Apuntes Dtodos los apuntes de derecho romano del primer año en la universidad de jaen 2020-2021erecho Romano PDF

Title Apuntes Dtodos los apuntes de derecho romano del primer año en la universidad de jaen 2020-2021erecho Romano
Author Endira .
Course Derecho romano
Institution Universidad de Jaén
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todos los apuntes de derecho romano del primer año en la universidad de jaen 2020-2021...


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APUNTES DERECHO ROMANO

CAPITULO I: CONCEPTO, ETAPAS Y FUENTES TEMA 1: CONCEPTO DE DERECHO ROMANO Derecho Romano: es el conjunto de normas jurídicas por las que se rigió el pueblo romano desde su origen (S. V ac) hasta la muerte del emperador Justiniano en el siglo VI dic. El derecho romano se convirtió en el referente jurídico de los pueblos jurídicos durante 14 siglos y en el siglo XII se institucionalizo como el elemento fundamental del ius commune europes y desde el siglo XVI se convierte en la base y fundamento del derecho europeo, esa evolución se conoce como tradición romanística. Actualmente la influencia del derecho romano se observa en el ordenamiento jurídico español a través de los Principios Generales del Derecho , el derecho romano forma parte por tanto de la tradición y el espíritu europeo, por esa razón se considera el derecho clásico por excelencia.

1. Clasificación El derecho romano se dividía entre derecho público y derecho privado: 

El derecho público era una organización jurídica de la sociedad romana y no podía ser alterado por particulares

Derecho privado: era la utilidad y las relaciones entre particulares y depende de la voluntad de los particulares. En el sistema jurídico actual se considera derecho público al derecho constitucional, administrativo, fiscal, de la seguridad social, penal, procesal penal e internacional público. Y derecho privado al derecho civil, mercantil, procesal civil e internacional privado) 

2. Etapas 

Etapa Arcaica: comienza con la fundación de la ciudad romana por Rómulo y perdura hasta los años 451-450 ac, durante ese periodo, Roma se rigió por imperativos religiosos y la casta sacerdotal dirigida por el colegio sacerdotal de los pontífices era quien creaba, interpretaba y aplicaba el derecho de la época, por esa razón los términos derecho religión y moral eran compactos e indivisibles. El Colegio de Pontífices, durante la época arcaica, se encargó de realizar una importante labor interpretativa del Derecho romano antiguo. Así, los pontífices a través de su interpretatio hacen que resulte posible la aplicación del Derecho a la vida cotidiana de los ciudadanos romanos. Dada la conexión que existe entre Derecho y religión en la época arcaica del Derecho Romano, no es de extrañar que los primeros juristas pertenecieran a este colegio sacerdotal. En este contexto, los pontífices son los únicos que fijan y conocen el calendario judicial (días fasti-









