CASO 3 VOCACION/DELACIÓN TESTAMENTARIA PDF

Title CASO 3 VOCACION/DELACIÓN TESTAMENTARIA
Author MICHELL INFANTE ARBOLEDA
Course Derecho Civil V
Institution Universidad de La Laguna
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Summary

Marcos murió el 3 de marzo de 2019 en Santa Cruz de Tenerife; había otorgado
testamento abierto notarial el 2 de febrero de 2010 en el que había legado a su esposa Lidia en pago
de su legítima el usufructo del tercio de mejora de su herencia, y había instituido como heredero
univer...


Description

DERECHO CIVIL V. CURSO 2020-2021. GRUPO 3 CASO PRÁCTICO NÚMERO 3 TEMA 2: VOCACION/DELACIÓN TESTAMENTARIA FECHA: 04-11-2021 LUGAR: AULA VIRTUAL Y AULA DEL CURSO SUPUESTO 1-.Marcos murió el 3 de marzo de 2019 en Santa Cruz de Tenerife; había otorgado testamento abierto notarial el 2 de febrero de 2010 en el que había legado a su esposa Lidia en pago de su legítima el usufructo del tercio de mejora de su herencia, y había instituido como heredero universal de su herencia a su hijo Bautista. Bautista falleció el día 1 de julio de 2018, aunque deja dos hijos menores de edad, nietos de Marcos: Ana y Vicente. Lidia se pregunta ahora si debe abrirse la sucesión intestada para que hereden sus nietos Ana y Vicente. SUPUESTO 2.-D. Pedro G. B. otorgó testamento el 20 de abril de 2002 en el que lega, a su cónyuge doña Eulalia G. G. el usufructo universal de su herencia y a su hijo don Pedro María el 20% de su herencia, instituyendo herederos en el resto de su herencia, por partes iguales, a sus tres hijos don Pedro María (con dos hijos menores: Juan y Antonio), doña María Teresa y doña María Begoña. D. Pedro GB muere el 3 de marzo de 2014, sobreviviéndole sus aludidos cónyuge (Eulalia) y dos de sus hijos (María Teresa y María Begoña), y siendo el último testamento válido otorgado el ya referido de 20 de abril de 2002. Relaciona los interesados en la herencia con ius delationis y sus respectivas porciones hereditarias. ¿Si no existieran hijos de Pedro María la respuesta cambiaría? SUPUESTO 3.-El día 2 de enero de 2011 fallece en su domicilio de Sc de Tenerife D. Zacarías, de 78 años de edad. Sobreviven a Zacarías su esposa Marina, de 71 años., y dos hijos fruto del matrimonio (Fermín –que cuenta a su vez con dos hijos: Néstor y Manuel-- y Eulalia –sin cónyuge ni descendientes-) y dos nietos (José y Ana), hijos de una hija (Julia) premuerta del matrimonio. Zacarías no había otorgado testamento. Fermín a su vez falleció el 5 de marzo de 2011 sin haber aceptado formalmente la herencia, aunque dejó testamento en el que cede a sus hijos todo aquello que en la herencia de Zacarías pudiera corresponderle Debemos decir además que Eulalia había tenido en los últimos años duros enfrentamientos con su padre, hasta tal punto que habían mediado algunas denuncias del padre por agresiones que había sufrido por parte de su hija, aunque lo cierto es que tales denuncias fueron retiradas siempre sin haber llegado a concluir en un proceso penal. Relaciona los interesados en la herencia con ius delationis y sus respectivas porciones hereditarias. Supongamos después de contestar a la respuesta anterior que las denuncias por agresión han terminado en una sentencia penal condenatoria para Eulalia, por malos tratos reiterados y graves hacia su padre. ¿cambia algo la respuesta? SUPUESTO 4.-Domingo legó en testamento otorgado el día 2 de abril de 2011 a Juan y a Pedro, hijos del testador, y a Miguel, primo del también del testador, el tercio de libre disposición de su herencia " a cada uno una tercera parte de dicho tercio". Además deja a sus referidos hijos Juan y Pedro, y también a Ana y a Marta, lo que por legítima les corresponda. Pedro (quien tiene dos hijos: Laura y Marcos) repudia la herencia, aceptándola los otros interesados. Domingo muere el 4 de febrero de 2019. Relaciona los interesados en la herencia con ius delationis y sus respectivas porciones hereditarias....


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