ETAPAS DEL DERECHO COMERCIAL PDF

Title ETAPAS DEL DERECHO COMERCIAL
Author Felina Argentina
Course Derecho
Institution Educación Secundaria (Argentina)
Pages 16
File Size 342.1 KB
File Type PDF
Total Downloads 68
Total Views 152

Summary

DESARROLLO HISTORICO DEL DERECHO COMERCIAL. ...


Description

INSTITUCIONES DEL DERECHO COMERCIAL UNIDAD 1: PARTE HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL. 1) Parte histórica. Origen y evolución del derecho comercial. Etapas. Antecedentes de la actividad económica en la antigüedad. El derecho comercial como derecho de los comerciantes (artesanos, gremios, ferias etc). Jurisdicción Corporativa. De los criterios subjetivos a los objetivos. Teoría del acto de comercio. La codificación. El derecho comercial como derecho de la empresa. Características principales. La unificación legislativa de los derechos civiles y comerciales. El derecho comercial o mercantil es un concepto, cuya denominación proviene de la legislación española, nace y se desenvuelve como un derecho especial o de excepción frente al derecho civil y que constituye una categoría histórica, ya que su definición ha cambiado de acuerdo al contexto económico, social y político de la realidad histórica. Muchas autores han intentado dar una definición del derecho comercial, entre ellos:   



Ripert, que lo define como “la parte del derecho privado que regula las operaciones jurídicas hechas por los comerciantes, ya sea entre ellos, ya sea con sus clientes. Goldschmidt, dice que es “el derecho especial en materia comercial” Martí de Eixalá, lo define como “el conjunto de disposiciones legales que regulan los actos de comercio y dirimen las contestaciones que de los mismos se originan, que es la parte del derecho privado que determina la naturaleza y los efectos de las convenciones concertadas, sea por los comerciantes, sean en ocasión de los hechos del comercio. Sánchez Calero, dice que “es la parte del derecho privado propio de los empresarios y de su estudio, asi como la actividad externa que estos realizan por un medio de una empresa” El derecho comercial ha sido concebido hasta fines del siglo pasado como el derecho de la economía organizada y que la empresa era la persona económica que el derecho comercial ha regulado. Pero, a comienzos del siglo XXI, esta última idea ha tenido varios cambios, en la medida que en la propia dinámica de los negocios y reconversiones por las que ha tenido que pasar el mercado ha hecho que el derecho comercial se deje de identificarse con los sujetos sino con la actividad. Este derecho se centraba en la empresa y giraba alrededor de los bienes, ahora el punto central es la actividad alrededor a la cual giran tanto las formas de organización de la empresa como los sujetos y los bienes. El concepto moderno del Derecho Comercial es: “el conjunto de normas y principios específicos que regulan la actividad económica en el mercado y el tráfico de bienes y servicios en el mismo”

ETAPAS EN LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO COMERCIAL: Existen cuatro grandes etapas en el desarrollo del derecho comercial, según la doctrina: 







Una primera etapa donde la concepción del derecho mercantil es predominantemente subjetiva, concibiéndolo como el derecho de los comerciantes en el ejercicio de su actividad profesional, la cual abarca desde el medioevo hasta la revolución francesa. Una segunda etapa, en el cual el derecho comercial es concebido como la disciplina de los actos de comercio, en una estructuración predominantemente objetiva de la materia, y que comienza en la Revolución Francesa, con la sanción del Código Francés de 1807, hacia fines del siglo XIX y comienzos del siglo XX. Una tercera etapa, en la cual se marca un retorno a la concepción predominantemente subjetiva del derecho mercantil, concibiéndolo como el derecho de la empresa, comenzando desde principios del siglo XX hasta fines del siglo XX y principios de XXI.7 Una cuarta etapa, la cual marca el retorno a una concepción predominantemente objetiva, cual es la de concebir al derecho comercial como el Derecho de la actividad económica, que es el que rige en nuestros días. El derecho comercial depende de la estructura y la configuración de la comunidad en la cual sus instituciones se desenvuelven.