hábiles- y nefasti -inhábiles-), además son los depositarios de los formularios procesales, llamados legis actiones, y que además asuman la función de darle una aplicación práctica al Derecho, ciencia de la que son únicos conocedores. La actividad de estos conocedores del Derecho (iris prudentes) se resume en tres verbos: AGERE: se refiere a la capacidad de indicar la acción oportuna. CAVERE: Se refiere a redactar los formularios y esquemas para los negocios concretos, evitando su nulidad ante el rígido formalismo observado en la época. RESPONDERE: Se refiere a contestar y opinar ante las preguntas formuladas. Época preclásica o imperante: comience con la publicación del código de las 12 tablas en el año 450 ac y perdura hasta el siglo 27 a.C. El código de las doce talas contenía las reglas generales de la organización política y de la convivencia entre patricios y plebeyos en roma, e introdujo novedades como la publicidad o la insonomía (igualdad política). Las doce tablas eran interpretadas por pretores y juristas ya que actuaban al margen del colegio sacerdotal de los pontificios, gracias a eso, el derecho comenzó lentamente a hacerse laico, desvinculándose así de las connotaciones religiosas. Época clásica: desde el año 27 ac hasta mediados del siglo 3 dic. , durante esa época se pasa de la política autoritaria del principado a la política totalitaria del imperio absoluto, en ese periodo se creó la máxima demostración de derecho romano por el emperador Justiniano quien redacto el Digesto, una compilación de leyes que contaba con cincuenta libros divididos en siete partes. Época postclásica: se desarrolla desde la segunda mitad del siglo 3 d.C hasta el año 476 en el imperio romano de occidente y hasta el siglo VI d.C en el Imperio de Oriente. A partir del siglo V se produjo una vulgarización del derecho ya que varios juristas se convirtieron en burócratas al servicio del emperador absolutista tras las invasiones de los pueblos barbaros a roma . Época Justinianea: da comienzo en el siglo VI d.C con el gobierno del emperador Justiniano, quien ordeno la recopilación de derecho romano antiguo, en su obra el cuerpo de Derecho Civil ( corpus iuris civilis) que abarca todas las ramas del derecho y divididas en cuatro partes: instituciones (dedicada a las enseñanzas) , digesto, código y nuevas instituciones.

3. El Derecho romano en España Durante la romanización de Hispania, se aplica el derecho romano vulgar (clásico, simplificado) debido a su composición popular y provincial. El derecho romano sirvió como cohesión de los territorios peninsulares. Tras la caída del imperio romano y la posterior instauración de los visigodos en la península , se combinaron en la legislación elementos germánicos, tradicionales y locales con el derecho romano.

TEMA 2. ROMANO

LAS

ETAPAS

POLITICAS-JURIDICAS

DEL DERECHO

1. Origen de la civitas romana Para hablar de las etapas políticas-jurídicas del derecho romano es necesario empezar con explicando el origen de la civitas romana, el origen de Roma es un tema de gran controversia, pero actualmente se conocen dos corrientes que explican el origen de la ciudad de roma, la científica, y la tradicional: 



Científica: en esta corriente se sostiene que roma fue creada por los latium, que eran una población indoeuropea que se asentó en la zona central de la península. Uno de esos núcleos de población se instalaron en las colinas del palatino y en esquilino, fundando roma y extendiendo la ciudad hasta siete colinas más hasta el rio tibel. Tradicional: sostiene que roma fue fundada por dos gemelos criados por lobos, Rómulo y remo, quienes tras relaciones con descendientes troyanos, fundaron la ciudad. Rómulo se convirtió en el primer re romano, tras asesinar a su hermano por haber salido de las fronteras romanas, a Rómulo le sucedieron seis reyes más, completando el conjunto de los siete reyes de la monarquía romana. La tradición de roma diferenciaba tres grupos étnicos, latinos, sabinos y etruscos, quienes tenían una economía agrícola y ganadera, esos grupos fundaros múltiples ciudades y así fue como la primitiva urbs evoluciono progresivamente hacia la civitas romana, basándose en el modelo de la polis griega. La lengua de los romanos el latín, se convirtió en el idioma dominante de la antigüedad y fue durante 20 siglos, la lengua culta por excelencia,. Roma se configura en ciudad-estado con 12 mil habitantes y un territorio de 150 km cuadrados, con el paso de los siglos, roma pasaría de ser un estado ciudad a ser un estado con un gran territorio fuera de las murallas, debido a su continua e imparable expansión.

