Teoria RRLL. TEMA 1 - Apuntes 1 PDF

Title Teoria RRLL. TEMA 1 - Apuntes 1
Author Lorena Ruiz
Course Teoría de las relaciones laborales
Institution Universitat de València
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Tema 1 Apuntes libro...


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TEMA 1: INTRODUCCIÓN AL ÁMBITO DE ESTUDIO DE LAS RELACIONES LABORALES 1. LAS RELACIONES DE OCUPACIÓN La relación de ocupación es un derecho fundamental de las unidades productivas en el capitalismo. Características: 1. El intercambio de salario por trabajo no es una cosa que tenga lugar instantáneamente, como sucede con cualquier otro intercambio económico, sino que implica una relación continua entre empresario y trabajador para que el trabajo se realice durante un tiempo por precio pagado.

2. El contrato es extraordinariamente indefinido e indeterminado.

1.1. Que suponen las relaciones de ocupación para las dos partes Estas relaciones continuas entre empresario y ocupado son relaciones de autoridad, por tanto de supeditación y subordinación. Aceptar una ocupación por parte de los trabajadores es entrar en una situación que implica una pérdida de autonomía y estar dispuesto a efectuar lo que se le pide que haga dentro de un cierto límite.

El ejercicio de autoridad es necesario para asegurar que las tareas sean realizadas de acuerdo con los objetivos del empresario y de forma coordinada. Desde el punto de vista del empresario, todo es necesario, ya que los intereses de empresarios y empleados pueden estar en conflicto.

1.2. Por que las relaciones de empleo pueden ser conflictivas El conflicto deriva del hecho de que,mientras que para el empleado el salario es un ingreso, para el empresario es un coste. El conflicto no se limita solo al precio de la fuerza de trabajo, sino que también afecta al trabajo que se exige al empleado, a sus niveles de esfuerzo físico y mental… Así, el ejercicio de autoridad del empresario y la defensa de un grado de autonomía laboral del empleado, puede ser la segunda fuente de conflicto.

2. LAS UNIDADES PRODUCTIVAS EN LA ECONOMÍA CAPITALISTA El objetivo, la función particular, de las empresas capitalistas es acumular capital, lo que supone tener presiones específicas como lo son: ●

Producir eficazmente

● Vender sus productos ●

Atraer y conservar accionistas, trabajadores y clientes.

(Condiciones justas para el trabajo: Época de mayor boom “50-70) *Marco laboral europeo con directrices que los gobiernos deben adoptar, esto ha producido que cada país este regulando a su manera los derechos laborales de esos países. -

En la economía capitalista puede haber otros tipos de empresas: ●

Cooperativas



Públicas



Mutuas de consumidores

Estas empresas tienen otros objetivos distintos a los de las empresas capitalistas ordinarias. -

Ojo: el funcionamiento de la economía es capitalista.

-

La unidad productiva mayoritaria y la empresa privada.

En las relaciones del empleo están los empresarios y los trabajadores: Cuando el trabajador decide vender su fuerza de trabajo al empresario se firma un contrato de una manera indefinida, es decir, no están definidas las condiciones de trabajo. Por ello, esta relación de contrato genera conflicto.

2.1. ¿En que se fundamenta la estructura de las empresas privadas? Separación fundamental: - Productores de mercancías, bienes y servicios: asalariados obligados a vender su fuerza de trabajo. - Propietarios de los medios de comunicación: en poder privado de los capitalistas. - Los controladores del capital disponen de recursos humanos amplios y móviles: dinero, propiedades y contactos. - Los asalariados no disponen de “recursos” y el dinero que pueden tener provienen de su salario que depende de un propietario de medios de producción. - La empresa es la institución donde los asalariados venden su fuerza de trabajo, que el empresario transforma en trabajo efectivo y mercancías. ¿Quién controla la producción?

2.2. Prácticas colectivas que se producen en el interior de la empresa. Grupos sociales que se configuran. Definición de Unidades Productivas: Los trabajadores son personas que tienen una vida privada/personal y otra vida profesional. (Sentido personal VS sentido laboral). Entre estos trabajadores se crean vínculos, se conforman rutinas, se afirman solidaridades y rivalidades, en ocasiones micro cultura de empresa, juegos, normas que han de ser respetadas, y también se promueven acciones colectivas en defensa de sus intereses. Estas prácticas sociales y culturales de los trabajadores son tenidas en cuenta por las

direcciones de las empresas, aunque no las reconozcan, ya que son el origen de la cooperación productiva y también del conflicto laboral. De la gestión de estas prácticas depende gran parte la eficiencia económica de la empresa. ¿Cómo se gestionan estas relaciones informales con los trabajadores? hay varias formas. La más utilizada es el paternalismo y la menos la negociación colectiva. Estrategias variadas: Desde el paternalismo autoritario hasta la negociación colectiva de las condiciones de trabajo pasando por las más pragmáticas. Cada empresa es diferente, de este modo su trayectoria, su ideología, las opciones elegidas por sus directivos, la cultura de los diversos colectivos de los trabajadores, la organización de los trabajadores, determinan las relaciones de empleo y la regulación que conlleva.

