M12 U2 S4 ESMT - trabajo unadm modulo citado PDF

Title M12 U2 S4 ESMT - trabajo unadm modulo citado
Author Esteban MT
Course derecho penal
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
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MODULO 12: RESPONSABILIDA Y PUNIBILIDADUNIDAD 2. Antecedentes de la reforma constitucional de 2008 en mateSESION 4. Sistema inquisitivo-mixtoFECHA 17-mayo- 2020DOCENTE EN LINEA: MARIA FERNANDA GOMEZ MORAGRUPO: 014ALUMNO: ESTEBAN DAVID MORENO TORRESTabla de contenido####### Introducción ................


Description

MODULO 12: RESPONSABILIDA UNIDAD 2. Antecedentes de la reforma constituc SESION 4. Sistema inquisi FECHA 17-mayo- 20

DOCENTE EN LINEA: MARIA FERNAN GRUPO: 014 ALUMNO: ESTEBAN DAVID MO

Tabla de contenido Introducción .................................................................................................... Actividad 1 ...................................................................................................... Actividad 2 ...................................................................................................... Actividad integradora ..................................................................................... Conclusión: ..................................................................................................... Bibliografía:.....................................................................................................

Introducción La mayor parte de las constituciones vigentes en Latinoamérica resaltan vigencia efectiva de los derechos fundamentales de la persona. La relevancia de las cartas constitucionales mencionadas, que en sus respectivos preámbu de libertad, igualdad, justicia, progreso, solidaridad, equidad y paz, los mism largo transitar a través de la historia Los sistemas jurídicos son compues ideologías creados para proteger el debido orden de una sociedad, que, p de la impartición de justicia entorno a los delitos cometidos, aplicando l siguientes actividades conoceremos los sistemas penales que han estado las etpas del proceso penal, la importancia de estas para que est profundizaremos en un casi real el debido proceso desde la detención y ca

Actividad 1 En el mundo han existido diferentes sistemas en esta materia; con el pro inquisitivo, acusatorio y mixto, realiza la siguiente actividad. 1. Lee el apartado “Sistemas procesales penales” del texto de apoyo. 2. Investiga en fuentes de consulta académicamente confiables acer y mixto. 3. Formula una serie de indicadores para comparar los sistemas pen cada proceso, sujetos procesales, etcétera). 4. En un cuadro a doble entrada, señala las diferencias de cada sistem

indicadores generados.

6. El juez es imparcial funge como observador basado la valoración de las prueb 7. Este sistema se desarrolla el siglo XIX en Europa. ----------------------------------------- -----------------------------------Dicho en otra formas sus características, de Inquisición. Este sistema era de equitativo, porque en un ju El procedimiento inquisitorial era existen dos partes, la que acu una excepción al Procedimiento la que defiende y ambos está Ordinario Civil e incluso al igualdad de oportunidades e Criminal aportación de pruebas, para un juez ajeno a ellos e impar mediante la revisión de El juez (el inquisidor) era un pruebas o evidencias dicte técnico. Se trataba de un resolución, es aquí cua funcionario designado por podemos encontrar del caso, autoridad pública, que representa punibilidad al Estado, que era superior a las antijuridicidad de la acción partes y que no estaba sujeto a sujeto activo y determinar culpabilidad así como tambié recusación de las partes. inimputabilidad o casos El juez (el inquisidor) dirigía el extinción si fuera el caso. proceso de principio a fin, con iniciativa propia y poderes muy amplios y discrecionales para investigar. La prueba, en cuanto a su ubicación, recepción y valoración, era facultad exclusiva del juez. El juez no solo juzgaba sino que antes de juzgar investigaba los hechos, dirigía la indagación él era inspector buscaba culpables

Actividad 2 Ahora que has conocido algunos de los sistemas jurídicos pe categorías proceso, procedimiento y juicio utilizados en el sistema inquisit años. Conforme a este propósito, realiza la siguiente actividad. 1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. Distingue los siguientes puntos: o

Características del proceso penal.

o

Procedimientos que se realizan en el proceso penal.

o

Definición de cada etapa.

