T.P monografia dereche (Reparado) PDF

Title T.P monografia dereche (Reparado)
Author Lujan Nicolini
Course Derecho Administrativo
Institution Universidad Nacional de Mar del Plata
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UNIVERSIDAD NACIONALDE MAR DEL PALAFACULTAD DE CIANCIAS ECONOMICAS Y SOCIALEAS“BANCO CENTRAL, MARCO NORMATIVO, NATURALEZAJURIDICA”MONOGRAFIAALUMNO: MARIA LUJAN NICOLICNIPROFESOR : JULIO RUIZAÑO:INTRODUCCIONElegí este tema porque me llama la atención, también me parecía sumamente importante poder ver...


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UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PALA

FACULTAD DE CIANCIAS ECONOMICAS Y SOCIALEAS

“BANCO CENTRAL, MARCO NORMATIVO, NATURALEZA JURIDICA.FUNCIONES”

MONOGRAFIA

ALUMNO: MARIA LUJAN NICOLICNI

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PROFESOR : JULIO RUIZ AÑO:2020 INTRODUCCION Elegí este tema porque me llama la atención, también me parecía sumamente importante poder ver y descubrir mas sobre el banco central argentino. Hay muchos argentinos que sabemos que existe, pero muy pocos saben cuál es su función, para que sirve, cómo, cuándo y por qué se creo, por que tiene una relación con el poder ejecutivo, cual esa relación, por que se debe relacionar con el PEN y no ser un Ente independiente o autónomo. Todos estos cuestionamientos los voy a ir desarrollando a lo largo de este trabajo con información de distintos autores, economista, citando artículos de revistas, ect También es como un breve resumen del banco central muy interesante para aquellas personas que no saben para que existe el BCRA. Espero que les guste y les sea productivo.

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Desarrollo Comenzare en forma breve y a modo de introducción, a desarrollar mis cuestionamientos. Primero quiero hacer referencia a la relación que tiene el derecho administrativo con el banco central. Según las clases del doctor Perrillo puedo decir que el derecho administrativo es básicamente el derecho público. Según la teoría del interés que clasifica al derecho, en derecho público o privado. Podemos definir, que en el ámbito del derecho público tenemos como protagonista al ESTADO, y el Estado tiene un papel fundamental sobre el banco central, también el banco tiene una carta orgánica la cual tiene decretos y leyes que regulan sus funciones por lo cual tiene una relación con el derecho. También podemos mencionar Dr. Héctor AngelBenelbaz habla sobre el derecho bancario y menciona que: El derecho bancario es el derecho de las operaciones de banco y de los profesionales del comercio de banca, con principios propios para este tipo de negocios. La doctrina ha sostenido su carácter de derecho profesional y tiene reglas de origen y naturaleza diversa; reglas de derecho privado por esencia, más también reglas de derecho público y también gran parte de derecho económico. El derecho bancario sufre la influenciadelderechopúblico. La importancia del rol económico del sector bancario ha conducido al Estado a una intervención enérgica. (Conf. René Rodiére - Jean Louis RivesLange, en su libro "Droitbancaire" Ed. Dalloz - 1980, pág. 1). Como ya sabemos existe el banco central en argentina, pero ahora veamos por qué y cuando se creó. En 1890 se creó la Caja de Conversión mediante la ley 2241, la cual se encargaba de la emisión y circulación del Peso Moneda nacional con independencia del gobierno nacional, también se crea mediante la ley 2841 el Banco Nación que era el encargado de manejar la reserva de divisas. El motivo de la creación de ambos fue el estallido de la crisis bancaria de 1890-91 que ambos centralizan instrumentos y funciones. Pero cabe aclarar que por la falta de coordinación y las fluctuaciones del balance de pagos asociados a los inestables movimientos de capital y también el perfil productivo de nuestro país de esa época se encontraba vulnerado por los cambios del mercado mundial. Entonces en respuesta a mi pregunta si era necesaria la creación de un Banco Centra, diría que sí, porque en este contexto de inestabilidad monetaria y financiera, se necesitaba de un ENTE responsable del ordenamiento y control del sistema monetario y financiero del país. También la realidad es que a lo largo del tiempo los la mayoría de los estados han establecido para sí un banco central como respuesta a ciertas necesidades que aparecieron en el sistema bancario y financiero de su país. También podemos mencionar que una década más tarde, con el inicio de una crisis financiera internacional de 1929 el sistema monetario y financiero del país se encontraba definitivamente agotado. La economía abierta que adoptaba nuestro país fue sacudida. La idea del BCRA surgió como la forma de generar un organismo único que llevara a cabo las tareas que hasta entonces habían sido realizadas sin normativa alguna, en 1935 bajo el gobierno del presidente de facto Agustín P. Justo, mediante las leyes 12.155 a 12.1160 se crea el BCRA que combinaba las funciones del banco nación y la caja de conversión. Podemos observar que desde la creación del Banco Central de la República Argentina, hubo más de 60 normas relacionadas con su Carta Orgánica: tanto leyes como decretos y decretos-leyes. Estas normas tienen como finalidad la modificación parcial o total de la misma. Las cuales son:, decreto-ley 14.957/1946 (1946); ley 13.571 (1949); decreto-ley 14.570/1956 (1956); ley 20.539 (1973); ley 24.144 (1992); ley 25.562 (2002); y ley 26.739 (2012). A demás de la del 2019.

