Resumen final Introducción al derecho (Durand)-2 PDF

Title Resumen final Introducción al derecho (Durand)-2
Author Laila Lobita
Course Introduccion al derecho
Institution Universidad Católica de Salta
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FINAL INTRODUCCIÓN Al DERECHOUnidad 1 - Iniciación al saber jurídico1- Introducción al derecho – etimológia y noción inicial: INTRODUCCIÓN, formado por intus (dentro) y ducere, que significa conducere, es decir conducir dentro. Esta palabra relacionada con una disciplina alude a un examen elemental ...


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FINAL INTRODUCCIÓN Al DERECHO Unidad 1 - Iniciación al saber jurídico 1- Introducción al derecho – etimológia y noción inicial: INTRODUCCIÓN, formado por intus (dentro) y ducere, que significa conducere, es decir conducir dentro. Esta palabra relacionada con una disciplina alude a un examen elemental y panorámico. Elemental porque se trata de la iniciación científica de alguien que comienza sus estudios y panorámica porque abarca toda la ciencia. Antecedentes históricos de la asignatura: Primer curso se inauguró en 1840, en la universidad de paris, como introducción general al estudio del derecho, primer titular Víctor Causin. En Bs As se inauguró en 1875. Necesidad de la materia en los estudios de derecho: Se incorporó la asignatura a mediados del siglo XIX, por reacción a una corriente doctrinaria. Diversas corrientes doctrinarias sostuvieron la necesidad de estudiar los principios generales del derecho. Naturaleza y carácter de la disciplina: Carece de autonomía científica: Es dependiente en lo científico en cuanto a otras asignaturas. Y como materia es dependiente en cuanto a sus principios científicos. Carece de objeto de estudio propio: todo lo que se estudia aqui es objeto de estudio de otras asignaturas. Su fin general es una propedéutica jurídica: es el conjuntos de conocimientos que deben proceder a otros. Fines específicos: 1. Familiarizar al estudiante con el lenguaje del derecho. 2. Adquirir conceptos fundamentales de la filosofía del derecho, ciencia y metodología jurídica. 3. Obtener visión totalizadora de estudios jurídicos. 4. Suscitar en el estudiante la vocación profesional. No tiene objeto de estudio propio, pero si tiene enfoques e intereses propios.

Contenido y diversas orientaciones: 1. Nociones preliminares: contiene determinados conceptos, el presente (intro al derecho = iniciación en el saber jurídico). Aproximación al concepto de derecho. Historia de los estudios de la ciencia jurídica. 2. Concepto filosófico del derecho. 3. Conceptos fundamentales de la ciencia del derecho. 4. Metodología jurídica: estudia técnicas de razonamiento jurídico. 2- Noción de la enseñanza de la ciencia jurídica en el Occidente: En Oriente como en Occidente existieron centros de estudios superiores. Antecedentes remotos de la universidad. Fines del siglo VIII. El imperio Carolingo (carlo magno) que habia fundado la academia y la escuela palatina. Entro en crisis, por ende caen dichas escuelas y las escuelas monacales y catedralicias aumentan su prestigio y este es el antecedente mas remoto de la universidad. Aqui era esencial el trivium y cuadrivium para acceder al aprendizaje de la ciencia, como medicina y derecho. Los alumnos se llamaban clericos. En el siglo VIII la escuela de mayor importancia fue la catedralicia de París (jurisdicción del obispo de París). Primer universidad: Escuela catedralicia de notre dame de parís. Por la cantidad de estudiantes los docentes se trasladaron a la Abadía De Santa Genoveva y otros lugares. Y esta migración dio nacimiento al barrio latino, se hablaba el latín. En 1215 fue el nacimiento de la primera universidad. Con base de las 4 facultades: medicina, derecho, teología y artes liberales. La universidad se llamada Stadium Generale. Los docentes (maestros) y los alumnos (aprendices). Universitas se referia a la reunión de maestros y estudiantes. La escuela de derecho de Bolonia fue la base de la universidad Homonima. El carácter definitivo de la universidad es otorgar grados académicos. Método de estudio: Universidad medievales comenzaban con la "lectio", (lectura) y leían sagradas escrituras (F. Teología), el digesto y canones (F. Derecho) y a Aristóteles (F. De artes). También existía el "disputatio discusion", sobre "questio disputata" (cuestión disputada) entre maestros y alumnos de forma respetuosa. Crisis de la universidad: La universidad se deteriora en un mero lugar para obtener un título habilitante. Es decir no se estudia para aprender sino para egresar con un