3. Esquematiza el proceso penal mexicano, identificando los siguiente o

Etapas.

o

Duración.

o

Requisitos.

o

Actos.

o

Sujetos que intervienen.

Características del proceso penal. En el sistema inquisitivo los procesos y juicios penales son burocráticos y lentos, e interés jurídico accede al expediente. La prisión preventiva es la regla, y no la excepción. El ministerio público tiene el monopolio del ejercicio de la acción penal, controla la averiguaciones previas. Únicamente la policía investigadora realiza funciones de investigación. La confesión ante el ministerio público alcanza valor probatorio pleno; siendo s de hechos propios.

Procedimientos que se realizan en el proceso penal. En México se instaura en 1917, a partir de la creación de una nueva constitución que en términos generales, a efecto de poder cambiar el sistema de enjuiciamiento importante la escisión del órgano que investiga y el órgano que acusa, la previsión de garantías del indiciado sujeto a investigación criminal. Este sistema inquisitivo mixto entró en su apogeo con la aparición del Código día diecisiete de septiembre de mil novecientos treinta y uno, segmentó el proce llamo Averiguación Previa, la etapa de preproceso o término constitucional y la de encargado de la investigación y persecución de los delitos detentando el monopolio Se separa a la policía investigadora del Poder Judicial para pasarla al mando constitucionalmente se le siguió llamando Policía Judicial. Por otro lado se prevé la posibilidad de ser juzgado por un jurado de ciudadanos que s de corte completamente oral, donde el jurado determina la culpa y el Juez impone la pena,alno requerir conocimientos jurídicos, las pruebas se justipreciaban bajo el sistema de valoración en co Estos tipos de juicios orales, no prosperaron en todo el país, encontrado su mayor a colapsando por un elevado número de veredictos absolutorios del jurado, e impunidad, por la habilidad de abogados que hacían una buena puesta en esc jurado. Al ser el sistema mixto, una mezcla del sistema inquisitivo, con uno de corte ac lado, la obligación del estado de encontrar la verdad histórica de un hecho posibl indiciado, brindándole la oportunidad de defenderse con la mayor amplitud posible con las siguientes modificaciones. El principio de secrecía se mantiene, pero solamente en su fase inicial, es decir e Averiguación Previa, donde las actuaciones ministeriales son reservadas, impo tal secreto, aclarando que al indiciado, al

momento de rendir su declaración ministerial se le tienen que hacer saber toda El principio de inmediatez pasa incólume prevaleciendo en todo momento las pri posibilidad de dar valor a sus segundas o posteriores declaraciones si prueba la c El principio de oficiosidad se modifica en dos aspectos, al crearse la figura del Min ejercicio de la acción penal, y por ende es la única persona que puede llevar un cas ya no es directamente el Juez quien recibe la denuncia y comienza la investigación necesaria, en los cuales no se puede iniciar la Averiguación Previa, y menos aú legitimada decide presentar su querella. La escritura siguió prevaleciendo como m juicio, teniendo el procedimiento pocas actuaciones de carácter oral y estas al fin de parte desaparece por completo y ahora se instaura un triángulo procesal, donde Poder Ejecutivo llamado Ministerio Público, el inculpado a quien se le concede el de el proceso y la de la defensa. En la fase de Averiguación Previa el Ministerio Público actúa como autoridad, desple hecho y la identidad de su autor, pero ya en la fase judicial del procedimiento pen autoridad del Juez quien dirige el procedimiento. En cuanto hace a la valoración de pruebas se adopta un sistema mixto, donde pruebas, como por ejemplo los documentos públicos, los cateos y las inspecciones elementos de prueba señala lineamientos para su valoración, como ocurre en lo valore atendiendo a la sana crítica, es decir, atendiendo a las reglas de la lógica y la prueba circunstancial, teniendo estos últimos el carácter de indicios. (uson)