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Según su ley Nro.24144 el BCRA tiene una laCarta orgánicala que le asigna tal carácter. La cual está conformada por trece capítulos y sesenta artículos. Voy a mencionar solo, EL ART.1 de los capítulos del (1 al 4) que detallan la naturaleza y objeto del mismo, donde se refieren al banco central como una entidad autárquica del Estado, su misión primaria y fundamental es preservar el valor de la moneda, deberá desarrollar una política monetaria y financiera dirigida a salvaguardar las funciones del dinero como reserva de valor. En la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional. No podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionar, restringir o delegar sin autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación. Para explicar lo que significa una entidad autárquica cito al autor Gordillo el cual explica que la autarquía significa exclusivamente que un ente determinado tiene capacidad para administrarse a sí mismo; la “autonomía” agregaría a la característica anterior la capacidad para dictarse sus propias normas, dentro del marco normativo general dado por un ente superior. De tal manera, el Estado sería soberano, las provincias autónomas, y los municipios y demás entesdescentralizados autárquicos. Ahora quiero compartirles un breve resumen de esas reformas para ir viendo como fue cambiando las funciones del BCR, como fue o es la influencia del PEN y como los gobiernos impulsaban sus reformas a favor de ellos o no. siempre se encuentra opiniones sobre distintos autores a favor o en contra de esas reformas pero veamos lo que fue pasando en la argentina. Como ya dijimos BCRA cuando se creó en 1936 que tenía entre sus funciones la exclusividad en la emisión monetaria, la regulación de la cantidad de crédito, la acumulación de las reservas internacionales, el control del sistema bancario y desempeñarse como agente financiero del Estado. Se otorgó así a la autoridad monetaria de instrumentos que posibilitaron políticas anticíclicas, mantener el servicio de la deuda externa y llevar adelante “una política monetaria nacional”. Podemos observar que En 1946 se dispuso la nacionalización del BCRA y su capital se declaró como “patrimonio nacional’”. El objetivo del BCRA, plasmado en la Carta Orgánica, fue desde entonces “promover, orientar y realizar la política económica adecuada para mantener un alto grado de actividad, que procure el máximo empleo de los recursos disponibles y la expansión ordenada de la economía, con vistas al crecimiento de la riqueza nacional que permita elevar el nivel de vida de los habitantes de la Nación”. Una década más tarde, tras el default forzado de la deuda, dos hiperinflaciones (1989 y 1990) y un país sumergido en una grave crisis social, con un nuevo plan de reforma del Estado y ajuste ortodoxo radicalizó la política de liberalización iniciada en 1976 Luego vemos que En 1992, se reformó la Carta Orgánica del BCRA, para otorgarle el mandato único y excluyente de preservar el valor de la moneda. Con esta modificación vemos que acrecentó también la “independencia”, es decir, que el banquero central no se subordine a intereses de “la política” y esté dispuesto a sostener la rigidez monetaria, a pesar de los problemas que pueda causar en la producción y el empleo. Otras de las cosas que observamos es que tras el colapso de 2001, el BCRA recuperó la facultad de prestar al Tesoro Nacional, de financiar al sistema bancario e intervenir en la política cambiaria. Pero el objetivo único en la Carta Orgánica se sostuvo hasta 2012, cuando se restableció el mandato múltiple. El BCRA tiene por finalidad “promover, en la medida de sus facultades y en el

