2 romano pdf - Apuntes 2 PDF

Title 2 romano pdf - Apuntes 2
Course Derecho Romano
Institution Universitat de València
Pages 63
File Size 1.1 MB
File Type PDF
Total Downloads 33
Total Views 169

Summary

Apuntes romano UV Derecho primer año profesor Alejandro Valiño...


Description

Literatura jurídica postclasica colecciones de leges: constituciones !

- leges: material de la cancillería imperial con la única salvedad de los rescriptos imperiales ! - los situaremos dentro de la categoria de los iura ! - Codex Theodosianus ( C.Th. ) ( 438 ) ! - ( Aquí el imperio romano ya se ha dividido y falta poco para que acabe ) ! - 2o código de la historia de los romanos ! - el primero fue hace 1000 años, ley de las XII tablas ! - Código de verdad, publicado por máxima autoridad del estado ! - Theodosio II ! - leges generales : constantino y sucesores ! - no rescripta ( iura ) ! - 16 libros: derecho publico ! - Residuo : esquema del indice por vida breve ! - Oriente : hasta el 529 ! - Occidente : hasta el 506! - novellae postheodosianae: colección de leyes de Constantinopla ( clasicismo ) ! - novelas quiere decir nuevas leyes ! - el código theodosiano se acaba pero el sigue sacando nuevas leyes ! - adicta barbarorum: vulgarismo ! - los barbaros vulgarizan el derecho romano ! - se reduce calidad, se pierden conceptos ! - se dedican a dar edictos cuando llegan, aunque solo los hacían los magistrados! - se sienten con un complejo de inferioridad por el emperador de oriente! - esto ya es derecho visigodo ! - D Edictum de teodorico II ( 460 ) : sur de las Galias ! - D Edictum de Eurico ( 476 ) : Pauli Sententiae + Codex Theodosianus! Breviario de Alarico II / lex romana WIsigotgorum ( 506 ) !

- se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa! - Difusión Europa Occidental hasta siglo XI! - aparecen las universidades ! - en la universidad de bolsonia, cuando ven al corpus iuris, dejan el lado el Breviario de Alarico! - estructura ! - leges: ! - resumen Codex Theodosius + Novellae Posttheodosiane! - iura: ! - liber gaii ( no versión originaria ) ! - Versión Pauli Sententiae ( 1/6 parte ) ! - Epitomes codice gregorianos hermogenianus ! - Respinsum de painiano ! - Interpretaciones ( salvo el Liber Gaii ) : ! - **Todas las obras de arriba vienen acompañadas de una interpretatio ( excepto el libro de gaio ) ! - **glosas para acomodar la fuente al ambiente cultural ( sur de las Galias ) ! - el ambiente este cultural era bastante bajito !

Libro pertenecientes a la época Justinianea : corpus iuris

- Publicó en 533 ! - recopilación de Justiniano ! - quiere que vuelva la gloria del imperio romano, que ya esta fragmentado, utilizando esto: !

- Unidad militar: reconquista Italia y mediodía hispania ! - unidad religiosa ! - Primeros grandes concilios! - aparición de la base de la doctrina catolica**?! - unidad jurídica ! - ; convencido de que el derecho romano es lo mas grande que los romanos han sido capaces de generar !

- compone el corpus iuris!

- denominación! - corpus iuris: Bolonia! - cuando los primeros profes de las unis europeas, lo llaman el cuerpo del derecho ! - Corpus iuris civilis: Renacimiento ! - lengua! - Latín: homenaje ! - Edición en griego del siglo IX: 6o libros Basílicos de León el Filósofo ( tradición jurídica esclava ) !

- partes del corpus iuris ( cronologicamente, por lo que hace justiniano ) ! -

Código : Codex ( C. ) ! Digesto : DIgesta o Pandektai ( D. ) ! Instituciones: Instituta (I. ) ! Novelas: Novellae ( Nov. ) ! - leyes que quedaron fuera del código !

corpus iuris Codex Iustinianus!

- lo mandó a hacer Justiniano I! - Presidente de comisión encargada de hacerlo: Juan de Capadocia! - Contenido : leges! - Código Gregoriano y Hermogeniano ! - antes de las obras de iura, teníamos los rescriptos imperiales**! - Código Teodosiano ! - Novelas Posteodosianas y leyes posteriores! - **recopilación de constituciones imperiales ! - Composición general! - 12 libros ! - se dividen en títulos ! - vienen encabezados en una rúbrica ( rubrica es rojo ) = materia ( la rubrica dice la materia ) ) , y a partir de ahí vienen constituciones imperiales ( orden cronológico ) , BUSCAR SIGNO QUE SE LLAMA PARÁGRAFO !