2. Etapas político-jurídicas del derecho romano  La monarquía (754 a.c- 509 a.c) : la tradición romana nos habla de siete reyes, 4 de procedencia latina (Rómulo, numes, Pompilio, tulo hostilio y anco marcio) y 3 de procedencia etrusca ( tarquinio el antiguo, tulo hostilio y tarquinio el soberbio). La monarquía llega a su fin gracias al gobierno dictatorial de tarquinio el soberbio que provoco levantamientos populares y descontentos nobiliarios. o Componentes de la monarquía:  El Rey: personaje único y vitalicio con poder amplio y unitario, la sucesión de reyes se lleva a cabo gracias al senado ya los augures, que se encargaban de elegir al nuevo rey.  Colegios Sacerdotales: era una parte esencial de la monrquia, y estaba formad por sacerdotes y presididas por el rey, debido a la indisubilidad del derecho, moral, y religión durante los primeros siglos de la historia romana. Se destacaban tres colegios principales: el colegio de los pontificios (eran

especialistas en ritos, técnicas de interpretación, creación y aplicación de derecho y tradición histórica), el colegio de los augures (se encargaban de detectar e interpretar la voluntad de los dioses o auspicios, y estaba presidido por el rey) y el colegio de los feciales ( tenían competencia e materias de derecho internacional)  El Senado: su función principal era la de consejero del rey (auctoritas patrum) pero también se encargaban del interregnum , asumían el poder del estado, tras la muerte del rey hasta la designación del nuevo rey. Y también del interrex, se encargaban en colaboración con los augures de interpretación de los auspicios para la elección de su nuevo rey, aunque el título de senador interrex tenía una duración de cinco días, ya que una vez interpretadas las señales, el candidato si era aceptado, era presentado en la asamblea senatorial que se encarga de dar el visto bueno o no, al candidato.  Asambleas Populares: la convivencia de los tres grupos étnicos, cada una de las tribus s e dividía en 10 centurias compuestas por patricios, las 30 centurias, formaban la asamblea comicial que se encargaba de dar a conocer las decisiones del rey y el senado y a dar publicidad a algunos asuntos jurídicos. Con el reinado de serbio tulio, , se introduce la asamblea por centurias a la que se accedía por poder económico.  La República: tras la caída de la monarquía, Roma presentaba una aversión a cualquier sistema político monárquico, por esa razón se establece por primera vez una república en roma. o Pilares de la república  La Asamblea Popular: formadas para que el pueblo, participe en las actividades políticas. Las asambleas populares o comicios en la república, se trasforma en una comicia centuriada, medida se considera un paso hacia la democratización de roma, ya el carácter de la asamblea es meramente popular y se elimina la participación militar y monárquica, y el carácter económico o social que tuvo su precedente, la asamblea curiada (vigente al inicio de la república) en la monarquía. Durante la república se crea un nuevo comicios tribal, de base civil. Con funciones electorales, legislativas y judiciales.  Funcionamiento: la asamblea por centuria era convoca por un magistrado, el ius agendi cum populo, el comicios tribal se convoca a través del tribuno de la plebe. Antes de la reunión de una asamblea era necesario contar con la interpretación favorable de los auspicios. La reunión se llevaba a cabo en el pomerium(recinto amurallado que rodea roma) en el caso de los comicios curiados y en el campo de marte, en el caso de los comicios tribales. La convocatoria se hacía por medio de un edicto que contenía la fecha la hora y objetivo de la reunión, y en la reunión no se llevaba a cabo ningún debate, tan solo se aprobaba o no un acto jurídico.  Competencias: la asamblea popular se encargaba de presentar proyectos de ley, respetar el derecho del sacro, el magistrado y el senado, tenía