2.3. Definición “social” de Unidad Productiva: Es una construcción social continúa fruto de la acción y la interacción de sus miembros, ya sean directivos o trabajadores, como sus grupos o sus organizaciones, que buscan satisfacer sus aspiraciones e intereses; teniendo en cuenta que su posición en la estructura empresarial es desigual. (Conflicto,negociación, acuerdo,resolución de las diferencias entre las partes).

2.4. Ventajas de una determinada percepción en las unidades productivas: Teniendo en cuenta el fuerte incremento de la discrecionalidad empresarial, las unidades productivas y las relaciones laborales que comportan, se ven como un sistema dinámico. Se recupera el trabajo como mecanismo defensivo contra las estrategias empresariales.

2.5. Límites externos: - Entorno económico - Entorno social - Entorno político: el mercado manda, hay que seguir las disciplinas del mercado. El estado es el que más cambia debido al estado económico.

Estado: ● Regulación sustantiva ● Regulación procedimental: Formas en que actúa las instituciones, sus formalidades, que deben de hacer y cómo (empresarios/sindicatos) tiene capacidad para crear normas, fundamentalmente convenios colectivos. ● Para cumplir un convenio colectivo debe cumplir unos mínimos, unas normas sustantiva que obliga a cumplir este convenio. ● Concertación social. La negociación dentro de las unidades productivas se ve limitado por estos entornos, que son susceptibles de ser modificados por los actores implicados.

Otras instituciones: El estado es el que regula, pero también pueden hacerlo las Organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, que con sus estrategias y sus acciones también influyen en las unidades productivas y en el sistema económico.

Los sistemas nacionales de relaciones laborales son el resultado de las relaciones de empleo protagonizadas por la representación colectiva de las partes y el estado. Objetivos: Salvaguardar la economía nacional dejando al lado las diferencias de las partes. Período de concentración social en España: al final de la dictadura, años 70 y 80.

3. RELACIONES LABORALES: LA CON CONS STRUCCIÓ TRUCCIÓN N SOCIAL D E LAS NORMAS DE LAS RELACIONES DE EMPLEO EMPLEO.. Las relaciones laborales se pueden definir como la normalización del empleo y del trabajo que comportan, siempre que se entienda esta normalización en un sentido amplio, incluyendo no solamente el conjunto de normas que regula la ocupación y el trabajo, sino también la trama de procesos sociales que las producen Normalización: Normas que regulan el empleo y el trabajo + los procesos sociales que los

producen.

Con la activación/ participación de instituciones que: ● Protegen las partes ● Organizan la negociación ● Hacen de mediadores o arbitran: Las instituciones han creado organismos para intentar solucionar el conflicto antes de que este llegue a mayores. En el caso de que la mediación no vaya bien hay terceros que intenten si las partes por voluntad propia intenten solucionar el problema por ambas partes siendo acatado por ellos. Las normas son principios organizadores, así pueden ser: ● Orden ● Prohibición ● Guías para la acción Importante distinguir entre el enunciado de la norma y sus consecuencias sociales. De esta forma la norma como la capacidad real de regular interacciones sociales. Las relaciones laborales conllevan diferentes formas de regulación social que reflejan y transforman la dinámica puramente económica de la relación de ocupación (intercambio de salario por trabajo).

Existen instituciones que crean programas de acción que serán diferentes en los diversos países, en cada uno de lo regímenes laborales constituidos abra algún tipo de interacción entre regulación social y empleo que pocas veces es equilibrada.

Los mercados laborales no son mercados en el sentido estricto de la palabra por la capacidad volitiva y porque la ventana de la fuerza de trabajo, comporta una relación continua durante la relación de empleo.

Europa Occidental somete las fuerzas del mercado a unas normas de carácter colectivo. Cada

país dentro de su capacidad para crear normas que afectan a su país impide de algún modo la competencia.

3.1. Los tipos de nor normalización malización se pueden disting distinguir uir en: Los sistemas nacionales de relaciones laborales se constituyen y funcionan a partir de la especificación, por un lado, de unas normas básicas en la relación de ocupación y por otro, la identificación de los actores de las relaciones laborales y de la definición de los procesos de interacción.