- Inscripto: emperador, fecha y lugar, destinatario ! - Sistemática: edicto pretorio ! - pequeñas partes de las ediciones! - 1a edición : 529 ! - prohibición de usar antiguos códices! - Ley de Citas ( Digesto en preparación )! - Itp: contradicciones, actualización ! - 2a edición : 534 ! - forma parte del Corpus Iuris! - alteraron el código para armonizar el contenido ! - nuevas constituciones desde 529 ! - Correcciones ! - Quinquaginta decisiones ( 530-530 ) ! - 50 decisiones de gente que trabajaba para justiniano ! - sobre puntos oscuros del derecho que en aquel momento preocupaban! ** en la época Justinianea , los rescriptos forman parte de las leyes en la época justinianea, en la época post clásica no !

Corpus iuris Digesta o Pandektai !

- Publicó en 533 ! - por justiniano ! - presidente de comisión encargada de hacerlo: Triboniano! - Contenido: ! - Contenido = ley ! - autoridad de juristas X== ley! - antologia de jurispridencia clasica! - efectos : ! - idea inicial : solo ius rispondendo, pero también Labeón ! - superación ley de Citas ! - antes del digesto, aun se consideraba que habían 5 juristas por encima de todo ! - X en 2a edición del Codex ! - composición general ! - 50 libros, títulos, fragmentos, parágrafos! - inscriptio: jurista que lo dijo, libro de procedencia, obra! - pequeñas partes ( modus operandi es como lo llamaría el profe ) ! - revisión de 1300 obras de juristas clásicos ( 3 años )! - 9000 fragmentos: ! -

6000 de señores de la Ley de Citas de ultima etapa clásica ! 2500 de 7 juristas clásicos y postclasicos ! 500 de 27 restantes juristas ! **Ulpiano es el preferido , aunque no es muy original !

- Itp: contradicciones, actualización, depuración ! - prohibición de: ! - Cotejo con las obras originales ! - Resúmenes o comentarios ! - —— convierte el digesto en ley ! - admisión de : traducciones literales en griego ! - con subcomisiones en 4 grandes masas ! - Edictal: libri ad edictum ! - Sabiniana: libri ad sabinum! - libros de gente luego de sabino que comentan la obra de sabino ! - papinianea: libri ad papinianum ! - Apéndice: fragmentos de diversa procedencia ! - ***para hacerlo tan rápido !

corpus iuris Instituta!

- contenido: enseñanza elemental ! - Comisión: doroteo y Teófilo ! - fuentes: gayo, Marciano, Ulpinano, Florentino! - Sistemática galana puesta al día! - personas, cosas, acciones ! - 4 libros ! - prohibición: comentario! - (pero el presedente de la comisión Teófilo se la saltó e hizo una paráfrasis griega) ! - Estructura! - 4 libros, títulos, parágrafos! - texto continuo ( no fragmentos ): no referencia ! - Hipótesis romanística procedencia parágrafos! apéndice: novellae leges !

- constantinopla: colectivo Graeca ! - desde el 534 ( 161 Justiniano, 4 Justino, 3 Tiberio II ) ! - Mayoría en griego ! - Italia ( glosadores ) ! - Epitome iuliani! - resumen en latin de 122 noellae ! - Autor: profesor de Constantinopla ! - authenticum: novelas de justiniano entre 535—556! - las pocas originales en lengua latina! - rudimentaria traducción al latín de las griegas! - descubierto por Irnerio (desecha Epitome Iuliani)!

