Derecho minero historia PDF

Title Derecho minero historia
Author daniel bustamante
Course Derecho
Institution Universidad Mayor de San Andrés
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derecho minero, su historia...


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DERECHO MINERO 1. EVOLUCION DEL DERECHO MINERO La pregunta seria: Desde cuando se habrá regulado la actividad minera? ¿Cuando apareció la primera norma? el derecho hasta que no sea un problema social no lo va a regular, por esa razón el derecho minero a realizado actividades, pero el derecho minero no nació junto a las actividades mineras , eje- en la cueva de león allá extraían minerales pero no había un derecho que los regule. Hemos visto que la actividad minera se ha realizado desde el paleolítico En EGIPTO, ARABIA, ASIRIA, explotaban hierro, plata, cobre oro y gemas preciosas, pero le pertenecían al soberano. en ese tiempo las religión y el derecho estaban unidos y no se diferenciaba si era pecado o delito En GRECIA aparece lo que llamamos el SISTEMA REGALISTA sobre la propiedad minera la primera legislación mas solida se vio en Grecia aparece el sistemas realista que aun lo tenemos hoy en dia, quien debería tener el derecho a la propiedad de las minas. el estado es el dueño de las minas pero se los entregaba a ciertos particulares para que queelos exploten los minerales y les paguen con regalías. En ROMA en el imperio el emperador creo la COMMAS METALLORUM el derecho romano se divide en 3 periodos que son, reinado, monarquía, republica imperio, en la tercera época de imperio aparece una norma que se llama commasmetallorum, ern unos funcionarios del soberano del emperador cobraba los tributos con respecto a la explotación minera. Roma invade a los griegos los somete y roba todas sus instituciones jurídicas, roban los conocimientos de los intelectuales. En ESPAÑA existía el ORDENAMIENTO DE ALCALÁ en 1559 que era una legislación que se dedicaba regular la legislación minera como en todos los pueblos las mimas eran propiedad de la realeza,

En ESPAÑA aparece el padre de la minería el rey Felipe segundo también llamado el padre del derecho minero, es el primero que redacto una ley minera mediante de las ordenazas de balladorit en 1559 En plena COLONIA se aplicaba las leyes Españolas. ¿Cómo nos influyó el Derecho Minero Español? en la colonia el rey carlos tercero en 178… llegan a ser las normas más importantes esas ordenanzas eran la base para que hoy en dia tengamos nuestro derecho minero, esas ordenanzas de España que se aplicaban a este nuevo mundo en tiempo de la conquista como se movía la minería en Europa.

2. TIPOS DE DERECHOS MINEROS que heredamos de ellos 2.1 DERECHO GERMANICOcuando roma fue invadida por las tribus barbaras entre esas tribus, visigodos, mongólicos y uno eran los germanos, ya habían desarrollado la legislación minera en la edad media, crearon la teoría ocupasionista, significa el primero que encuentra la mina es el propietario no diferencia el suelo y el subsuelono había diferencia.se tenía que distinguir que era la propiedad privada y la propiedad del estado, su unidad de medida cuanto podía medir la pertenecía minera los germanos hacen aparecer pertenecía minera es una extensión superficial autorizada por el estado para relizar actividades mineras 2.2 DERECHO FRANCES en 1789 cambia todo el sistema adoptan el sistema regalista en 1791 da el derecho minero francés 3 aspectos 1difeencian entre el suelo y sub suelo, 2- el propietario de los riquezas minerales es el estado. 3- la explotación de las minas deben hacerlo los particulares no es estado y los particulares deben pagarle regalías su tributo

2.3 DERECHO ANGLOMERICANO nos explica el sistemas de la accesión es forma de adquirir la propiedad, tu terreno de forma natural puede crecer, y el estado. como no es propietario lo que hace simplemente regula y fiscaliza la actividad el más grande aporte es que crearon normas de seguridad industrial. 3. EVOLUCION DEL DERECHO MINERO BOLIVIANO La clasificación que vamos a tomar obedece al Dr. Isaías Pacheco Jiménez mejorado por el Dr. Marcelo Rodrigo Montaño de la Fuente, estos profesores señalan que hubieron 4 periodos en Bolivia, pero con la Nueva Ley se puede considerar que son 5.