competencias jurídicas, podía condenar a muerte a una persona, o absorber a la persona de un crimen. Para apelar en la asamblea era necesario convocar a través de un edicto a los comicios, el edicto debía contener la fecha, la hora, el nombre del acusado, el delito impuesto y la pena sentenciada por él. Senado: era la representación de la nobleza patricia aunque tras la democratización de los cargos en la república se permitió el acceso indirecto de representantes plebeyos al senado .  Funcionamiento: los magistrados (cónsules, pretores, dictadores y tribunos de la plebe) eran los encargados de convocar al senado, aunque también podían autoconvocarse, el senado se reunía en un edificio de la plaza pública denominada Hostilia, aunque podían reunirse en otro lugar siempre y cuando las interpretación de los augurios lo permitieran, tras la aprobación de los augures, el lugar debía pasar por el proceso de ignauratio. Las convocaciones del senado solo tenían un objetivo, votar algún hecho jurídico, una vez en la reunión, el magistrado era el encargado de dirigir y presidir la reunión, solo los senadores más antiguos podían tomar la palabra antes de la votación y el último en intervenir era siempre el princeps senatus, que solía ser el más antiguo de los ex censores. La decisión que se tomaba en el senado quedaba reflejado en un informe conocido como el senadoconsulto.  Competencias del senado - Auctoritas Patrum: se encargaba de legitimar las decisiones referidas a las leyes o candidaturas votadas en la Asamblea Popular, aunque la decisión del senado no podía interferir en la de la Asamblea, es decir que si el Senado invalidaba una ley ratificada por la Asamblea no se consideraba esa invalidación. - Interregnum: los senadores podían asumir de manera individual durante cinco días el poder consular, si tras la abdicación o fallecimiento de un cónsul, no se pudiera elegir un nuevo cónsul, ni con la interpretación de los augures - Política exterior: el senado se encargaba de las decisiones estratégicas tras declararse una guerra , como la dirección militar, o los medios económicos necesarios para combatir en la guerra. - Política provincial: el senado tenía el poder de crear provincias, definir sus límites y elegir a sus gobernantes, a los que se les nombraba propretores o procónsules. - Hacienda pública: intervenía activamente en gran parte de la actividad fiscal - Materia religiosa: controlaba el ejercicio del culto público y autorizaba la introducción de nuevas divinidades extranjeras. - Controlaba el funcionamiento de las asociaciones - Ámbito jurisdiccional; interviene e informa mediante salvoconductos de situaciones excepcionales para la vida de la república.



Magistraturas: eran cargos de elección popular y los titulares de ese cargo tenían la obligación y el deber de ejercer una serie de funciones en nombre de la republica que afectaban a todos los ciudadanos.  Características - Carácter anual y electivo por las asambleas populares pero tras pasar los siglos se introdujeron algunas excepciones: se prohibió la acumulación en una misma persona de varias magistraturas y la reelección en años consecutivos para el mismo cargo , de carácter definitivo se prohibió la reelección para el cargo de censor y el transcurro de cinco años para la reelección de cónsul. - A los magistrados no se les puede destituir antes de terminar su mandato. - Colegialidad: por cada dos magistraturas hay al menos dos magistrados compartiendo el poder de forma unánime. - Gratuidad: los magistrados no cobraban por realizar sus funciones pero se les compensaba económicamente dándoles cargos en provincias, donde si tenían derecho a un salario. - Responsabilidad político penal: se les exigía tras acabar el mandato.  Tipos de magistratura: - Cónsul: colegio formado por dos miembros con las mismas funciones y derecho de voto reciproco, es la magistratura más alta y prestigiosa de la republica - Pretor: en su origen era el jefe del ejército pero a partir del año 367 a.c se les dieron competencia especifica en materia de proceso civil, tenían la función de decir el derecho (iuris dictio) para así encauzar un conflicto, antes de ser llevado al juez. También promulgaba edictos con las normas que debían cumplir las partes del conflicto. - Dictador: es nombrado por el cónsul con la aprobación del senado ante una situación de peligro interno o externo, el nombramiento del dictador supone la suspensión de las garantías constitucionales. - Cuestores: formado por cuatro personas que se eligen anualmente, os de ellos se encargan de algunas funciones administrativas y del custodio de la renta publica, y los otros dos eran auxiliares de los cónsules y se encargaban de la administración de la renta militar. - Censores: controlan las costumbres y la moralidad del pueblo y tienen la capacidad de denunciar cualquier violación de los Sacro y de las leyes civiles y militares. - Tribunos de la plebe: defienden los interés de los plebeyos - Ediles curules y ediles plebeyos: se encargan de funciones administrativas y municipales..