COMO VA A SER EL EXAMEN: ! CORPUS IURIS ** las novelas se ponen nov. Just ( para decir que es de justiniano ) ! están ordenadas en libros, capitulos, y luego ya la novela en cuestión ! D 2.3.7! Libros pertenecientes a la época Justinianea SI NOS PONE C. 7. 3. 2. 1 ! 2 = CONSTITUCION IMPERIAL ( QUE PUEDE SER UN RESCRIPTO IMPERIAL, UNA LEY GENERAL, UNAS INSTRUCTIONES HACIA UNOS FUNCIONARIOS ) ! 1 = VIENE DIVIDIDO EN PARAGRAFOS. EL NUMERO 1 NO ES EL PRIMER PARAGRAFO, ES EL SEGUNDO. EL PRIMER PARAGRAFO VIENE CON pr. ( principio ) ! 7 = cantidad de libros ??! Digesta o Pandektai

D. 50. 17. 25. 2! D = digesto ! 50 = libro 50 ! 17 = titulo 17 ! 25 = fragmento extraído de obras de juristas 25 ! 2 = articulación en parágrafos del fragmento ( es el tercer paragrafo )! igual antes de todo eso pone Ulp 13 ad. Edict. ! significa que usaron la obra de ulpiniano ( libro 13 ) ! me he encargado de entenderlo todo, ahora intentar que la información sea simétrica !

Proceso PREGUNTARLE A MAMEN SI TOOOODA ESTA PARTE ESTÁ BIEN cauce civilizado de reclamación ! instrumento que utiliza la comunidad romana para arreglar un conflicto ! Procedimiento ordinario : !

- En la Ley de las XII Tablas :! - se establece que la iniciativa procesal corresponde al agraviado o demandante y la intervención particular es fundamental!

- Partes - 1. actuación de un particular con auxilio de los juristas ! - utilizan leges actiones: ! - Gayo las creó! - conllevaron la Superación de la vis privata ! - violencia ilegítima! - BUT Conservación de cierta violencia lícita ! - manus iniectio: ! - has tenido oportunidad de defenderte pero has perdido, y si no lo aceptas, te vuelves de la propiedad de alguien !

- Características del procedimiento de esta ley: ! - oralidad! - mores maiorum decían qué certa verba había que decir al principio ! - libri pontificales me lo contaban más tarde ! - los juristas se lo dicen al demandante ! - ritualidad! - gestos , ritos , formalidades ! - Decadencia: lex Aebutia ( 130 a.C. ) ! - Desaparición: leges Luliae iudiciorum privatorum 30 a.C. !

Proceso Procedimiento ordinario!

- partes del procedimiento ordinario - 1. actuación de un particular con auxilio de los juristas! - utilizan el procedimiento formulario: ! - fórmula concreta ! - una formula para cada cosita distinta! - para encontrar la que encaja con mi propósito de reclamación, necesito ayuda de juristas ! - precedentes: ! - iurisdictio peregrina ( 242 a.C. ): cives + peregrini ! - instituciones del ius Quiritium: cives romani ! - Legis acciones : cives romani ! - soluciones! - Fictio civitatis : individual ! - fingir que eran ciudadanos romanos ! - formulas escritas : colectiva ( edicto : postulatio y acomodación ) ! - el pretor urbano: iurisdictio sobre cives romani ! - las acciones de la ley llegaron a ser odiadas! - te equivocabas, y adiós! - —— el pretor se hace mas flexible y permite que el ritual oral sea con chuleta ( una tableta que te llevas al juicio ) !

- Flexibilización del pretor Ante el riesgo de olvido ! - tablillas de apoyo ( secundario )! - Diálogo ritual ( principal ) ante el pretor y testigos ! - Comunicación de pretensiones: mas estable que los certa verba ! - refrendo legal de esa practica Pretoria ( Ley Ebucia ) ! - Introducción del agarre per formulas ( 130 ac ) ! - Conciencia con las legis actiones ! - generalización: 17 ac ( 30 ac) salvo juicios sucesorios ! - Decadencia para el formulario : 130 dc! - Desaparición: 230 dc ! - Caracteres del procedimiento formulario ! - bipartición ( libertas ) ! - principio de tipicidad: cada relación o situación jurídica = fórmula edictal ! - fases del procedimiento formulario ! - fase in iure:! - 1. pretor escucha nuestra pretensión y nos da o deniega la acción ! - 2. Iurisconsulti nos ayudan a elegir una de las muchas fórmulas ! - 3. se redacta directamente la formula a la situación concreta ( litis contestatio )! - fase apud iudicem:! - advocati ! - participa el juez ! - se saca las prubas y se examinan!

Proceso Procedimiento ordinario! - partes del procedimiento ordinario

- 2. conclusión: indicatum fundado en sentencia iudicis! - indicatum : pronunciamiento / resolución, posición que adopta el juez que es DEFINITIVO! - Es lo que llamamos sentencia modernamente ! - 3. final ! - Alguien gana o pierde! - Cumplimiento voluntario vs ejecución forzosa!