Definición de cada etapa. La etapa de averiguación previa, a cargo del ministerio público, abarca las motivo de la existencia de un delito y termina con la resolución en que se decide eje La etapa de averiguación judicial, a cargo el juez y comprende las actuaciones p La etapa de período inmediato anterior al proceso, a cargo del Juez que comprendela un indiciado queda a su disposición, hasta que se dicta el auto de formal prisión, elementos para procesar. La etapa de instrucción, a cargo del juez, que inicia a partir del auto de formal prisión o practicadas por orden del juez, oficiosamente o a solicitud de las partes. La etapa del juicio, que inicia con la acusación del Ministerio Público y termina improcedencia delaacusación. Laetapa deejecución desanciones,yestá a cargo del Poder Ejecutivo.

Averiguación previa = es la primera etapa del proceso penal mexicano.

AP

- En la AP se deberá tratar de confirmar la existencia del tipo delictivo y la probable responsabilidad de su autor. - brindar ayuda a los damnificados. - aplicar medidas cautelares convenientes. querella pueden La denuncia o formularse verbalmente o por escrito. La presentación de la denuncia por quien tiene conocimiento de un delito es una obligación.

La AP inicia con la presentación de la denun Constituye primordialmente las actuaciones que 1. Al actuar como policía judicial. 2. Al investigar el ilícito. 3. Recolectar pruebas. 4. Demás elementos que permitan reconocer a lo

Durantela AP, el MP deberá determinar si se satisfac juez competente.

Denuncia = es el acto procesal mediante el cual se h ciertos hechos que pueden ser constitutivos de alg Con la denuncia – la autoridad investigadora adquiere esclarecer la comisión del hecho ilícito. Querella = la querella es un relato de hechos presumib victima u ofendido del delito (o representante).

Ejercicio de la acción penal – una declaración hecha a voluntad por la cual se pide al tribunal o juez competente dicte una sentencia penal en contra el acusado por la comisión de un hecho delictivo. Acción penal = como el poder o la potestad otorgada por el estado al MP para que incite al órgano judicial competente a aplicar y hacer respetar el marco legal. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD: a) Que se hayan satisfecho los requisitos de procedibilidad (denuncia, querella, etc). b) Que en la denuncia o querella se narren hechos que la ley catalogue de ilícitos. c) Que se hayan presentado pruebas suficientes y la información necesaria para comprobar el cuerpo del delito y la probable culpabilidad del indiciado. Características de la acción penal 1. Publica 2. Única 3. Indivisible, 4. Irrevocable 5. Intrascendente 6. Autónoma Titularidad de la acción penal encargado de sancionar la comisión de un ilícito. 2. El MP es el órgano al que ese ha encomendado el ejercicio de la acción penal. Distinción entre acción procesal y acción penal

Una vez que el MP ha terminado con la AP, puede lleg a) Dictar la consignación o ejercicio de la acción p b) Si considera que no hay elementos suficientes pa acción penal o el archivo de la denuncia o querella c) En su caso, la reserva o archivo provisional.

CONSIGNACIÓN Consignación sin detenido - cuando el MP ha llegad responsable de un delito que debe ser sancionado co competente. Sin detenido – El MP se verá obligado a solicitar a Cuando la pena asignada al delito es distinta de l comparecencia.

1. El Estado es el

48 horas

Consignación con detenido- Cuando el indiciado se FLAGRANCIA a) Flagrancia estricta - El sujeto es detenido en e b) Cuasiflagrancia – La persona podrá ser detenida de vista y haya sido perseguida desde la realizació c) Presunción de flagrancia – el individuo es dete hecho delictivo. CASO URGENTE a) Que el indiciado haya intervenido en la comisión d b) Que exista riesgo fundado de que el indiciado pu c) Que por razón dela hora, lugar o cualquier otra circu

Sin detenido- El juez radicará el asunto dentro de dos días, abrirá un expediente, y practicará las diligencias. El juez ordenará o negará la aprehensión, reaprehensión, comparecencia o cateo solicitados por el MP dentro de los 10 días contados a partir de aquel en que se haya acordado la radicación. Si el juez niega la aprehensión, reaprehensión, comparecencia o cateo, por considerar que no están reunidos los requisitos legales correspondientes, se regresará el expediente al MP para el trámite correspondiente.