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marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social”. Es decir que, además de la estabilidad monetaria, se le incorporó el importante objetivo de promover la estabilidad financiera, que la experiencia internacional demostró sumamente necesario, y recuperó como misión el promover el empleo y el desarrollo económico, sumando el concepto de la equidad en la distribución de los beneficios de ese desarrollo. Desde diciembre de 2015, las autoridades del BCRA hicieron una eiségesis (implica una visión más subjetiva, más personal).de los objetivos e introdujeron como prioritaria la estabilidad de precios. Sin embargo, a pesar de esta “prioridad” autoimpuesta, la inflación bate récords mes a mes. También observamos que bajo una nueva extorsión del FMI que condiciona el arribo de fondos imponiendo reformas en el ordenamiento económico, el Ejecutivo envió al Congreso un nuevo proyecto de Carta Orgánica para volver a una redacción semejante a la que rigió entre 1992 y 2012. Y observamos que este proyecto limita, además, los controles sobre el sistema financiero, las operaciones cambiarias o de lavado de dinero, restringe vías de financiamiento del Tesoro Nacional y busca impedir que un futuro gobierno, en especial uno opositor al actual, intente un camino de desarrollo alternativo. Entonces decimos que este proyecto reabre el debate sobre la función de la autoridad monetaria y la necesidad de que un banco central sea protagonista en el desarrollo del país, rol que históricamente cumplió en todo el mundo pero que el neoliberalismo desplazó. A continuación vemos dos ejemplos de las reformas de los últimos años. Podemos mencionar de la reforma de la Carta Orgánica del BCRA de 2012, promulgada por la ex presidenta CRISTINA FERNANDEZ Señaló que «hay que ponerle definitivamente un fin a la convertibilidad, un BCRA que no esté reducido únicamente a preservar la estabilidad monetaria, sino que esté también preservando la estabilidad fiscal, la producción, lo que necesita la economía». «Debemos saber que el Banco Central debe estar en función de la economía real». Voy a mencionar algunas de las modificaciones, ya que son muchas, pero me gustaría que analicemos las siguientes: 1) Se pasa del objetivo único de preservar el valor de la moneda a un triple mandato. Con la reforma el art. 3: si bien el objetivo primario del banco central sigue siendo el de preservar el valor de la moneda, ahora se ve ampliado por el de “promover el empleo y el desarrollo económico con equidad social”. Resulta aún más llamativo que esos fines ahora se establezcan que se deben cumplir “en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional” y se elimine de la anterior redacción la prohibición de sujetar sus políticas monetaria y financiera a órdenes, indicaciones, o instrucciones del PEN. La reforma no solo subordina la actuación del banco a las directivas del PEN, sino que le adosa al banco funciones netamente propias del sector político: promover el empleo y el desarrollo económico con equidad social. Dichos objetivos son propios del PEN en políticas tomadas desde el ministerio de economía quizás, pero no de un banco central. 2) eliminar "resabios de la convertibilidad" 3) Procura modificar la obligación de mantener una relación entre la base monetaria y la cantidad de reservas internacionales. 4) Se establece en cambio que el Directorio de la institución deberá definir el nivel de reservas. Entre otras. Analizando toda la reforma podemos ver que la reforma significó un importante avance sobre la autonomía del banco central en uno de sus objetivos principales como es la estabilidad monetaria. Pero cabe aclarar que esto no significa que el ente sea totalmente independiente del gobierno y de su política económica. Se habla en economía de una necesaria coordinación pero respetando siempre la [Escribir texto]

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autarquía. Entre otras, Pero sin duda llama la atención, Podemos mencionar de la reforma de la Carta Orgánica del BCRA de 2019 promulgada por el ex presidente de la Nación Mauricio Mari-El objetivo principal de la reforma, es “fortalecer la credibilidad del BCRA, aumentando su independencia, para que se convierta en un pilar institucional de largo plazo” Antes quiero citar un articulo de Alfredo T. García donde dice ¿independiente de quién? Sin duda, el objetivo es que sea independiente del gobierno de turno, electo por la ciudadanía. Esto plantea una contradicción entre esa independencia y los planes de las autoridades surgidas de las urnas. No obstante, no será independiente de los condicionamientos del Fondo Monetario Internacional, como se ha comprobado a lo largo de los últimos meses. Ya que La condicionalidad número 9 del acuerdo con el FMI obliga al gobierno a presentar un nuevo proyecto de ley para la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central para “establecer la estabilidad de precios como el primero y fundamental mandato del BCRA”. Ahora s, Los puntos clave del proyecto son: -“el establecimiento de un mandato múltiple, pero priorizado, enfocado en la misión primaria y fundamental de preservar la estabilidad de precios. Adicionalmente, como mandatos secundarios, el BCRA deberá promover el crecimiento económico sostenido y contribuir a la estabilidad financiera”. -También “el establecimiento de reglas específicas para preservar la autonomía personal de los funcionarios a cargo del BCRA y asegurar que las decisiones que se tomen en el organismo se realicen con total independencia. Esto incluye la necesidad de acuerdo del Senado para el nombramiento y remoción de los miembros de su directorio”. -Además, apunta a “la eliminación de la posibilidad de que el BCRA financie al Tesoro” y “la eliminación de la posibilidad de utilizar las reservas para el pago de deuda pública”.