Proceso Proceso extraordinario!

- épocas! - en época imperial ( 30 ac—480 dc ) : se empezó a utilizar con carácter extraordinario ! - en época clásica ( 130 ac—230 d C.): poco a poco fue ganando terreno! - época posclásica ( 230 dc—530 dc ) : se convirtió en proceso ordinario ! - Ley Julia de los juicios privados : ! - Deroga definitivamente el procedimiento de las acciones de la ley ! - generaliza el sistema ordinario—— aparición de un sistema fuera del orden de los procesos que daba más capacidad de iniciativa al magistrado!

- características generales : ! - Desaparición de la bipartición del proceso ! - desaparecen fase in iure y fase apud iudicem ! - ——menos necesidad de la Litis contestatio! - Sistema escrito en lugar de oral! - Sustitución del juez privado por un magistrado funcionario. ! - Aparición de un sistema estable, con personal y espacios específicos! - A consecuencia de esto aparecen las costas! - Principios que rigen en materia de prueba: ! - Principio inquisitivo: El juez puede solicitar la presentación de las pruebas que estime convenientes!

- Principio de prueba tasada o jerarquía de las pruebas: Los documentos son las pruebas de mayor valor, seguida de los testigos y por último las declaraciones de las partes!

- Posibilidad de apelación! - Tramitación del proceso: ! - El demandante presentará el escrito de demanda (libellus conventionis) al magistrado! - el magistrado lo hará llegar al demandado ! - el demandado contestará dentro de plazo (libellum contradictionis)! - el magistrado demandará las pruebas que considere pertinentes y dará sentencia, ! - condenatoria o absolutoria a cualquiera de las partes! - podrá ser recurrida: pudiendo señalar costas o agravamientos si se demuestra mala fe o calumnia!

Proceso

- Elementos del proceso ! - litigantes ( Reus ) ! - reus = sujeto sobre el que se pone en cuestión una cosa o asunto! - Actor ! - demandante ! - defensor ! - demandado, si se defiende ! - sobre qué se reclama ?! - sobre el objeto del proceso ! - lo llamaban res ! - = cosa ! - ¿ Por qué ? : porque algo falla en una relación jurídica! - D no se devuelve el préstamo de dinero ! - D Daño aquiliano ! - la ley aquilia va a perseguir el daño ! - D a Propietario privado de su posesión le vienen ocupas! - dicen ser propietarios ! - mal porque en roma no hay registro de la propiedad !

Proceso el proceso hoy en día !

- se divide entre derecho objetivo y derecho subjetivo ! - derecho objetivo = law! - lo promulga la gente con potestad estatal ! - D las cortes crean y reforman leyes con poder legislativo ! - D el gobierno hace decretos, etc. con poder ejecutivo ! - lo aplica e interpreta la gente con potestad judicial ! - puede cambiar lo que dice la gente con poder legislativo ! - derecho sustantivo o material ! - los derechos que nos da el ordenamiento jurídico! - es nuestro código civil ! - cuando alguien nos está perturbando un derecho, este derecho no nos da respuestas! - derecho subjetivo = right ! - de los que son titulares los propietarios, los usufructuarios, etc.! - derechos reales! - derechos sobre las cosas! - cuando podemos utilizar el posesivo ‘mi’! - la persona titular de este derecho es titular de ius in re ! - tienen eficacia erga omnes : ! - algo en lo que los demás no se pueden meter en el medio de la relación que tenemos! - utilitas: que dura, que tiene subsistencia sin perturbaciones ! - D que nadie nos moleste y diga ‘ese ordenador es mío’ ! - derechos personales ! - derechos contra personas! - Creditor vs debitor ( inter partes ) ! - = Acreedor vs deudor! - Utilitas: extinción sin dilaciones ! - protejo estos derechos con acciones personales ! - modo que tiene el deudor de reclamar en justicia el cumplimiento de una prestación obligacional nacida de un contrato o de un delito!

- derecho adjetivo o procesal ! - Tutela o defensa! - lo que acudimos cuando alguien nos está perturbando un derecho!

Proceso El proceso en Roma!

