2.1. ¿En cuál de los siguientes supuestos NO existe relación de causalidad entre la acción del agente y el resultado?: José hiere gravemente con un puñal a Juan, este es trasladado al hospital donde contrae un virus desconocido que luego de una semana lo mata

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2.2.1. ¿En cuál de los siguientes se ha roto el curso causal de la acción criminal cuyo resultado final fue la muerte?: La víctima es herida con arma de fuego, superficialmente en su hombro. Al ser intervenido indebidamente se produce su deceso por un síncope local para suturarle la lesión el muerto era enfermo grave del corazón 2.2.1 José, de 28 años de edad, decide matar a su amigo Carlos de 25 de años de edad, porque hace mucho tiempo le tiene envidia por su belleza, aceptación social e inteligencia. Para ello, lo va a visitar a su domicilio, se inicia una discusión entre ambos y finalmente José extrae de su cintura un cuchillo tipo carnicero, con el que le asesta una puñalada en el abdomen de Carlos, provocando su muerte inmediatamente. ¿En qué delito tipifica penalmente la conducta de José?: Homicidio simple 4.6.19 2.2.1. Eusebio, ha cumplido 23 años y sale de caravana con los amigos. Para probar ante sus amigos sus destrezas en el manejo comienza a conducir por encima de los 100 km/h, en Nueva Córdoba y siendo sábado por la noche, pasando los semáforos en rojo y menospreciando cualquier eventualidad trágica que imagina puede ocasionar. En la intersección de las calles Dámaso Larrañaga e Independencia atropella a una mujer causándole la muerte en forma inmediata. El antecedente es un caso de....: Homicidio simple 2.2.1. Un grupo de personas se reúne en un bar con el objeto de mirar un partido de fútbol. Tras culminar el partido, Pedro comienza a discutir con Pablo, un hincha del equipo contrario al suyo. En dicha discusión interviene Marcos y posteriormente Pedro, en su enojo, mata a Pablo. La conducta de Pedro encuadra en la figura de homicidio: Simple 2.2.1. Aníbal se quiere matar y a dichos efectos le pide a Carlos, su amigo de toda la vida, que le pegue un tiro. Carlos primero se resiste y luego en atención a los motivos que le expresa su amigo asiente a matarlo y así lo hace: Carlos responde por homicidio simple. 4.5.19 2.2.2 Pedro es contratado por Luisa para que dé muerte a su amante, a cambio pacta dicho encargo en el pago de la suma de $ 5000, el cual sera abonado una vez que materialice la muerte. Pedro en virtud de lo prometido, mata al amante con un certero disparo. Sin embargo, Luisa por no poder disponer de su dinero al verse afectada por el "corralito bancario", incumple con lo pactado, no entregandole la suma pactada a Pedro, que calificación le corresponde al hecho?: Homicidio Agravado por promesa remuneratoria 4.6.19 2.2.5. Un amigo le pega un tiro a otro por pedido de éste: Homicidio simple 2.1.1. El fundamento del agravante del homicidio calificado en razón del modo, cometido con alevosía, radica en que: El autor demuestra preordenación para actuar sin riesgos, de manera tal de asegurarse no ser repelido por la reacción de la víctima o terceros. 2.2.2. Mata con alevosía el que...: Preordena su conducta para matar sin peligro para su persona. 2.2.2. En este caso el autor prepara, preordena su conducta a los fines de cometer el homicidio, evitando poner en riesgo su integridad, su persona, neutralizando tanto la posible reacción de la víctima como de terceros. ¿A qué corresponde esta definición?: Homicidio cometido con alevosía. 2.2.2 En el agravante por alevosía se exige...: Que el agente preordene su actividad de modo que no surja riesgos o peligros graves en contra de su persona. 2.2.2. En la agravante de homicidio por pluralidad de agentes, es necesario que los agentes: Hayan preordenado sus conductas para matar en conjunto. (28.5.19) 30.5.19 2.2.2. Se califica el homicidio por el vínculo cuando se mata,: Al ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 2.2.5. El homicidio calificado en razón del vínculo entre el autor y la víctima se verifica cuando el sujeto activo...: Matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia; sabiendo que lo son. (En esta no dice ex cónyuge) 2.2.4. ¿Cuál es el elemento subjetivo del tipo en el parricidio?: Conocer el vínculo de parentesco.