Podemos decir según el “artículo de la revista los economistas Por Héctor Rubini” que la reforma presenta aportes para consolidar cierta autonomía del BCRA, pero con relación al rol clave de contribuir a la estabilidad de precios, no elimina la influencia del Ejecutivo sobre la entidad, ni desaparece la emisión de Leliq ni la remuneración de encajes. Para quienes estén a favor de un banco central intervencionista, la reforma no será digerible. Pero para los que prefieren un banco central limitado a preservar sólo la estabilidad de precios, suena a una reforma “con sabor a muy poco”. Entre ambas posturas extremas, habrá una variedad de opiniones y debates. Por ultimo quiero exponer, si es necesario que el banco tenga una relación con el gobierno electoral de turno? por otro lado, ¿por qué el bcra no es autónomo ? O que tipo de autonomía debería tener frente a un gobierno? Por mis investigaciones puedo decir que larelación de los bancos centrales con el gobierno es un tema recurrente en la opinión pública. Varios académicos descubrieron cierta vinculación entre la independencia de los bancos centrales y el comportamiento inflacionario. Cabe mencionar que en Argentina el comportamiento de la inflación, también fue producto de la inestabilidad de gobiernos. Podemos mencionar lo que decía David Ricardo en los inicios del siglo XIX. El concibió la autoridad monetaria como independiente del gobierno, "una banca libre podía ser fuente de problemas, pero un banco emisor en manos del gobierno causaría, con seguridad, mayores". Sin embargo, creía en [Escribir texto]

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la necesidad de someterla a reglas precisas. También tenemos la opinión de Prebisch (1932),cuando afirmaba que “no se concibe un banco central manejado por gobiernos” Cukierman (1996) explica que los incentivos para la expansión monetaria residen en el deseo de los gobiernos de lograr objetivos en el corto plazo, tales como las bajas tasas de interés, un alto nivel de actividad económica y empleo. Ect por eso podemos decir que estos incentivos para la expansión Monetaria son deseos de los gobiernos para obtener beneficio a corto plazo, provocando una inflación. Y esta inflación Puede ser evitada o disminuida si se delega la política monetaria al BCRAque es el que tiene libertad de elegir la política monetaria y a quien le importa única o principalmente la estabilidad de precios. Podemos agregar, tal como dice Carlos Gerscovich, hay además una función descollante para los países con inflación crónica y graves desequilibrios internos y externos, y es la de salvaguardar la estabilidad monetaria. A través de una política monetaria, de emisión y regulación de la moneda, el Banco central logra la estabilidad de precios. “Sin un banco central con facultad de emitir moneda, una nación no puede suavizar su ciclo económico ni sus crisis monetarias ni bancarias y está condenada a su desaparición”. Mediciones del grado de independencia legal EN ARGENTNA el nivel de independencia legal del BCRA se mantuvo en un rango bajo y constante entre 19561992, año en el cual se sancionó la ley 24.144 que estableció significativos cambios en la carta orgánica del BCRA, lo cual llevó al Banco Central a un nivel de independencia legal del 0,91. Diez años más tarde, en 2002, decreció nuevamente hasta 0,59 y, finalmente, en el año 2012 comenzó el último período con un nivel de independencia legal que mantiene hasta la actualidad, de 0,43. Es decir, vuelve al valor previo a la reforma de 1992. Con su relacion a la inflacin Pero no se debe dejar de tener en cuenta la observación. Podría significar que un bajo nivel de independencia legal no necesariamente contribuye a una alta tasa de inflación, pero un alto nivel de independencia sí contribuye a una baja tasa de inflación en la historia argentina hubo un intenso proceso de aprendizaje del uso (y abuso) del dinero y de las instituciones monetarias. Este razonamiento quizás puede explicarnos el porqué de una inflación que fue creciendo década a década.

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CONCLUSION Con estas definiciones podemos llegar a la conclusión sobre la importancia de la banca central y las políticas que ésta adopte ya sea como Ente independiente pero además en coordinación con las decisiones políticas de los gobernantes. Es necesario tener un banco central porque frente a crisis monetarias logra la estabilidad de precios, con una política monetaria de emisión y regulación de la moneda y así una nación en una crisis monetaria no tendería a desaparecer. También es importante destacar que en la mayoría de los países, el grado de independencia del banco central está determinado por su carta orgánica pero también por otros factores tales como personalidades o alianzas con el sector público que ocurren por fuera de las instituciones. En Argentina hay mucha corrupción y diferencias políticas, lo que llevaron a lo largo de su historia a ir modificando la carta orgánica del bcra, a veces a favor de sus objetivos políticos y en otras a favor de la nación o ambas. Para mi, es muy importante la autarquía del banco central, que pueda el mismo crear sus políticas monetarias para reservar la moneda nacional y evitar devaluación de la misma y en consecuencia inflaciones. Como dice Gordillo. el ente determinado tiene capacidad para administrarse a sí mismo; la “autonomía” o Independencia agregaría la capacidad para dictarse sus propias normas, dentro del marco normativo general dado por un ENTE SUPERIOR. Por eso creo que es necesario que este bajo la normativa del congreso nacional.

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