título, un medio de subsistencia. Otra distorsión es que es un instrumento para la ideología política para la toma de poder. Fin esencial: Su fin es la transmisión e investigación de la verdad. El titulo máximo es el doctorado y solo acredita un saber eminente. Es decir que la universidad acredita un saber. Y de la actividad profesional para ejercer se ocupa el respectivo colegio. "Universitas" = "versus" (hacia), y "unum"; es decir "hacia la unidad". La universidad es útil para la sociedad ya que nutre de conocimiento a los hombres que la integran, forma al hombre. Su objeto de estudio es toda la verdad. La iuris prudentia y síntesis de su desarrollo histórico: La enseñanza de lo jurídico se daba a través de la convivencia del jurista con el aprendiz. El maestro con prestigio (jurisconsulto) su tarea se realizaba en el foro, de forma oral y pública. La actividad de maestros y discípulos dirigido a la práctica en el foro romano, y el arte que se obtenía de esta práctica se denomino "JURISPRUDENCIA" es la capacidad de aconsejar la solución prudente del caso sometido a consulta y sostenerlo eficientemente en el foro. La enseñanza del arte jurídico era "casuística y práctica" dirigida a solucionar el caso concreto procesal, real o hipotético. Desarrollo histórico de la ciencia jurídica: Siglo I, el derecho romano, recibe una nueva forma: Científica, este acontecimiento trajo grandes consecuencias sobre la historia general del derecho. La formulación de una teoría del derecho se debe a la actividad doctrinal de los jurisconsultos. Comienzo del imperio: las escuelas de derecho nacieron de la necesidad de guiar a los litiganos y funcionarios en las lejanas provincias, del imperio hizo nacer los primeros tratados de derecho. Como el codex (codigos, recopilaciones de leyes), "instituta" (instituciones) y manuales jurídicos de enseñanza elemental. Como máximo exponente del derecho romano tenemos a la obra hecha por Justiniano y dirigida por el jurista Triboniano, el "Corpus Iuris Civilis", este consta del codex, el digesto, las institutas, y las novelae. Cae el imperio romano por invasiones de pueblos germánicos que sobrepusieron sus costumbres a las bases del derecho romano. Hubo una confusión de leyes y sistemas. Las escuelas de jurisprudencia fueron

reducidas y dejaron de iluminar al derecho. La enseñanza científica del derecho lo constituyó la escuela jurídica de Bolonia a fines del siglo VI, donde enseño el Jurista Irnerius fundador de la ciencia jurídica europea. Se redescubrió el corpus iuris civilis y nació la escuela de los glosadores. Y la fama de esta dio prestigio al Studium Generale de Bolonia. Esta posibilito por todo el continente el estudio del corpus iuris civilis y el derecho canónico. La reconquista autónoma de la ciencia jurídica fue a fines de la edad media, hecho perdurable, basado en las instituciones del derecho romano. Unidad 2 - Persona Sociedad y Derecho 1. El problema antropológico: La humanidad tiene gigantes progresos científicos y técnicos. Ese avance basado en biología, fisiología, medicina, etc. Sigue buscando respuestas tales como la complejidad del comportamiento humano, que es el hombre, cual es el sentido de su existencia. Esa ilusión de progreso técnico y científico que acabaria con los males y limitaciones de la humanidad llevandonos a la felicidad se deshizo como un castillo de naipes. Una idea equivocada del progreso permanente atrae a algunas personas que creen que los males del progreso se arreglan con mas progreso. Planteos y diversas respuestas: Respuesta materialista: identificación del hombre con su materialidad biológica. El ser humano es equivalente a su cuerpo y no es nada mas que su cuerpo(materia) o sea hombre = materia. Las expresiones humanas son consideradas como expresiones de la materia, fenómenos psiquicos y espirituales efecto intocable de la corporeidad. Respuesta idealista: Distintos dualismos coinciden en la identificación de la persona humana con su alma, espíritu y psiquis. Hombre = espíritu. Cuerpo y alma son 2 realidades diversas unidas por algún accidente durante la existencia humana. Respuesta integralista: Aristóteles, sostiene la doctrina "helimorfica", considera al hombre una unidad sustancial de cuerpo y alma, estas no existen nunca como seres independientes ya que son aspectos de un mismo cuerpo viviente. Cada hombre es un ser singular; y cuerpo y alma no existen como 2 seres. Respuesta religiosa: 2 posturas. Hinduismo, budismo, jainismo: da fin al dualismo, dice que el ser humano se identifica con su espíritu, a este se le atribuye una