PRIMERA ETAPA: El Derecho Comercial como el Derecho de los Comerciantes. Esta primera etapa del Derecho Comercial se centra en una concepción predominantemente subjetiva, focalizada en la figura del comerciante, y de su carácter de tal, lo que somete a normas propias y a una jurisdicción diferenciada por sus pares. El nacimiento del derecho mercantil como ordenamiento especial: El derecho comercial surge como ordenamiento especial en la época medieval. Esto es consecuencia directa del Renacimiento que tuvo lugar en Europa occidental a partir del siglo XI, aunque no puede afirmarse que en la antigüedad no existiera el comercio. Se acepta, casi sin rechazo, que el comercio existió desde que apareció el hombre, aunque de forma precaria y primitiva. Al comercio no se lo puede concebir como algo aislado o anárquico por lo cual, desde que existió el comercio, existieron normas que lo regulaba, pero aún no había una disciplina específica, autónoma, que regulara la actividad. El derecho Romano no contemplaba diferenciación entre el derecho civil y el derecho mercantil, aunque previera entre ellos ciertas diferencias. En Roma, Grecia, Fenicia y Egipto, se ejercía el comercio, debiendo ajustarse quien desarrollaba la actividad a una serie de normas.

Características socioeconómicas de la época: La invasión islámica provocó para el desarrollo del comercio, un suceso que afectaría a quienes quisieran intervenir en el tráfico e intercambiar mercaderías: colocó una berrera infranqueable en el Mar Mediterráneo, en lugar de lazo de unión, como lo hubo en el siglo V. Esto dejó como resultado que los hombres de diverso origen, diversas costumbres e idiomas,

se comenzaran a mezclar. La disciplina común, para quienes desarrollaban la misma actividad, no era reglada. La sociedad de Europa occidental en el siglo VIII volvió a su carácter agrícola con la existencia de grandes latifundios y la concepción de una economía que se calificó como dominial y cerrada, en la que no existían mercados exteriores. Pero el régimen feudal no sólo derivo en una situación de opresión, sino que incentivo al hombre que busque nuevos medios para hacer frente a los impuestos que cobraban los señores feudales. Esto llevo a que se produjeren migraciones internas, dirigidas hacia otros centros, encontrando nuevas formas de trabajo para los vasallos, naciendo así los burgos o villas de artesanos y mercaderes.  La clase de los mercaderes y la burguesía: los habitantes de las villas y burgos, llamados la burguesía, no constituyeron en sus orígenes una rebelión hacia los príncipes o señores feudales, sino era la defensa de la libertad, para trasladarse de un centro urbano a otro y de permitir la circulación de bienes: garantizando asi el comercio. Cada una de esas ciudades, se van volviendo autónomas, tanto en materia administrativa como judicial y los mercaderes, sabiendo la necesidad de proteger esos intereses, comienzan a agruparse en corporaciones y gremios. Quienes lograron pertenecer a estos grupos, debían cumplir ciertas normas y llegaron a constituir una verdadera clase privilegiada, siendo juzgadas por sus propios pares.  Las ferias y los mercados: paralelamente a la evolución de la ciudad- estado, nacen dos instituciones vinculadas al desarrollo del derecho comercial: las ferias y los mercados. A partir del siglo IX, las ciudades comienzan a presentar pequeños mercados locales en los cuales se vendían productos para el abastecimiento de la población (ventas del producto al por menor ). Estas reuniones de comerciantes tenían carácter semanal, limitado a la ciudad. También, existían otras reuniones de comerciantes de lejanos lugares, donde celebraban ventas al por mayor. Para la celebración de una feria era necesario contar con una decisión favorable del príncipe territorial ya que durante la celebración se reconocía la existencia de un derecho especial que garantizaba a quienes concurrían seguridades esenciales para el trafico, que se conocían como la paz de la feria. La vigencia de esta, se garantizaba mediante la entrega a los mercaderes que concurrían de un salvoconducto, cuya portación garantizaba la protección del príncipe territorial. Las mas importantes se centraban en Italia.  Las corporaciones: Las corporaciones de artesanos encaminaban su actividad hacia un objetivo de carácter medianamente monopólico, coordinando su actividad con la reglamentación de la relación que uniría a maestros y aprendices, estableciendo las jornadas de trabajo, y utilizando técnicas tendientes a uniformar y garantizar la calidad del producto. Su origen puede vislumbrarse con anterioridad, donde se desarrollaban en un marco de gran inseguridad, como en los pueblos románicos y germánicos, que los comerciantes se trasladaban en caravanas, con fuerza armada. Estas reciben el nombre de cofradías.

