GUIA DE Procesal Civil I PDF

Title GUIA DE Procesal Civil I
Author Liz Najera
Course Derecho Procesal Civil I
Institution Universidad Tecnológica de Honduras
Pages 5
File Size 127.4 KB
File Type PDF
Total Downloads 458
Total Views 636

Summary

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE HONDURASASIGNATURA:DERECHO PROCESAL CIVIL IPRESENTADO A:ABOGADO:PRESENTADO POR:JUNIO 2020Procesal Civil I1. CUANDO EN AUDIENCIA EL JUEZ LE INADMITA UNO O VARIOS DELOS MEDIOS DE PRUEBA QUE USTED A PROPUESTO.a. ¿Qué recurso oralmente puede usted interponer? La denegación del...


Description

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE HONDURAS

ASIGNATURA: DERECHO PROCESAL CIVIL I

PRESENTADO A: ABOGADO:

PRESENTADO POR:

JUNIO 2020

Procesal Civil I 1. CUANDO EN AUDIENCIA EL JUEZ LE INADMITA UNO O VARIOS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE USTED A PROPUESTO. a. ¿Qué recurso oralmente puede usted interponer? La denegación del recibimiento del pleito a prueba o la inadmisión de un medio de prueba será recurrible oralmente en reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto. b. ¿Cuándo se resuelve ese recurso? Resolverá en el acto. c. Si le desestiman el recurso interpuesto. ¿Qué puede hacer? Podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en el recurso de apelación que contra la sentencia definitiva se pueda interponer. 2. ¿EN BASE A QUE DOS PRINCIPIOS SE PRACTICA TODA LA PRUEBA EN AUDIENCIA PÚBLICA? 

Principio de contradicción.



Principio de unidad de acto.

3. ¿CON CUÁNTO TIEMPO DE ANTELACIÓN SE DEBE CITAR A LAS PARTES, CUANDO LAS PRUEBAS DEBAN PRACTICARSE FUERA DE LA SEDE DEL TRIBUNAL? Cuando las pruebas deban practicarse fuera de la sede del tribunal, las partes deben ser citadas con antelación suficiente, que será de al menos cuarenta y ocho (48) horas.

4. ¿CUÁNDO (MOMENTO PROCESAL) SE PUEDE SOLICITAR LA PRÁCTICA ANTICIPADA DE PRUEBA? Cuando se dieran razones de urgencia o existiera temor fundado por causa de las personas o por el estado de las cosas, dichos actos no puedan realizarse en el momento procesal ordinario.

DERECHO PROCESAL CIVIL I

5.

¿CUÁLES

SON

LAS

RAZONES

PARA

SOLICITAR

PRÁCTICA

ANTICIPADA DE PRUEBA? Por causa de las personas o por el estado de las cosas, dichos actos no puedan realizarse en el momento procesal ordinario.

6. SI SE REALIZA PRÁCTICA ANTICIPADA DE PRUEBA, ANTES DE PRESENTAR LA DEMANDA. ¿CUÁNTO TIEMPO TIENE EL DEMANDANTE PARA PRESENTAR LA DEMANDA, SO PENA DE PERDER SU VALOR PROBATORIO? No se otorgará valor probatorio a lo actuado si la demanda no se interpusiere en el plazo de un (1) mes desde que la prueba anticipada se practicó, salvo que se acreditare que, por fuerza mayor o caso fortuito, no pudo iniciarse el proceso dentro de dicho plazo. 7. ¿CÓMO SE INTRODUCE EN AUDIENCIA PROBATORIA, ¿LA PRUEBA ANTICIPADA, PARA EFECTOS DEL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN? Para los efectos de la inmediación la prueba anticipada será introducida en la audiencia probatoria mediante su lectura y de ser posible su reproducción.

8. ¿SE PUEDE REALIZAR NUEVAMENTE LA PRUEBA ANTICIPADA? La prueba practicada anticipadamente podrá realizarse de nuevo si, en el momento procesal oportuno, fuera posible llevarla a cabo y alguna de las partes así lo solicitara. En tal caso, el tribunal ordenará su práctica y valorará según las reglas de la sana crítica tanto la realizada anticipadamente como la efectuada en el momento procesal oportuno. 9. ¿QUIÉN CUSTODIA EL RESULTADO DE LA PRUEBA ANTICIPADA? Quedarán bajo la custodia del secretario hasta que se interponga la demanda.

10. ¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS POR LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR EL ASEGURAMIENTO DE LA PRUEBA?

DERECHO PROCESAL CIVIL I

Por conductas humanas o acontecimientos naturales, se puedan destruir o alterar objetos materiales o estados de cosas, y resulte imposible en su momento practicar una prueba relevante o carezca de sentido proponerla. 11. ¿CUÁNDO PIERDE SU EFICACIA, ¿LA PRUEBA ASEGURADA, SI SE PLANTEA CON ANTERIORIDAD A LA INICIACIÓN DEL PROCESO? La medida de aseguramiento, cuando se plantee con anterioridad a la iniciación del proceso, perderá toda eficacia y la prueba no podrá ser utilizada en el proceso si la demanda no se interpusiere en el plazo de un (1) mes desde la adopción de la medida, salvo que se acreditare que, por fuerza mayor u otra causa de análoga entidad, no pudo iniciarse el proceso dentro de dicho plazo. 12. ¿CUÁLES SON LOS MEDIOS DE PRUEBA ADMISIBLES EN EL PROCESO CIVIL? a) Interrogatorio de las partes. b) Documentos públicos. c) Documentos privados. d) Medios técnicos de reproducción del sonido y de la imagen, e instrumentos técnicos que permitan archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase. e) Testifical. f) Peritaje. g) Reconocimiento judicial. 13. ¿CÓMO HACEMOS COMO ABOGADAS (OS), SI TENEMOS UNA FUENTE DE PRUEBA QUE DEBE INCORPORARSE AL PROCESO CIVIL Y NINGUNO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ADMISIBLES (PREGUNTA ANTERIOR) SEA IDÓNEO PARA ELLO? El tribunal, a instancia de parte, adaptará la prueba a los medios de prueba anteriores, de manera que se pueda lograr la finalidad que se pretende, y lo admitirá para su práctica, que se ejecutará y valorará conforme a las normas generales.

DERECHO PROCESAL CIVIL I

14. ¿EN QUE ORDEN SE PRACTICAN LOS MEDIOS DE PRUEBA EN AUDIENCIA? a) Interrogatorio de las partes. b) Interrogatorio de testigos. c) Declaraciones de peritos sobre sus dictámenes o presentación de éstos, cuando se deban admitir en este momento. d) Reconocimiento judicial, cuando no se haya de realizar fuera de la sede del tribunal. e) Lectura de documentos. f) Reproducción de imágenes y sonidos registrados o captados mediante instrumentos de filmación, grabación y semejantes.

15. ¿PUEDEN ESE ORDEN DE PRACTICA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA VARIAS? Excepcionalmente, el tribunal, de oficio o a instancia de parte, puede acordar un orden de práctica de la prueba distinto, cuando alguna de las pruebas admitidas no pueda practicarse en la audiencia, ésta no se verá interrumpida, sino que continuará para la práctica de las restantes ordenadamente.

DERECHO PROCESAL CIVIL I...


Similar Free PDFs