"Existencia previa" es decir una encarnación o re-encarnación en un cuerpo material. Aqui lo corporal es visto como ajeno al espíritu y para lograr la perfección debe haber una liberación de la materia para que el espíritu retorne a su estado primordial "condición divina". Religiones monoteistas originadas a partir del yavehismo: Dios creo todo, un mundo material que es bueno, creo al primer hombre y primera mujer. La materia es parte de lo creado y por ende es bueno. El ser humano fue creado en cuerpo y alma, y esta corporalidad humana es querida por el creador. Persona Humana: No existe un concepto antropológico perfecto del ser humano. Pero se puede elaborar por medio del conocimiento de la naturaleza humana. El ser humano es una unidad bio-psico-espiritual y social, posee una dignidad eminente. Todo individuo de la especie humana es titular del derecho a los bienes humanos esenciales. El cuerpo vive independientemente de la persona, es la posibilidad de ser y de poder comunicarse con los demás. Genero Sexualidad Y Sexo: Corporeidad humana existe como mujer y varón. Corresponde a la esencia del ser. Esta realidad se despliega en 3 planos: genero, sexualidad y sexo. La persona tiene órganos sensibles, crece se nutre y se mueve. La sexualidad le permite tener fecundidad. • Gevaert: esta división corpórea se descubre a través de la historia. • Metzke: la alteridad y originalidad del varón y de la mujer son irreducibles ya que son parte de su esencia. 3 niveles de significación: Corpóreo-fisiológico: aspectos corpóreos. Influyen en el sistema hormonal, (testículos, ovarios). Psicológico: un condicionamiento real, resonancias diversas entre el hombre y mujer. Cultural: lo que ambas estructuras realizan en un ámbito social. • Integralismo: la continuidad se divide en 3 planos, es una continuidad no automática. Biológico. Psico-espiritual. Psico-social. La biológica es irrelevante en cuanto a la ética vigente en la sociedad actualmente. La sociedad asigna un sexo en cuanto a la observación morfológica, esto resulta un uso de poder ilegítimo ya que no se puede decir que cuando nace es niño o niña sino que nace un individuo y su