Las reglas por el cual se regulaban estas primeras nociones de comerciantes eran de origen consuetudinario. En el siglo XVI, en Francia, España e Inglaterra se produce la transformación de la economía y la aparición de los estados nacionales, lo que lleva a que se empiece a eludir la intervención de las corporaciones en la actividad comercial, para que la misma se encuentre bajo un conjunto de reglas y normas que impida el monopolio de grupos sectoriales. Así sucede en 1413 en Francia, estableciendo la libertad de los artesanos frente a los empresarios. ASPECTO INSTITUCIONAL DE ESTA ETAPA:     



El Derecho Comercial se concibe desde una posición predominantemente subjetiva. El nacimiento del derecho comercial como una necesidad histórica, teniendo en cuenta la realidad económica y social. Su carácter de derecho especial o de excepción frente al derecho civil. Es subjetivo, concebido como el derecho de los comerciantes. Un carácter objetivo residual o complementario, que permite aplicar esas normas especiales a quienes no fueran comerciantes, mediante un sistema de ficción: considerándolos como si fueran comerciantes. Algunas normas específicas de la época: Las ordenanzas de Comercio de Luis XIV (1673).

SEGUNDA ETAPA: El Derecho Comercial como el Derecho de los Actos de Comercio. En esta segunda etapa, el Derecho Comercial ingresa en un ámbito absolutamente objetivo, donde nace la teoría de los actos de comercio con el fin de romper con el ámbito en el que los comerciantes actuaban por fuera de las normas y los jueces. Hacia un sistema predominantemente objetivo: En primer lugar, en Francia, aparece desarrollada, en forma de folletos de carácter político. Se exponen las nuevas ideas radicales: la nobleza y el clero y los magistrados defienden las viejas instituciones. Algo más moderado que esto, eran los cahiers de 1789, tratando los abusos locales, pero contaban con la implementación de los principios de igualdad y libertad. También la sanción de los Derechos del Hombre y el Ciudadano. Dicha igualdad política, y los instrumentos necesarios para garantizarla, chocaban con la existencia, dentro del Estado, de una clase de individuos que se regían, en su actividad, por normas propias y ajenas a las del Estado. Así la Revolución Francesa, y los acontecimientos anteriores, establecieron, a la disciplina mercantil, un nuevo estilo tendiente a la búsqueda de elementos objetivos, para caracterizar las normas y la actividad, que en definitiva, había que regularla.

-

Características socioeconómicas de la época: A partir del siglo XVI comienza a aparecer en Europa un incipiente capitalismo primitivo a modo de incentivo de la producción. Por una parte, los artesanos que habían desarrollado cierta técnica empresarial en su trabajo comenzaron a asalariar a otros artesanos, pasando de una economía de carácter individual a otra de carácter doméstico. Por otra parte, algunos de los maestros rompen con la estructura clásica de las corporaciones, y comienzan a asalariar a

