Title | 2 romano pdf - Apuntes 2 |
---|---|
Course | Derecho Romano |
Institution | Universitat de València |
Pages | 63 |
File Size | 1.1 MB |
File Type | |
Total Downloads | 33 |
Total Views | 169 |
Apuntes romano UV Derecho primer año profesor Alejandro Valiño...
Literatura jurídica postclasica colecciones de leges: constituciones !
- leges: material de la cancillería imperial con la única salvedad de los rescriptos imperiales ! - los situaremos dentro de la categoria de los iura ! - Codex Theodosianus ( C.Th. ) ( 438 ) ! - ( Aquí el imperio romano ya se ha dividido y falta poco para que acabe ) ! - 2o código de la historia de los romanos ! - el primero fue hace 1000 años, ley de las XII tablas ! - Código de verdad, publicado por máxima autoridad del estado ! - Theodosio II ! - leges generales : constantino y sucesores ! - no rescripta ( iura ) ! - 16 libros: derecho publico ! - Residuo : esquema del indice por vida breve ! - Oriente : hasta el 529 ! - Occidente : hasta el 506! - novellae postheodosianae: colección de leyes de Constantinopla ( clasicismo ) ! - novelas quiere decir nuevas leyes ! - el código theodosiano se acaba pero el sigue sacando nuevas leyes ! - adicta barbarorum: vulgarismo ! - los barbaros vulgarizan el derecho romano ! - se reduce calidad, se pierden conceptos ! - se dedican a dar edictos cuando llegan, aunque solo los hacían los magistrados! - se sienten con un complejo de inferioridad por el emperador de oriente! - esto ya es derecho visigodo ! - D Edictum de teodorico II ( 460 ) : sur de las Galias ! - D Edictum de Eurico ( 476 ) : Pauli Sententiae + Codex Theodosianus! Breviario de Alarico II / lex romana WIsigotgorum ( 506 ) !
- se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa! - Difusión Europa Occidental hasta siglo XI! - aparecen las universidades ! - en la universidad de bolsonia, cuando ven al corpus iuris, dejan el lado el Breviario de Alarico! - estructura ! - leges: ! - resumen Codex Theodosius + Novellae Posttheodosiane! - iura: ! - liber gaii ( no versión originaria ) ! - Versión Pauli Sententiae ( 1/6 parte ) ! - Epitomes codice gregorianos hermogenianus ! - Respinsum de painiano ! - Interpretaciones ( salvo el Liber Gaii ) : ! - **Todas las obras de arriba vienen acompañadas de una interpretatio ( excepto el libro de gaio ) ! - **glosas para acomodar la fuente al ambiente cultural ( sur de las Galias ) ! - el ambiente este cultural era bastante bajito !
Libro pertenecientes a la época Justinianea : corpus iuris
- Publicó en 533 ! - recopilación de Justiniano ! - quiere que vuelva la gloria del imperio romano, que ya esta fragmentado, utilizando esto: !
- Unidad militar: reconquista Italia y mediodía hispania ! - unidad religiosa ! - Primeros grandes concilios! - aparición de la base de la doctrina catolica**?! - unidad jurídica ! - ; convencido de que el derecho romano es lo mas grande que los romanos han sido capaces de generar !
- compone el corpus iuris!
- denominación! - corpus iuris: Bolonia! - cuando los primeros profes de las unis europeas, lo llaman el cuerpo del derecho ! - Corpus iuris civilis: Renacimiento ! - lengua! - Latín: homenaje ! - Edición en griego del siglo IX: 6o libros Basílicos de León el Filósofo ( tradición jurídica esclava ) !
- partes del corpus iuris ( cronologicamente, por lo que hace justiniano ) ! -
Código : Codex ( C. ) ! Digesto : DIgesta o Pandektai ( D. ) ! Instituciones: Instituta (I. ) ! Novelas: Novellae ( Nov. ) ! - leyes que quedaron fuera del código !
corpus iuris Codex Iustinianus!
- lo mandó a hacer Justiniano I! - Presidente de comisión encargada de hacerlo: Juan de Capadocia! - Contenido : leges! - Código Gregoriano y Hermogeniano ! - antes de las obras de iura, teníamos los rescriptos imperiales**! - Código Teodosiano ! - Novelas Posteodosianas y leyes posteriores! - **recopilación de constituciones imperiales ! - Composición general! - 12 libros ! - se dividen en títulos ! - vienen encabezados en una rúbrica ( rubrica es rojo ) = materia ( la rubrica dice la materia ) ) , y a partir de ahí vienen constituciones imperiales ( orden cronológico ) , BUSCAR SIGNO QUE SE LLAMA PARÁGRAFO !