genero dependerá de su opinión, protegida por la ley de identificación de género. Actos Humanos Y Virtudes Morales: Actos del hombre cualquier acto del humano. Actos humanos los que potencian al hombre en cuanto a hombre; estos son actos deliberados. Estructura de los actos humanos: la voluntad sigue al conocimiento intelectual. En los actos humanos la dirección objetiva depende del intelecto práctico, incluso del intelecto depende la voluntad. En todo el proceso del acto deliberado, pueden distinguirse hasta 12 actos: 1. Aprehensión de algo bueno: intelecto presenta un bien a la voluntad. 2. Siempre volición: cuando se da lo anterior la voluntad tiende hacia el bien. 3. Juicio: y por lo anterior, el intelecto juzga si ese bien es alcanzable, y si es bueno, aquí y ahora. 4. Intención: si juzga que si, la voluntad hace el bien a traves de medios. 5. Consejo: el intelecto investiga los medios oportunos ñara lograr el fin. 6. Consentimiento: luego del consejo, la voluntad aprueba el uso de esos medios. 7. Juicio descriptivo de los medios: el intelecto investiga mas sobre esos medios para seleccionar los mejores. 8. Elección: la voluntad hace la elección acepta unono varios medios. 9. Imperio: luego de lo elegido el intelecto manda la ejecución de los medios. 10. Uso activo: la voluntad ejercita el uso activo, mueve a las demás facultades para realizar los medios elegidos. 11. Uso pasivo: potencias sometidas a la voluntad. 12. Fruición: gozo espiritual por obetener el fin. Virtudes humanas. Virtud: habito operativo bueno. Dispone de obrar y operar bien. Se le opone el vicio (habito malo), obrar mal. Virtudes morales: perfeccionan nuestras tendecias competitivas frente a las virtudes intelectuales que perfeccionan el intelecto. Las morales son mas virtudes que las intelectuales. Debido a que su objeto es el bien moral. Es una inclinación al buen uso de las respectivas facultades. Virtudes morales cardinales: virtud moral principal y sobre ellas las secundarias. 2. Relación entre persona y sociedad: Respuestas individualistas. • Juan jacob Rosseau: estado primigenio del hombre, es el "natural". Este existia antes de la formación de la sociedad, era un "buen salvaje" en

estado de libertad e inocente felicidad. Despotismo: establecimiento de la sociedad el buen salvaje pierde su libertad, inocencia y felicidad. Libertad e igualdad: etapa donde los hombres recobran su estado de inocencia y libertad a través del contrato social, mediante este cada individuo sede parte de sus derechos em favor de la sociedad. • Tomas hobbes: tambien dice que el hombre es anterior a la sociedad. A) hombre pre-social: "es el lobo del hombre", extender su dominio hasta donde llegue su poder y voluntad lo que ocasiono un conflicto. Con el "derecho del mas fuerte". B) mediante su razon y su voluntad: recurren al pacto social para encontrar paz en esa situación caótica. Respuestas organistas: Los individuos solo son una parte que compone a la sociedad, esta es superior al individuo, este no tiene finalidad propio solo la que comparte con el todo social. El Protagonista De La Vida Jurídica: Las personas, en sus relaciones de coexistencia, no solo son la razón de ser sino también los protagonistas exclusivos y excluyentes de la vida jurídica. Y lo son desde siempre, desde antes de la escritura, desde antes que existiera una organización judicial propiamente dicha, y por supuesto, desde antes que hubiera ciencia jurídica. Las leyes, la organización de justicia, las instituciones en general, son el producto de la convivencia humana organizada como sociedad. El protagonismo del hombre en la vida jurídica se ha dado desde siempre y no solo en nuestra época, por una parte: y también, indicar que lo jurídico debió adaptarse siempre a las necesidades históricas de la sociedad y no a la inversa. • SOCIEDAD PRIMITIVA: se manifiesta una división del trabajo elemental adaptada a la subsistencia. En ocasiones coinciden en una sola persona las funciones de sacerdote, cabeza de familia, jefe político y juez. Siempre existe una o varias personas que cumplen funciones de juez y una o varias personas con autoridad para dictar reglas generales con contenido jurídico y también para interpretarlas y adaptarlas en orden a las necesidades que se presentan. Estos preceptos generales, transmitidos oralmente, sumados a las practicas que realiza la comunidad, van constituyendo la costumbre jurídica que rige la vida de esa sociedad. Así podemos encontrar las funciones de: establecer normas generales y de dirimir conflictos. Que son tan esenciales que podemos afirmar que no existe una sociedad sin ellas. • SOCIEDAD CON UNA INCIPIENTE ORGANIZACIÓN DE SUS