Con ellos aprendimos que la CONCESION MINERA se reemplazo por el C.A.M. 1er. PERIODO Se origina en el Incario, todo era del Inca, los curacas y gobernadores le enviaban el oro y las ofrendas al Sol y para el uso de la nobleza. Los curacas rendía cuentas al inca y le entregaba todo el oro que se había recolectaba había 4 curacas en los 4 suyos.

a. plata (cifras: valor en peso de plata ensayada y marcada); b. oro (cifras: valor en peso de oro fino ensayado y marcado de 22,5 quilatas); c. sal b. Con Huayna Kapac la civilización inca alcanzo su mayor apogeo por eso el Rey Español Felipe II promulgo la LEY DE LAS MINAS en 1559 para las colonias españolas de América Latina. 2do. PERIODO En plena conquista de España y Portugal ya que encontraron oro y plata encontraron la necesidad de implementar normas. Desde Sucre antes Ciudad de la Plata fue el Virrey Francisco Alvares de Toledo que emano su ORDENANZA 1574, para muchos fue el gran tirano a imponer la MITA, asimismo ordenar la muerte de TUPAC AMARU.

la mita es es sinónimo de esclavismo

Ejecución del inca Túpac Amaru I Ejecución del inca Túpac Amaru I, según un dibujo de Guaman Poma de Ayala.

El 24 de agosto de 1556, el anterior gobernador provisorio del Perú y presidente de la Real Audiencia de Lima, Lope García de Castro, había firmado con el tercer Inca de Vilcabamba, Titu Cusi Yupanqui, el Tratado de Acobamba que acordó la paz entre la corona de Castilla y el reino de Vilcabamba. El rey Felipe II aprobó el acuerdo el 2 de enero de 1569. Pero el repentino fallecimiento del inca Titu Cusi en 1570, probablemente a causa de una pulmonía, fue fatal para los misioneros agustinos que se establecieron en Vilcabamba tras el tratado y que en su afán de ayudar al inca para sanarlo, le dieron brebajes que los vilcabambinos pensaron era veneno. Los incas culparon al misionero Diego Ortiz, quien fue torturado y ajusticiado. La misma suerte corrieron los españoles y mestizos que se encontraban en Vilcabamba. Las hostilidades entre españoles e incas comenzaron nuevamente. La élite buscó un sucesor y fue así que su medio hermano Túpac Amaru empuñó el cetro y se ciñó la mascapaycha a comienzos de 1571. Los españoles, desconociendo la muerte del anterior inca, habían enviado rutinariamente dos embajadores para continuar con las negociaciones en curso. El último de ellos fue el conquistador Atilano de Anaya quien, tras cruzar el puente de Chuquichaca, fue capturado y ejecutado junto con su escolta por el general inca Curi Paucar.21 El crimen fue anoticiado por el cura de Amaibamba al virrey Francisco Álvarez de Toledo quien, el 14 de abril de 1572, declaró la guerra al inca de Vilcabamba basando su proceder en la ruptura del acuerdo de paz y en que el inca no había respetado "la inviolable ley de todas las naciones del mundo: el respeto a los embajadores". Decidido a terminar con ese foco de latente hostilidad, organizó secretamente un ejército que salió de Cuzco bajo el mando de los capitanes Martín Hurtado de Arbieto y Juan Álvarez Maldonado al que se le sumó la tribu de los cañaris, enemigos de los incas. Después de una dura lucha con las fuerzas del inca, los españoles ocuparon Vilcabamba, siendo al capitán Martín García de Loyola a quien le correspondió el honor de capturar a Túpac Amaru, cuando huía con sus mujeres e hijos. El joven inca fue llevado a Cuzco y se le inició proceso por orden de Álvarez de Toledo. Se le acusó de rechazar las ofertas de paz, matar a los españoles enviados para negociarla y de ser rebelde y traidor, además de preparar una insurrección general. Fue condenado a muerte, lo que provocó numerosas peticiones de clemencia, tanto de notables indios como de españoles, civiles y religiosos, a las que el virrey no quiso atender. La sentencia se cumplió en la Plaza Mayor del Cuzco, ante una multitud que lloró la muerte del inca, el 22 o 23 de septiembre de 1572. El 24 de septiembre de 1572, el virrey español escribía al rey Felipe lo que vuestra majestad manda acerca del Inga, se ha hecho22 La cabeza del inca fue colocada en una picota, pero cuando la gente empezó a rendirle culto y a creer que la cabeza del inca no se deterioraba, el virrey ordenó que la retiraran. No contento con todo esto, el virrey persiguió a los miembros de la familia imperial cuzqueña para evitar cualquier asomo de reivindicación incásica. Así ordenó el destierro de sus miembros, el que incluyó al propio hijo de Túpac Amaru, que contaba con tan sólo tres años de edad, y los envió a México, Chile y Panamá, aunque posteriormente les permitió su regreso al Perú. Los incas rebeldes extendieron luego el mito del virrey como un gobernante virreinal sanguinario, cruel y detestable, frente a la juventud, inocencia y timidez del último descendiente de los reyes incas. El Inca Garcilaso de la Vega, años más tarde, se encargó de amplificar y difundir esta imagen. En realidad, Álvarez de Toledo creyó estar cumpliendo su deber de gobernante y por eso actuó sin remordimientos de conciencia. Este virrey como se señala impuso la MITA