- Inscripto: emperador, fecha y lugar, destinatario ! - Sistemática: edicto pretorio ! - pequeñas partes de las ediciones! - 1a edición : 529 ! - prohibición de usar antiguos códices! - Ley de Citas ( Digesto en preparación )! - Itp: contradicciones, actualización ! - 2a edición : 534 ! - forma parte del Corpus Iuris! - alteraron el código para armonizar el contenido ! - nuevas constituciones desde 529 ! - Correcciones ! - Quinquaginta decisiones ( 530-530 ) ! - 50 decisiones de gente que trabajaba para justiniano ! - sobre puntos oscuros del derecho que en aquel momento preocupaban! ** en la época Justinianea , los rescriptos forman parte de las leyes en la época justinianea, en la época post clásica no !
Corpus iuris Digesta o Pandektai !
- Publicó en 533 ! - por justiniano ! - presidente de comisión encargada de hacerlo: Triboniano! - Contenido: ! - Contenido = ley ! - autoridad de juristas X== ley! - antologia de jurispridencia clasica! - efectos : ! - idea inicial : solo ius rispondendo, pero también Labeón ! - superación ley de Citas ! - antes del digesto, aun se consideraba que habían 5 juristas por encima de todo ! - X en 2a edición del Codex ! - composición general ! - 50 libros, títulos, fragmentos, parágrafos! - inscriptio: jurista que lo dijo, libro de procedencia, obra! - pequeñas partes ( modus operandi es como lo llamaría el profe ) ! - revisión de 1300 obras de juristas clásicos ( 3 años )! - 9000 fragmentos: ! -
6000 de señores de la Ley de Citas de ultima etapa clásica ! 2500 de 7 juristas clásicos y postclasicos ! 500 de 27 restantes juristas ! **Ulpiano es el preferido , aunque no es muy original !
- Itp: contradicciones, actualización, depuración ! - prohibición de: ! - Cotejo con las obras originales ! - Resúmenes o comentarios ! - —— convierte el digesto en ley ! - admisión de : traducciones literales en griego ! - con subcomisiones en 4 grandes masas ! - Edictal: libri ad edictum ! - Sabiniana: libri ad sabinum! - libros de gente luego de sabino que comentan la obra de sabino ! - papinianea: libri ad papinianum ! - Apéndice: fragmentos de diversa procedencia ! - ***para hacerlo tan rápido !
corpus iuris Instituta!
- contenido: enseñanza elemental ! - Comisión: doroteo y Teófilo ! - fuentes: gayo, Marciano, Ulpinano, Florentino! - Sistemática galana puesta al día! - personas, cosas, acciones ! - 4 libros ! - prohibición: comentario! - (pero el presedente de la comisión Teófilo se la saltó e hizo una paráfrasis griega) ! - Estructura! - 4 libros, títulos, parágrafos! - texto continuo ( no fragmentos ): no referencia ! - Hipótesis romanística procedencia parágrafos! apéndice: novellae leges !
- constantinopla: colectivo Graeca ! - desde el 534 ( 161 Justiniano, 4 Justino, 3 Tiberio II ) ! - Mayoría en griego ! - Italia ( glosadores ) ! - Epitome iuliani! - resumen en latin de 122 noellae ! - Autor: profesor de Constantinopla ! - authenticum: novelas de justiniano entre 535—556! - las pocas originales en lengua latina! - rudimentaria traducción al latín de las griegas! - descubierto por Irnerio (desecha Epitome Iuliani)!
