Tema 5 - Apuntes 5 PDF

Title Tema 5 - Apuntes 5
Course Contabilidad de Sociedades
Institution Universidad Rey Juan Carlos
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TEMA 5: LAS APORTACIONES DE LOS ACCIONISTAS Los accionistas pueden aportar bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica. Nunca se podrán aceptar como aportaciones de los socios trabajo o servicios prestados. Dentro de las aportaciones distinguimos dos tipos: - Aportaciones Dinerarias: Se realizan en efectivo, moneda nacional. Si fuese extranjera, tipo de cambio a moneda nacional. Se acredita la realidad de las aportaciones dinerarias mediante certificación del depósito de las correspondientes cantidades a nombre de la sociedad en la entidad de crédito que el notario incorporará a la escritura, o mediante su entrega para que aquél lo constituya a nombre de ella. - Aportaciones NO Dinerarias: Se realizan en especie, bienes o derechos susceptibles de valoración económica (dividendos, derechos de autor, etc.). Un socio tiene un plazo máximo de 5 años para entregar las aportaciones no dinerarias que prometió a la empresa. Las aportaciones no dinerarias, habrá que contabilizarlas según su Valor Razonable (Valor de Mercado) de los bienes o derechos a fecha de suscripción de las acciones. Los expertos por el RM serán los que la valoren. Cuando un socio realiza aportaciones no dinerarias, tiene que cumplir el Principio de Realidad del Capital: Valor Pericial > Valor Escriturado (VE=VN+PE). Si la Sociedad se encontrase inscrita en el Registro Mercantil, se deberá votar en junta la adquisición de un activo que supere una determinada cantidad. Si llegado el vencimiento de un dividendo pasivo exigible por la sociedad, el accionista no hace efectivo el pago, el accionista se convierte en moroso (acciones en mora). Estos no podrán votar ni tener derecho a dividendos... Pueden reclamar los dividendos no prescritos, en un plazo de 5 años si recuperase los derechos. Se acudirá a la vía judicial para reclamar el dinero a los accionistas morosos cuando se crea que tienen dinero y son solventes. En cambio sí se cree que no tiene dinero, se acudirá a la vía privada. Supone que se van a enajenar o vender las acciones del moroso, por cuenta y riesgo del accionista moroso. Una vez vendidas las acciones, se cancela la relación con el accionista moroso. Si no hay nadie que las quiera comprar, se amortizarán mediante una reducción de capital....


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