Esta ORDENANZA del Virrey Toledo, fue modificada por la ORDENANZA DEL PERU de 1593 y otras modificaciones, sin embargo todos estos documentos forman parte de las COMPILACION DE LA LEYES DE LAS INDIAS. Leyes de Indias es la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular la vida social, política y económica entre los pobladores de la parte americana de la Monarquía Hispánica

Entre los 4 tomos tenían 9 libros, el libro 4 estaba regulando la actividad minera tenia reglas 1ra - el indio debía trabajar de sol a sol. 2do- de todas las regalías obtenidas por la mita una quinta parte era para el rey, las minas eran propiedad de la corona. 3ra el indio que encontraba una mina seria tratado como español. las minas despobladas o desiertas podrían ser entregadas a quien las denuncie.

3er. PERIODO Se promulgo el Código de Minería de 1834 el 13/11/1834, los primeros años desde la fundación fueron difíciles, porque debido a la guerra de la independencia no había quien trabaje en las minas Se mantuvo la figura del despueble- consistía en que alguien dejaba una mina de trabajarla por 4 meces la mina seria de quien la encuentre.ni aun así se logró reactivar la minería esa ley de 1834 solo estuvo vigente 2 años por que se dieron cuenta que nuestra legislación estaba incompleta y vuelven a aplicar las leyes de España. Después nos dan Este Código tuvo vigencia solamente 2 años y se dan cuenta que era ineficaz Se volvió a poner en vigencia las ordenanzas. Luego se creó el Código de Minería del 28/10/1852 de aquí en adelante empezamos a crear nuestras propias normas en materia minera, el pecado que cometió este código era que no diferencia los hidrocarburos con los minerales y el 21 de septiembre 1916 se descubre Camiri y se descubre al petróleo era o un hidrocarburo

Transcripción Audio 7 Minero Tras revisar la evolución del derecho minero, donde aparece y cuando se regula,en Egipto, Grecia, Roma, algunos sistemas de propiedad franceses y anglo americanos, existen cinco períodos en la historia, vimos el tema del incario en el primer período,el segundo período de 1574 a 1834.En el tercer periodo, vemos el Código de Minería de 1852, que mezclaba los términos y consideraba el petróleo como mineral líquido.  4to. Período. - En el cuarto período, se promulga el Código de Minería de 1980 y en este código se diferencia el sueño y el subsuelo como en los otros, se aplica el Principio de la Indivisibilidad de las minas, significa que una persona podía tener minas en distintos lugares, pero se tomaba todas

esas como una sola mina. En ese código al mismo tiempo de da una unidad de medida, la mina ya no es como antes, pues ahora están delimitadas con medida, Perpetuidad, cuando un sujeto solicitaba la explotación de una mina, esa concesión era de por vida, habían hectáreas eran como tubos cuadrados, no se podía pagar anualmente una mina, ni heredarlo.



El 8 de julio de 1913,por resolución suprema se aprueba la compilación de minas, y con ese compilado las leyes mineras y dura 25 años , donde aparece con René Barrientos Ortuño, se impone un nuevo código de minería, se lo eleva a rango de ley en 1991, desde el 91 al 97 y luego al 2014 hay más cambios. Ese año era un decreto supremo, pero se elevó a rango de ley. Clasificaba sustancias metálicas y no metálicas, diferencia minerales de hidrocarburos, se toma en cuenta piedras calizas y materiales considerados yacimiento, estos son sujetos a explotación, también prevé accidentes de trabajo, el año 1965 el presidente Barrientos da un código de minería en formato de decreto supremo, con una medida de pertenencia minera, eso es lo vital en comparación con las otras leyes, está se medía como una pirámide invertida, con base en cuatro lados que terminan en un punto, media 100 metros a cada lado. Una vez con la ley más completa aparece el 17 de marzo de 1997, la Ley N ⁰1777, que mantenía la distinción de suelo y subsuelo, introduce procedimientos administrativos rápidos que resuelven la sobre posición de cuadrículas, se añade el concepto de desarrollo sostenible y medio ambientey a diferencia de la ley del 91, cambia la pertenencia minera como unidad, cambia el nombre a cuadrícula minera, midiendo cada lado 500 metros a cada lado, por tanto es una diferencia abismal con la otra ley, también aparecen los contratos de riesgo compartido y aparece la Gaceta Oficial Minera, donde se publica las normas de la materia. 5to. Periodo. - En el quinto periodo aparece la constitución de 2009, la cual rompe concesiones mineras de antiguas leyes, para conseguir derechos mineros solo de puede hacer un Contrato Administrativo Minero (CAM) o mediante una licencia, aparecen las Autorizaciones Transitorias Especiales(ATE's) otorgadas transitoriamente por el Estado, todo bajo el decreto supremo70026 de 2010, que es el encargado de regular el sector minero hasta la nueva ley Minería en 2014, siendo que ahora, desde esa ley se habla solo de contratos o licencias, mientras las ATE's solo fungieron en el período de 2009 a 2014, en este quinto período la constitución política de 2009 en la octava disposición transitoria en su parágrafo tres ordena que todas las concesiones deben migrar a contratos. La autoridad representante del estado se llamó AutoridadGeneral Jurisdiccional Administrativa Minera dejando de ser la Súper intendencia de minas, hoy en día se llama Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).