COMO VA A SER EL EXAMEN: ! CORPUS IURIS ** las novelas se ponen nov. Just ( para decir que es de justiniano ) ! están ordenadas en libros, capitulos, y luego ya la novela en cuestión ! D 2.3.7! Libros pertenecientes a la época Justinianea SI NOS PONE C. 7. 3. 2. 1 ! 2 = CONSTITUCION IMPERIAL ( QUE PUEDE SER UN RESCRIPTO IMPERIAL, UNA LEY GENERAL, UNAS INSTRUCTIONES HACIA UNOS FUNCIONARIOS ) ! 1 = VIENE DIVIDIDO EN PARAGRAFOS. EL NUMERO 1 NO ES EL PRIMER PARAGRAFO, ES EL SEGUNDO. EL PRIMER PARAGRAFO VIENE CON pr. ( principio ) ! 7 = cantidad de libros ??! Digesta o Pandektai
D. 50. 17. 25. 2! D = digesto ! 50 = libro 50 ! 17 = titulo 17 ! 25 = fragmento extraído de obras de juristas 25 ! 2 = articulación en parágrafos del fragmento ( es el tercer paragrafo )! igual antes de todo eso pone Ulp 13 ad. Edict. ! significa que usaron la obra de ulpiniano ( libro 13 ) ! me he encargado de entenderlo todo, ahora intentar que la información sea simétrica !
Proceso PREGUNTARLE A MAMEN SI TOOOODA ESTA PARTE ESTÁ BIEN cauce civilizado de reclamación ! instrumento que utiliza la comunidad romana para arreglar un conflicto ! Procedimiento ordinario : !
- En la Ley de las XII Tablas :! - se establece que la iniciativa procesal corresponde al agraviado o demandante y la intervención particular es fundamental!
- Partes - 1. actuación de un particular con auxilio de los juristas ! - utilizan leges actiones: ! - Gayo las creó! - conllevaron la Superación de la vis privata ! - violencia ilegítima! - BUT Conservación de cierta violencia lícita ! - manus iniectio: ! - has tenido oportunidad de defenderte pero has perdido, y si no lo aceptas, te vuelves de la propiedad de alguien !
- Características del procedimiento de esta ley: ! - oralidad! - mores maiorum decían qué certa verba había que decir al principio ! - libri pontificales me lo contaban más tarde ! - los juristas se lo dicen al demandante ! - ritualidad! - gestos , ritos , formalidades ! - Decadencia: lex Aebutia ( 130 a.C. ) ! - Desaparición: leges Luliae iudiciorum privatorum 30 a.C. !
Proceso Procedimiento ordinario!
- partes del procedimiento ordinario - 1. actuación de un particular con auxilio de los juristas! - utilizan el procedimiento formulario: ! - fórmula concreta ! - una formula para cada cosita distinta! - para encontrar la que encaja con mi propósito de reclamación, necesito ayuda de juristas ! - precedentes: ! - iurisdictio peregrina ( 242 a.C. ): cives + peregrini ! - instituciones del ius Quiritium: cives romani ! - Legis acciones : cives romani ! - soluciones! - Fictio civitatis : individual ! - fingir que eran ciudadanos romanos ! - formulas escritas : colectiva ( edicto : postulatio y acomodación ) ! - el pretor urbano: iurisdictio sobre cives romani ! - las acciones de la ley llegaron a ser odiadas! - te equivocabas, y adiós! - —— el pretor se hace mas flexible y permite que el ritual oral sea con chuleta ( una tableta que te llevas al juicio ) !
- Flexibilización del pretor Ante el riesgo de olvido ! - tablillas de apoyo ( secundario )! - Diálogo ritual ( principal ) ante el pretor y testigos ! - Comunicación de pretensiones: mas estable que los certa verba ! - refrendo legal de esa practica Pretoria ( Ley Ebucia ) ! - Introducción del agarre per formulas ( 130 ac ) ! - Conciencia con las legis actiones ! - generalización: 17 ac ( 30 ac) salvo juicios sucesorios ! - Decadencia para el formulario : 130 dc! - Desaparición: 230 dc ! - Caracteres del procedimiento formulario ! - bipartición ( libertas ) ! - principio de tipicidad: cada relación o situación jurídica = fórmula edictal ! - fases del procedimiento formulario ! - fase in iure:! - 1. pretor escucha nuestra pretensión y nos da o deniega la acción ! - 2. Iurisconsulti nos ayudan a elegir una de las muchas fórmulas ! - 3. se redacta directamente la formula a la situación concreta ( litis contestatio )! - fase apud iudicem:! - advocati ! - participa el juez ! - se saca las prubas y se examinan!
Proceso Procedimiento ordinario! - partes del procedimiento ordinario
- 2. conclusión: indicatum fundado en sentencia iudicis! - indicatum : pronunciamiento / resolución, posición que adopta el juez que es DEFINITIVO! - Es lo que llamamos sentencia modernamente ! - 3. final ! - Alguien gana o pierde! - Cumplimiento voluntario vs ejecución forzosa!