INSTITUCIONES: a este tipo de sociedad más compleja le corresponde una estructura más compleja. Ya existe una división del trabajo más formalizada vinculada a razones de estratificación social. Tomamos como ejemplo para esta categoría a la Roma republicana por resultar paradigmática. En general, sobre todo en los inicios, mantuvieron su preponderancia las costumbres jurídicas, pero progresivamente se fue utilizando la escritura. La escritura significa un importante avance técnico por cuanto las conductas debidas son determinadas con mayor precisión y a través de un procedimiento político formal. A partir del Derecho Quiritario los pretores van dando respuestas creativas a las necesidades sociales, adquiriendo progresivamente la práctica de los Tribunales de justicia una mayor complejidad técnica. Aquí encontramos el nacimiento de la abogacía. Cabe aclarar que la abogacía originalmente no era concebida como una profesión sino más bien como una de las funciones sociales del patriarcado para con sus clientes. • SOCIEDAD MODERNA: etapa de mayor complejidad en las relaciones sociales y de mayor sistematización del Derecho. El constitucionalismo ha consagrado la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la división de las atribuciones del poder del Estado. La codificación ha sistematizado la totalidad del Derecho Privado. El Derecho Público ha fijado con precisión, a través de diversas normas, la competencia y los límites de las autoridades. Los procesos técnico-científicos han multiplicado las necesidades de regulación jurídica sobre aspectos otrora impensables y que, ahora, no solo existen sino que son foco de especialidades científicas que los estudian. • LOS PRIMEROS ACTORES DE LA VIDA JURIDICA: cada sociedad política histórica es el resultado de la interacción de las conductas de las personas que la integran, en el marco de un orden normativo. De allí que las personas sean las protagonistas por excelencia de la vida jurídica. Podemos distinguir así algunos papeles específicos: legislador, juez, gobernante, abogado. Son todos ellos, y las virtudes que encarnan, los que hacen del Derecho y de la sociedad lo que en concreto son. 3. Derecho y sociedad política: Causas de la sociedad política Aristóteles es el autor de la teoría de las causas del ser: Causas internas del ser: elementos constitutivos del ente • Material: aquello a partir de lo cual el ser se constituye. • Formal: aquello por lo cual el ser es lo que es (esencia). Causas externas del ser: realidades que no integran al ente, pero influyen

de forma decisiva sobre él. • Eficiente: aquello que origina el nuevo ser. • Final: aquello para lo cual el ser existe. Realidad futura potencial. • Ejemplar: modelo paradigma que tiene presente la causa eficiente de modo real o mental. SOCIEDAD POLITICA 1. Material: la sociedad política está constituida por seres humanos. Y esto es parcialmente verdadero. Pero sería más exacto decir que aquella está constituida por un conjunto de acciones comunes que emanan de las personas. 2. Formal: lo que le da forma a la sociedad política es el orden normativo. El orden es la recta disposición de las partes con relación al todo. De manera que las normas (morales y jurídicas) le darán unidad y forma a la materia de la sociedad. 3. Eficiente: cabe distinguir causa eficiente remota de causa eficiente próxima. La primera es la naturaleza constitutivamente social de la persona, y desde una perspectiva creacionista, es Dios autor de la naturaleza del hombre y de todo lo creado. La segunda es la autoridad. Esta denominación genérica comprende a toda autoridad, unipersonal o colegiada, cualquiera sea la función que cumpla, con potestad de dictar normas jurídicas que estructuren el todo social, que ordenen y subordinen la convivencia. 4. Final: el bien común (conjunto de condiciones sociales que permiten al ciudadano alcanzar su plenitud). No es equivalente a la suma de los bienes particulares de todos los miembros de la comunidad. El bien común es un bien de todos, sus beneficios llegan a todos y a cada miembro de la sociedad por lo tanto nadie puede apropiarse del bien común. Es un tipo de bien requerido por todo hombre en cuanto a ser social, y por todos los hombres que integran una sociedad histórica. Elementos constitutivos del bien común: • Paz social: es la tranquilidad en el orden, situación de armonía. • El orden: es la recta disposición de las partes en relación al todo, o bien, la unidad en la diversidad. No hay orden perdurable sin justicia, ni paz sin un orden justo. • Acceso a condiciones materiales mínimas para la dignidad humana: constituye un deber propio de la autoridad política, promover tales

condiciones. Debe posibilitarse a todos los ciudadanos el acceso a lo necesario para desarrollar sus posibilidades personales e, inclusive, cumplir sus obligaciones. • Acceso a bienes culturales: la cultura debe estar impregnada de valores morales y espirituales para posibili...


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