Luego de diferenciar los períodos trabajamos con nuestra ley del 2014, con relación a las otras leyes existen los siguientes cambios:



Esta ley contiene principios, los cuales son el origen de donde deriva todo, algunos códigos tienen estos principios escritos en su texto, de manera que da sentido a las normas jurídicas ya sea que estén incluidas o no. o La función económico - social, significa que genere un trabajo digno para las personas, que sea en condiciones humanas de trabajo y seguridad industrial, debiendo tener un extracción racional y limitado. o Están los 17 objetivos del desarrollo sostenible: Fin de la pobreza, hambre cero, salud bienestar, educación calidad, igualdad de género, agua limpia y saneamiento,energía sostenible y no contaminante, trabajo decente y crecimiento económico, innovación e infraestructura, reducción de las desigualdades, comunidades sostenibles, promoción y consumo responsable, política del clima, vida marina, vida de ecosistemas terrestres, paz justicia sólidas y una alianza para lograrlo. Todos conectados entre sí, elaborado por sus organismos especializados de la ONU. o El interés económico - social, este contrato o licencia debe rendir frutos, para los actores productivos mineros debe existir una ganancia a favor del Estado de forma continua e incesante, bajo un principio de continuidad el Estado no puede permitir que se deje de realizar el trabajo.Ello sirve para generar recursos para el Estado y si se incumple se va resolver y en el caso de la licencia se va tener que revocar. Todo mediante un plan, la leyIncluye dos tipos de planes: el trabajo e inversiones, para aquellos actores productivos mineros públicos o privados, y el plan de desarrollosolo para cooperativas. Estos planes se presentan a la AJAM para regular como se va a trabajar. o El área minera esta sujeta a cuadriculas con una autorización para su explotación, como vimos la medida de cuadrícula con la ley del 97 son 500 km por lado, la unión de cuadrículas va formar el área Minera, la cual sólo podrá realizar exploración, explotación refinación, prospección, a través de contratos o licencias, de manera que hoy en día son intransferibles, antes se podían transferir, de manera que formaban parte del patrimonio de una persona, ahora es propiedad del pueblo boliviano, siendo que le pertenece al estado, era un bien embargable, ahora es inembargable por su propiedad. También es intransmisible de manera que no puede ser parte de la sucesión como patrimonio del actor productivo minero. o Responsabilidad social en el aprovechamiento de los recursos naturales, el cual nace por la sobreexplotación de los recursos de las antiguas empresas, llevando el beneficio a todos, para que reemplace los recursos que se exploraron, para este principio se

creó la consulta previa, la AJAM pregunta si el área minera está afectando a una población indígena originario campesina antes de otorgar el derecho minero. o El principio de sustentabilidad, como ya a nadie le conviene este rubro, se quitaron las inversiones y abandonaron las minas de manera que existen fondos que el estado otorga a los actores productivos mineros y pagas eventualmente al Estado, promoviendo la inversión de nuevos productivos mineros. o El principio de Reciprocidad de la madre Tierra, cuando existe un permiso mediante un contrato o licencia no es suficiente tener la licencia ambiental, porque cuando se da el plan al estado, se debe realizar un plan ambiental y para ello hay un reglamento ambiental para regulaciones mineras, de como debe cuidarse el medio ambiente. o El principio de la protección de pueblos indígenas, que se relaciona con la consulta previa, para preguntar antes de explotar recursos de un área de pueblos indígenas originarios campesinos, que muestra como preguntar a los pueblos con la otorgación de la licencia....


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