Primer ámbito: -

Los constituidos por la regulación sustantiva: Regulación relativamente normalizada y universal.

-

Los constituidos por la regulación procedimental: Caracterizada por la diferencia y la desigualdad

Los sistemas nacionales de RR.LL se constituyen y funcionan a partir de: ● Unas normas básicas en la relación de empleo. ● La identificación de los actores de las RR.LL y sus procesos de interacción, mediante los cuales se seguirán construyendo nuevas reglas sustantivas. ● El sistema de RR.LL español Segundo ámbito: -

Regulación social: constituidos por normas de carácter informal, que derivan de determinadas creencias y valores que predominan en la sociedad civil.

-

Regulación comunitaria : Ordena las relaciones entre empresarios y trabajadores y puede influir en el desarrollo de la legislación y de los cc.cc.

4. EL ENTORNO ACTUAL: DETERIORO Y DECLIVE DE LOS SISTEMAS NACIONALES DE RELACIONES LABORALES

Podemos afirmar que son muchos los países industrializados donde las RR.LL surgieron sobre una base local o sectorial y se consolidan después de la 2ª GUERRA MUNDIAL dentro de un marco institucional nacional

El contexto son las políticas keynesianas de posguerra, caracterizada por la centralidad de la demanda que implica: ● La intervención del estado en la planificación ● El impulso de una política orientada hacia la plena ocupación ● La relevancia de los procesos de negociación colectiva de las condiciones salariales.

4.1. Similitudes y Diferencias Cada uno de los diversos países presentan sistemas de RR.LL con características singulares y por pronto sus diferencias en: ● su estructura económica ●

tradiciones políticas



prácticas sociales.

En conclusión; hay diversidad de modelos de RR.LL en Europa.

● SIMILITUDES (examen) -

En la mayoría de los países se acepta que el mercado laboral ha de ser regulado socialmente.

-

La negociación colectiva es un mecanismo deseable para dar voz a las patronales y a las organizaciones sindicales.

-

Las entidades de representación colectiva son instituciones legítimas que cuentan con reconocimiento público.

● DIFERENCIAS -

El nivel en que las condiciones de empleo y las negociaciones colectivas de empleo y las

negociaciones son reguladas por la ley. -

La existencia o ausencia de estructuras de representación al centro de trabajo, diferencia en los sindicatos. En españa,los trabajadores los representa los delegados/ comité de empresa y los sindicatos.

-

El peso relativo del antagonismo en las relaciones entre empresarios y trabajadores. Ambos tienen intereses diferentes, el salario para el trabajador es un ingreso pero para el empresario un gasto. Uno querrá aumentarlo y el otro bajarlo, por tanto la relación es antagónica.

Durante décadas los sistemas de RR.LL estaban configurados nacionalmente (Para las empresas de ese estado): Posición de fuerza, actualmente debilidad. Es una debilidad porque no afecta a todos los estados y a la hora de hacer frente a otro estado.

4.2. Que ha pasado con el capitalismo organizado después de los 70 La economía social de mercado El capitalismo organizado o economía social de mercado se ha visto desafiada, socavada y finalmente alterada a partir de la crisis económica de los años 70.

Profunda reestructuración de la economía Una profunda reestructuración de la economía se inicia en los años 70, que pasa a estar inspirada por los principios neoliberales y que afecta a su funcionamiento a “todos los niveles”.

Años 90 El proceso mencionado, que desde principios de los años 90 se ha descrito como Globalización, supone cambios en las estructuras empresariales, en los procesos, en las RRLL y en la composición de la mano de obra. Mayor concentración y centralización transnacional del capital Uno de los primeros cambios a los cuales hay que referirse obligadamente es la mayor concentracion y centralizacion transnacional del capital.

Su materialización ha sido una intensificación de los procesos de creación de grandes corporaciones lo que refleja el incremento y la aceleración de la inversión externa directa entre países de la UE.

El incremento y la extensión de las “euro compañías”, permite controlar mejor los mercados de sus productos; promover estrategias de empleo y gestión de la mano de obra para esquivar las limitaciones que existen en determinados sistemas de RRLL y satisfacer mejor sus intereses en cada momento.