Proceso Proceso extraordinario!
- épocas! - en época imperial ( 30 ac—480 dc ) : se empezó a utilizar con carácter extraordinario ! - en época clásica ( 130 ac—230 d C.): poco a poco fue ganando terreno! - época posclásica ( 230 dc—530 dc ) : se convirtió en proceso ordinario ! - Ley Julia de los juicios privados : ! - Deroga definitivamente el procedimiento de las acciones de la ley ! - generaliza el sistema ordinario—— aparición de un sistema fuera del orden de los procesos que daba más capacidad de iniciativa al magistrado!
- características generales : ! - Desaparición de la bipartición del proceso ! - desaparecen fase in iure y fase apud iudicem ! - ——menos necesidad de la Litis contestatio! - Sistema escrito en lugar de oral! - Sustitución del juez privado por un magistrado funcionario. ! - Aparición de un sistema estable, con personal y espacios específicos! - A consecuencia de esto aparecen las costas! - Principios que rigen en materia de prueba: ! - Principio inquisitivo: El juez puede solicitar la presentación de las pruebas que estime convenientes!
- Principio de prueba tasada o jerarquía de las pruebas: Los documentos son las pruebas de mayor valor, seguida de los testigos y por último las declaraciones de las partes!
- Posibilidad de apelación! - Tramitación del proceso: ! - El demandante presentará el escrito de demanda (libellus conventionis) al magistrado! - el magistrado lo hará llegar al demandado ! - el demandado contestará dentro de plazo (libellum contradictionis)! - el magistrado demandará las pruebas que considere pertinentes y dará sentencia, ! - condenatoria o absolutoria a cualquiera de las partes! - podrá ser recurrida: pudiendo señalar costas o agravamientos si se demuestra mala fe o calumnia!
Proceso
- Elementos del proceso ! - litigantes ( Reus ) ! - reus = sujeto sobre el que se pone en cuestión una cosa o asunto! - Actor ! - demandante ! - defensor ! - demandado, si se defiende ! - sobre qué se reclama ?! - sobre el objeto del proceso ! - lo llamaban res ! - = cosa ! - ¿ Por qué ? : porque algo falla en una relación jurídica! - D no se devuelve el préstamo de dinero ! - D Daño aquiliano ! - la ley aquilia va a perseguir el daño ! - D a Propietario privado de su posesión le vienen ocupas! - dicen ser propietarios ! - mal porque en roma no hay registro de la propiedad !
Proceso el proceso hoy en día !
- se divide entre derecho objetivo y derecho subjetivo ! - derecho objetivo = law! - lo promulga la gente con potestad estatal ! - D las cortes crean y reforman leyes con poder legislativo ! - D el gobierno hace decretos, etc. con poder ejecutivo ! - lo aplica e interpreta la gente con potestad judicial ! - puede cambiar lo que dice la gente con poder legislativo ! - derecho sustantivo o material ! - los derechos que nos da el ordenamiento jurídico! - es nuestro código civil ! - cuando alguien nos está perturbando un derecho, este derecho no nos da respuestas! - derecho subjetivo = right ! - de los que son titulares los propietarios, los usufructuarios, etc.! - derechos reales! - derechos sobre las cosas! - cuando podemos utilizar el posesivo ‘mi’! - la persona titular de este derecho es titular de ius in re ! - tienen eficacia erga omnes : ! - algo en lo que los demás no se pueden meter en el medio de la relación que tenemos! - utilitas: que dura, que tiene subsistencia sin perturbaciones ! - D que nadie nos moleste y diga ‘ese ordenador es mío’ ! - derechos personales ! - derechos contra personas! - Creditor vs debitor ( inter partes ) ! - = Acreedor vs deudor! - Utilitas: extinción sin dilaciones ! - protejo estos derechos con acciones personales ! - modo que tiene el deudor de reclamar en justicia el cumplimiento de una prestación obligacional nacida de un contrato o de un delito!
- derecho adjetivo o procesal ! - Tutela o defensa! - lo que acudimos cuando alguien nos está perturbando un derecho!
Proceso El proceso en Roma!