artífices, dejando de trabajar en la producción y convirtiéndose en capitalistas propiamente dichos. La explotación agrícola deja ser una mera explotación de la tierra comunes, concibiéndola bajo un sistema racional y de parcelas. La acumulación de capitales empieza a hacerse presente y aparece la existencia de una importante burguesía que empieza tener privilegios sociales.  Las ideas de ciertos pensadores como los fisiócratas, iniciaron un nuevo sistema de ideas que iba a cambiar por siempre la idea del comercio, asegurando que el comerciante debe ser independiente y contar con total libertad de comerciar. Los autores mas importantes son Adam Smith, David Ricardo etc.  La Revolución Industrial: la aparición de las máquinas hicieron que los productos puedan ser fabricados en menos tiempo y a bajo costo, lo que llevo a una verdadera revolución de la economía, con aparición de fábricas, como centro de la escena laboral y principal actividad económica, y el surgimiento de nuevas clases sociales: el proletariado. La codificación napoleónica: La Revolución Francesa sentó las bases de nuevos principios en el comercio: Libre elección de las profesiones. Libre ejercicio de la profesión elegida Libre determinación de las condiciones. Así se establecen nuevas reglas en lo mercantil: Libre competencia: que rige las relaciones de los productores entre si. Libertad de trabajo: que rige las relaciones de estos con sus dependientes u obreros. Otro cambio, fue la realización del Código de Comercio francés, impulsado por Napoleón, sancionado en 1807. Contaba con 648 artículos, divido en cuatro partes:  Del Comercio en General.  Del Comercio Marítimo.  De las Falencias.  De la jurisdicción mercantil. No se contemplaban supuestos del régimen de sociedades comerciales, bancos y actividad de transporte. Fue utilizado como antecedente para el Código de Comercio realizado por Vélez Sarsfield. La teoría del acto de comercio: La sanción del Código de 1807 convierte el Derecho mercantil, concebido hasta entonces como Derecho aplicable a los comerciantes, en un Derecho de aplicación a todas las personas que realizaran determinados actos regulando, entre sus disposiciones, esos actos a los que se denominaba “actos de comercio”. El articulo uno de este código decía: “son comerciantes aquellos que realizan actos de comercio, haciendo de ello su profesión habitual”. La función del comercio según el Código es:  En primer lugar, establecer quienes y mediante qué requisitos adquieren calidad de comerciantes, y  En segundo lugar, delimitar objetivamente la competencia de los Tribunales de Comercio.

ASPECTOS INSTITUCIONALES EN ESTA ETAPA:  El derecho mercantil empieza a envolver aquellas personas que no son comerciantes, potenciado por cambios económicos importantes: como el capitalismo.  Hubo un concepto predominantemente objetivo del Derecho mercantil, concebido como el derecho de los actos de comercio. Pero esa objetividad no fue tanto en el comercio en sí, sino desde la concepción del estado y de la sociedad.  El ordenamiento y sistematización de sus normas a través de un sistema codificado.  La consagración del principio de libertad del comercio.  El mantenimiento de tribunales especiales en materia comercial, dependientes del control del estado. TERCERA ETAPA: EL Derecho Comercial como el Derecho de la Empresa. Existió el retorno de una concepción subjetiva. La Revolución expandió en Europa un nuevo concepto liberal y su legislación influyó notablemente en las sanciones del resto de los Códigos europeos. La concepción objetiva respecto del Derecho Comercial no pudo resistir una realidad dinámica y cambiante, y el modo en el cual los sujetos se desenvolvían en el mercado, van haciendo fluir institutos y modalidades de relaciones jurídicas y patrimoniales. La conjunción del liberalismo y el maquinismo permite el advenimiento de la economía del s. XIX, caracterizada por una técnica muy perfeccionada y una división del trabajo muy extendida, por la libre iniciativa de los jefes de empresa y por la búsqueda sistemática de la ganancia. Otra circunstancia fue el desarrollo de los fenómenos asociativos, como las sociedades por acciones, y la expansión de los ferrocarriles, que facilitaron el transporte de mercaderías. El código alemán de 1897: Este estaba dividido en cuatro libros:  Comerciantes.  Sociedades comerciales.  Actos de comercio.  Navegación. Con este código, se vuelve a una concepción subjetiva y caracterizaba al comerciante como aquel que desarrolla una actividad mercantil y se prevé la inscripción del sujeto en el Registro de Comercio. No se concibe acto de comercio aquellos que no sean los desarrollados por el comerciante, con lo que se desvirtúa la teoría de los actos de comercio. El Código italiano de 1942: En el año 1942 se sanciona el nuevo Código Civil italiano, que comprende, en forma unificada, materias de derecho civil, comercial, laboral, y algunas normas de derecho público. Retorna, así Italia, al sistema subjetivo, convirtiendo a la figura del empresario en el centro sobre el cual giran los conceptos relativos a la actividad mercantil. Características del derecho comercial de la época:  El derecho mercantil como regulador de los actos en masa: algunos autores señalan que la diferencia entre acto mercantil y acto civil, no refiere al acto en si, sino en la persona que lo realiza. Se llega a la conclusión de que en el derecho comercial se pueden realizar actos en forma masiva. Esto resalta el carácter subjetivo del derecho,

