Trabajo Comercial - ensayo PDF

Title Trabajo Comercial - ensayo
Author Juan Carlos
Course Derecho internacional público y privado
Institution Universidad Cooperativa de Colombia
Pages 2
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Summary

JOHN WALKOVSZKY, RESPONDENT, V. WILLIAMCARLTON.En este caso enviado para lectura y análisis en derecho comparado, entre el sistemajurídico EEUU, vs el sistema colombiano.Para realizar un resumen de los hechos, el señor John Walkovszky, demandante fueherido por un taxi propiedad de una corporación pr...


Description

JOHN WALKOVSZKY, RESPONDENT, V. WILLIAM CARLTON. En este caso enviado para lectura y análisis en derecho comparado, entre el sistema jurídico EEUU, vs el sistema colombiano. Para realizar un resumen de los hechos, el señor John Walkovszky, demandante fue herido por un taxi propiedad de una corporación propiedad del acusado, William Carlton, motivo por el cual el afectado utilizo argumentos para obtener una reparación por a las lesiones, por parte del dueño de las corporaciones, quien valiéndose de el cumplimento del mínimo de requisitos, puso a trabajar una flota de vehículos en diferentes corporaciones que solo tenían un mínimo de $10.000, dólares ante cualquier eventualidad que se presentara, el señor carlton no viera afectado si no los seguros, pues hasta los vehículos se encontraban pignorados a los bancos y serian inembargables, el demandante siempre intento demostrar que el individuo, usó su control de la corporación para beneficio personal. El señor carlton demandado era accionista en diez corporaciones separadas cada corporación tiene dos taxis. Un accionista único para múltiples corporaciones es una práctica común para muchos de negocios, sobre todo los que tiene que ver con transporte en este caso cada taxi tiene una cobertura de seguro de solo $ 10,000, que es el mínimo legal.

El demandante sostiene que el Demandado estaba actuando de manera irregular al actuar cada corporación por separado, cuando en realidad es un negocio de gran tamaño. En esta sentencia americana el problema jurídico es si el señor cartlon puede ser considerado personalmente responsable de las lesiones sufridas por el demandante. El señor Walkovszky argumentó que las corporaciones estaban su capitalizadas y que la entidad corporativa se usaba claramente para simplemente escapar de la responsabilidad, el uso del seguro con la cantidad mínima legal, tenía la intención de justificar cualquier relación con las otras corporaciones de taxis del mimo propietario y en caso tener un accidente donde la reclamación, superara el monto de los 10000 dólares, el no perdiera ningún capital, pues él era consciente del riesgo que se corría al tener taxis trabajando 24 horas. el demandante quería que el estado le retirara la protección empresarial y a si pudiera obligar al señor cartlon a responder con el capital de las demás corporaciones, por los daños causados por uno de sus taxis, terminado con la conclusión del sistema americano que el señor clartlon debería responder con el capital total, en vista que estaba ocultando de manera fraudulenta sus propiedades para evadir responsabilidades.

Al realizar la comparación con el derecho comercial colombiano el permitir que los socios o accionistas de una sociedad respondan directamente con su patrimonio por las acreencias de la persona jurídica con la teoría del levantamiento del velo corporativo. Diversas disposiciones legales regulan excepciones a la regla de la limitación de responsabilidad, conceptos de persona jurídica y sociedad, sostiene que el principio de No abuso del Derecho es pilar suficiente para soportar la teoría del levantamiento del velo corporativo en el derecho societario colombiano además de la necesidad de dotar de los principios de publicidad y transparencia a los actos. De conformidad con el artículo 98 del Código de Comercio, una vez que la sociedad se constituye de debida forma, ésta genera una persona jurídica distinta a los socios considerados de manera individual. De igual forma, el artículo 71 de la ley 222 de 19952 le otorga personería jurídica a la empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil, como lo hace el artículo 2º de la ley 1258 de 2008, en el caso de la Sociedad por Acciones Simplificadas. Esta limitación de responsabilidad dio pie a que, a partir de la vigencia del Código de Comercio, se hubiera acudido a la figura societaria de manera artificial o simulada con el fin de escudarse en ese efecto y manejar los imponderables derivados de las actividades mercantiles, de suyo inciertas. Esta circunstancia generó muchas discusiones en torno a la regularidad del contrato por un eventual vicio que afectara su validez y que estaba ligado a la ilicitud en su causa o en su objeto. En el artículo 333 de la Constitución Política, nos sirve para recordar que la actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común, el cual se asegura o protege cuando se evita que las relaciones de interdependencia o control entre empresas puedan terminar en conductas antijurídicas que atenten contra el interés de terceros. La responsabilidad de los socios a los eventos de culpa, en todas las demás hipótesis de levantamiento del velo bajo el supuesto de que los bienes sociales sean insuficientes para cancelarlas, el legislador había optado por aplicar los criterios de Fraude, intención, conducta conscientemente dirigida a causar daño a un tercero. Abuso del derecho, es decir, del ejercicio de prerrogativas tales como la facultad de voto en órganos sociales con fines maliciosos o ajenos a la moral....


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