Requisitos constitucionales para obsequiar LA ORDEN DE APREHENSIÓN a) Que se hayan satisfecho los requisitos de proced b) Que en la correspondiente denuncia o querella se n lo menos una pena privativa de libertad. c) Que se hayan presentado pruebas suficientes y la responsabilidad del indiciado. EJECUCIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN Cuando se han cumplido todos los requisitos nece reaprehensión o comparecencia, ésta debe ser h echa ejecución.

DECLARACIÓN PREPARATORIA. Consiste en el primer encuentro entre el acusado y el j Dicha declaración se llevará a cabo en un local al q 1. Los datos generales del inculpado (sus apodos, e para defenderse por sí o por persona de su confian 2. Se informará al indiciado en que consiste la denunc Y se le preguntará si es su voluntad declarar, en caso 4. Si el inculpado decidiereno declarar, el juez respe 5. Se le harán saber todas las garantías que le otor AUTOS DE FORMAL PROCESAMIENTO El juez dicte el auto de formal prisión o de sujeción a proceso es que se haya comprobado el cuerpo del delito y esté demostrada la probable responsabilidad del inculpado. Elementos de los autos de formal procesamiento. a) Comprobación del cuerpo del delito (por cuerpo del delito se entiende el conjunto de elementos objetivos o externos que constituyen la materialidad del hecho que la ley señale como delito, así como los normativos, en caso de que la descripción típica lo requiera). b) Acreditación de la probable responsabilidad (la probable responsabilidad del indiciado se tendrá por acreditada cuando, utilizando los medios probatorios existentes, se deduzca su participación en el delito, la comisión dolosa o culposa de éste y no exista acreditada a favor del indicado alguna causa de licitud o alguna excluyente).

RESOLUCIONES SOBRE LA SITUACIÓN JURÍDICA El órgano jurisdiccional tiene la obligación de determ 1. AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTO

Al término de las 72 horas no se tienen los elementos inexistencia del delito. El juez penal deberá señalar a motivando su resolución, y el MP practicará las dil correspondiente. Si no se aportan por el ofendido o por el MP pruebas d estas resoluciones, o si de su desahogo no son sufic 2. AUTO DE FORMAL PRISION El auto de formal prisión o de prisión preventiva t Dentro delos 72 horas siguiente al momento en que e formal prisión, si el juez acredita los requisitos sigu 1. Que se haya tomado declaración preparatoria del i expediente que el indiciado se rehusó a declarar; 2. Que esté comprobado el cuerpo del delito queteng Que esté demostrada la probable responsabilidad d 4. Que no esté plenamente comprobada a favor del inc acción penal; y 5. Deben incluirse los nombres y firmas del juez que 3. AUTO DE SUJECIÓN A PROCESO Dicho auto es una resolución a la que llega el juez, en para continuar con el proceso, pues s e han comprob Se dicta en el caso de ilícitos que no se castigan

LA SENTENCIA RESPECTIVA SE DICTARÁ EN

5 DIAS

PRUEBAS – Art 283

EL JUZGADOR DEBERÁ CONOCER EL INCULPADO CONOCIMIENTO DIRECTO

PRIMERA ETAPA - PERIOD0 PROBATORIO

En el periodo probatorio hay 2 etapas: El OFRECIMIENTO DE PRUEBAS EL DESAHOGO DE LAS PRUEBAS

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

7 DIAS

DESAHOGO DE LAS PRUEBAS

15 DÍAS

Se iniciará un día después que se haya dictado el auto d las partes deberán proponer y señalar las pruebas qu

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS ADMISIÓN DE PRUEBAS

Cuando las partes han señalado las pruebas con las que decir, admitir las diligencias que se le han propuesto o r

Cierre de la Instrucción

Si antes de que transcurran los plazos si el juzgador estim 5 días; transcurridos estos, si hay oposición de parte se

CONCLUSIONES Y SENTENCIA

CONCLUSIONES MINISTERIALES

ARTICULO 286.- Plazo para Formular Conclusiones

JUZGADOR MANDARÁ A PONER LA CAU SA A LA VISTA DE M NO MENOR DE 5 NO MAS DE 20 DIAS.