- derecho objetivo! - ius civile ! - fundamento: responsa prudentium = no publicado ! - ——no es un derecho de rango oficial y sometido a conocimiento general ! - Interpretativo: mores maiorum 1a ley 12 tablas después ! - Asesoramiento negocial se llamaba cabree ! - Asesoramiento litigios se llamaba agere! - labor del jurista: scientia + ars : pragmatismo! - scientia: conocimiento ! - Ars: Tecnica de proponer cual es la solución jurídica ! - ius honorarium ! - fundamento: imperium praetoris : la publicación de un edicto pretorio por el pretor ! - lo que tienen los romanos en lugar del código civil ! - hay acciones ! - tienes derecho subjetivo en estricta relación con el numero de acciones que tienes en el edicto Pretorio!

- derecho subjetivo = existía porque se otorgaban acciones ! - acciones civiles ! - el pretor se apoya en la auctoritas de los juristas! - acciones Pretorias ( complemento + corrección ) ! - el pretor crea medios judiciales para reprimir nuevas situaciones con su propio criterio ! - Amplificación ( actio legis Aquiliae ) : propietario, usufructuario !

Clasificación de las de acciones

- **intentio: pretensión, petición, pedimento o súplica que el actor articulaba como objeta de su demanda o acción !

- ** condemnatio: una de las cláusulas estables ordinarias de la fórmula, que aparece al final y en la que se otorga al juez la facultad de absolver o condenar al reo!

1. ACCIÓN REAL O PERSONAL !

- Acción Real: ! - en la intentio aparece: ! - SI personaje AA ! - ; los derechos reales se tienen sobre las personas! - X personaje NN (el demandado)! - ; el demandado X obligado a defenderse ! - SI la cosa! - ; los derechos reales se tienen sobre las cosas ! - ejemplo de acción real más típica : Vindicatio rei! - Acción reivindicatoria del propietario que ha perdido la posesión contra aquel que retiene la posesión sin causa!

- cosas perfectamente identificables ! - D cuadro especifico que solo hay uno en el mundo ! - D libreta que hemos especificado poniendo nuestros colorines, nuestro nombre, etc.! - Acción Personal: ! - en la intentio aparece: ! - SI personaje AA ! - ; los derechos personales se tienen contra una persona! - SI personaje NN! - ; el demandado obligado a defenderse. ! - Ejemplo de acción real personal prototípica : condictio! - Acción del propietario que ha perdido la propiedad contra quien retiene esa propiedad indebidamente !

- cosas que entran y salen mucho de nuestro bolsillo, cuando dejan de ser de nuestro control dejamos de ser propietarios !

- D hemos dejado un billete de 5 euros en la mesa y lo tiene otro ! - cuando dejan de ser nuestras no intentamos recuperarlas en su individualidad, pero

queremos que nos sea devuelto un valor / cantidad equivalente de cosas de la misma naturaleza !

Clasificación de las de acciones 2. ACCIÓN IN IUS O IN FACTUM !

- Acción Civil / in ius : ! - se llama así porque hace una referencia al derecho civil; ius civile - transformación de las legis actiones en fórmulas escritas! - Vindicatio usufructus: - acción para invocar mi derecho de uso y disfrute sobre una cosa - Vindicatio servitutis: - protege al titular de un derecho de servidumbre frente al propietario u ocupante legítimo del predio sirviente que no permita el ejercicio del mismo

- acciones exdelicto: - acciones para castigar a la gente que hace un determinado comportamiento - convictio: - acciones estipulatorias: ! - Si la persona no cumple con lo que ha prometido! - stipulatio es la palabra que vamos a utilizar en la etapa clásica para sustituir a la palabra sponsio ( promesas )!

- Innovaciones puntuales de los juristas: ! - Actiones ex contractu: ! - estoy obligado contigo y tu conmigo cuando dijimos que estaríamos obligados ( forma oral ) aunque el contrato se haga mañana !

- Perfeccionamiento de acciones mas antiguas: ! - acciones civiles sugeridas por los juristas para mejorar una precedente acción in factum! - como reconocerlas ! - todas contienen referencia al ius civile en la intentio! - las personales: ! - contienen el verbo oportere ! - Portere quiere decir deber——el sustantivo de deber es deuda——cuando hablamos de deuda hablamos de derechos personales!

- en las reales ! - cuando vemos que la gente grita con expresiones ius esse, ius non esse, ex iure Quiritium!

Clasificación de las de acciones por fórmulas que se aplican 2. ACCIÓN IN IUS O IN FACTUM !

- sub clasificación de acciones civiles : ! - acciones civiles sin retoque Pretorio / accion...


Similar Free PDFs