- derecho objetivo! - ius civile ! - fundamento: responsa prudentium = no publicado ! - ——no es un derecho de rango oficial y sometido a conocimiento general ! - Interpretativo: mores maiorum 1a ley 12 tablas después ! - Asesoramiento negocial se llamaba cabree ! - Asesoramiento litigios se llamaba agere! - labor del jurista: scientia + ars : pragmatismo! - scientia: conocimiento ! - Ars: Tecnica de proponer cual es la solución jurídica ! - ius honorarium ! - fundamento: imperium praetoris : la publicación de un edicto pretorio por el pretor ! - lo que tienen los romanos en lugar del código civil ! - hay acciones ! - tienes derecho subjetivo en estricta relación con el numero de acciones que tienes en el edicto Pretorio!
- derecho subjetivo = existía porque se otorgaban acciones ! - acciones civiles ! - el pretor se apoya en la auctoritas de los juristas! - acciones Pretorias ( complemento + corrección ) ! - el pretor crea medios judiciales para reprimir nuevas situaciones con su propio criterio ! - Amplificación ( actio legis Aquiliae ) : propietario, usufructuario !
Clasificación de las de acciones
- **intentio: pretensión, petición, pedimento o súplica que el actor articulaba como objeta de su demanda o acción !
- ** condemnatio: una de las cláusulas estables ordinarias de la fórmula, que aparece al final y en la que se otorga al juez la facultad de absolver o condenar al reo!
1. ACCIÓN REAL O PERSONAL !
- Acción Real: ! - en la intentio aparece: ! - SI personaje AA ! - ; los derechos reales se tienen sobre las personas! - X personaje NN (el demandado)! - ; el demandado X obligado a defenderse ! - SI la cosa! - ; los derechos reales se tienen sobre las cosas ! - ejemplo de acción real más típica : Vindicatio rei! - Acción reivindicatoria del propietario que ha perdido la posesión contra aquel que retiene la posesión sin causa!
- cosas perfectamente identificables ! - D cuadro especifico que solo hay uno en el mundo ! - D libreta que hemos especificado poniendo nuestros colorines, nuestro nombre, etc.! - Acción Personal: ! - en la intentio aparece: ! - SI personaje AA ! - ; los derechos personales se tienen contra una persona! - SI personaje NN! - ; el demandado obligado a defenderse. ! - Ejemplo de acción real personal prototípica : condictio! - Acción del propietario que ha perdido la propiedad contra quien retiene esa propiedad indebidamente !
- cosas que entran y salen mucho de nuestro bolsillo, cuando dejan de ser de nuestro control dejamos de ser propietarios !
- D hemos dejado un billete de 5 euros en la mesa y lo tiene otro ! - cuando dejan de ser nuestras no intentamos recuperarlas en su individualidad, pero
queremos que nos sea devuelto un valor / cantidad equivalente de cosas de la misma naturaleza !
Clasificación de las de acciones 2. ACCIÓN IN IUS O IN FACTUM !
- Acción Civil / in ius : ! - se llama así porque hace una referencia al derecho civil; ius civile - transformación de las legis actiones en fórmulas escritas! - Vindicatio usufructus: - acción para invocar mi derecho de uso y disfrute sobre una cosa - Vindicatio servitutis: - protege al titular de un derecho de servidumbre frente al propietario u ocupante legítimo del predio sirviente que no permita el ejercicio del mismo
- acciones exdelicto: - acciones para castigar a la gente que hace un determinado comportamiento - convictio: - acciones estipulatorias: ! - Si la persona no cumple con lo que ha prometido! - stipulatio es la palabra que vamos a utilizar en la etapa clásica para sustituir a la palabra sponsio ( promesas )!
- Innovaciones puntuales de los juristas: ! - Actiones ex contractu: ! - estoy obligado contigo y tu conmigo cuando dijimos que estaríamos obligados ( forma oral ) aunque el contrato se haga mañana !
- Perfeccionamiento de acciones mas antiguas: ! - acciones civiles sugeridas por los juristas para mejorar una precedente acción in factum! - como reconocerlas ! - todas contienen referencia al ius civile en la intentio! - las personales: ! - contienen el verbo oportere ! - Portere quiere decir deber——el sustantivo de deber es deuda——cuando hablamos de deuda hablamos de derechos personales!
- en las reales ! - cuando vemos que la gente grita con expresiones ius esse, ius non esse, ex iure Quiritium!
Clasificación de las de acciones por fórmulas que se aplican 2. ACCIÓN IN IUS O IN FACTUM !
- sub clasificación de acciones civiles : ! - acciones civiles sin retoque Pretorio / accion...