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2.2.2. En cuál de los siguientes casos NO es aplicable la agravante por el vínculo (art.80 inc. 1): Luis, esposo de Carolina decide darle muerte, para ello ingresa a la vivienda que ambos compartían y aprovechando que Carolina dormía en el lecho matrimonial, le aplica una puñalada produciéndole la muerte. No obstante al quitar la sábana determina que la ocupante era la amiga de ésta, quien había llegado de visita y por lo tardío de la hora se quedó a dormir, cediéndole Carolina su cama 2.2.2 Rodrigo tiene 9 años y adolece de un importante retraso mental. Rodrigo constituye una carga para su único padre vivo y por este motivo él, decide eliminar al niño. Una madrugada mientras su hijo duerme y nadie lo ve, lo asfixia provocándole la muerte. El antecedente es un caso de: Homicidio calificado por alevosía y por el vínculo.Homicidio calificado por alevosía y al mismo tiempo se trata de un homicidio agravado por el vínculo en virtud de lo dispuesto por el art. 80 inc. 1... concurso ideal 2.2.2. Inés una joven de 21 años y de escasos recursos económicos, ha sido violada y fruto de ese acto ha engendrado un hijo. Si bien intenta interrumpir el embarazo no lo consigue por circunstancias diversas. En el embarazo es asistida solo por su madre y al momento del nacimiento, una vez que el niño se separó completamente del cuerpo de la madre, y ante el descuido de su asistente, lo asfixia hasta matarlo: Se trata de un caso de homicidio calificado por el vínculo. 2.2.2. En el homicidio agravado por el uso de veneno, ¿cuál es el fundamento del agravante?: Menor defensa de la víctima ante la insidia en el uso del veneno. 2.2.2. El agravamiento tiene su basamento en la crueldad, tanto objetiva como subjetiva, de la conducta del autor, que imprime a la víctima sufrimiento innecesario. ¿A qué corresponde esta definición?: Homicidio con ensañamiento. 2.2.2. El agravamiento tiene su basamento en que el autor deliberadamente somete a la víctima a sufrimientos físicos innecesarios, como por ejemplo....: Homicidio con ensañamiento. 2.2.2. Mata con ensañamiento el que: Somete a la víctima a sufrimiento físico innecesario. 2.2.2. Cuando el autor de abuso sexual mata a la víctima para que no lo denuncie comete: Un abuso sexual y un homicidio calificado en concurso real. 2.2.2. El homicidio se agrava al que matare para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito. ¿A qué corresponde esta definición?: Homicidio criminis causa. 2.2.2. Juan y Pedro deciden robar un comercio céntrico, al momento de perpetrar el hecho son sorprendidos por un policía quién al verlos intenta detenerlos. En ese preciso momento Pedro saca un arma y le dispara a la cabeza dos veces provocándole la muerte. Luego se dan a la fuga impunemente. El antecedente es un caso de: Robo y homicidio criminis causa.(concurso ideal. Causa final) 2.2.2. En un asalto al banco, uno de los ladrones mata al policía que se resiste en el lugar. ¿Concurre la agravante del art. 80 inc.7? Señale la opción que corresponde: Existe conexión ideológica de causa final porque el homicidio se produce para lograr el cometido que es el robo 2.2.2. Juan odia a los judíos, incluso en más de una oportunidad ha protagonizado incidentes con personas de este origen. En la mañana concurre a un gimnasio donde también asiste Samuel, quien precisamente es de origen judío, ambos no se conocen. Durante la clase de gimnasia Samuel se burla de Juan quien al finalizar la clase lo intercepta en el vestuario, le propina una golpiza y como corolario empleando una pesa de 2kg. le aplica un fuerte golpe en la nuca, que le produce a Samuel la muerte inmediata. ¿Cómo califica Ud. el hecho?: Homicidio simple. 2.2.2. Una pareja mantiene una relación sexual; en ella desarrollan un juego amoroso por el cual ambos se excitan al propinarle la mujer al hombre castigos corporales. Para ello emplea un látigo y su propia mano, infiriéndole en el rostro cachetadas. En el momento culminante de la relación, la mujer usando una navaja le infiere una herida