4.3. Como actúan las grandes compañías en la actualidad La activación de este tipo de estrategias se traduce en una pérdida de interés de las compañías multinacionales por mantener y respetar los sistemas de RRLL. Las más antiguas se habían integrado a través de los convenios colectivos de empresa y respetaban las normas. El desarrollo de nuevas prácticas para incrementar la productividad es aceptado por trabajadores y sus organizaciones a cambio de mejoras salariales. Las condiciones laborales resultantes serán duras. (largas jornadas laborales, intensos ritmos para unas tareas cada vez más monótonas) El problema es específico, las condiciones de empleo y trabajo no pueden quedar por debajo de las acordadas en los diversos niveles de negociación de los diversos de RRLL. (Lo que se intenta es como poder cambiar ese convenio (el marco regulador) para poder introducir esas mejoras que necesitan. Si no puedo, dejo de seguir el convenio para que este al final desaparezca) El problema cambia a partir de los ’80. Las grandes compañías abandonan de manera total o parcial la antigua posición negociadora e integradora en el “partenariado” social del que formen parte para adoptar una actitud beligerante y disoluta, reorganizándose internamente.

Esta nueva actitud socava las fórmulas de regulación colectiva existentes en los distintos países, donde un de los principales instrumentos era el convenio colectivo sectorial. Ante la amenaza potencial o real de un dumping social, las compañías desplazan su producción desde los países con salarios más altos y normas laborales más estrictas hacia otros países. Este dumping social sirve como amenaza e instrumento disciplinario en las negociaciones colectivas para conseguir cambios en las formas de organización, retribución…, todo con el fin de incrementar la productividad por encima de los salarios. La reorganización interna de las grandes compañías repercute en el desarrollo de las negociaciones laborales. Las oficinas centrales de las grandes compañías conceden una cierta autonomía de gestión productiva a las unidades locales, dentro de un control financiero de estas y de una estructuración global de la compañía.

Consecuencia: La consecuencia del dumping social es el socavamiento de normas sustantivas conquistadas a lo largo de los años por el movimiento sindical y la falta de legitimidad de las prácticas de negociación colectiva que ven reducida su capacidad de influencia frente al aumento de la de los empresarios. Estas prácticas de las grandes empresas se extienden a las pymes, a las cuales las grandes compañías subcontratan parte de su actividad productiva, que tienen que satisfacer con costos inferiores y con plazos fijos, esto supone una fuerte presión, que aumenta en circunstancias de fuerte competencia económica y que se traslada a su entorno a las reglas que regulan las condiciones laborales de las plantillas, sobre todo cuando estan poco organizadas. El resultado es la pérdida de derechos laborales y de las frágiles prácticas llevadas a cabo por sus organizaciones.

Desde principios de los años ’80, ha tenido lugar una liberalización de los mercados internacionales de capital y de divisas, una aceleración de las transacciones, consecuencia de los avances tecnológicos, las telecomunicaciones y la desregulación por parte de los estados. Esta situación ha creado una fuerte volatilidad del capital. Las fluctuaciones del valor de las acciones de las empresas o de las divisas de los países son imposibles de predecir, lo que supone inestabilidad, real o potencial de la economía productiva.

4.4. Como intentan los países afrontar esta inestabilidad Una respuesta a esta inestabilidad es la puesta en marcha de la Unión Económica y Monetaria por parte de la UE. Todos los países que quieran entrar deben aportar un régimen monetario similar y respetar “los criterio de convergencia”. Entre los cuales se encuentra que el déficit público del país no debe de sobrepasar el 3% de su PIB. Los gobiernos se deshacen de empresas del sector público para enjuagar su déficit y que se imponen importantes restricciones sobre las prestaciones sociales que proporciona el estado y sobre la oferta de empleo público. Consecuencia: Reactivación de los conflictos industriales y de las protestas sociales contra esas medidas restrictivas. La nueva situación creada por la convergencia supone una nueva estocada al “partenariado” social.

4.5. Consecuencias de la integración económica - En el entorno económico, la dinámica del mercado toma un carácter plurinacional. - Crece la competitividad internacional en los mercados de los productos. - Las limitaciones externas a las acciones de los gobiernos y las decisiones de las multinacionales de trasladar sus fábricas, imponen restricciones al desarrollo y al sentido de las relaciones laborales a nivel nacional.

4.6. Papel de la ideología de la liberalización (examen) La liberación se convierte en el punto de referencia obligado, tanto para los estudiosos como para los políticos. La idea de la liberalización, igual que la de globalización está imbuida de rasgos ideológicos por cuanto hace referencia a la acción de hacer liberal a alguien o a alguna cosa. La acción de los individuos sin ningún tipo de restricción institucional o normativo garantiza una producción óptima al mínimo coste posible. En este sentido liberalizar es una alternativa

superior a la de regular socialmente. Realmente, no se trata de “liberalizar” sino de “otra form...


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