VENCIDO EL PLAZO Y EL MP NO HA PRESENTADO CONCLU FORMULE U ORDENE CONCLUSIONES.

SI NO HAN SIDO PRESENTADAS, SE ORDENARÁ EL S

CONCLUSIONES DEL MP

ARTICULO 294.- Tramitación de la Aclaración.-

SE DARA VISTA A LAS OTRAS PARTES POR 3 DIAS.

ARTICULO 295.- Aclaración de Oficio.-

EL JUZGADOR TAMBIEN ACLARA SU SENTENCIA 3 DIAS.

ARTICULO 296.- Límites de la Aclaración

LIMITES – NO SE ALTERÁ EL FONDO DE LA SENTENCIA

ARTICULO 297.- Interrupción del Plazo para Apelar

LA INTERRUPCIÓN INTERRUMPE EL PLAZO PARA A

SENTENCIA IRREVOCABLE

Ejecutoriedad de las Sentencias.-

SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO

LAS SENTENCIAS DE 1RA INSTANCIA CUASAN EJECUTO SEAN CONSENTIDAS POR LAS PARTES Y EL OFENDID SI NO SE INTERPONE RECURSO DE APELAC CUANDO HAYA DESISTIMIENTO SE DELCLARA DESIERTO EL RECURSO INTE SUSPENSION Y EXTINCION DEL PROCEDIM SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO – INICIADO EL PR

EL INCULPADO SE HUBIERE SUSTRAÍDO A LA ACCIÓN

ARTICULO 300.- Captura del I nculpado

ARTICULO 301.- Desaparición de la Causa de Suspensión:

Cuando desaparezca la causa de la suspensión, el pr

ARTICULO 302.- Resolución

El Juzgador resolverá de plano sobre la suspensión de

ARTICULO 303.- Suspensión del Procedimiento no Penal.-

Cuando el Juzgador que conozca de un proceso no pena penal, sobre hechos delictuosos de tal naturaleza que necesariamente influir en la resolución que pudiera di

ARTICULO 312.- Inconformidad Equivalente a Interposición de Recurso

Cuando el inculpado manifieste su inconformidad al noti proceda. Si interpusiera un recurso que no fuera el procedente

ARTICULO 313.- Efectos de la Interposición de las Impugnaciones

La interposición de las impugnaciones, según el caso

ARTICULO 314.- Desistimiento de la Impugnación

El Ministerio Público, El coadyuvante, El inculpado o su defensor podrán desistirse

ARTICULO 315.- Discrepancia Respecto a la Interposición o Desistimiento de la Impugnación

En caso de discrepancia entre el inculpado y su defensor e prevalecerá la decisión del inculpado.

ARTICULO 316.- Estudio de los Motivos de Inconformidad

El Juez o Tribunal deberán analizar cada uno de los motivo fundados.

REVOCACION

ARTICULO 317.- Resoluciones Impugnables en Revocación

El recurso de revocación es admisible en la p En la segunda, en contra de todos los que se Con excepción, en ambos casos, de las resolucio Juez ni Tribunal podrá revocar la sentencia q

ARTICULO 318.- Plazo y Tramitación del Recurso.-

Interpuesto en el acto de la notificación o al d el Tribunal o Juez ante quien se interponga l si creyere que no es necesario oír a las parte las citará a una audiencia verbal, que se verificará dentro de las cuarenta y oc dictará en ella su resolución, contra la que no APELACION

ARTICULO 319.- Forma y Plazo de Interposición

La apelación deberá interponerse ante el Juzgador que dic el acto de notificación o dentro de los cinco días siguiente

Al notificar al inculpado la sentencia de primera instancia, apelación lo cual se asentará en el proceso.

La omisión de e...


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