permitiendo .los actos en serie, realizados en gran número y con carácter típico. El comerciante es un hombre de negocios.  La teoría atomicista: la aparición de la idea de organización, comienza a forjar el concepto de empresa, que es definida como un conjunto de elementos, organizados de determinada manera y en su faz dinámica, utilizados por el comerciante para el desarrollo de su actividad profesional. La teoría atomicista surge como reacción frente a una concepción unitaria de empresa, afirmando la autonomía de sus elementos y negando su interrelación. Proviene de la idea filosófica que consideraba al mundo en general y a la naturaleza en particular, constituidos por pequeñas unidades individuales denominadas átomos. Toda la realidad constituía un conjunto de átomos unidos. Los tres principios básicos del atomocismo son:  Todo conjunto no es mas que la mera suma de las individualidades que lo componen.  El derecho de propiedad es autónomo y absoluto del individuo sobre cada cosa. El derecho comercial como verdadera categoría histórica tiene un contenido relativo, en la medida que se adapta a la realidad económica y social dinámica.  El nacimiento de una concepción de derecho económico: con el paso del tiempo, el derecho comercial ha ido perdiendo su semejanza con el derecho privado y ha ido encontrando semejanzas con el derecho público. En esta etapa se identifica al derecho comercial con una suerte de derecho de las relaciones económicas, al que algunos autores han identificado como Derecho Económico. La figura del comerciante fue reemplaza por la de empresa. ASPECTOS INSTITUCIONALES DE CADA ETAPA:  Existe una concepción predominantemente subjetiva, con un nuevo protagonista: la empresa.  La discusión respecto del tratamiento de la disciplina mercantil dentro de un régimen de unificación del derecho privado.  La irrupción de instituciones y normas de derecho público en el sistema del derecho privado y dentro de este, en el derecho mercantil.  El derecho mercantil como elemento desprivatizador del derecho privado. CUARTA ETAPA: El derecho comercial como derecho de la actividad económica organizada. A partir de los fines de los años 80, se ha producido una derivación de la concepción predominantemente subjetiva que vinculaba al Derecho Comercial como derecho de la empresa hacia una concepción predominantemente objetiva, donde el elemento referente es la actividad, que es la que genera la producción y el intercambio de bienes y servicios, y alrededor de dicha actividad es que giran actualmente los sujetos, la organización y el patrimonio. El desplazamiento del eje de la caracterización mercantil: del sujeto empresario a la actividad empresarial. Uno de los fenómenos más significativos que se dieron a fines del siglo XX y el comienzo del siglo XXI es la despersonalización del derecho comercial, que se centraba en el

comerciante...


Similar Free PDFs