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profunda en el cuello que le produce al hombre su inmediata muerte. ¿Cómo califica Ud. el hecho?: Homicidio Simple. 2.2.3 Desde el punto de vista subjetivo, ¿Qué es el homicidio preterintencional?: Un homicidio con dolo de lesión. 2.2.3. Según esta definición: El que con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionarla. ¿Qué delito comete el autor?: Homicidio preterintencional 2.2.3 Para que se considere consumado un homicidio atenuado preterintencional, el Código Penal requiere que: El sujeto activo haya provocado la muerte de una persona, como resultado de una conducta realizada solo con la intención y voluntad de causarle un daño en el cuerpo o en la salud, mediante un medio que no debía razonablemente ocasionarle la muerte. 2.2.4. ¿Cuál es el efecto que causa la declaración de un homicidio atenuado en razón del vínculo?: No tiene efecto alguno 2.2.3 Producto de una discusión política, Pedro discute acaloradamente con Armando, hasta que decide golpearlo con un golpe de puño en la cara. A raiz del golpe, Armando tropieza con una silla y cae contra el suelo, sufriendo una lesión en su cabeza que termina produciendo su muerte. El presente es un caso de homicidio: Preterintencional 2.2.3. Producto de una discusión política, Pedro se pelea con Armando propiciándole golpes de puño, que primero le causan moretones en el cuerpo y luego cuando la lucha se enfurece más le acierta un golpe en la sien que lo termina matando. El antecedente es un caso de homicidio: Preterintencional. 2.2.3. ¿Cuál es la naturaleza del Homicidio en estado de Emoción Violenta?: Es una atenuación de la criminalidad. (28.05.19) 30.5.19 2.2.3. La emoción violenta como atenuante significa: Conmoción violenta del estado psíquico del autor producido por una ofensa de la víctima. 2.2.3. En el homicidio en estado de emoción violenta, el mismo debe responder a una causa ¿de qué origen?: Extraña al autor y eficiente. 2.2.2. El autor NO es arrastrado al delito por su voluntad, sino que la conducta de la víctima, que lesiona sus sentimientos, lo impulsa a cometer el delito dificultando el pleno dominio de sus acciones. ¿A qué corresponde esta definición?: Homicidio en estado de emoción violenta 4.6.19 2.2.5. El homicidio culposo se configura cuando se vincula la conducta con la muerte por: Negligencia, impericia, imprudencia, inobservancia de los deberes o reglamentos a su cargo 2.2.5. Es la culpa profesional. ¿A qué corresponde esta definición?: Impericia 2.2.6 ¿Para qué se considere ayuda al suicidio, qué es necesario?: Que se haya tentado o consumado el suicidio 2.2.6. La ayuda al suicidio es punible....: Cuando el suicido se ha tentado o consumado. 29.5.19 2.2.6 La ayuda al suicidio en qué consiste: La ayuda implica un modo material de intervención en el suicidio de otro implica actos de cooperación para que la persona que determinó suicidarse. Esta "ayuda" no incluye actos sobre el cuerpo de la víctima que impliquen acción de matar. Hace el nudo de la soga- pero no patea la silla (eso ya es homicidio) 2.2.6. En qué consiste la instigación al suicidio: Es un modo de intervención moral en el suicidio de otra persona, consiste, en el despliegue de actos que inducen a la víctima a suicidarse. La instigación requiere la determinación consciente y voluntaria de la víctima.

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2.2.6. En qué consiste la instigación al suicidio: En la intervención moral en el suicidio de otro. (28.5.19) 30.5.19 2.2.6. En qué consiste la instigación al suicidio: Consiste en el despliegue de actos que inducen a la víctima a suicidarse. 3.1.1. En el aborto se protege: Al feto dentro del seno materno concebido por medio artificial o natural 3.1 El resultado típico en el delito de aborto doloso consumado, consiste en: La muerte del feto, causada por la madre o por un tercero con o sin el consentimiento de ella, siendo indistinto el medio utilizado 3.1.1. Para que exista el delito de aborto: El feto debe debe morir , por culpa de la madre o tercero con o sin expulsion del seno materno ... 3.1.1. El aborto es la interrupción del embarazo de la mujer debido a la muerte del feto, causado por: La madre o un tercero 3.1.1. ¿Cuál de los siguientes profesionales NO está contemplado en la figura del aborto profesional punible?: Ninguna es correcta. (ej enfermera, practicante no están enunciados) 3.1.2. Lucrecia cuya edad es de 18 años, le paga a una curandera diplomada para que le realice un aborto lo cual así sucede, produciéndose posteriormente... ¿Qué delito cometió la curandera?: Aborto causado por un tercero con consentimiento (Art. 85 inc. 2) 4.6.19 3.1.2. El aborto preterintencional...: Solo puede ser causado por un tercero que tenía conocimiento del embarazo. 4.6.19 3.1.2. El tipo de aborto preterintencional, exige la concurrencia de un elemento subjetivo. Este es: El conocimiento del sujeto activo del embarazo de la mujer (28.05.19) 4.6.19 3.1.3. Una mujer médica discute con una amiga que está embarazada de un mes, lo sabe y pierde el embarazo...: Aborto preterintencional 3.1.2. ¿A qué hace referencia la siguiente definición? No es punible si fue realizado con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre, si este peligro no pudo ser evitado por otros medios menos dañosos: Aborto necesario o terapéutico. (28.5.19) 3.1.1. María tiene 16 años de edad, se ha enterado que está embarazada de tres meses y le ha contado a Rosa, su madre, la que decidió que María NO debe tener ese niño. A tal fin, Rosa llevó a María a la casa de una vecina del barrio, de nombre Ana, que se dedica a practicar abortos. Una vez en el domicilio de Ana, María comenzó a llorar e intentó escaparse pero tanto Ana como Rosa sujetaron a María de los brazos y la obligaron a recostarse sobre la camilla. Como consecuencia de las maniobras realizadas por Ana, resultó la muerte del feto. ¿En qué delito tipifica la conducta de Ana?: Aborto doloso causado por tercero, sin consentimiento de la víctima. 3.1.2. Juana decide practicarse un aborto, saca un turno y se interna en la clínica, ya en la sala es acostada en la camilla y se le aplica anestesia para poder así someterla al empleo de ...


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