Durante la república se asentaron dos grandes grupos sociales: los patricios y los plebeyos: Los patricios estaban formados por antiguos núcleos de población que habían sido admitidos como miembros de la comunidad política. Y Los plebeyos por las demás personas libres que no formaban parte de la actividad política, jurídica, social, religiosa

y económica. Gracias a las limitaciones de los plebeyos, aparecieron confrontaciones entre patricios y plebeyos, estos últimos reivindicaban tener acceso al ámbito político, social, económico y jurídico, lo que consiguieron gracias a la publicación del código de las doce tablas, que a aparte de ser la primera legislación reconocida en roma, fue un pacto constitucional de contenido abstracto entre patricios y plebeyos para conseguir igualdad jurídica entre esos grupos sociales.  El Principado:(27 a.C-235 d.C): Al morir cesar en el año 44 a.C el poder pasa a un triunvirato, en el segundo triunvirato compuesto por Marco Antonio, Octavio Augusto y Lepido, (este último renuncia al cabo de unos años) al pasar los años se inicia un enfrentamiento marco Antonio y a Octavio augusto por el poder, y en el año 31 a.C el ejército de marco Antonio es derrotado por el de Octavio augusto en la batalla de actium quedando Octavio como el único cónsul en el triunvirato. En el año 27, augusto intenta restaurar el sistema republicano así que renuncia a todos sus poderes, pero el senado no lo acepta y le nombran pater patria, y posteriormente princeps senatus, en el año 23 se le otorgan dos poderes más, el de tribunicia potestas y el de imperium proconsulare maius et inifinitum, configurándose así sobre augusto un nuevo sistema político autoritario conocido como el principado.  Características: en este nuevo sistema liderado por augusto las asambleas populares quedan excluidas de la actividad política, que es desarrollada ahora por el príncipe (cabeza de estado y mayor auctoritas), el senado y el ejército, el cargo del príncipe, era un cargo vitalicio y la elección del nuevo princeps se podía realizar de dos maneras: el propio príncipe elegía a su sucesor antes de su muerte o el senado en coalición con el ejército votaban a un candidato . El principado de augusto dura 40 años, y supone un periodo de prosperidad económica, cultural y social en Roma.

TEMA 3: LAS FUENTES DE DERECHO Las fuentes de derecho en roma dependen siempre del sistema político imperante en el momento, despendiendo de las etapas históricas, se consideraban fuentes de derecho las asambleas populares, los magistrados, el senado, los juristas, el emperador, o los ciudadanos a través de las costumbres. 1. Época republicana En la época republicana se consideraba fuentes de derecho la codificación de las XII Tablas, las leyes y los plebiscitos y los edictos de los magistrados:  La codificación de las XII Tablas: fue un pacto constitucional de contenido abstracto que regulaba las relaciones entre ciudadanos (patricios y plebeyos), las XII Tablas se consideran un primer intento de sistematización del derecho, ya que con esa ley se pretendía dar certeza, objetividad y seguridad jurídica a los ciudadanos por igual.    



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Contenido de las XII Tablas: Tablas I-III: regulan el derecho procesal civil, reconoce una participación activa de las partes en el proceso jurisdiccional: Tabla IV: regula principalmente la emancipación de los hijos y el divorcio de la mujer. Tabla V: Regula la tutela de las mujeres que no estaban bajo la potestad del pater familia o de su marido, regula también la familia y la herencia, estableciendo por primera vez el legado, al determinar que los bienes de una persona no se podían donar o heredar a miembros que no son de su familia. Tabla VI: regula los negocios jurídicos, establece las principales figuras jurídicas usadas en el siglo V a.C capaces de participar en la compraventa de bienes o en la potestad de otras personas Tabla VII: Regula las limitaciones al derecho de propiedad y a las relaciones de...


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